Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4922-D-2012
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA LA DETERMINACION DE INCORPORAR EL HOSPITAL CESAR MILSTEIN COMO ESTABLECIMIENTO PROPIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.
Fecha: 16/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
Declarar de interés de esta
Honorable Cámara la determinación de incorporar el Hospital Cesar Milstein
como establecimiento propio del Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados y la necesidad de avanzar y fortalecer un sistema de
servicios de cuidado integral de la salud acorde a las necesidades de los
destinatarios del mismo, al cumplirse cinco años de la expropiación del
inmueble de la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia establecida
por la ley 26.272 sancionada el 18 de julio de 2007.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 26.272, sancionada el 18 de
julio de 2007 por este Congreso de la Nación Argentina, estableció la
expropiación del Hospital Francés de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
como parte de los bienes de la Asociación Francesa Filantrópica y de
Beneficencia. Posteriormente, con el Decreto 194/2009, el Poder Ejecutivo
aprobó el "Convenio de Implementación Ley Nº 26.272", celebrado entre el
Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados
y Pensionados del 10 de julio de 2008, a través del cual ratifica la transferencia
de bienes a dicho Instituto.
Ambas normativas
se fundamentaron en la importancia de brindar cobertura integral en salud para
los afiliados del INSSJyP y la continuidad de las relaciones laborales para los
profesionales a cargo de las actividades asistenciales pertinentes, incluyendo
los servicios prestados en el ex - Hospital Francés, hoy Hospital Cesar Milstein,
en la ciudad de Buenos Aires.
Consideramos
prioritario sostener y avanzar en una red de servicios que aseguren la
accesibilidad y calidad en el cuidado integral de la salud al conjunto de los
afiliados del INSSJyP, tomando en cuenta los requerimientos propios de los
afiliados a partir de grupos etareos, personas con discapacidad y otras
cuestiones que requieren ser abordadas en su especificidad.
En este marco,
evocamos la decisión tomada hace cinco (5) años por este Honorable
Congreso, a través de la ley 26.272, definiendo la expropiación del inmueble
de referencia, lo cual ha permitido que dicho establecimiento, hoy Hospital
Cesar Milstein, sea destinado con exclusividad a la atención de afiliados del
INSSJyP e instamos a que se avance en el cumplimiento de los propósitos que
motivaron la normativa de referencia: el cuidado integral de los afiliados y
condiciones dignas para los trabajadores de la institución.
Por todo lo
expuesto, propongo a nuestros pares nos acompañen en este Proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |