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Foto Diputado de la Nación Gerardo Milman

Gerardo Milman

Diputado de la Nación

PRO

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4812-D-2011

Sumario: IMPLEMENTACION DE UN PROGRAMA DE DESPAPELIZACION EN EL AMBITO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.

Fecha: 28/09/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 142

Proyecto
PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE DESPAPELIZACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN
1º - Iniciar un proceso de despapelización en todas las dependencias legislativas y administrativas de la Cámara con el propósito de reducir en un corto plazo a partir de la aprobación de esta resolución, el cincuenta por ciento del consumo actual de papel.
2º - Encomendar a la Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario la elaboración de un Programa de Despapelización con la participación de las máximas autoridades de las dependencias indicadas en el punto 1°, previo diagnóstico de la situación de consumo de papel que se registra en cada dependencia.
3° - La Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario dispondrá de sesenta días para la realización del diagnóstico indicado en el punto 2°, el que deberá contener la descripción de la situación, su evaluación, determinación de recursos e instrumentos disponibles.
4° - Finalizado el diagnóstico previsto en el punto 3°, la Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario elaborará un Programa de Despapelización que deberá ser elevado a consideración de la Cámara en un plazo no mayor a ciento veinte días contados a partir de la finalización del diagnóstico, y deberá expresar:
a) objetivos, metas y prioridades;
b) articulación de objetivos, acciones y recursos a utilizar;
c) especificación de requerimientos informáticos para cumplimentar el Programa;
d) calendario del Programa;
e) propuesta de reducción de consumo de papel en cada dependencia a partir de la evaluación de las condiciones, recursos y necesidades de cada dependencia; y
f) designación de responsables de implementación del Programa por dependencia.
5° - En todos los casos el Programa de Despapelización deberá incluir actividades que promuevan:
a) el desarrollo, mantenimiento y promoción de sistemas integrados basados en Intranet e Internet para la prestación de los servicios internos y la provisión de información al público;
b) las medidas necesarias para que las comunicaciones se efectúen preferentemente mediante tecnologías informáticas, optimizando para ello la utilización de los recursos electrónicos disponibles;
c) la simplificación de los trámites, en especial aquellos en los que participen varias dependencias;
6° - La Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario podrá solicitar el asesoramiento de organismos del Poder Ejecutivo y Judicial que se encuentren avanzados en procesos de despapelización.
7° - Trimestralmente cada dependencia deberá informar a la Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario sobre los avances del Programa.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto de resolución que aquí venimos a proponer es producto del consenso de los diferentes bloques que integran la Comisión Especial sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario y cuyos integrantes suscriben estos fundamentos.
La Administración Pública Nacional, mediante el decreto 427/1998 autorizó el empleo de la firma digital en la instrumentación de los actos internos del Sector Público Nacional, que no produzcan efectos jurídicos individuales en forma directa, iniciando así un proceso de despapelización de los organismos de la administración pública, el que se prorrogó dos años más mediante el decreto 102 /00. Esta fue la primera acción concreta para incorporar las nuevas tecnologías en el sistema administrativo estatal, complementaria del decreto 333/85 sobre "Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativo" (1) .
Las disposiciones citadas se vieron luego reforzadas en el 2001 por la ley 25506 que instituyó el marco jurídico para equiparar legalmente a la firma digital con la firma ológrafa.
En el año 2005 se aprobó el Programa Nacional de Gobierno Electrónico (Decreto Nº 378/2005) que sienta las bases de acción para todas las dependencias que componen la Administración Pública Nacional y cuyo artículo 9° invita a los Gobiernos Provinciales, Municipales, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Poder Legislativo y al Poder Judicial de la Nación, como así también a Universidades y a Empresas prestadoras de servicios, privatizadas o concesionadas, a adherir al decreto.
A partir de esta norma han surgido numerosas iniciativas en distintas áreas del Estado, como por ejemplo la Resolución 574/ 2007 suscripta por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), referida al Programa de Digitalización y Despapelización de Documentación.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la ley 25506 y el 2 de mayo de 2008 entró en vigencia el Decreto N° 417/08, en el que se establece el correo electrónico institucional como medio de comunicación fehaciente para todas las comunicaciones internas de carácter administrativo. Esta norma se enmarca en un proceso tendiente a la despapelización, informatización y desburocratización de la administración local.
El Decreto N° 417/08 se reglamentó por Resolución Ministerial Nº 256/MJGGC/08, por la cual, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad de Buenos Aires estableció en su carácter de autoridad de aplicación del sistema, los actos internos de la administración alcanzados por la norma, fijando que ciertas comunicaciones deben efectuarse por las casillas de correo institucional.
Desde hace muchos años, en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, los proyectos se presentan en una plantilla informática diseñada por la Dirección de Taquígrafos.
Por su parte, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Lorenzetti, en el informe de gestión 2010 recordó que el avance tecnológico logrado se enmarca en las "políticas de Estado para el Poder Judicial, que surgen del consenso de todos los integrantes de la justicia manifestado en las Conferencias Nacionales de Jueces" realizadas en 2006, 2007 y 2008.
Se refirió además a los avances logrados en materia de administración y aludió al proceso de despapelización por medio de la comunicación electrónica y la digitalización de expedientes; destacando que se trata de políticas de Estado y no declaraciones abstractas que reflejan el compromiso de jueces, funcionarios y empleados judiciales de todo el país.
"La Corte ha avanzado en informatizar todos sus procedimientos" - señaló el Dr. Lorenzetti -, "y hoy tenemos programas que permiten en primer lugar una enorme transparencia, porque todo lo que se hace en la administración de la Corte está disponible on line; y en segundo término, contamos con una posibilidad de control muy importante, porque todos estos programas permiten mensurar la evolución de las inversiones y de los inventarios, entre otros rubros, algo que era imposible años atrás". Por último anunció que la Corte ya está en condiciones de poner en marcha la firma electrónica. (www.cij.gov.ar).
La Cámara de Diputados no presenta muchos antecedentes en este tema, pocos proyectos se han presentado y aquellos que alcanzaron tratamiento en las comisiones sufrieron reveses al llegar al plenario. Nos referimos en particular a dos proyectos: modificación del artículo 119 del Reglamento sobre presentación de proyectos acompañados de una versión digital, (Morejón Manuel expte. 0878-D-2010 y Bertol y otros, expte. 4742-D-2008) y modificación del artículo 114 del Reglamento sobre el diligenciamiento por la presidencia de la Cámara de los proyectos de declaración y de resolución que hayan merecido dictamen sin disidencia ni observaciones de la comisiones respectivas, sin necesidad de imprimir Ordenes del Día (Bertol y otros, expte 0007- D-2010 OD 884/10). Sin embargo, algunos hitos importantes, son la decisión de la Comisión de Asuntos Constitucionales de citar a reuniones de Comisión por correo electrónico, la prórroga del término de vencimiento de las Ordenes del Día 1045,1046 y 1047 comunicada por la Secretaría Parlamentaria a los legisladores a sus casillas de correo oficiales (14 de setiembre 2010) y la normativa dictada por la Dirección de Comisiones de la Cámara respecto de la modificación del artículo 114, si bien de efímera vigencia por la derogación posterior de la citada reforma.
En su sitio Web SIU (Consorcio de Universidades que desarrolla soluciones informáticas y brinda servicios para el Sistema Universitario Nacional y distintos organismos de gobierno; http://www.siu.edu.ar) señala los beneficios jurídicos y administrativos que se esperan alcanzar al contar con un sistema de digitalización documental:
• perdurabilidad de la documentación;
• menor espacio y/o volumen físico del cual será necesario disponer;
• recuperación de la información con pleno valor jurídico y probatorio;
• disposición de la información en un solo y único formato;
• simplificación de las búsquedas y consultas;
• accesibilidad remota a un mismo documento vía Intranet y/o Internet;
• resguardo y la inalterabilidad de los documentos originales.
En su ponencia en el 5° Congreso Argentino de Administración Pública, "Firma digital y sus implicancias en la despapelización del sector público", Pérez Jurado señala que "existen pocos estudios respecto al ahorro que pueda resultar del reemplazo total de los documentos en papel por aplicaciones informáticas; pero donde se ha intentado calcularlo, los resultados fueron sorprendentes. Según una publicación reciente de la ANSES, dicho organismo manifiesta tener un gasto anual en papel e insumos estimado en $23 millones, que equivalen a un total de 150 millones de hojas impresas".
Como datos ilustrativos, basta conocer que en el último llamado a licitación, en abril de 2010, la Cámara adquirió 2700 resmas de 500 hojas A4, es decir un total de 1.350.000 hojas; y que se imprimen más de 1000 copias de cada Orden del Día sobre proyecto de declaración o resolución.
Sin más, dejamos fundado este proyecto y solicitamos su pronta consideración y aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
PASINI, ARIEL OSVALDO ELOY BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PILATTI VERGARA, MARIA INES CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN CORDOBA UCR
URLICH, CARLOS CHACO UCR
ACOSTA, MARIA JULIA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
YARADE, FERNANDO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)