Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4764-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA LOCALIZACION DE ACTIVIDADES DE PROSPECCION, EXPLORACION, TOMA DE MUESTREOS DE AGUA, TIERRA Y/O ESTUDIOS GEOLOGICOS, LLEVADOS ADELANTE POR EL "SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)", Y CIUDADANOS DE NACIONALIDAD CHINA EN LA PROVINCIA DE JUJUY, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 10/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85
Solicitar a la Secretaría de Minería
de la Nación informe:
- Sobre la localización de activida-
des de prospección, exploración, toma de muestreos de agua, tierra y/o estu-
dios geológicos llevados adelante por el SEGEMAR y ciudadanos de Nacionali-
dad China, en el marco del "Acuerdo de Proyecto de Cooperación entre el Ser-
vicio Geológico Minero Argentino de la Secretaria de Minería de la Republica
Argentina y el Servicio Geológico Chino del Ministerio de Recursos de la Repu-
blica Popular China para el Mapeo Geoquímico y la Evaluación de los Recursos
Minerales", en los departamentos de Rinconada, Cochinoca, Santa Catalina y
Yaví, en la región de la Puna, Provincia de Jujuy.
- Si las actividades llevadas ade-
lante en el marco del acuerdo mencionado en dicha región han contemplado
y/o contemplan lo previsto en la Ley 24.071, de ratificación del Convenio 169
de la OIT, específicamente en lo que hace al consentimiento previo por parte
de las comunidades de pueblos originarios que allí habitan.
- Si se han generado los mecanis-
mos de coordinación con las autoridades correspondientes para que las comu-
nidades de esa región sean informadas en tiempo y forma sobre las actividades
previstas dentro de su territorio, en el marco de la puesta en marcha de dicho
convenio de cooperación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la puna de Jujuy, existen más
de 100 comunidades de pueblos originarios que viven en los departamentos de
Rinconada, Cochinoca, Santa Catalina y Yavi de las cuales alrededor de 19 co-
munidades pertenecen al Pueblo Quechua. Las familias viven de la ganadería
de camélidos, caprinos y ovinos, y la matriz cultural es muy similar en toda la
puna, se tiene respeto a la madre tierra, y se agradece al agua (alcanzar a los
ojos de agua), como así también se llevan adelante ceremonias rituales en las
casas techadas denominadas "flechadas" y en los corrales de animales domésti-
cos se lleva a cabo las "señaladas o marcadas".
La relación con sus antepasados se
manifiesta el 1° y 2° de noviembre de cada año, cuando sus espíritus retornan.
Amén de las fiestas patronales con idiosincrasia indígena la historia es funda-
mental en la vida cotidiana de las comunidades, como también el uso equilibra-
do de la naturaleza, es por ello que la relación con la Pachamama es de respeto
en todas partes de sus territorios.
La posibilidad concreta del desa-
rrollo de proyectos económicos vinculados a la utilización de recursos naturales,
toca la moral y el espíritu de las comunidades, cada vez que arriban empresas
mineras, funcionarios mineros o agentes del Estado provincial en esos territo-
rios.
El día 20 de Mayo de 2011, las
comunidades tomaron conocimiento que funcionarios del Servicio Geológico
Minero Argentino, SEGEMAR y un contingente de ciudadanos chinos se hicieron
presentes en la localidad de Abra Pampa, gracias a las denuncias efectuadas
por comuneros del departamento de Rinconada y Lagunillas de Pozuelos, y
miembros del Centro Vecinal de esta última Comunidad.
Los comuneros pudieron compro-
bar que alrededor de doce camionetas estuvieron sacando tierra y agua de los
arroyos de los departamentos de Rinconada y Catalina, dentro de su territorio.
En su carácter de autoridades comunitarias, notificaron a las personas del SE-
GEMAR sobre los derechos de las comunidades en cuanto al libre consentimien-
to fundamentado previo estipulado en el Convenio 169 de la OIT, ratificado por
ley 24.071. También del reconocimiento del derecho constitucional indígena
planteado la Constitución Nacional. El diálogo se dio en un clima tenso, ya que
ninguno de los funcionarios avisó ni supo explicar el por qué del ingreso a terri-
torio indígena para realizar estos muestreos sin previo consentimiento de las
comunidades.
Otros miembros de la comunidad
pudieron divisar que alrededor de 15 personas que formaban parte de la comi-
tiva de ciudadanos chinos se alojaban en el Hotel Suizo de Abra Pampa; al en-
tablar conversación con ellos, allí se enteraron de la existencia de un convenio
entre el SEGEMAR argentino con el SEGEMAR Chino para realizar los análisis de
las muestras que se llevaban de sus territorios. También los acompañaban
alumnos avanzados en la carrera de Geología.
Meses después, el ex comunero de
la Comunidad Aborigen de Casabindo se encontró con gente del SEGEMAR y
ciudadanos chinos. Indagó sobre qué hacían en territorio indígena, y los funcio-
narios respondieron que el CPI Kolla había dado permiso, lo cual los miembros
de esa comunidad dan cuenta rotundamente que no es cierto.
Del 7 al 15 de mayo del 2012 en el
departamento de Santa Catalina, camionetas extrañas entraron según testigos
"como ladrones", a las comunidades de San Juan y Oros al igual que a la co-
munidad de Timón Cruz, a marcar sus territorios. Cuando la gente los divisaba
a los lejos y se acercaba a preguntar, estas personas subían a sus camionetas y
se marchaban rápidamente.
El día 13 de mayo Isabel Sumbai-
no, actual presidente del Centro Vecinal de Rinconada, nuevamente se atravesó
con varias personas de nacionalidad china, en la comunidad aborigen de esa
localidad. Se trataba de tres personas, una camioneta de color azul, otra blanca
y una última de color gris con impresión del SEGEMAR. No había nadie que los
acompañase ni que pueda traducir lo que decían, solo mostraron un papel co-
mo autorización del SEGEMAR de la Provincia de Salta.
El último episodio del que se tomó
conocimiento sucedió el 19 de mayo, cuando comuneros de Santa Catalina de-
nunciaron que un contingente de personas de nacionalidad China estaba en
territorios del Pueblo Quechua y no podían comunicarse por no tener un traduc-
tor.
Representantes de las comunida-
des han solicitado por nota información sobre estas actividades a la Secretaría
de Minería de la Nación, sin lograr aún respuesta. Sólo conocen que las mismas
se realizan en el marco del "Acuerdo de Proyecto de Cooperación entre el Servi-
cio Geológico Minero Argentino de la Secretaria de Minería de la Republica Ar-
gentina y el Servicio Geológico Chino del Ministerio de Recursos de la Republica
Popular China para el Mapeo Geoquímico y la Evaluación de los Recursos Mine-
rales", gracias a que el presidente del Centro Vecinal de Rinconada logró que le
mostraran en una de las exploraciones la nota de autorización del SEGEMAR de
Salta que llevaba esa referencia.
El artículo 32 de la Declaración de
los Derechos de los Pueblos Indígenas establece que los Estados celebrarán
consultas y cooperarán de buena fe con los Pueblos Originarios por conducto de
sus instituciones representativas a fin de obtener el consentimiento libre e in-
formado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte sus territorios y otros
recursos particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explo-
tación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.
Así mismo el Convenio 169 de la
OIT establece en el artículo 13 que los gobiernos deberán respetar la importan-
cia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesa-
dos reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los ca-
sos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular los aspectos
colectivos de esa relación.
El artículo 15 del convenio sostiene
claramente que "en caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los mine-
rales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos
existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedi-
mientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si
los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de
emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los
recursos existentes en sus tierras".
De allí la solicitud ante la autoridad
correspondiente respecto a si se ha puesto en marcha mecanismos de coordi-
nación que hagan efectiva en la región mencionada el cumplimiento de la nor-
ma vigente.
Por todo lo expuesto es que solici-
to a los compañeros/as diputados/as acompañen con su voto el presente pro-
yecto
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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MINERIA (Primera Competencia) |