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Foto Diputado de la Nación Gerardo Milman

Gerardo Milman

Diputado de la Nación

PRO

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE LEY

Expediente: 2992-D-2013

Sumario: EMISION DE NUEVOS BILLETES DE CURSO LEGAL DE DOSCIENTOS Y QUINIENTOS PESOS.

Fecha: 13/05/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 47

Proyecto
Art. 1º.- El Banco Central de la República Argentina y la Casa de Moneda dispondrán la emisión de billetes de curso legal de $200 (Pesos doscientos). El motivo del anverso llevará la imagen de Juan Bautista Alberdi.
Art. 2º.- El Banco Central de la República Argentina y la Casa de Moneda dispondrán la emisión de billetes de curso legal de $500 (Pesos quinientos). El motivo del anverso llevará la imagen de Hipólito Yrigoyen
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La facultad de establecer denominaciones y características de los billetes y monedas surge del art. 14 inciso k de la Ley 24.144, Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, recayendo la misma en el directorio de la entidad monetaria. Dicha competencia es la derivación inmediata de la atribución que las provincias delegaron en el Congreso de establecer el sistema monetario en nuestra Constitución Nacional en el Artículo 75, inciso 11 "Hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras; y adoptar un sistema uniforme de pesos y medidas para toda la Nación.". Siendo la facultad originaria del Congreso, este podría retomarla naturalmente como es habitual en cada delegación de facultades legislativas que concede.
El reemplazo de los "australes" por el "peso" se produjo como resultado de la Ley de Convertibilidad, Ley 23.928 del 27 de marzo de 1991, que estableció la equivalencia de un peso ($1) a diez mil australes (A 10.000). A partir de dicha norma, además, el peso sería convertible con el dólar de los Estados Unidos, a una relación de un peso ($1) por cada dólar. El Decreto del Poder Ejecutivo N° 2.128 del 10 de octubre de 1991 dispuso la puesta en vigencia de la convertibilidad a partir del 1 de enero de 1992. Como bien sabemos, esta paridad fue luego derogada por la Ley 25.561, de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario.
Desde enero de 1992 el billete de mayor denominación es el de $100 (PESOS CIEN).
En enero de 2013 cumplimos 21 años desde el uso del Peso como moneda de Curso Legal, período en el cual el billete de mayor denominación fue siempre el billete de $100 (PESOS CIEN) pese a la inflación acumulada en estos 21 años.
Desde la introducción del billete hasta marzo de 2013 el índice de precios al consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) acumula una suba de 314%, mientras que el índice producido por Graciela Bevacqua acumula una suba de 128% desde marzo de 2009, el de San Luis 294% desde septiembre de 2005 y el de Tierra del Fuego 662%. El incremento de la serie empalmada con 5 provincias desde enero de 1992 da 776%, contra el 314% del INDEC. Es decir, el poder de compra original del billete de máxima denominación equivale a más de $876 en valores de hoy.
Merece una mención aparte el hecho de que varias provincias han dejado de publicar sus índices de precios en los últimos tiempos ante las presiones del gobierno nacional, que no soporta la puesta en evidencia del nivel de falsificación de las cifras de inflación a partir de datos oficiales de los departamentos provinciales de estadísticas. De todas formas, el contraste entre los valores a la fecha de la última publicación de los respectivos índices provinciales interrumpidos con el IPC-GBA-INDEC debiera ser testimonio suficiente respecto de la (nula) confiabilidad del índice producido por el gobierno nacional.
En los siguientes gráficos podemos observar cómo esta diferencia en la inflación acumulada en el IPC-GBA estimado por el INDEC y los índices de inflación provinciales surgen luego del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) a fines de 2006, y cómo impacta eso en los niveles del IPC, que son la referencia del poder de compra del billete de máxima denominación.
Para crecer es necesario un medio de pago, una unidad de cuenta, una reserva de valor, un patrón de pagos diferido (las cuatro funciones de la moneda). ¿Cómo planificar, cómo proyectarse, cómo extender el horizonte temporal, sin crédito de largo plazo ni denominador común? La inflación destruye cada una de las cuatro funciones de la moneda.
La principal consecuencia de la inflación acumulada en el período fue la pérdida de valor del peso. Requeriríamos hoy de $414 (usando las estimaciones del INDEC), o bien de $876 (usando el promedio entre los indicadores de San Luis, Tierra del fuego y el Gran Buenos Aires) para comprar la misma canasta de bienes y servicios que era asequible con $100 en enero de 1992. Esto es equivalente a decir que el billete de $100, actualmente tiene un noveno del poder de compra original.
La pérdida de valor del peso genera problemas en el manejo de liquidez por mantener como billete de máxima denominación al billete de $100. A fin del año 2010, el Banco Central tuvo que importar billetes de proveedores extranjeros por la incapacidad propia de emitir todos los billetes que le eran requeridos como para satisfacer la demanda interna, muy especialmente para satisfacer la conocida demanda estacional de billetes en el mes de diciembre de todos los años.
Hoy los billetes de máxima denominación representan el 90,5% del total de la circulación monetaria. Dicho porcentaje es un máximo histórico. La demora en la emisión de billetes de una mayor denominación no resiste justificación.
Ya desde el año 2004, el Banco Central se planteó la necesidad de emitir una nueva mayor denominación.
El análisis histórico demuestra que cuando la circulación de la mayor denominación entera de una línea monetaria (hoy el de $100) alcanza o supera la de la denominación entera que le antecede (el de $10), se deberá emitir un billete de mayor denominación.
La tabla siguiente muestra la validez de esta tesis para cada uno de los períodos analizados. A pocos meses de cumplida la condición, siempre vino la emisión de un billete de mayor denominación.
Como puede verse en el gráfico siguiente en el mes de septiembre de 2003 se alcanza el punto en que la cantidad de billetes de $100, alcanza a la cantidad de billetes de $10 y de $20 (denominación intermedia novedosa en la serie actual). Cabe destacar que durante los años 2003 y hasta marzo de 2004 el Banco Central priorizó el proceso de reunificación monetaria necesario tras un lapso de vigencia de las cuasimonedas, período en el cual se debió emitir pesos en billetes de alta denominación para retirar del mercado las series vigentes.
Desde entonces, y más notoriamente desde fines de 2005, es necesaria la emisión de billetes de mayor denominación para simplificar el manejo de los saldos monetarios por parte de consumidores, pequeñas empresas y bancos.
Reconociendo las diferencias con experiencias anteriores, este proyecto de ley no propone la emisión del billete de $1.000, sino la de dos denominaciones mayores intermedias, el billete de $200 y de $500. Dichas emisiones generarán un sustancial ahorro en el costo de emitir billetes de alta denominación, ya que el costo de emisión de un billete de $200 o de $500 es aproximadamente el mismo que uno de $100, mientras que la cantidad de billetes necesaria de imprimir para satisfacer la demanda es la mitad o una quinta parte dependiendo de cada caso.
Es menester reiterar que el proyecto no genera costo fiscal, sino que genera un ahorro fiscal para el Banco Central de la República Argentina. No requiriendo partidas adicionales para su impresión.
Asimismo, uno de los beneficios principales del proyecto es el manejo más eficiente de dinero en efectivo por parte de los habitantes, ya que no se requerirían tantos billetes para poder abonar alquileres, alimentos, cuotas de colegio, etc.
Es menester aclarar, que consideramos que la emisión de un billete de mayor denominación va a mejorar el manejo de los medios de pago en efectivo, pero para bancarizar el sistema financiero y avanzar en un desarrollo de los canales de pago a través del sistema financiero se debería avanzar en una progresiva eliminación del impuesto a los débitos y créditos bancarios hasta su eliminación.
Para lograr dicho objetivo se presentó el proyecto de Ley 0885-D-2010, De Prat Gay, Agosto y otros, proponiendo "en primer término reducir al cincuenta por ciento (50%) la alícuota del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias a las micro y pequeñas empresas, definidas a tal efecto por la Disposición 147/06, de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa Desarrollo Regional, dependiente de la ex Secretaría de Industria Comercio y la Pequeña y Mediana Empresa del ex Ministerio de Economía y Producción, o la que en el futuro la reemplace." Dicha exclusión de sujetos (PyMEs y personas físicas), tendría que continuarse hasta la eliminación del impuesto.
Desde la Comisión de Finanzas de la Honorable Cámara de Diputados se remitió una nota a la presidente del Banco Central con fecha 13 de Octubre de 2010 con fines de "requerirle información acerca de estudios realizados por el Banco Central sobre la oportunidad y conveniencia de emitir nuevas series de billetes o nuevos billetes de mayor denominación."
Motivó dicha nota la multiplicidad de proyectos con cabecera en la Comisión de Finanzas proponiendo la emisión de nuevas series o el reemplazo de los billetes vigentes. Entre los proyectos consultados se encuentran los expedientes N° 1605-D-2009, 5650-D-2009, 0315- D-2010, 4029-D-2010, 4142-D-2010, 5898-D.2010 Y 6338-D-2010, todos ellos requiriendo la emisión de nuevos billetes o el remplazo de las series vigentes. Este proyecto es en sí una representación del proyecto 5214-D-2011.
A más de un año de ser enviada la nota, el Banco Central de la República Argentina no ha remitido respuesta o estudio alguno en la materia descripta en el presente proyecto. Período en el cual se han sumado más proyectos que proponen emisión de nuevas series de billetes.
Esta falta de respuesta de la entidad monetaria se complementa con la falta de disposición de la señora presidente de la entidad a concurrir a la comisión hasta en tanto se resuelva su nombramiento.
Con respecto a la elección de los próceres históricos consideramos los siguientes antecedentes de Juan Bautista Alberti, en el Bicentenario de su nacimiento, Mentor de la Constitución Nacional y quien ya estuvo en emisiones anteriores; y a Hipólito Yrigoyen ex presidente de la República Argentina en dos oportunidades, uno de los fundadores de la Unión Cívica Radical y el primer presidente de la democracia que sufrió un golpe de estado.
Juan Bautista Alberdi nació en Tucumán en 1810. A los 14 años se mudó a Buenos Aires e ingresó al Colegio de Ciencias Morales que abandonó unos años más tarde. En 1831, retomó sus estudios, ingresó a la Universidad de Buenos Aires en la carrera de Leyes y en 1832, escribió su primer libro: El espíritu de la música. Decidió continuar sus estudios en la provincia de Córdoba en donde se graduó de Bachiller en Leyes.
En el año 1832 se incorporó a un grupo de jóvenes intelectuales compuesto, entre otros, por Juan María Gutiérrez y Esteban Echeverría, que fundará el 23 de agosto de 1835 el Salón Literario, un centro cultural y de difusión de las nuevas ideas políticas, vinculadas al romanticismo europeo. Con ellos formará más adelante la Asociación de la Joven Generación Argentina, siguiendo el modelo de las asociaciones románticas y revolucionarias de Europa. En 1837, Alberdi publicó Fragmento Preliminar al estudio del Derecho, una de sus obras más importantes en la que comentaba sobre la situación nacional. Era la fundación del historicismo jurídico argentino, doctrina que consideraba al sistema jurídico como un elemento dinámico y continuamente progresivo de la vida social.
En 1838, Alberdi debió exiliarse a Montevideo en donde se dedicó al periodismo político. Luego de un breve paso por Europa se radicó en Chile durante 17 años en donde trabajó como abogado y ejerció nuevamente el periodismo.
Con el impulso de la batalla de Caseros y el triunfo de Urquiza sobre Rosas, el 3 de febrero de 1852, escribió Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, que publicó en mayo de ese año en Chile y reeditó en julio acompañándola de un proyecto de Constitución. La obra fue una de las fuentes de nuestra Constitución Nacional sancionada el 1º de mayo de 1853.
A partir de este momento, Alberdi se decidió a colaborar con el proyecto de la Confederación de Urquiza. El presidente Justo José de Urquiza le ofreció el cargo de Ministro de Hacienda de su país, pero lo rechazó. Fue nombrado "Encargado de negocios de la Confederación Argentina" ante los gobiernos de Francia, Inglaterra, el Vaticano y España.
Sus gestiones en el exterior fueron interrumpidas a partir de la organización de la República, en 1862 al asumir la presidencia Mitre. Regresó a establecerse en el país en 1878 al ser elegido como diputado al Congreso Nacional por su provincia. Un tiempo más tarde debió trasladarse a Francia, donde murió el 19 de junio de 1884 en Neuilly-sur-Seine, suburbio de París, a la edad de 73 años.
Hipólito Yrigoyen nació en 1852 en Buenos Aires y cursó sus estudios en el Colegio San José de Buenos Aires, más tarde en el colegio de la América del Sur. Ingresó después en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
La situación económica de su familia le obligó a trabajar desde su temprana juventud en empleos modestos, que desempeñó sucesivamente en una compañía de transportes, en las oficinas de un abogado y luego en el Estado, como escribiente de la contaduría general, en 1870. En 1872 ingresó como comisario de policía en el barrio de Balvanera.
En los años siguientes continuó su labor pública ejerciendo los cargos de Diputado Provincial (1878/80), Administrador General de sellos y Patentes (1880) y Diputado Nacional (1880/82). Desde 1880 hasta 1905 se desempeñó como profesor de Historia Argentina, Instrucción Cívica y Filosofía en la Escuela Normal de Maestras, donando sus honorarios al Hospital de Niños.
Participó activamente en la Revolución de 1890 y en la de 1893. En la primera era candidato a jefe de policía, en caso de triunfar la revolución; en la segunda organizó, condujo y financió un ejército radical de 8.000 hombres. Fue uno de los fundadores, siguiendo a su tío y a Aristóbulo del Valle, tanto de la Unión Cívica como de la Unión Cívica Radical que serán dirigidas por Leandro Alem.
En 1903 Yrigoyen encabezó y financió con su propio dinero la Revolución de 1905, que resultó un fracaso. Sin embargo, tanto el convencimiento de que debían eliminarse abusos, como el miedo a un nuevo levantamiento armado de Yrigoyen, llevaron al presidente de la Nación, Roque Sáenz Peña a sancionar la Ley del Voto Secreto en 1912, más conocida como Ley Sáenz Peña que lo llevaría a la presidencia en 1916.
La primera presidencia de Yrigoyen mejoró la distribución del ingreso y el auspicio social. En 1916 funcionaban 7.856 escuelas primarias y se crearon 3.120 más. Pudo afirmar en un foro internacional por la Argentina que por cada uno de los soldados que revestían en las filas de la Nación había en esa época dos maestros enseñando el abecedario. En ese año el analfabetismo era del 20 por ciento y en 1922, del 4 por ciento. En la universidad, se llegó a la democratización con la aparición de la Reforma Universitaria de 1918. En lo económico, defendió el patrimonio nacional.
Yrigoyen fue electo presidente nuevamente en 1928 hasta que en 1930 fue derrocado por el primer golpe de Estado en la historia argentina y fue confinado en la Isla Martín García. En 1932 quedó en libertad, beneficiado por un indulto del general Agustín P. Justo que, sin embargo, Yrigoyen se permitió rechazar. A su arribo al puerto de Buenos Aires fue recibido por una concurrida manifestación popular, pero poco después se lo obligó a volver a su confinamiento en Martín García. Su segundo regreso a la capital, con permiso por motivos de salud, tuvo lugar en enero de 1933. Poco tiempo después moría y su entierro convocó una multitud.
Por todo lo expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE PRAT GAY, ALFONSO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
FAVARIO, CARLOS ALBERTO SANTA FE DEMOCRATA PROGRESISTA
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
28/05/2013 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BIELLA CALVET (A SUS ANTECEDENTES)