Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 2493-D-2013
Sumario: DERECHOS DEL PACIENTE EN SU RELACION CON LOS PROFESIONALES E INSTITUCIONES DE LA SALUD (LEY 26529): SUSTITUCION DEL ARTICULO 15, SOBRE ASIENTOS EN LA HISTORIA CLINICA.
Fecha: 25/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase
el artículo 15 de la Ley Nº 26.529, por el siguiente:
"Artículo 15: Asientos. Sin perjuicio
de lo establecido en los artículos precedentes y de lo que disponga la
reglamentación, en la historia clínica se deberá asentar:
a) Fecha de inicio de su
confección;
b) Datos identificatorios del
paciente y su núcleo familiar;
c) Datos identificatorios del
profesional interviniente y su especialidad;
d) Registros claros y precisos de
los actos realizados por los profesionales y auxiliares intervinientes;
e) Antecedentes genéticos,
fisiológicos y patológicos si los hubiere;
f) Datos sobre las condiciones
ambientales que rodean al paciente, que registren información relativa a la
existencia o falta de accesibilidad al agua potable, a un adecuado sistema para
tratamiento de excretas y de gestión de residuos, sobre riesgos de toxicididad,
contaminación del aire, suelo y agua y todo otro dato que el profesional de la
salud considere pertinente.
g) Todo acto médico realizado o
indicado, sea que se trate de prescripción y suministro de medicamentos,
realización de tratamientos, prácticas, estudios principales y complementarios
afines con el diagnóstico presuntivo y en su caso de certeza, constancias de
intervención de especialistas, diagnóstico, pronóstico, procedimiento, evolución
y toda otra actividad inherente, en especial ingresos y altas médicas.
Los asientos que se correspondan
con lo establecido en los incisos d), e) y g) del presente artículo, deberán ser
realizados sobre la base de nomenclaturas y modelos universales adoptados y
actualizados por la Organización Mundial de la Salud, que la autoridad de
aplicación establecerá y actualizará por vía reglamentaria.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene
como objetivo incorporar a la Historia Clínica del paciente datos sobre las
condiciones ambientales que lo rodean, las características de la exposición y sus
posibles efectos para que el profesional de la salud pueda contar con un
diagnóstico ambiental que permita identificar posibles antecedentes y causas de
emergentes clínicos que puedan expresarse a lo largo de la vida.
Para ello, proponemos modificar la
Ley 26.529 de Derechos del Paciente, modificando su artículo 15, del Capitulo
IV, específicamente en lo que respecta a lo que se deberá asentar en la Historia
Clínica, incorporando un inciso que contemple, como mencionamos
anteriormente, la descripción del ambiente que rodea al paciente para poder
contar con un relevamiento sobre los factores primarios de riesgo ambiental
como ser, la existencia o falta de accesibilidad al agua potable, a un adecuado
sistema para tratamiento de excretas y de gestión de residuos, sobre riesgos de
toxicidad, contaminación del aire, suelo y agua y todo otro dato que el
profesional de la salud considere pertinente para realizar acciones tendientes a
controlar y prevenir problemas de salud asociados a exposiciones ambientales
perjudiciales.
La problemática ambiental y los
procesos de contaminación tienen hoy en día un alto impacto sobre la salud de
la población manifestándose a ritmo sostenido el incremento de patologías
vinculadas a la calidad ambiental. En este sentido, el papel de la epidemiología
ambiental es de fundamental importancia para la evaluación de las condiciones
ambientales y la mitigación de los efectos adversos sobre el ser humano.
Las "enfermedades ambientales"
son denominadas así como una forma de diferenciarlas de las enfermedades
causadas por factores genéticos. Esta definición puede ser tan amplia como
para incluir no sólo a aquellas enfermedades causadas por agentes químicos o
físicos, sino que también a las originadas por agentes biológicos, psicológicos o
de seguridad presentes en el medio ambiente.
Crear ambientes propicios para la
salud, detectar factores ambientales que podrían incidir en lograr un buen
estado de salud, prevenir enfermedades relacionadas con la presencia de esos
factores, es un desafío para la salud pública.
Entre los factores ambientales que
representan riesgo para la salud podemos mencionar:
Agua no apta para el consumo y
saneamiento insuficiente.
Desechos sólidos urbanos e
industriales.
Contaminación del aire.
Trabajo en condiciones no
higiénicas y/o no seguras.
Catástrofes naturales.
Animales vectores de
enfermedad.
Viviendas inadecuadas.
Riesgos químicos.
Radiaciones y ruidos.
Desarrollo no planificado.
Uso irracional de los
recursos.
El efecto de la contaminación
ambiental sobre la salud humana se ve reflejado en el aumento de patologías
relacionadas con la calidad de ese medio ambiente. El medio ambiente es un
determinante importante de la salud humana y de la calidad de vida para todos
los seres vivos. Salud y medio ambiente son, por lo tanto, indisociables, y la
manutención de una población saludable depende de una permanente vigilancia
epidemiológica y ambiental.
La Organización Mundial de la
Salud (OMS) define la Salud Ambiental como la disciplina que comprende
aquellos aspectos de la salud humana, incluida la calidad de vida y el bienestar
social, que son determinados por factores ambientales físicos, químicos,
biológicos, sociales y psicosociales. También se refiere a la teoría y práctica de
evaluar, corregir, controlar y prevenir aquellos factores en el medio ambiente
que pueden potencialmente afectar adversamente la salud de presentes y
futuras generaciones.
Asimismo sostiene que la
conciencia de que un medio ambiente, un medio laboral y doméstico
deteriorado produce enfermedades, supone nuevos escenarios para acometer
su estudio y mejoramiento. Antes la salud ambiental se vinculaba a condiciones
puntuales como los efectos de la contaminación nuclear o ciertas profesiones
peligrosas y se creía que la ciencia resolvería cualquier problema. Ahora, el
agujero de ozono, la gestión de residuos, la calidad del agua, y los riesgos
ambientales sumados a la pobreza y marginación brindan un panorama más
complejo que afecta la salud pública.
Según datos publicados por la
OMS, cada año mueren más de tres millones de menores de cinco años por
causas y afecciones relacionadas con el medio ambiente. El medio ambiente es
pues, uno de los factores que influyen de forma más decisiva en el tributo
mundial de diez millones de defunciones infantiles anuales y uno muy
importante para la salud y el bienestar de las madres. El aire interior y exterior
y el agua contaminados, la falta de saneamiento adecuado, los riesgos de
toxicidad, los vectores de enfermedades, la radiación ultravioleta y los
ecosistemas degradados son factores ambientales de riesgo importantes para
los niños, y en la mayor parte de los casos para sus madres también.
En particular en los países en
desarrollo, los riesgos y la contaminación ambientales contribuyen de manera
muy importante a la mortalidad, la morbilidad y la discapacidad infantiles
asociadas a las enfermedades respiratorias agudas, enfermedades diarreicas,
traumatismos físicos, intoxicaciones, enfermedades transmitidas por insectos e
infecciones perinatales. La mortalidad y la morbilidad infantiles debidas a
causas como la pobreza y la malnutrición también van asociadas a modalidades
insostenibles de desarrollo y a la degradación del medio ambiente urbano o
rural. (1)
Por lo tanto, la salud ambiental
está relacionada con todos los factores físicos, químicos y biológicos externos
de una persona. Es decir, que engloba factores ambientales que podrían incidir
en la salud y se basa en la prevención de las enfermedades y en la creación de
ambientes propicios para la salud.
En noviembre de 2010 la OMS
publicó en su sitio web cifras y datos que destacan el impacto de los factores
ambientales en la salud pública mundial entre los que podemos
mencionar:
Si el medio ambiente fuera más
saludable, cada año se podrían evitar hasta trece millones de defunciones.
En los niños menores de cinco
años, un tercio de las enfermedades son causadas por factores ambientales
como la insalubridad del agua y la contaminación del aire.
Cada año se podría salvar la vida a
cuatro millones de menores de cinco años la mayoría en los países en desarrollo
previniendo riesgos ambientales como el agua insalubre y la contaminación del
aire.
En los países en desarrollo, las
principales enfermedades de origen medioambiental son las enfermedades
diarreicas, las infecciones de las vías respiratorias inferiores, los traumatismos
involuntarios y la malaria.
Un mejor saneamiento del medio
permitiría evitar un 40 por ciento de las muertes por malaria, 41 por ciento de
las muertes por infecciones de las vías respiratorias inferiores y 94 por ciento
de las muertes por enfermedades diarreicas: las tres causas principales de
mortalidad en la niñez en todo el mundo.
En los países menos adelantados,
un tercio de las muertes y las enfermedades se deben directamente a causas
ambientales.
En los países desarrollados, un
medio ambiente más saludable permitiría reducir considerablemente la
incidencia de cánceres, enfermedades cardiovasculares, asma, infecciones de
las vías respiratorias inferiores, enfermedades osteomusculares, lesiones por
accidentes de tránsito, intoxicaciones y ahogamientos.
Los factores ambientales influyen
en 85 de las 102 categorías de enfermedades y traumatismos enumeradas en el
Informe sobre la salud en el mundo.
Una gran parte de esas muertes,
enfermedades y discapacidades podrían evitarse mediante intervenciones bien
focalizadas como el fomento del almacenamiento seguro del agua doméstica,
una mayor higiene y la utilización de combustibles más limpios y seguros.
Otras intervenciones que pueden
contribuir a la salubridad del medio son las siguientes: aumentar la seguridad
de los edificios; promover el uso y manejo seguros de las sustancias tóxicas en
el hogar y en el lugar de trabajo, y gestionar mejor los recursos hídricos.
La identificación de los factores
ambientales negativos que pueden comprometer la salud desde el momento de
la gestación, en la infancia y/o más tarde en la vida adulta, es esencial para
implementar medidas preventivas y curativas adecuadas: mitigar la exposición,
mejorar el ambiente y la atención médica.
La OMS considera la salud
ambiental como uno de los principales retos sanitarios del siglo XXI y estimula
la creación de unidades pediátricas ambientales, como una estrategia para
abordar, divulgar y resolver amenazas en la salud de los niños relacionadas con
un ambiente insalubre.
Como herramienta, ha
desarrollado la denominada "Hoja Verde". Esta encuesta es una herramienta
que forma parte de la historia clínica y puede ser utilizada en pacientes
sintomáticos o asintomáticos. Agrega a la pesquisa clínica de rutina, la
descripción del ambiente que rodea al niño, las características de la exposición
(real o potencial) y sus posibles efectos. Por otra parte permite al personal
médico tomar conciencia de la importancia del entorno infantil y del ambiente
en el cual se encuentran las madres, los padres, la familia y la comunidad.
Según la OMS este tipo de
información mejora la prestación de servicios clínicos y también permite
capacitar a los responsables del cuidado infantil y alertar a las autoridades
sobre aquellas situaciones ambientales que deben ser corregidas o mejoradas.
Precisamente esto es lo que
pretendemos con la modificación que proponemos a la Historia Clínica del
paciente: que todos los ciudadanos cuenten en su historia clínica con
información del ambiente que lo rodea, las características de la exposición y sus
posibles efectos. Ya que, siguiendo lo que plantea la OMS, en caso de
enfermedad o frente a ciertos signos y síntomas, el registro de la situación
ambiental del paciente brindaría elementos para plantear o establecer, si la
hubiera, una etiología ambiental.
Consideramos que contar con esta
información en la Historia Clínica estándar del paciente le brindara al
profesional de la salud una herramienta que le permitirá evaluar las
posibilidades de injerencia de aspectos ambientales en el estado de salud de las
personas, así como tomar las conductas más adecuadas tendientes a evitar que
el paciente regrese en un lapso corto de tiempo, con un cuadro similar. Como
así también le permitirá identificar situaciones ambientales nocivas y/o de alto
riesgo para la salud factibles de ser mejoradas.
El presente proyecto de ley tiene
como antecedente el expediente 3748-D-2011 de mi autoría y que ha perdido
estado parlamentario.
Por todo lo expuesto
anteriormente, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me
acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |