Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 2109-D-2013
Sumario: PROGRAMA NACIONAL PARA LA PREVENCION Y CONCIENTIZACION SOBRE LAS CONSECUENCIAS DEL USO INDEBIDO DE SUSTANCIAS INHALANTES: CREACION EN EL AMBITO DE LA "SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO (SEDRONAR)".
Fecha: 17/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
PROGRAMA NACIONAL PARA LA
PREVENCIÓN Y CONCIENTIZACIÓN SOBRE LAS CONSECUENCIAS DEL USO
INDEBIDO DE SUSTANCIAS INHALANTES.
Título I
Creación
Articulo 1º.- Créase el
PROGRAMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONCIENTIZACIÓN SOBRE
LAS CONSECUENCIAS DEL USO INDEBIDO DE SUSTANCIAS INHALABLES en el
ámbito de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción
y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR).
Título II
De las definiciones,
Objetivos y acciones.
Artículo 2º.- A los efectos
de la presente Ley se utilizará el término INHALANTE para hacer referencia a
aquellas sustancias volátiles, cuyos vapores químicos al ser inhalados modifican
el comportamiento humano y actúan sobre el sistema nervioso central.
Artículo 3°.- El presente
programa tiene como objeto diseñar acciones destinadas a prevenir y
concientizar sobre el consumo de inhalantes. Se apuntará a:
a) Crear espacios o canales para
facilitar la participación ciudadana y el diálogo con los representantes del
Estado en materia de prevención y concientización.
b) Sensibilizar a actores
comunitarios en la temática del consumo de inhalantes, promoviendo su
participación en la generación de acciones preventivas y en la evaluación del
impacto de las mismas
c) Posibilitar la difusión de
medidas preventivas y de concientización que ayuden a evitar situaciones de
riesgo.
d) Promover la vinculación entre el
Estado, en sus distintos niveles, y organizaciones de la sociedad civil con el
propósito de abordar esta problemática en forma integral.
Artículo 4º.- El programa
creado por la presente ley se desarrollará a través de las siguientes
acciones:
a) La implementación de
campañas publicitarias orientadas a la ciudadanía respecto de las graves
consecuencias originadas por el consumo de inhalantes.
b) La organización en el ámbito de
los establecimientos educativos de distintas actividades vinculados a la temática
que estimulen la participación de alumnos con el acompañamiento de sus
docentes.
c) Se buscará que las actividades
mencionadas en el punto anterior se articulen con la realización de trabajos de
promoción y prevención que involucren a centros comunitarios de salud,
educación y desarrollo social cercanos a la ciudadanía.
e) abordaje con adultos:
comerciantes; fabricantes y familiares adultos.
Título III
Autoridad de
Aplicación
Artículo 5°.- La Secretaría
de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el
Narcotráfico propondrá a las provincias, dentro del Consejo Federal para la
Prevención y Asistencia de las Adicciones y control del Narcotráfico (COFEDRO),
los lineamientos e implementación del PROGRAMA NACIONAL PARA LA
PREVENCION Y
CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL
USO INDEBIDO DE INHALANTES, de modo tal que se respeten y articulen con
los programas y actividades que las jurisdicciones tengan en aplicación al
momento de la sanción de la presente ley.
Artículo 6°.- De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de Ley apunta a
implementar, en el ámbito de la Secretaría de Programación para la Prevención de la
Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (Se.Dro.Nar.), un programa destinado a
prevenir el consumo indebido de sustancias inhalantes.
Tomamos como temática a los inhalantes
porque suelen ser el principio de otras adicciones. Se trata de sustancias que
habitualmente tienen al alcance de la mano principalmente los más desprotegidos. En
este sentido corresponde señalar que se trata de una problemática que afecta
principalmente a los más chicos y a los más humildes; una franja social vulnerable que
lamentablemente crece rápidamente en nuestro país y que padece serias dificultades
para acceder a coberturas de salud.
Cuando nos referimos a inhalantes
hacemos referencia a sustancias que se volatilizan a temperatura ambiente y se inhalan
para producir un estado de conciencia alterado. (1)
Son sustancias creadas con otras
finalidades y que no son aptas para el consumo humano. Entre ellas podemos mencionar
a los disolventes volátiles (como por ejemplo diluyentes y removedores de pinturas,
líquidos para lavado en seco, quita-grasas, gasolinas, pegamentos, líquidos correctores,
etc.); aerosoles (como por ejemplo las pinturas pulverizadas, atomizadores para
desodorantes, etc.); gases (como por ejemplo los encendedores de butano, tanques de
gas propano, refrigerantes, etc.) y nitritos.
Como se puede apreciar se trata de
sustancias de venta libre y que, por lo general, tienen bajo costo de adquisición.
La publicación antes referida señala entre
los principales factores que inducen al consumo de este tipo de sustancia a: "la
curiosidad, que es intensa en niños; la influencia de grupo, factor de gran peso en la
iniciación y mantenimiento del consumo; el costo, es un factor decisivo, son baratos en
comparación con otras drogas de abuso; la disponibilidad, atento a que se consiguen en
establecimientos comerciales o en sus hogares; la conveniencia de manejo, en tanto
vienen empaquetados en forma sencilla y práctica, lo que evita sofisticados manejos
para su administración; legalidad, dado que posesión de inhalantes no se encuentra
penada por lo que resulta más fácil a los menores adquirirlos; alteración del estado de
ánimo, desde que se reportan como placenteros los efectos tanto eufóricos como de
evasión de situaciones desagradables".
Con relación a los severos daño que
produce el consumo de sustancias inhalantes el trabajo oportunamente citado expresa:
"la descripción de los efectos de los inhalables es complicada debido a la amplia
variedad de sustancias susceptibles de abuso y a que en realidad los productos que usan
contienen mezclas de disolventes, además de que los inhaladores usan también otras
drogas. Clínicamente, la intoxicación aguda por disolventes volátiles es semejante a la
intoxicación por alcohol, con estimulación y desinhibición seguida por depresión en
dosis altas. El uso crónico se asocia con complicaciones más severas como son la
pérdida de peso, debilidad muscular, desorientación general, problemas de atención,
falta de coordinación y neuropatías. Los inhalables también son muy tóxicos a otros
órganos. La exposición crónica puede producir daños significativos al corazón,
pulmones, hígado y riñones. Algunos de los efectos irreversibles que pueden resultar del
abuso de disolventes específicos son: pérdida de la audición: tolueno; neuropatías
periféricas o espasmos de las extremidades: hexano; daño al sistema nervioso central o
al cerebro: tolueno; daño a la médula ósea: benceno. La inhalación limita la posibilidad
de crecimiento y desarrollo, también produce trastornos de personalidad. Los estudios
con humanos y animales de laboratorio muestran que la exposición a disolventes
produce efectos teratogénicos. Además la muerte es también una posible consecuencia
del abuso de inhalables al inducir insuficiencia cardiaca y la muerte a los pocos minutos
de una sesión de
inhalación prolongada. Este síndrome,
conocido como 'muerte súbita por inhalación',
puede resultar después de una sola sesión de uso de inhalables por una persona joven
que de otro modo es saludable." Nuestro país presenta un cuadro de situación
preocupante con relación a la problemática traída a consideración. Según la Tercera
Encuesta Nacional a Estudiantes de Enseñanza Media 2007, realizada por Observatorio
Argentino de Drogas de la Secretaría de Programación para la Prevención de la
Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) la tasa de crecimiento en
el consumo de solventes muestra una tendencia que es similar al consumo de pasta base,
pero con una tasa de crecimiento anual mayor entre todo el periodo 2001-07. En este
sentido el consumo de solventes creció en ese periodo un 29 por ciento.
Esta realidad no es ajena a la ciudad de
Rosario donde en septiembre de 2007 fallecieron tres jóvenes por efecto de los
inhalantes, lo que constituye una señal de alerta que nos obliga a ocuparnos seriamente
de esta problemática.
Este consumo, que muchas veces empieza
como un juego de niños, puede terminar con la vida en muy poco tiempo. Por esta razón
impulsamos el presente proyecto que tiene por finalidad generar acciones tendientes a
prevenir y a reducir las posibilidades del consumo.
No obstante el problema de las adicciones
debe tomarse desde sus causas originales, lo que nos obliga a abordar los distintos
motivos por cuales los jóvenes llegan a esta instancia; una vez que están dentro del
consumo resulta necesario trabajar sobre las graves consecuencias originadas por esta
problemática.
Entendemos que las acciones orientadas a
prevenir el consumo de inhalantes deben dirigirse fundamentalmente a la familia, por un
lado, a fin de alertar a los padres sobre el peligro que representa este tipo de consumo y
la facilidad que tienen los niños para
acceder a este tipo de sustancias, mucha de
las cuales son de uso habitual en el hogar y en la escuela; y por el otro a los fabricantes
de productos inhalantes, apelando a su responsabilidad social, a fin de que arbitren los
medios necesarios para sustituir los solventes y demás sustancias dañosas -como por
ejemplo el tolueno- por otras menos tóxicas y en lo posible generar productos no
inhalantes.
El presente proyecto es una representación del expediente1887-D-2011 de mi autoría.
Por la razones expuestas solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del
presente proyecto de Ley.
(1) "Abuso de sustancias inhalables. Un problema de salud pública y social", María
Teresa Griselda Fuentes Lara y Araceli Hernández González. Documento de la
Organización Panamerica de la Salud. (http://www.mex.ops-oms.org/)
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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