Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 2107-D-2013
Sumario: PROGRAMA DE DIFUSION DE UNA INTERNET SEGURA PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: CREACION.
Fecha: 17/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
ARTICULO 1º. Créase el
Programa de Difusión para una Internet Segura para Niños, Niñas y
Adolescentes.
De las definiciones y
objetivos
ARTICULO 2º. Objetivos:
generar las herramientas necesarias y fomentar la cooperación de todas las
instituciones públicas o privadas, así como también de los ciudadanos con el
objetivo de promover el uso seguro de Internet para los niños, niñas y
adolescentes.
ARTICULO 3º.
Definiciones:
TIC: Se denominan
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), al conjunto de
tecnologías que permiten la adquisición, producción, almacenamiento,
tratamiento, comunicación, registro y presentación de informaciones contenidas
en señales de naturaleza acústica (sonidos), óptica (imágenes) o
electromágnetica (datos alfanuméricos).
Software de dominio
público: es aquel software que no requiere de licencia, pues sus derechos de
explotación son para toda la humanidad
Redes Sociales: la
denominación "Social Software" se refiere a una gama de herramientas de
software que nos permiten conectarnos a través de Internet y socializar o
trabajar de manera colaborativa en proyectos comunes.
Grooming: describe el
grooming como una estrategia utilizada por abusadores sexuales para
manipular a niños, niñas y adolescentes, así como a los adultos de su entorno
encargados de su cuidado, para poder tener el control total sobre la víctima en
el momento de la situación de abuso. Se trata de un proceso en el que el
abusador vence la resistencia del niño, niña o adolescente mediante una
secuencia de acciones de manipulación psicológica. También se utiliza esta
estrategia para silenciar al niño, niña o adolescente, una vez que el abuso ha
tenido lugar.
Ciberbullying: Acoso
escolar cibernético, fenómeno común en las comunidades escolares, cuyas
consecuencias son muy perjudiciales tanto para las víctimas como para los
testigos de las agresiones. Incluye todas aquellas conductas de burla,
difamación, agresión, amedrentamiento e intimidación en contra de un
individuo o grupo a través Internet o teléfonos móviles.
Phishing: Modalidad de
estafa diseñada con la finalidad de robar la identidad digital. El delito consiste
en obtener información tal como números de tarjetas de crédito, contraseñas,
información de cuentas u otros datos personales por medio de engaños. Este
tipo de fraude se recibe habitualmente a través de mensajes de correo
electrónico o de ventanas emergentes.
De las autoridad de
aplicación y los participantes
ARTICULO 4º. El
Ministerio de Educación de la Nación es la autoridad de aplicación del Programa
de Difusión para una Internet Segura para Niños, Niñas y Adolescentes.
ARTICULO 5º. Podrán
participar del programa los distintos Ministerios que se encuentren atravesados
por los objetivos del presente programa.
ARTICULO 6º. La
autoridad de aplicación puede invitar a participar en el desarrollo de las
campañas a áreas del Estado Nacional, representantes y/o comisiones de las
Cámaras Legislativas, Organizaciones No Gubernamentales, Universidades
Públicas y Privadas, Medios de Comunicación, Proveedores de Internet y
personas físicas o jurídicas que trabajen la temática o puedan aportar
conocimientos técnicos o recursos de diverso tipo a los efectos de implementar
y desarrollar las campañas.
De las Campañas de
Difusión para una Internet Segura para Niños, Niñas y
Adolescentes.
ARTICULO 7º: La
autoridad de aplicación podrá desarrollar campañas y suscribir convenios
tendientes cumplimentar los objetivos del programa teniendo en cuenta los
siguientes presupuestos mínimos:
Creación de campañas
audiovisuales que tengan como destinatarios los alumnos de institutos de
enseñanza primaria y secundaria, de gestión pública o privada.
Creación de campañas
audiovisuales de televisión o radio, que tengan como destinatarios a todo el
ámbito familiar con el objeto de concientizar sobre el uso seguro de Internet en
el hogar.
Creación de campañas gráficas,
que tengan como destinatarios a todos aquellos niños, niñas y adolescentes, así
como sus padres, madres y/o tutores, cuyo acceso a Internet se realice desde
cibercafés, bibliotecas, o cualquier otro tipo de terminal para acceso a
Internet en forma paga o gratuita
fuera del ámbito escolar o del hogar, así como también a los responsables y
encargados de dichos sitios.
Creación de página/s web, propias
del Estado Nacional o en colaboración con proveedores de servicios de Intenet
u ONG's que trabajen esta temática. Las mismas deberán brindar material de
consulta y difusión tanto para ciudadanos en general como para docentes y
ONG´s con el objeto fomentar el uso seguro de Internet en los hogares,
cibercafés, etc., así como también colaborar en la difusión de los materiales de
las campañas. En forma complementaria se podrá sugerir software de dominio
público con el mismo objetivo.
Creación de un número telefónico
gratuito con el objeto de recepcionar las denuncias sobre conductas que estén
incluidas dentro de las que el programa busca combatir, para luego canalizarlas
a través de las autoridades pertinentes.
De los Docentes y
Profesores
ARTICULO 8º: Las
campañas destinadas a los alumnos de institutos de enseñanza primaria y
secundaria, de gestión pública o privada deberán incorporar la capacitación de
los docentes y profesores de los niveles educativos previamente
especificados.
ARTICULO 9º: La
autoridad de aplicación puede generar convenios con aquellas del Estado
Nacional o de los Estados Provinciales, con el fin de coordinar y promover
campañas conjuntas de difusión del uso seguro de Internet.
ARTICULO 10º :
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Actualmente los niños, niñas y jóvenes se
comunican en forma permanentemente a través de sistemas tecnológicos, como Internet
o la telefonía móvil. De acuerdo a un informe presentado por la consultora
Prince&Cooke publicado por el diario La Nación en Argentina 20 millones de personas
- aproximadamente el 50% de la población actual- utilizaban Internet en diciembre de
2008. Del referido estudio se desprende que hubo un crecimiento interanual en número
de usuarios del 25% respecto del 2007, que atribuye al mayor uso del servicio de banda
ancha en los hogares. En este mismo sentido el informe indica que el uso de la red en
hogares creció un 32% durante el año 2008.
Asimismo el informe arroja otros datos de
interés tales como que los servicios más solicitados son el e-mail, la búsqueda de
información y el chat; que el tiempo de conexión semanal se elevó a 22 horas, lo que
representa un crecimiento del 54% frente a las 14 horas registradas en 2007; que las
transacciones online se incrementaron en el 2008 un 28% respecto del año anterior; que
se produjo un mayor ingreso de menores de 18 años a la Red y que la edad promedio de
los usuarios cayó de 28 a 24 años.
A lo anterior podemos agregar que, según
datos del INDEC "en el periodo comprendido entre junio de 2008 y junio de 2009 se
observaron los siguientes aspectos: los accesos residenciales a Internet y las cuentas con
abono crecieron un 10.6 y 17.8 respectivamente. Asimismo las cuentas de banda ancha
tuvieron un crecimiento de 20.7 En el mes de junio de 2009 se registraron 1904
millones de mensajes enviados desde 4.8 millones de cuentas de correo electrónico lo
que implico un crecimiento del 19.7 respecto del mes de junio de 2008".
Por su parte, con relación al uso de
telefonía móvil, un estudio General de Medios (EGM) realizado por Ipsos Argentina,
indica que el 71,5% de la población tiene celular, siendo la principal función utilizada la
correspondiente a los mensajes de texto, de manera similar entre hombres y
mujeres.
Si bien por un lado es innegable que con el
uso de Internet se ha verificado una sustancial mejora en los procesos de comunicación
en sentido amplio entre las personas, pueblos y sociedades; empero por el otro debemos
tener presente que en este nuevo escenario virtual, visitado permanentemente por
millones de personas se reproducen conductas y riesgos de la vida real.
Esto nos obliga a promover desde el
Estado, y con la participación de todos los ciudadanos involucrados en el uso de
tecnologías de la información y la comunicación (TIC), acciones que garanticen el uso
adecuado y seguro de estas nuevas formas de comunicación, en especial cuando se
encuentran involucrados niños/as y adolescentes. En ese sentido es imprescindible que
se brinde información y capacitación para facilitar a padres y educadores la tarea de
tutelar el uso de las TICs.
Creemos que el abordaje de la temática
planteada requiere el esfuerzo conjunto entre el Estado y los distintos actores de la
sociedad civil, tales como la familia, los educadores, las empresas proveedoras de
Internet, las empresas de software, diferentas OGN, etc; con esa lógica es que se pensó
y estructuró el proyecto de ley que traemos a vuestra consideración.
Nos interesa con este proyecto abordar las
particularidades que presentan las prácticas de "Gromming", el "Ciberbullying" y el
"Phishing a través del uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
Es menester poner de relieve que el proyecto que traemos a consideración reproduce en
sus aspectos centrales, el contenido de un trabajo presentado por la diputada provincial
Mónica Peralta en la legislatura de la Provincia de Santa Fe.
Consideramos que es necesario
implementar en el ámbito del ministerio de Educación de la Nación un "Programa de
Difusión para una Internet Segura para Niños, Niñas y Adolescentes" que pueda tener
cobertura en todo el territorio de nuestro país. Con esa inteligencia es que el proyecto
prevé la posibilidad de generar convenios con los Estados Provinciales, con el fin de
coordinar y promover campañas conjuntas de difusión del uso seguro de Internet.
A cuarenta años de su creación, el
fenómeno de Internet viene teniendo un crecimiento exponencial dando lugar a la
aparición de vastas redes sociales que involucran en muchos casos a niños, niñas y
adolescentes, motivo por el cual debemos aportar las herramientas legislativas que
permitan proteger sus derechos también en lo relativo a las nuevas tecnologías.
En este sentido, la legisladora santafecina
sostiene en los fundamentos de su proyecto que "con la generalización del uso de
Internet y otros dispositivos tecnológicos por parte de niños, niñas y adolescentes, las
TIC se han convertido en una nueva herramienta para llevar a cabo esta estrategia de
'preparación para causar daño' mientras se conectan a la red, intentando manipularlos/as
y desinhibirlos/as "con el objetivo de obtener gratificación sexual, a través del uso de las
tecnologías (tales como Internet o teléfonos celulares) y mediante distintas estrategias
de seducción emocional. Se trata de un trabajo fino y no violento que hace un adulto
para seducir de forma encubierta a un niño, niña o adolescente con el fin último de tener
una relación sexual".
Asimismo, la Diputada provincial describe
la conducta desplegada por el acosador al decir que este: "puede elegir a su víctima a
través de las TIC -por ejemplo haciéndose pasar por un adolescente en un chat- o en
persona -por ejemplo pidiéndole su correo electrónico en un lugar público, como un
parque o un centro comercial. Las formas de establecer y afianzar la relación con la
víctima pueden variar. Pueden compartir gustos musicales, televisivos o literarios;
intercambiar información, videos, fotos. El proceso se inicia tratando de establecer una
relación de confianza con la víctima, mostrándole que se trata de alguien con quien
pueden hablar y alguien que le entiende. Puede, incluso, tratar de aislar a la víctima,
saboteando las relaciones que pueda tener con pares o familiares. En general les piden
fotografías o que se desvistan o tomen actitudes más comprometidas sexualmente a
través de las cámaras web. También los invitan a encontrarse presencialmente. Pueden
intentar indagar más información sobre su potencial víctima (edad, número de teléfono,
intereses, grado de vulnerabilidad emocional, etc.), incluso mediante el uso de virus
informáticos, y valorar el riesgo de continuar con sus planes de generar una situación de
abuso. El acosador puede introducir algo de carácter secreto en ese intercambio. Este
secreto puede posteriormente ser utilizado para amenazar o chantajear al niño, niña o
adolescente para lograr que este acepte lo que el acosador le pide, asegurándose el
control de la situación. Pueden mostrar al niño, niña o adolescente materiales
sexualmente explícitos como táctica para reducir su resistencia o desinhibirlo respecto
del sexo. Por ejemplo, los chantajes pueden comenzar cuando el acosador obtiene la
contraseña del chat o una imagen comprometida de la víctima y amenaza con difundirla
a sus contactos. Entonces, pueden chantajearla para que envíe fotos o imágenes desde su
Webcam. A partir de ahí, las amenazas pueden continuar. El acosador puede intentar
hacer que la víctima piense en las consecuencias que le puede ocasionar confesarle a
alguien que está siendo acosado."
En el mismo sentido, podemos coincidir
en que "este es un nuevo fenómeno, una forma de abuso sexual utilizando las nuevas
tecnologías, constituye un delito contra la integridad sexual y vulneración de derechos
de los niños. Claramente, es una forma de abusar de un niño, aunque pueda suceder
mientras el chico esté en su casa con sus padres. Las situaciones de grooming, en
ocasiones, no vienen seguidas de un abuso sexual consumado. Puede haber abuso sin
que haya un encuentro presencial. Todo esto conlleva dificultades para la intervención y
sanción ante este tipo de delitos. El problema está ligado a la existencia de una situación
encubierta, producto de un proceso de manipulación, por el cual el menor no se siente
violentado, sin embargo todo ello apunta al fin perseguido por el adulto. La víctima
puede ser expuesta a material sexual
inadecuado, ilegal, ofensivo o traumático
(a través de: imágenes pornográficas, videos, dibujos y animaciones, mensajes de texto,
correos electrónicos, relatos, sonidos y música). O puede darse una situación de ciber-
abuso sexual unidireccional o bidireccional, por medio de texto o imágenes. Hoy los
niños, niñas y jóvenes se comunican intensamente a través de sistemas tecnológicos,
como Internet o la telefonía móvil. En este mundo virtual se reproducen las conductas y
riesgos de la vida real, pero amplificadas por el hecho que en Internet todo es público.
Situaciones de la realidad, como el acoso u hostigamiento escolar, están ahora
produciéndose en el ciberespacio, con el agravante de contar con audiencias masivas.
Los jóvenes no tienen plena conciencia de los efectos que esta práctica puede
provocar."
Por otro lado podemos señalar que
"Ciberbullying o acoso escolar cibernético se está transformando en un fenómeno
común en las comunidades escolares y sus consecuencias son muy perjudiciales tanto
para las víctimas como para los acosadores y los testigos de las agresiones. Incluye
todas aquellas conductas de burla, difamación, agresión, amedrentamiento e
intimidación en contra de un individuo o grupo a través Internet o teléfonos móviles.
Este tipo de abuso tiene incalculables consecuencias psicológicas en los afectados que
ven totalmente vulnerada su identidad en su entorno social."
Por ultimo queríamos referirnos al
"Phishing", al podríamos conceptuar como una modalidad de estafa diseñada con la
finalidad de robar la identidad digital. El delito consiste en obtener información tal
como números de tarjetas de crédito, contraseñas, información de cuentas u otros datos
personales por medio de engaños. Este tipo de fraude se recibe habitualmente a través
de mensajes de correo electrónico o de ventanas emergentes.
Al respecto la diputada provincial Mónica
Peralta sostiene: "En esta modalidad de fraude, el usuario malintencionado envía
millones de mensajes falsos que parecen provenir de sitios Web reconocidos o de su
confianza, como su banco o la empresa de
su tarjeta de crédito. Dado que los
mensajes y los sitios Web que envían estos usuarios parecen oficiales, logran engañar a
muchas personas haciéndoles creer que son legítimos. La gente confiada normalmente
responde a estas solicitudes de correo electrónico con sus números de tarjeta de crédito,
contraseñas, información de cuentas u otros datos personales. Para que estos mensajes
parezcan aun más reales, el estafador suele incluir un vínculo falso que parece dirigir al
sitio Web legítimo, pero en realidad lleva a un sitio falso o incluso a una ventana
emergente que tiene exactamente el mismo aspecto que el sitio Web oficial. Estas
copias se denominan "sitios Web piratas". Una vez que el usuario está en uno de estos
sitios Web, introduce información personal sin saber que se transmitirá directamente al
delincuente, que la utilizará para realizar compras, solicitar una nueva tarjeta de crédito
o robar su identidad."
Todo lo expuesto pone en evidencia los
riesgos que se corren cuando se hace uso de las nuevas tecnologías de comunicación, en
particular cuando se hallan involucrados niños, niñas y adolescentes. Frente a esta
realidad entendemos que el Estado Nacional debe actuar promoviendo acciones
concretas que estén orientadas a promover el uso seguro de las TIC. Es por ello que,
desde el ámbito educativo deben establecerse los mecanismos y las acciones oportunas
con el objeto de prevenir a padres, madres y familiares, además de a los propios niños,
niñas y adolescentes, sobre estas estrategias preventivas.
El Estado Nacional debe abocarse por lo
tanto a dos puntos fundamentales: generar campañas de difusión que eviten la
proliferación de estas conductas, educando a los ciudadanos en el uso seguro de
Internet; y estudiar y proponer las modificaciones legislativas a nivel nacional,
provincial y municipal con el objeto de generar un marco legal apropiado.
Esto último ya se está realizando en otros
países latinoamericanos, como es el caso de Chile donde se generaron convenios con
proveedoras de servicios de Internet, como es el caso de V.T.R. GlobalCom, que en su
rol de proveedor líder de televisión y banda
ancha residencial en Chile, asumió el
desafío de contribuir a un entorno más seguro en Internet y TV, y lo convirtió en un eje
de su labor de Responsabilidad Social Empresaria.
También es menester destacar que en
nuestro país la Asociación Civil Chicos.net junto con la organización internacional
ECPAT (End Child Prostitution, child pornography and child trafficking for sexual
purposes) puso en funcionamiento una página donde ofrece información para toda la
comunidad referente al uso seguro de Internet.
El presente proyecto es una representación
del expediente 1349-D-2011 de mi autoría.
Por todo lo expuesto solicito a los Señores
Diputados que me acompañen en el presente Proyecto de Ley.
(1) "Abuso de sustancias inhalables. Un
problema de salud pública y social", María Teresa Griselda Fuentes Lara y Araceli
Hernández González. Documento de la Organización Panamerica de la Salud.
(http://www.mex.ops-oms.org/)
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
EDUCACION |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |