Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1053-D-2011
Sumario: CONSTITUCION DE LA COMISION BICAMERAL PERMANENTE DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y SEGUIMIENTO DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA NACION, CREADA POR LEY 24946.
Fecha: 18/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
1. Constitúyese la Comi-
sión Bicameral Permanente de Relaciones Institucionales y Seguimien-
to del Ministerio Público de la Nación, creada por la Ley Nº 24.946,
que estará integrada por (6) seis senadores y (6) seis diputados respe-
tando la representación parlamentaria existente en cada cuerpo.
2. Los miembros de la
Comisión durarán (2) dos años en su mandato y podrán ser reelegidos
para la función sin limitación alguna. Anualmente la Comisión elegirá
un presidente, un vicepresidente y un secretario. La Presidencia se al-
ternará periódicamente entre las Cámaras, y en cada período el Vice-
presidente será un miembro de la otra Cámara del Congreso Nacio-
nal.
3. Será de competencia
de la Co- misión Bicameral Permanente de Relaciones Institucionales y
Seguimiento del Ministerio Público:
a) Mantener un vínculo
permanente entre el Ministerio Público y el Poder Legislativo de la Na-
ción.
b) Recibir el Informe
anual del Ministerio Público y elevarlo al plenario de ambas Cámaras
conjuntamente con un dictamen de la Comisión sobre lo informado,
que contemple la evaluación de eficiencia de su funcionamiento, y los
pedidos o propuestas que se hubieren formulado.
c) Requerir al Procurador
General de la Nación y al Defensor General de la Nación, toda la do-
cumentación e in- formación complementaria al Informe y toda la ne-
cesaria para poder expedirse respecto de la rendición de cuentas del
ejercicio, en ejercicio de la facultad con- ferida por el artículo 24 de la
ley 24.946;
d) Convocar a represen-
tantes del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defen-
sa, a la elaboración conjunta de una agenda anual incorporando temas
de interés a los problemas planteados;
e) Elevar a ambas Cáma-
ras del H. Congreso Nacional las propuestas del Ministerio Público
acerca de la conveniencia de determinadas reformas legislativas y con-
feccionar un dictamen sobre ellas;
f) Elaborar proyectos de
ley ten- dientes a obtener mayor eficiencia en el ejercicio de las fun-
ciones propias del Ministerio Público;
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Uno de los avances im-
portantes de la vida democrática a partir de 1983 ha sido la sanción de
normas tenientes a democratizar el funcionamiento de los poderes y a
darles mayor eficacia y transparencia. Sin embargo, muchas de ellas
han quedado a mitad de camino, como una expresión de buena volun-
tad que no ha trascendido más que el plano de la sanción de normas
cuya ejecución parcial no muestra los avances necesarios y esperables.
En ese sentido, la Ley Nacional de Ética Pública que creara en el marco
del Congreso de la Nación la correspondiente Comisión Nacional de
Ética Pública, se choca con la ausencia de dicha estructura. La Ley Nª
24.546 puso en marcha el Ministerio Público, con sus dos grandes bra-
zos: el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defen-
sa.
La Constitución Nacional,
desde su texto de 1853 y de manera especial a partir de su Re- forma
de 1994, establece un equilibrio armónico del funcionamiento de los
tres poderes del estado democrático de derecho y que constituyen la
base de nuestro sistema republicano. Esa división de los poderes, im-
porta su independencia pero al mismo tiempo, una suerte de interrela-
ción y control recíproco a través de una vinculación permanente. Una
de las expresiones de ese vínculo ha sido el establecimiento de comi-
siones bicamerales del Congreso Nacional íntimamente relacionadas
con el funcionamiento de los otros poderes. Y una de ellas, sin duda, y
que evidencia el espíritu del Legislador, ha sido la Ley del Ministerio
Público estableciendo el funcionamiento de una Comisión Bicameral a
través de la cual se vincula con el Poder Legislativo.
Sin embargo, y pese al
transcurso de los años y la consolidación del funcionamiento institucio-
nal del Ministerio Público y de todos los estamentos y magistrados que
lo integran, el Congreso de la Nación exhibe una demora importante y
grave en la falta de constitución de la mencionada comisión, a la que
se tiene por creada en la ley y sin embargo no tiene existencia fáctica.
Las funciones y competencias han sido propuestas en el proyecto de
acuerdo a lo que la propia ley asigna, especialmente en la definición
de su calidad de nexo institucional, como así en lo que se refiere al In-
forme que el Ministerio debe presentar anualmente y que esta Comi-
sión debería recepcionar y dictaminar.
En procura de sanear ese
déficit presentamos el Proyecto de Resolución para que ambas Cáma-
ras procedan a su constitución y puesta en funciones y lo elevamos a
la consideración de nuestros colegas, estimando que debería recogerse
favorablemente y con inmediatez.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
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