Diputados
Foto Diputado de la Nación Gerardo Cipolini

Gerardo Cipolini

Diputado de la Nación

UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL

Período: 10/12/2023 - 09/12/2027

PROYECTO DE LEY

Expediente: 0274-D-2020

Sumario: RED ASISTENCIAL PARA EL TRATAMIENTO DE PACIENTES VICTIMAS DE QUEMADURAS. CREACION.

Fecha: 05/03/2020

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4

Proyecto
RED ASISTENCIAL PARA EL TRATAMIENTO DE PACIENTES VÍCTIMAS DE QUEMADURAS
Artículo 1º. – Creación de la Red. Objetivo. Créase la Red Asistencial para el Tratamiento de Pacientes Víctimas de Quemaduras la que estará integrada por los servicios de salud existentes que, a partir del relevamiento, categorización y formación de los recursos humanos, garanticen la mayor eficacia y calidad en el tratamiento de quemaduras.
Artículo 2º. – Relevamiento de los servicios de salud. La autoridad de aplicación realizará el relevamiento sobre los servicios de salud existentes que atienden a pacientes quemados en las jurisdicciones que adhieran a la presente ley, sin perjuicio de la incorporación de nuevos servicios a futuro. El relevamiento se realizará de manera periódica conforme a lo que establezca la reglamentación.
Artículo 3º. – Alcance del relevamiento. El relevamiento de los servicios de salud identificados en el artículo 2 tendrá en cuenta la planta física; el equipamiento existente; los insumos disponibles y los recursos humanos detallando su nivel de capacitación específica.
Artículo 4º. – Categorización de los servicios. Finalizado el relevamiento, la autoridad de aplicación procederá a la categorización de los servicios existentes o informará de las adecuaciones necesarias para alcanzar la misma.
Artículo 5º. – Plan de Capacitación. Créase un “Plan de Capacitación” que contemple, para todo el personal del sistema público de salud que lo requiera, una capacitación específica para completar su formación y alcanzar la categoría de "experto en quemaduras".
Artículo 6º – Difusión de la Red. La autoridad de aplicación dará amplia difusión a la Red Asistencial para el Tratamiento de Pacientes Víctimas de Quemaduras, informando los servicios categorizados disponibles en cada jurisdicción.
Artículo 7º – Registro de los profesionales capacitados. La autoridad de aplicación llevará un registro de profesionales que hayan completado el “Plan de Capacitación” con el fin de incorporarlos a los equipos integrantes de la Red, a la que también se podrán incorporar otros profesionales de la salud con reconocida experiencia y conocimientos en el tratamiento de quemaduras.
Artículo 8º. – Autorización para suscribir convenios. La autoridad de aplicación podrá, tanto para la creación y coordinación de la red asistencial, como para la capacitación que se establece, suscribir los convenios pertinentes con las instituciones públicas o privadas y organizaciones no gubernamentales que acrediten mayor idoneidad en la temática, exponiendo con la mayor precisión y claridad las condiciones a cumplir por cada una de las partes intervinientes en el acuerdo.
Artículo 9º. – Invitación a adherir. Se invita a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente, sin que ello implique delegación alguna de las competencias que ejercen en la materia.
Artículo 10º. - Autoridad de Aplicación. El Poder Ejecutivo determinará la autoridad de aplicación que, en el ámbito del Consejo Federal de Salud (COFESA), coordinará acciones con las autoridades sanitarias de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para asegurar la implementación de la presente ley.
Artículo 11º. – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene como antecedente legislativo el expediente 6586-D-2018 de mi autoría que fue presentado en el año 2018. Dadas las características específicas que presenta un paciente quemado, éste requiere de la atención de un grupo de profesionales de distintas disciplinas: médico cirujano especialista, médico clínico, enfermeras con capacitación ad hoc, dietista, psicólogo y kinesiólogo, así como un área física con ciertas características y equipamiento particulares.
El diagnóstico de la situación es que el tratamiento de pacientes quemados, en la actualidad se lo realiza en hospitales públicos, pero la mayoría de los Servicios donde se brinda esa atención, no han sido categorizados ni acreditados y no todos los profesionales responsables de la asistencia han sido certificados.
Esa es la razón por la que encaramos la redacción de éste proyecto de creación de una red asistencial para el tratamiento de ese tipo de pacientes, con el fin de lograr la categorización de los servicios de salud y la preparación de los recursos humanos, base fundamental para lograr la garantía de calidad en la atención médica. Para ello, hemos contado con la colaboración del Dr. Fortunato Benaim, que ha dedicado toda su vida a la atención de este tipo de pacientes.
No se trata de un proyecto de cumplimiento imposible, sino que básicamente impulsa la organización de una red asistencial, debidamente categorizada e integrada en forma de complejidad creciente, para la atención de quemados sobre la base de la infraestructura existente, así como la capacitación del personal que integra los planteles actuales o futuros. En suma, se propone la organización de una red asistencial con cobertura territorial en todo el país.
El proyecto propone trabajar sobre lo que ya existe, para mejorarlo, para coordinarlo, para hacerlo eficiente, para que los profesionales sean mejores y para que el servicio que recibe la población sea de la más alta calidad posible.
La creación de esta red permitiría la optimización de las prestaciones brindadas por los servicios de todos los niveles de la atención de la salud, se estandarizarían los procesos, así como las evaluaciones del paciente al ingreso. Esto incluiría el diseño de un sistema de derivaciones según la complejidad que redundaría en beneficio de la atención del paciente y disminuiría sus riesgos.
Ese es el objetivo de la creación de una “Red Asistencial para el Tratamiento de Pacientes Víctimas de Quemaduras”, proyecto que ha sido puesto a consideración de las más reconocidas instituciones científicas y académicas, recibiendo en todos los casos la aprobación y el apoyo a la iniciativa, tal el caso de la Academia Nacional de Medicina de Buenos Aires; la Asociación Médica Argentina; la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora; la Fundación TRAUMA; la Confederación Médica de la República Argentina; la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires; la Asociación de Médicos de la Actividad Privada; y la Federación Médica Gremial de la Capital Federal. El Foro para el Desarrollo de las Ciencias ha decidido por unanimidad otorgarle su auspicio y difusión.
El Prof. Dr. Luis Nicolás Ferreira, Ex Decano de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires (1990-1998), Ex Decano de la Facultad de Medicina de la UCES (1999-2015), Vicerrector UCES (2015 y continúa), se ha expedido en relación al proyecto de ley que aquí presentamos en los siguientes términos: “Comparto plenamente el proyecto elaborado que demuestra su erudición en el tema tanto en lo que se refiere a la instalación de una completa planta física como a la capacitación específica del recurso humano”. Esta capacitación, que se establecerá vía reglamentaria, es muy necesaria ya que no existe la “especialidad de atención al quemado” pese a numerosas solicitudes ante los ministerios correspondientes. El “experto en quemados” abarcaría una amplia multidisciplina que es necesario conocer para la atención eficiente del quemado.
El inspirador de este proyecto es el Dr. Fortunato Benaim, Profesor Honorario de Cirugía de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires; Miembro de Número de la Academia Nacional de Medicina de Buenos Aires; Miembro Honorario o Correspondiente de todas las Sociedades Latinoamericanas de Cirugía Plástica y Quemaduras y de las de los Estados Unidos de América y del Reino de España. Fue Director del Hospital del Quemado, de la Ciudad de Buenos Aires, por 28 años (1956 a 1984); recibió el Premio de la Asociación Argentina de Cirugía, en el año 1954, por su libro “Quemaduras e Injertos de Piel” y a partir de allí una lista interminable de distinciones, premios, reconocimientos y homenajes, entre ellos los tres premios internacionales más importantes en Quemaduras: el Premio “Evans”, otorgado por la Asociación Americana de Quemaduras y entregado en San Antonio, Texas, U.S.A., en 1980; el Premio “Whitaker”, adjudicado por concurso por un jurado internacional y entregado en Palermo, Italia, en 1988; y el Premio “Tanner-Vandeput”, que cada 4 años y por concurso entrega la Sociedad Internacional de Quemaduras durante el Congreso Mundial, recibido en New Delhi, India, en 1990; y en 2013 recibió el Premio “Dar de sí antes que pensar en sí”, máximo galardón que otorga el Rotary Club Internacional, siendo el único argentino que, hasta el presente, ha recibido esa distinción. Por la Ley 2.649, del año 2008, fue declarado “Ciudadano Ilustre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” por la Legislatura Porteña; y el 24 de octubre de 2016, recibió una placa en Homenaje por su dedicación al tratamiento y prevención de las quemaduras, otorgada por esta H. Cámara de Diputados de la Nación (Expte. 2493-D-2015).
El Dr. Benaim ha contribuido al conocimiento de las quemaduras con más de 200 publicaciones, varios libros y capítulos de libros, y ha presentado su libro “60 Años dedicados a la Medicina del Quemado” – Recuerdos autobiográficos y aportes científicos. 1 Tomo – 411 Pag. – Edit. por Fundación OSDE, en 2009.
La Fundación Fortunato Benaim, creada el 26 de octubre de 1981, es una Institución de bien público, sin fines de lucro, que promueve y realiza acciones tendientes a incrementar la investigación y contribuye a la docencia, y su Laboratorio de Cultivo Celular, inaugurado en 1992, ha sido el primero en el país en realizar esta tarea científica de avanzada que permite reproducir la piel humana en el laboratorio.
Y hoy, el Dr. Fortunato Benaim, con sus 99 años de edad, sigue trabajando por la salud pública de los argentinos, promoviendo este proyecto, fruto del conocimiento y de una experiencia singular e inigualable, que no dudamos en impulsar, razón por la cual solicito a mis pares acompañen la presente iniciativa legislativa.
Por lo expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
POLLEDO, CARMEN CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
RITONDO, CRISTIAN ADRIAN BUENOS AIRES PRO
MENNA, GUSTAVO CHUBUT UCR
OCAÑA, GRACIELA BUENOS AIRES PRO
REGIDOR BELLEDONE, ESTELA MERCEDES CORRIENTES UCR
SAHAD, JULIO ENRIQUE LA RIOJA PRO
QUETGLAS, FABIO JOSE BUENOS AIRES UCR
ENRIQUEZ, JORGE RICARDO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
FERNANDEZ LANGAN, EZEQUIEL BUENOS AIRES PRO
MANZI, RUBEN CATAMARCA COALICION CIVICA
MONALDI, OSMAR ANTONIO JUJUY PRO
BERISSO, HERNAN BUENOS AIRES PRO
MARTINEZ VILLADA, LEONOR MARIA CORDOBA COALICION CIVICA
FRADE, MONICA EDITH BUENOS AIRES COALICION CIVICA
TORELLO, PABLO BUENOS AIRES PRO
CIPOLINI, GERARDO CHACO UCR
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
MORALES GORLERI, VICTORIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
ASCARATE, LIDIA INES TUCUMAN UCR
REYES, ROXANA SANTA CRUZ UCR
PETRI, LUIS ALFONSO MENDOZA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LOS DIPUTADOS Y LAS DIPUTADAS: CIPOLINI, RICCARDO, MORALES GORLERI, ASCARATE Y REYES (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PETRI (A SUS ANTECEDENTES)