Fernando Adolfo Iglesias
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 2966-D-2010
Sumario: INMUEBLE DE LA CONFITERIA DEL MOLINO, SITO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION POR SU VALOR HISTORICO Y CULTURAL.
Fecha: 05/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
Artículo 1º.- Declárase de
utilidad pública, y sujeto a expropiación, por su valor histórico y cultural, el
cuarenta y cinco por ciento (45%) indiviso del inmueble de la "Confitería del
Molino" sito en Av. Rivadavia 1801/07/15 esquina Av. Callao 10/20/28/30/32 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Circunscripción 11, Sección 9, Manzana 74,
Parcela 23), correspondiente a los niveles 3º, 2º y 1º Subsuelos, Planta baja y 1º
Piso.
Artículo 2º.- Decláranse de
utilidad pública y sujeto a expropiación, por su valor histórico y cultural, los bienes
muebles e instalaciones originales existentes en el inmueble al que se refiere el
artículo 1º, y los bienes intangibles pertenecientes a la ex Confiteria Del Molino,
incluyendo la marca "Del Molino", clase 42, (Res. 1590589), registrada en el
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) por Nietos de Cayetano Brenna
S.A.
Artículo 3º.- Decláranse
como bienes de interés histórico-artistico, en los términos de la ley 12.665, a los
bienes muebles e instalaciones originales a los que se refiere el artículo 1º de la
presente Ley.
Artículo 4°.- Los bienes
muebles e inmuebles a expropiar serán concesionados por el Poder Ejecutivo
Nacional, para su uso exclusivo como Confitería, Restaurant, Elaboración de
productos de panadería, pastelería y helados, Casa de fiestas privadas y usos
complementarios permitidos por la normativa vigente. El primer piso del inmueble
podrá ser destinado a la realización de actividades culturales, la creación de un
centro cultural o un museo, o cualquier otra actividad que no vulnere el valor
patrimonial del inmueble, bajo la órbita de la Secretaria de Cultura de la
Presidencia de la Nación.
Artículo 5º.- La
determinación del valor de los bienes a expropiar se hará de acuerdo con la
tasación que efectúe el Tribunal de Cuentas de la Nación.
Artículo 6°.- Los gastos que
demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida
presupuestaria correspondiente.
Artículo 7º.- Comuníquese,
etc.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La historia de la Confitería del Molino
se remonta a 1821, cuando el inmigrante italiano Constantino Rossi abrió la
"Confitería del Centro" en la esquina de las calles de las Torres y Somavilla -años
más tarde, esquina de las calles Federación y Garantías; hoy Rivadavia y Rodríguez
Peña-. Poco después el local fue rebautizado como "Confitería del Molino", en
homenaje al primer molino harinero instalado en la ciudad de Buenos Aires en el
mismo barrio.
Con motivo de la construcción de la
Plaza Congreso, la Confitería del Molino se trasladó el 28 de febrero de 1905 a su
actual ubicación, en la esquina de las avenidas Rivadavia y Callao donde se
levantaba una vivienda de dos pisos con negocio en la planta baja perteneciente a
Cayetano Brenna que, posteriormente, encargó la construcción de la actual sede
de la confitería, inaugurada en 1917.
El nuevo edificio fue proyectado y
construido por el joven arquitecto italiano Francisco Tereso Gianotti, incluye
también los 3 subsuelos donde se producía y fabricaba la propia pastelería. El
trabajo, pese a la complejidad, se resolvió en menos de un año. El conjunto reunía
una gran diversidad de materiales: cerámicas, vitraux, mosaicos de colores,
composiciones en mármol y esculturas de bronce, traidos de Italia. La réplica de
las aspas de un molino harinero, realizada en hierro, completaba simbólicamente
la fuerza constante y dinámica que impulsaba la época. La obra, que fue aludida
por el propio autor como expresión de su "modernismo gianottiano", se transformó
en un hito de la arquitectura porteña gracias a su peculiaridad, reforzada por
encontrarse frente a otro de los monumentos emblemáticos de la Ciudad como el
Palacio de los Dos Congresos.
El local desató un éxito rotundo e
inmediato. Los legisladores abrían allí sus cuentas corrientes y Brenna los atendía
con levita. El Molino se había convertido en un foro para el debate, la conversación
y las citas amorosas.
El Molino, con un volumen construido
cercano a los 6000 m2, presenta un valor fundamental desde el punto de vista de
la historia de la arquitectura porteña: su creador, lo proyectó en la misma época
que la Galería Güemes, la construcción más alta de la ciudad hasta 1915.
Gianotti, que fue convocado para este
proyecto siendo un profesional muy joven, plantea en él -como en todas sus obras
posteriores- una combinación particular. Desde la sobriedad ecléctica, con rasgos
compositivos del academicismo francés y ornamentación modernista en el
desarrollo de la fachada, a la aplicación de los mayores adelantos tecnológicos de
la época, en el marco de un riguroso estudio de las necesidades funcionales y de
ingeniería que según él toda obra debía observar.
Según explica el propio Gianotti en
sus memorias, su intención fue lograr una imagen que no pasara desapercibida
para el público, apelando a soluciones inéditas como la marquesina y los artefactos
de vitraux en la planta baja, la torre mirador con sus vitraux de dibujos relativos a
las nubes y al viento en el remate, y las famosas aspas, como sello de identidad
original alusiva al nombre de la casa.
El Molino superó toda clase de
vicisitudes, atravesó incendios, cierres y anexiones, sin perder nunca el brío propio
de aquellos espacios genuinamente hilvanados a la pulsión cultural del tiempo
histórico y la comunidad en que perviven.
Oliverio Girondo, Roberto Arlt,
Enrique Santos Discépolo, Homero Manzi, Aníbal Troilo, Tita Merello, Carlos Gardel,
Irineo Leguizamo, Alfredo Palacios, Olinda Bozán, Amado Nervo, José Ingenieros,
Alfredo Palacios, Marcelo T. De Alvear, Agustín P. Justo, Juan Domingo Perón,
fueron, entre otros, algunos de sus habitué.
La vecindad inmediata con el
Honorable Congreso de la Nación, cuya inauguración fue contemporánea, lo
convirtió en una extensión informal aunque obligada del palacio legislativo. Así, en
los períodos democráticos de la Argentina, parlamentarios y políticos de todos los
partidos y sectores convertirían a la Confitería del Molino en una usina paralela
donde se confrontaban ideas, se abrían nuevos caminos alternativos de
convergencia y, en definitiva, se formulaba, en gran parte, el destino nacional.
En sintonía con el signo democrático
que le confería a este punto de encuentro su proximidad al Congreso, muchos
hechos puntuales relativos a lo mejor de nuestra cultura institucional
transcurrieron en la Confitería del Molino. Como caso testigo en este sentido caben
recordar los días de diciembre de 1983, cuando su salón principal albergó
reuniones históricas que respaldarían pública y fundacionalmente la defensa
irreductible de los derechos humanos por parte de la sociedad argentina, así como
la condena a la violación de los mismos perpetrada por quienes interrumpieron la
institucionalidad del país. Consolidada la creación de la CONADEP, se reunió en el
emblemático salón de la esquina de Callao y Rivadavia el entonces "Foro del
pueblo Argentino contra el terrorismo de Estado" convocado , entre otros, por las
Madres de Plaza de Mayo, la Asamblea por los Derechos Humanos (APDH), la CGT
de la República Argentina la Asociación de familiares de detenidos y
desaparecidos. Algunos de los oradores que prestigiaron aquella jornada
(antecedente directo del "Nunca Más") fueron el premio Nóbel Adolfo Pérez
Esquivel, Estela de Carlotto y Simón Lazara, entre otras figuras representativas de
la nueva etapa que se abría con la flamante democracia recuperada.
Semejante bagaje de antecedentes no
fue suficiente, sin embargo, para preservar este histórico edificio del abandono. La
casa cerró sus puertas por vacaciones el 24 de enero de 1997 y no volvió a
abrirlas.
La confitería, con su torre aguja en
ochava, forma parte del Área de Protección Histórica Nº1 San Telmo - Av. De
Mayo, sancionado en 1992, estando catalogado con Nivel de Protección Estructural
por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cinco años después, el 24 de
noviembre de 1997, por medio del Decreto 1110/97, fue declarada Monumento
Histórico Nacional. Pero estas medidas no alcanzan para evitar los daños que
surgen de la desidia y la ausencia de actividad humana, factor que, en definitiva,
actúa como sangre y alma en un caso de estas características.
Tan emblemática casa no volvería a
ser la misma sin la presencia plural y vital de sus clientes y trabajadores, en suma;
sin el factor humano que le dio su identidad primigenia. El abandono, por otra
parte, tampoco coincide con el profundo reconocimiento que la sociedad tiene para
con este entrañable edificio histórico. No hay porteño que no lo tenga en el
recuerdo y lamente su inactividad.
La Confitería del Molino es un espacio
vivo en la memoria de los ciudadanos que parece esperar pacientemente su
liberación a favor de la vida cultural porteña. Afortunadamente nadie lo olvida,
pero el sólo recuerdo no revierte el desamparo.
Este proyecto conjuga la doble
finalidad de recuperar una joya de nuestro patrimonio y revalorizar la que fuera
usina político-cultural por excelencia de la Ciudad de Buenos Aires, hoy anclada en
el kilómetro cero. Necesitamos que soplen nuevos vientos para estas aspas y
recuperarlo en la dimensión del movimiento que merece. Su identidad histórica,
arquitectónica y cultural representa y alberga como pocos espacios porteños lo
público con lo privado y viceversa: el café de los cafés, la gran casa de puertas
abiertas, ubicada frente a la máxima institución legislativa de la República, donde
los asuntos de nuestra vida intelectual, política, social y artística encontraron su
recinto espontáneo para la elucidación pacífica, urbana, democrática. Un
paradigma, en suma, de la cualidad "ciudadana" en el sentido amplio de la palabra
que nos define como hacedores de nuestro entorno, y no apenas como meros
habitantes.
La Confitería del Molino fue
históricamente un ámbito paralelo a la vida democrática y cultural de nuestra
Ciudad; un reflejo profundo de la identidad participativa de Buenos Aires y una
extensión física de las principales vicisitudes que atravesamos los argentinos. Ese
doble valor patrimonial que alberga, merece que la construcción sea recuperada en
el marco de un proyecto sustentable incluyendo el punto de vista edilicio y cultural.
A su vez, el envejecimiento y
deterioro debe ser revertido cuanto antes, especialmente si tenemos en cuenta la
urgencia agregada que nos impone el bicentenario, cuyos festejos resultarían sin
duda incompletos de no contar con este verdadero "testigo vivo" de nuestra
historia funcionando a pleno y cumpliendo, en su ilustre caso el segundo
centenario como vecino del Congreso Nacional.
En consecuencia proponemos la
expropiación de los niveles pertenecientes a la Confitería propiamente dicha, como
así también los bienes muebles e instalaciones originales existentes en el inmueble
y la marca identificatoria, con el fin de que el Poder Ejecutivo Nacional otorgue en
concesión la explotación comercial de la confitería. El resto de los pisos
permanecería en poder de los actuales propietarios, descendientes del propietario
original, Cayetano Brenna, y el primer piso podría ser destinado a la realización de
actividades culturales, de esta forma se preservará el inmueble, pero a la vez se
protegerá el valor intangible que implica que en esa tradicional esquina porteña
vuelva a funcionar la confiteria con su nombre histórico.
Es por todo lo expuesto que
solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CULTURA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/08/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
01/09/2010 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
22/09/2010 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
13/10/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
13/07/2011 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
09/11/2011 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
10/11/2011 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 3008/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2966-D-2010, 4010-D-2010 y 5561-D-2010 | CON MODIFICACIONES | 24/11/2011 |