Estela Mary Neder
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 6882-D-2018
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 158, SOBRE LICENCIAS ESPECIALES.
Fecha: 02/11/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 155
Artículo 1: Modifíquese el artículo 158 de la Ley N° 20.744 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 158. – Clases.
El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:
a) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos.
b) Por matrimonio, diez (10) días corridos.
c) Por fallecimiento de cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de padres, tres (3) días corridos.
d) Por fallecimiento de hermano, un (1) día.
e) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario.
f) Para realizarse estudio de mamografía, dos (2) días por año calendario.
Artículo 2: De forma. -
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante el mes de octubre se celebra a nivel mundial la concientización sobre el cáncer de mama a raíz de la iniciativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y que tiene por objetivo ayudar a la concientización, prevención, detección temprana y tratamiento de dicha enfermedad como así también el cuidado paliativo de la misma.
La enfermedad de cáncer de mama es la más común y padecida por las mujeres que no distingue lugar de residencia y afecta a todas por igual, sea que cuente con mejores ingresos o no.
Según los últimos estudios llevados adelantes por la Organización Mundial de la Salud, a nivel mundial se detectan 1,38 millones de casos nuevos anuales y que se cobra la vida de 458.000 a raíz de dicha enfermedad. De este último conjunto, el deceso se produce en países de ingresos bajos o medianos debido a que la mayoría de las mujeres detectan el cáncer de mama en etapa avanzada en virtud de que carecen de la información para la detección temprana o se encuentran impedidas de acceder a los servicios de salud.
En ese orden de ideas, la OMS promueve programas integrales de control de cáncer de mama, dentro del cual se ubica la detección temprana a través signos, síntomas y realización de exámenes médicos de mamas, entre los que podemos mencionar a la mamografía, el ultrasonido mamario con transductores de alta resolución, imágenes de resonancia magnética, entre otros.
En nuestro país, de acuerdo a lo informado por el Instituto Nacional del Cáncer, se estima para este año se conocerán más de 21.000 nuevos casos, que representa el 31,8% de todos los diagnósticos de cáncer entre las mujeres. Del total de mujeres diagnosticadas, alrededor de 5.800 mueren por año, por lo que ubica a la República Argentina en el segundo país de América Latina con la tasa de mortalidad más alta y la primera causa de muerte entre las mujeres.
En consecuencia, la detección temprana del cáncer de mama resultan ser la base para lograr que el tratamiento sea exitoso. El Instituto Nacional del Cáncer, recomienda un control anual rutinario y de dos controles anuales cuando la mujer cuenta con antecedentes familiares o factores que aumenten el riesgo de padecer esta enfermedad.
H. Cámara de Diputados de la Nación “2018 - Año del Centenario
de la Reforma Universitaria”
Es por ello que el presente proyecto se enmarca en la tarea para evitar y concientizar sobre el cáncer de mama y que con una detección temprana el riesgo de muerte se reduce de manera significante.
En atención a lo vertido ut-supra es que se propicia el presente proyecto de ley y solicito el acompañamiento de mis pares. -
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
NEDER, ESTELA MARY | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
PASTORIZA, MIRTA AMELIANA | SANTIAGO DEL ESTERO | FRENTE CIVICO POR SANTIAGO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |