Daniel Arroyo
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 7747-D-2018
Sumario: COMPENSACION DE EMERGENCIA A LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN CONCEPTO DEL FORTALECIMIENTO DEL "FONDO DEL CONURBANO BONAERENSE", A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2019.
Fecha: 05/02/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 184
ARTICULO 1° - Establézcase una compensación de emergencia a la Provincia de Buenos Aires en concepto de fortalecimiento del Fondo del Conurbano Bonaerense de $19.000.000.000 (diecinueve mil millones de pesos), a partir del 1 de enero de 2019.
ARTICULO 2° - Establézcase que la compensación a la Provincia de Buenos Aires, relacionada con el Fondo del Conurbano Bonaerense de $44.000.000.000 (cuarenta y cuatro mil millones de pesos) fijada para el 2019, sea actualizada a partir del 1 de enero del mencionado año, aumentando como mínimo trimestralmente en un monto similar al porcentaje de aumento del Índice de Precios al Consumidor Nacional fijado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). El descenso de la inflación, en ningún caso implicará el descenso de la mencionada suma fijada.
ARTICULO 3° - Las compensaciones mencionadas serán administradas por la Provincia, se destinarán a obras públicas y programas sociales, sanitarios y educativos en el conurbano bonaerense, y se instrumentarán mediante transferencias diarias y automáticas de aportes no reintegrables del Tesoro Nacional.
ARTÍCULO 4º - Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer la modificación de las partidas presupuestarias y las mayores erogaciones que se requieran para el efectivo cumplimiento de las compensaciones y actualizaciones previstas en los artículos 1° y 2° de la presente Ley.
ARTÍCULO 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Provincia de Buenos Aires, especialmente los Municipios que conforman el gran Buenos Aires, se encuentra en situación de emergencia social, educativa y laboral.
En este contexto de emergencia, la Provincia de Buenos Aires necesita una nueva reparación histórica recuperando los recursos del Fondo del Conurbano Bonaerense que, por diversas razones, ha dejado de percibir injustamente hasta la fecha, profundizando la situación de indigencia y de pobreza estructural de las y los habitantes de los Municipios que integran el conurbano provincial.
Con relación a la emergencia social, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), en su informe sobre “Incidencia de la pobreza y la indigencia en 31 aglomerados urbanos” del primer semestre de 2018, ha señalado que la pobreza y la indigencia tuvieron mayor impacto en los Partidos del Gran Buenos Aires, que en otros conglomerados urbanos.
En los 31 aglomerados urbanos la pobreza afectó al 19,6% de los hogares y al 27,3% de las personas y la indigencia al 3,8% de los hogares y el 4,9% de las personas. En los Partidos del GBA la pobreza afectó al 24,3% de los hogares y al 31,9% de las personas, mientras que la indigencia afectó al 4,7 de los hogares y al 6,2% de las personas. La situación de pobreza e indigencia afecta especialmente a las niñas, niños y adolescentes, encontrándose la Provincia de Buenos Aires en una situación de emergencia en niñez y adolescencia. El INDEC ha señalado que el 41,4% de las niñas y los niños de 0-14 años son pobres, porcentaje que es aún mayor en los Partidos del GBA. Estas cifras se agravarán en los sucesivos informes del INDEC, por el creciente aumento de la inflación y por el proceso de devaluación que se sintió con mayor impacto en el segundo semestre de 2018.
Con relación a la emergencia educativa, la misma Cámara de Diputados de la Provincia de la Provincia aprobó un proyecto que declaró la emergencia edilicia educativa, ante la crítica situación que se encuentra la infraestructura escolar en toda la Provincia, especialmente en los Municipios del Gran Buenos Aires.
También la situación de emergencia educativa, se ve reflejada en que la Provincia de Buenos Aires no está pudiendo garantizar plenamente el derecho a aprender y enseñar y no está garantizando a las y los trabajadores de la educación salarios dignos que aumenten como mínimo a la par del aumento de la inflación y que compensen el poder adquisitivo perdido por el creciente proceso inflacionario.
En el reciente informe “Juventudes desiguales: oportunidades de integración social”, elaborado por el Programa del Observatorio de la Deuda Social Argentina (ODSA) de la Pontificia Universidad Católica Argentina, con el apoyo de la Fundación Instituto Superior de Ciencias de la Salud, se señala que “entre los que residen en villas o asentamientos, el 20% sólo completó la primaria y el 43,5% completó la primaria, pero no la secundaria (…) en espacios urbanos vulnerables más de 6 de cada 10 jóvenes no terminaron la escuela media”. Estas cifras reflejan parte de la situación de emergencia educativa que se vive en zonas de asentamientos como los situados en el Gran Buenos Aires.
Contando con más recursos del Fondo del Conurbano Bonaerense, la Provincia de Buenos Aires podría ofrecer aumentos salariales significativos a las y los trabajadores de la educación, garantizando el inicio de las clases y el normal desarrollo del ciclo escolar durante el año.
Con relación a la emergencia laboral, según el último informe publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), del tercer trimestre de 2018, correspondientes al total de aglomerados urbanos mostró que la tasa de actividad fue del 46,7%, mientras que la tasa de empleo es del 42,5% y la tasa de desocupación alcanza el 9,0%.
La desocupación abierta fue mayor en los Partidos del Gran Buenos Aires, alcanzado un 11%. Mientras que la tasa de actividad fue del 46,8% y la de empleo 41,6%. Asimismo, la desocupación fue mayor en las mujeres, alcanzando el 12,6% (en menores de 29 años representó el 22,8%), mientras que en varones alcanzó el 9,8 (17% en menores de 29 años).
Entre las diversas razones que han limitado los recursos destinados al Fondo del Conurbano Bonaerense, se encuentra el límite impuesto por el artículo 104, inc. b, de la ley de impuesto a las ganancias Nº 20.628 (1997), que establece un tope de $ 650.000.000 anuales a la participación del 10% que la provincia tiene en el producido de dicho gravamen con destino al mencionado Fondo.
Asimismo, el inciso. b, segunda parte, del mencionado artículo 104, excluye a la Provincia de Buenos Aires de la distribución del excedente del 10% del producido del tributo entre el resto de las provincias; y el inciso d del mismo artículo prescribe que el 4% del producido del impuesto se distribuirá entre todas las jurisdicciones provinciales “excluida la de Buenos Aires”.
El tope de $ 650 millones anuales contradijo categóricamente las razones de la creación delFondo del Conurbano Bonaerense (ley 24.073), que tuvo por objeto asignar a la Provincia de Buenos Aires un ingreso extra para destinarlo al desarrollo humano y socialde una zona donde se concentra el mayor número de habitantes de nuestro país y donde se concentran la mayoría de los hogares y de las personas en situación de pobreza e indigencia.
En la actualidad, surgen nuevos límites a los recursos que le corresponden a la Provincia de Buenos Aires en concepto del Fondo del Conurbano Bonaerense, por ejemplo, ante el crecimiento aumento de la inflación que alcanzó el 48% en el año 2018 y por el proceso de devaluación de la moneda nacional, situaciones que justifican nuevas compensaciones y actualizaciones de recursos.
En este contexto, el presente proyecto de Ley tiene por objeto contribuir al fortalecimiento de los recursos del Fondo del Conurbano Bonaerense asignado a la Provincia de Buenos Aires, compensando en parte a la misma por los fondos que dejó de percibir por la falta de mecanismos de actualización y del aumento de la inflación, por una suma de emergencia en concepto de compensación de $19.000.000.000 (diecinueve mil millones de pesos), que le permitiría afrontar a la Provincia parte de la emergencia social, educativa y laboral en la que se encuentra.
Asimismo, el presente proyecto establece que la compensación a la Provincia de Buenos Aires, relacionada con el Fondo del Conurbano Bonaerense de $44.000.000.000 (cuarenta y cuatro mil millones de pesos) fijada para el 2019, sea actualizada a partir del 1 de Enero del mencionado año, aumentando como mínimo trimestralmente en un monto similar al porcentaje de aumento del Índice de Precios al Consumidor Nacional fijado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o el indicador de inflación oficial que lo reemplace en el futuro. El descenso de la inflación, en ningún caso implicará el descenso de la mencionada suma fijada.
La actualización por inflación mencionada en el párrafo anterior estaba prevista recién para el año 2020, por lo cual a los efectos de frenar la reducción de los Fondos del Conurbano Bonaerense es urgente realizarla a partir del 1 de enero del corriente año.
En este contexto, para contribuir a afrontar la emergencia social, educativa y laboral en la que se encuentra la Provincia de Buenos Aires, especialmente los Municipios del Gran Buenos Aires, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ARROYO, DANIEL | BUENOS AIRES | RED POR ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |