Daniel Arroyo
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 3268-D-2019
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE FOMENTO DE AGRUPACIONES MURGUERAS. CREACION.
Fecha: 28/06/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 86
ARTÍCULO 1.- Crease el “Programa Nacional de Fomento de Agrupaciones Murgueras” dirigidos a todas aquellas agrupaciones de tal carácter, constituidas o que se constituyan en el futuro, que desarrollen su arte en el territorio nacional.
ARTÍCULO 2.- Crease el “Registro Nacional de Agrupaciones Murgueras”. Podrán inscribirse las agrupaciones de este género artístico que desarrollan sus actividades en el ámbito nacional, provincial, municipal, barrial.
ARTÍCULO 3.- Se entiende por género artístico de “Murga” a los saberes prácticas y/o actividades desarrollada por las asociaciones y/o agrupaciones artísticas originadas en la Ciudad de Buenos Aires y la zona rioplatense, que hoy encuentran expresión en el ámbito de todo el territorio nacional. Se reconoce a las actividades de los grupos murgueros en sus entornos socioculturales como un aporte a la integración de las poblaciones, un desarrollo creativo en la música percutida, construcción de instrumentos propios, expresándose en temáticas históricas o de actualidad social o política, participando en la danza, los desfiles públicos, y tareas de producción y logísticas de carácter singular.
ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo a través de la Secretaria de Cultura de la Nación o quién desempeñe esta función, atenderá la actividad de las murgas con el objetivo de preservar su actividad y acervo cultural; promover su desarrollo; acompañar en tareas de divulgación y difusión de este bien intangible e inmaterial.
ARTÍCULO 5.- Serán funciones de la autoridad competente desarrollar las instancias para la preservación, estímulo y divulgación del género “murga”.
a) Mantener la actualización del “Registro Nacional Agrupaciones Murgueras” del país.
b) Establecer programas de acceso a la formación musical e instrumental, la fabricación y/o reparación de instrumentos de percusión, cuerdas y vientos, propios del género musical.
ARTÍCULO 6.- La presente ley rige en todo el territorio de la Nación, sus disposiciones son de orden público, operativas y se utilizan para la interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su vigencia en cuanto no se oponga a los principios y disposiciones contenidos en ésta.
ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Considerando la importancia que reviste el patrimonio cultural inmaterial, estipulado por la Ley 26118 de aprobación de la convención de la Organización de las Naciones Unidad para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO, cómo “crisol de la diversidad cultural y garante del desarrollo sostenible”, y que reconoce que “los procesos de mundialización y de transformación social por un lado crean las condiciones propicias para un diálogo renovado entre las comunidades pero por el otro también traen consigo, al igual que los fenómenos de intolerancia, graves riesgos de deterioro, desaparición y destrucción del patrimonio cultural inmaterial, debido en particular a la falta de recursos para salvaguardarlo”, vemos de absoluta importancia la sanción de una iniciativa de estas características.
A su vez, la misma Unesco auspicia el “reconociendo a las comunidades, en especial las indígenas, los grupos y en algunos casos los individuos” ya que “desempeñan un importante papel en la producción, la salvaguardia, el mantenimiento y la recreación del patrimonio cultural inmaterial, contribuyendo con ello a enriquecer la diversidad cultural y la creatividad humana”.
La cultura
Los matices que han transitado la definición de cultura a lo largo de los años, ha ido revistiendo este termino de variadas significancias, lo que, a su vez, ha promovido la ampliación de los márgenes definitorios de este concepto.
Desde su visión, más amplia que sus contemporáneos, Raymond Williams, expone a la cultura como un sistema de significancias inmerso en un “materialismo cultural”. Este nuevo paradigma, involucra a la cultura estrechamente con dos aspectos de contexto, la economía y la sociedad.
De esta manera expone las causales de la expresión cultural y del acercamiento de los sujetos con diversas corrientes o sistemas culturales, con los que comparte ciertas características de pertenencia.
La cultura funciona como mediadora entre el orden social y los sujetos, lo que provoca emociones, inquietudes y motivaciones al ser humano atravesado por la experiencia cultural. Dichas experiencias hacen reacción en el plano de nuestras ideas y también pueden ser re significadas en nuestras acciones. Así, las expresiones culturales, funcionan como sistemas de representación de los pueblos y los sujetos que lo integran.
La cultura resucita resistencia ante la crisis y la emergencia, a diferencia de otros sistemas y se pondera como suscitadora de una adecuación cultural al ejercicio hegemónico imperante, o se desliga de toda presión de la corriente dominante, y se contrapone como ‘contracultura’, sublevándose de esta manera al consenso social establecido.
Los carnavales y las murgas
Desde Europa, hasta las costas del Río de la Plata, se puede asistir a la persistencia de los grupos teatrales, instrumentales y corales que expresan prácticas propias de las agrupaciones murgueras, chirigotas y comparsas en cada mes de febrero, mes de carnaval.
Los carnavales, en la antigüedad estaban asociados a las celebraciones paganas de lo divino (Baco/Dionisio/Saturno), festividades colmadas de desenfrenos, excesos, exuberancias y anulación de los límites morales. Las clases altas, comienzan a privatizar la celebración llevándola adentro de los fastuosos aposentos y palacios, y sumando las máscaras a modo de anonimato para tales excesos.
Los primeros pobladores del Río de la Plata importan el carnaval al estilo europeo. Las clases bajas comienzan a participar bajo la mirada de asombro y desprecio de las clases poderosas que veían al estilo candombe (percusión de tambores y metales y arrojarse agua a modo de festejos) como un rito de raíces más africanistas y le connotaban un aire despectivo.
En Argentina, en la actualidad, la tradición de carnaval se expresa en variadas intervenciones, diversas, diferentes según la zona del país dónde se ejecute.
Así, en la región noroeste andina expresa una historia de carnaval muy asociada a la cultura indígena prehispánica, con ritos tales como el ‘entierro’ y ‘desentierro’ del Diablo y hasta con un estilo de música conocido como ‘carnavalito’ que expresa este rasgo particular de dicha expresión.
En la zona mesopotámica la expresión de carnaval tiene un estilo más parecido a la manera brasileña, pero con tintes uruguayos y rioplatenses, con candombe como predominante.
La murga, tienen su expresión más particular en la Ciudad de Buenos Aires, y se distribuyen por diferentes barrios. El término expone el género, como así las agrupaciones que lo interpretan. El estilo Centro Murga, al que se denomina el desarrollado en la ciudad porteña, tiene sus raíces en la cultura afro porteñas del siglo XIX y se mezcla con el candombe (ritmo africano al son de tambores y percusión). También en su estructura más amplia, con mayor cantidad de participantes y fantasías (lanzallamas, vedettes y demás) son conocidas como ‘murga porteña’.
En los últimos años hemos asistido a una proliferación de este estilo a lo largo y ancho del país, estimulando la participación en el ámbito cultural y la re significación del proceso de adquisición y uso de instrumentos culturales para viabilizar las expresiones políticas y sentimientos de diversas poblaciones. Así, en diferentes provincias, se expresa en organización popular auto convocadas y auto sostenidas de carácter comunitario como así en agrupaciones más estructuradas que operan con apoyo de diversas instituciones públicas y privadas diferentes agrupaciones murgueras, de candombe o carnaval.
Estas características variadas de las agrupaciones, imponen la necesidad de un registro que contenga en él, los detalles e historias de las diversas organizaciones.
La consideración por este género artístico y su puesta en valor, es una deuda pendiente de quienes hemos legislado en el devenir de la historia, y más aún en el devenir de la vida democrática. Reivindicar nuestras raíces afro rioplatenses e indígenas, es también una muestra de con qué rostro mirar, ese espejo de historia cultural que nos muestra una sociedad diversa, multicolor, multiétnica y expresiva. Es dejar de darle la espalda a un pasado repleto de saberes, historias, sentimientos, cultura, en fin, que nos puede salvar de perecer como sociedad en
Firmante | Distrito | Bloque |
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HORNE, SILVIA RENEE | RIO NEGRO | MOVIMIENTO EVITA |
GROSSO, LEONARDO | BUENOS AIRES | MOVIMIENTO EVITA |
DE PONTI, LUCILA MARIA | SANTA FE | MOVIMIENTO EVITA |
RAVERTA, MARIA FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | MOVIMIENTO EVITA |
RODENAS, ALEJANDRA | SANTA FE | NUEVO ESPACIO SANTAFESINO |
GUERIN, MARIA ISABEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOMOS |
ARROYO, DANIEL | BUENOS AIRES | RED POR ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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CULTURA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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13/11/2019 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA RAVERTA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA FERREYRA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA RODENAS (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GUERIN (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA DONDA PEREZ (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ARROYO (A SUS ANTECEDENTES) |