Cecilia Moreau
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 4711-D-2019
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE ATENCION Y SALUD DEL VETERANO DE GUERRA Y SU GRUPO FAMILIAR. CREACION.
Fecha: 09/10/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 146
PROGRAMA NACIONAL DE ATENCIÓN A LA SALUD DEL VETERANO DE GUERRA Y SU GRUPO FAMILIAR
Artículo 1°: Objeto. La presente ley tiene por objeto la creación del Programa Nacional de Atención y Salud del Veterano de Guerra.
Artículo 2°: Fines. Satisfacer la demanda de atención médica y odontológica de los veteranos de guerra o ex combatientes de Malvinas y su grupo familiar.
Artículo 3°: Beneficiarios. Grupo de veteranos de guerra o ex combatientes de Malvinas beneficiarios de las pensiones instituidas por Ley N° 23.848, su modificatoria N° 24.652 y su complementaria N° 24.892, que asimismo estén alcanzados por la Resolución N° 191/05 del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJyP) y su grupo familiar.
Artículo 4°: Prestaciones. Las prestaciones incluidas en el Programa establecido por la presente ley serán determinadas por la Autoridad de Aplicación y deberán comprender, como mínimo, las establecidas en la Resolución N° 191/05 del INSSJyP y sus Anexos, respetando asimismo sus características técnicas y modalidades de prestación.
Artículo 5°: Autoridad de aplicación. El Poder Ejecutivo Nacional establecerá la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 6°: La Autoridad de Aplicación deberá reglamentar la presente dentro de los sesenta (60) días de la promulgación de la presente.
Artículo 7°: Derógase toda disposición en contrario.
Artículo 8°: Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El objeto del presente proyecto de ley es revalorizar el Programa Nacional de Atención al Veterano de Guerra atento a la importancia que ha tenido en la atención a la salud de los ex combatientes y veteranos de guerra, otorgándole carácter de Ley Nacional.
En el año 2005, mediante la Resolución N° 191/05 del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJyP), se creó el Programa Nacional de Atención al Veterano de Guerra, destinado a satisfacer la demanda de atención médica y odontológica de los afiliados veteranos de guerra y su grupo familiar.
La creación del programa se fundó en la necesidad de garantizar el derecho constitucional a la salud de los excombatientes contemplando las particulares patologías que atraviesan quienes han transitado la traumática experiencia de la Guerra de Malvinas de 1982. Ello obedeció a un relevamiento realizado por el INSSJyP en el año 2002, que concluyó que las necesidades del Programas de Prevención y Atención de la Salud del grupo Veteranos de Guerra benficiarios de los servicios del instituto eran claramente diferentes a las de los afiliados propios y directos del Instituto. Los registros sobre la tasa general de uso del Instituto evidenciaban una alta prevalencia de hipertensión arterial, enfermedades artrósicas, diabetes, cardiopatías, neoplasias y patologías neurológicas degenerativas (p.ej. Enfermedad de Parkinson). Mientras que los registros del grupo particular de Veteranos de Guerra señalaban que las patologías prevalentes eran psiquiátricas, adicciones, gastrointestinales y vasculares periféricas. En cuanto a las Prestaciones Odontológicas, se determinó la necesidad de brindar preferentemente prestaciones de Odontología Preventiva (tartrectomía, consultas preventivas periódicas, detección precoz de placa bacteriana) y de Ortodoncia (consulta de estudio, tratamiento de dentición primaria o mixta, tratamiento dentición permanente, corrección de malposiciones).
Dada la relevancia que el Programa Nacional de Atención al Veterano de Guerra ha tenido en la garantía del derecho a la salud de nuestros veteranos y ex combatientes de la Guerra de Malvinas es que proponemos jerarquizarlo a través del presente proyecto de Ley Nacional.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen en el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FILMUS, DANIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MOREAU, CECILIA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | MOVIMIENTO EVITA |
CIAMPINI, JOSE ALBERTO | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CAROL, ANALUZ AILEN | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SORAIRE, MIRTA ALICIA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIOJA, JOSE LUIS | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SALVAREZZA, ROBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MOISES, MARIA CAROLINA | JUJUY | JUSTICIALISTA |
LLANOS MASSA, ANA MARIA | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PEREZ, MARTIN ALEJANDRO | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FRANA, SILVINA PATRICIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MERCADO, VERONICA | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARRO, PABLO | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
DEFENSA NACIONAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA (A SUS ANTECEDENTES) |