Cecilia Moreau
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3175-D-2016
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA ACTITUD DEL ESTADO DE LA PROVINCIA DE SALTA, QUIEN NEGO EL ACCESO A LA PRACTICA DE ABORTO NO PUNIBLE, A UNA NIÑA DISCAPACITADA DE 12 AÑOS PERTENECIENTE A LA COMUNIDAD "WICHI".
Fecha: 31/05/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
El repudio a la más extrema violación de los derechos humanos, al derecho de atención a la salud, y los derechos de las mujeres y niñas por parte del Estado provincial de Salta sobre una niña discapacitada de 12 años, perteneciente a la comunidad Wichi, a quien se le negó el acceso a la práctica de Aborto No Punible y que actualmente cursa un embarazo de riesgo, producto de una violación.
Asimismo, solicita al ejecutivo provincial la inmediata atención sanitaria de la niña, su contención psicológica como también una contención económica a la víctima y su familia.
Reclamar la derogación del actual Decreto 1170/12 del Poder Ejecutivo y su protocolo de Aplicación 979/12, por ser restrictivo al pleno acceso al Aborto No Punible en la provincia.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El gobierno de la provincia de Salta, a través de distintos funcionarios, ha abandonado a una niña discapacitada de 12 años, perteneciente a la comunidad wichi, quien fue víctima de una violación colectiva, a manos de habitantes de la zona no pertenecientes a comunidades originarias, y actualmente cursa un embarazo avanzado y de riesgo de muerte. Este hecho constituye una extrema violación de los derechos humanos, al derecho de atención a la salud, y los derechos de las mujeres y niñas por parte del Estado provincial.
Desde su violación hasta el momento, la niña sufrió en todas sus variantes la violencia del Estado, quien no garantizó la inmediata atención sanitaria y la aplicación del protocolo provincial en casos de violaciones (shock antiséptico y la provisión de la píldora del “Día Después”), la práctica de la interrupción no punible del embarazo, su contención psicológica ni económica a la víctima y su familia.
La situación de las comunidades originarias en Salta es terrible, las muertes de niños por desnutrición suceden cada vez con mayor frecuencia. El acceso a la Salud Pública es prácticamente nulo, los centros sanitarios no cuentan con profesionales y agentes de salud.
Esta niña no contó con una prueba de Cámara Gesell, y el certificado de las lesiones, firmado por un médico de la zona, no fue tomado como prueba válida por la Justicia, bajo el argumento de que “no contaba con la renovación de su matrícula” y que su condición laboral era la de “monotributista”. Como consecuencia de esto, los responsables de la violación fueron liberados.
Con este caso nuevamente se evidencia el estado de indefensión en el que se encuentran los miembros de las comunidades Wichi, donde ni siquiera se les garantiza el acceso a interlocutores bilingües.
Pedimos, asimismo, que se declare la necesidad de la derogación del actual Decreto 1170/12 del Poder Ejecutivo de la provincia de Salta y su protocolo de Aplicación 979/12, por ser restrictivo al pleno acceso al Aborto No Punible en la provincia.
Este derecho es constantemente violentado por el actual Poder Ejecutivo y la totalidad de los Ministerios, a pesar de que la interrupción legal del embarazo en casos de violación y en peligro de la salud en Argentina está legislada desde 1922 en el Código Penal Argentino, en su Artículo 86, y ampliada desde 2012 por el Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en relación al Caso F.A.L.
La Ministra de Justicia, Pamela Caletti, tenía pleno conocimiento del caso, sin embargo no intervino para garantizar los derechos con los que, por ley, cuenta la víctima de este aberrante caso. Cuando se hizo pública una carta que le dirigiera un Diputado Provincial de la zona para pedir su intervención, la actual Ministra respondió que “no le corresponde pedir la realización de la práctica” de Aborto No Punible pero, ¿no es acaso deber de los Ministerios el hacer cumplir las Leyes nacionales y provinciales?
La responsabilidad mínima que le cabe a la Ministra de Justicia, como al Ministro de Salud y al resto de funcionarios, es incumplimiento del deber de funcionario público porque no garantizaron, incluso impidieron, el acceso a derechos a una población tan vulnerada como la de las comunidades originarias de Salta y, más a fondo, obstaculizaron el acceso a los derechos de los niños.
En 2012, el caso de una niña violada tomó relevancia nacional e internacional puesto que, como en este caso, el Estado se negó a la realización de la práctica de interrupción del embarazo, llegando incluso a judicializarla.
Frente a esta situación de vulneración de derechos y de enorme injusticia, esperamos contar con el acompañamiento de esta Cámara para repudiar esta situación y exigir el inmediato cumplimiento del Aborto No Punible en la Provincia de Salta.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LOPEZ, PABLO SEBASTIAN | SALTA | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
PITROLA, NESTOR ANTONIO | BUENOS AIRES | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
SOSA, SOLEDAD | MENDOZA | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PROYECTO SUR - UNEN |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SORAIRE, MIRTA ALICIA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MOREAU, CECILIA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA SCHMIDT LIERMANN (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA SORAIRE (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MOREAU (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LAS COMISIONES DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. |