Diputados
Foto Diputada de la Nación Cecilia Moreau

Cecilia Moreau

Diputada de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2023 - 09/12/2027

PROYECTO DE LEY

Expediente: 2045-D-2017

Sumario: CENSO NACIONAL ECONOMICO. CREACION.

Fecha: 26/04/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36

Proyecto
Creación del Censo Nacional Económico
Artículo 1º — Créase el Censo Nacional Económico en todo el territorio nacional bajo la coordinación del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) con el objeto de monitorear la actividad económica, proveer asistencia técnica a empresas y trabajadores y planificar programas de incentivo sectoriales o regionales específicos.
Artículo 2º — El Censo Nacional Económico comprenderá las actividades vinculadas con la Industria Manufacturera; Electricidad, Gas y Agua; Comercio; Servicios; Explotación de Minas y Canteras; Intermediación Financiera y Pesca que realicen las empresas y establecimientos de conformidad a la definición que establezca la Autoridad de Aplicación.
Artículo 3º — El Censo Nacional Económico se realizará cada diez (10) años. Su ejecución comprenderá el conjunto de actividades pre-censales, censales y post-censales.
Artículo 4º — La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la planificación, diseño, metodología, organización, realización, supervisión y evaluación de todas las etapas del operativo censal, en consulta con las Direcciones Provinciales de Estadística y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, integrantes del Sistema Estadístico Nacional.
Artículo 5º — Para la realización del Censo Nacional Económico, la Autoridad de Aplicación contará con la asistencia de un Comité Censal, el que tendrá como misión la coordinación de las tareas censales, con el fin de lograr una eficiente colaboración de los distintos Organismos Nacionales y Provinciales.
Artículo 6º — El Comité Censual deberá integrarse, conforme lo determine la reglamentación, con representantes de la Jefatura de Gabinete de Ministros; del Ministerio de Hacienda; del Ministerio de Interior, Obras Públicas y Vivienda; del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y del Ministerio de Energía y Minería.
El Director del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) actuará como Secretario Ejecutivo del Comité Censal.
Artículo 7º — El Secretario Ejecutivo del Comité Censal tendrá las siguientes atribuciones:
a) Dirigir y coordinar el desarrollo metodológico y la ejecución de las tareas del Censo, fijando la organización, etapas, cronogramas de realización, sistemas, recursos, normas, períodos y sus plazos.
b) Coordinar con los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la realización de las tareas que tendrán a su cargo en el Censo, suscribiendo los convenios necesarios para asegurar la mejor ejecución del operativo censal.
c) Contratar las provisiones de bienes y servicios con destino a la ejecución del operativo censal de conformidad con el régimen de compras y contrataciones vigente.
d) Difundir los propósitos y procedimientos del operativo censal para lograr que la totalidad de las unidades económicas sean empadronadas.
e) Disponer los contenidos y las tareas de logística del operativo censal relativa a la impresión y distribución de cuestionarios censales, planillas operativas, materiales de capacitación para los distintos puestos que intervienen en el operativo, credencial, como así también las normas de codificación, procesamiento de datos y difusión de resultados.
Artículo 8º — La organización del Censo Nacional Económico deberá respetar dentro de cada Jurisdicción y Provincia, la cartografía actualizada con origen en el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas del año 2010, incluidas las divisiones de Fracción y Radio indicadas en el mismo.
Artículo 9º — El Ministerio de Interior, Obras Públicas y Vivienda, en su calidad de integrante del Comité Censal invitará a los Gobiernos Provinciales y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a constituir Comités Censales en sus respectivas jurisdicciones.
Los Comités Censales en sus respectivas jurisdicciones designarán a los Secretarios Ejecutivos los que actuarán de conformidad a las pautas acordadas con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Artículo 10º—La Autoridad de Aplicación fijará los métodos, normas y plazos de ejecución a seguir para asegurar la ejecución del Censo Nacional Económico, en consulta con las Direcciones Provinciales de Estadística y del Gobierno de la Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, integrantes del Sistema Estadístico Nacional.
Artículo 11º—Los propietarios, gerentes, administradores, contadores y encargados de las empresas y establecimientos, dedicados a las actividades mencionadas en el Artículo 2º de la presente ley, deberán suministrar la información que soliciten los agentes del Censo Nacional Económico de conformidad con el procedimiento censal que establezca el Comité Censal.
Artículo 12º— El cumplimiento de la declaración de las Unidades Económicas (establecimientos y empresas) censadas quedará acreditado mediante la entrega de un certificado de cumplimiento censal por las autoridades del Censo Nacional Económico en los términos que establezca la reglamentación.
Artículo13º— La información que se obtenga en el relevamiento del Censo Nacional Económico será utilizada por los integrantes del Sistema Estadístico Nacional para la planificación, diseño e implementación de políticas públicas en el ámbito de las jurisdicciones del Ministerio de Producción y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Artículo 14º— El Poder Ejecutivo designará la Autoridad de Aplicación de la presente ley.
Artículo15º— Los gastos que demande la ejecución del Censo Nacional Económico se adecuarán a los créditos presupuestarios que a dicho efecto se asignen al Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Artículo 16º — Invitase a los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de los Organismos dependientes, integrantes del Sistema Estadístico Nacional, a ejecutar bajo su responsabilidad el relevamiento censal, dentro de sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 17º — El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley dentro de los SESENTA (60) días de su publicación.
Artículo 18º- De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los censos económicos son una de las piedras angulares clave de un sistema de estadísticas económicas moderno y de calidad. Contar con estadísticas económicas confiables y de calidad es una de las claves para facilitar procesos de desarrollo económico, ya que la capacidad del Estado, las empresas y los trabajadores para mejorar la planificación económica se incrementa significativamente.
La particular utilidad de los censos económicos se debe a que:
• Son la mayor fuente de datos acerca de la estructura y el funcionamiento de la economía nacional, y proveen información clave para el Estado, las empresas, las cámaras empresarias, los trabajadores y el público en general;
• Son el insumo clave para construir medidas como el Producto Bruto Interno (PBI), matrices de insumo-producto, índices de producción y de precios y otras series estadísticas que miden cambios de corto plazo de las condiciones económicas;
• Los diversos organismos estatales (tanto a nivel federal como provincial o municipal) pueden utilizar la información para monitorear la actividad económica, proveer asistencia a empresarios y trabajadores y crear programas de incentivo sectoriales o regionales específicos;
• Las provincias y los municipios pueden tener una fuente confiable de datos de la estructura económica de sus distritos;
• Permiten comprender las interrelaciones económicas de las cadenas productivas no sólo entre sectores, sino también entre diferentes provincias;
• Las cámaras empresarias y las centrales de trabajadores pueden conocer la estructura de sus ramas de actividad, creando el potencial para un monitoreo confiable de las tendencias económicas de diferentes sectores de actividad, y
• Empresarios individuales pueden utilizar la información para detectar posibles mercados potenciales y estudiar su propio rendimiento de producción y ventas respecto a algún sector o área determinada.
En Argentina, el último censo económico se hizo en 2004/2005 en base a información recopilada en 2003, momento muy particular de la historia argentina dado que el país se encontraba comenzando a salir de la peor crisis de su historia. Asimismo, los nuevos precios relativos que generó el abandono del régimen de la Convertibilidad se plasmaron en los resultados recopilados en el último censo económico. A modo de ejemplo, el peso de la industria manufacturera en el PBI se incrementó más de 5 puntos porcentuales por efecto del cambio en los precios relativos del año 2002.
La economía argentina es hoy muy diferente a la de 2003: según el Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial del Ministerio de Trabajo (hoy una de las pocas agencias estadísticas estatales confiables), entre ese año y 2013 se crearon 202.000 empresas nuevas (sólo en el segmento formal) en múltiples sectores de actividad. En términos relativos, ello supone un aumento del 49,8%, de modo que la demografía empresarial de la actualidad es significativamente distinta a la de hace trece años. Asimismo, la estructura de los precios relativos es hoy sumamente diferente a la de 2003, cuando los sectores transables se encontraban particularmente muy favorecidos, y los costos salariales estaban en uno de sus pisos históricos. Los datos del Censo Económico de 2004/2005 fueron complementados con el Censo Agropecuario de 2008. Sin embargo, además de que ya han pasado ocho años desde tal relevamiento, la información recopilada por el Censo Agropecuario de 2008 lejos ha estado de ser convincente. La principal razón de las fuertes carencias de datos de dicho Censo ha sido el fuerte conflicto político entre el gobierno nacional y el sector agropecuario como motivo de las retenciones móviles. El Censo se llevó a cabo en ese mismo momento, generando elevados índices de no respuesta por parte de los encuestados.
Asimismo, en la actualidad la última matriz insumo-producto disponible en el país es de hace diecinueve años (1997). Los censos económicos y agropecuarios brindan la materia prima esencial para hacer matrices insumo-producto actualizables anualmente, las cuales son engranajes clave para la planificación económica y para analizar impactos en la producción, los precios y el empleo de una política económica determinada. Las matrices insumo-producto son una herramienta de análisis estadístico que permite comprender cómo son las interdependencias entre diferentes ramas y regiones de una economía dada. En particular, en dicha matriz se puede observar cómo la producción de un sector/región (por ejemplo, acero de la provincia de Buenos Aires), puede ser el insumo de otro (por ejemplo, maquinarias en la provincia de Santa Fe). De esta manera, la matriz permite analizar cuán dependiente es un sector o una región respecto a la otra. Entre sus múltiples funcionalidades, permite analizar cómo la suba del precio de un insumo difundido (como por ejemplo el gas o la electricidad) altera las estructuras de costos de toda la economía, de modo directo (encareciendo los costos de las empresas que utilizan tales insumos, como por ejemplo el sector químico) e indirecto (encareciendo los costos de las empresas que utilizan insumos provenientes de empresas afectadas por la suba del precio del insumo difundido original, como el recientemente mencionado sector químico), o cómo una política de fomento a un sector puede generar aumentos de la producción y el empleo en otros con los que tiene elevadas interdependencias.
Si la economía argentina es hoy diferente a la de 2003, la afirmación es doblemente válida para 1997, momento previo a la crisis de la Convertibilidad y donde las condiciones macroeconómicas, laborales y empresariales del país eran sumamente diferentes a las actuales. De tal modo, la utilidad de una matriz insumo-producto como la de 1997 (de ahora en más, MIPAr-97) es hoy muy baja.
Aún más, desde hace algunos años diversos organismos internacionales como la OCDE, la UNCTAD o la OMC han comenzado a producir matrices insumo-producto del mundo entero, a partir de las matrices insumo-producto nacionales, para medir la interdependencia comercial y financiera entre países y sectores. Si bien existen algunos datos relativamente recientes para la Argentina (como por ejemplo, en la base Trade in Value Added de la OCDE), los mismos se basan en una actualización de la matriz insumo-producto de 1997 en base a datos oficiales de cantidades y precios, los cualesse encuentran cuestionados desde la intervención del INDEC en 2007. Si Argentina contara con una matriz insumo-producto actualizada y de calidad, no sólo podrían analizarse con precisión los impactos internos de una política económica dada, sino también evaluar la conveniencia o no de acuerdos comerciales con otros países o el impacto en nuestra economía de una crisis económica en algún sector de algún país. Estas estimaciones se harían por medio de instrumentos como las matrices insumo-producto mundiales recientemente descriptas.
A modo de comparación, es interesante ver qué ocurre en otros países. Por ejemplo, desde 1902, el gobierno federal de Estados Unidos realiza censos económicos cada cinco años para brindar mejores herramientas de comprensión de las empresas y la economía. El organismo que lo lleva a cabo es el US Census Bureau, y es obligatorio por ley que las empresas contesten la información que se les solicita. El censo abarca a alrededor de cuatro millones de establecimientos, en todos los sectores de actividad, en todo el territorio estadounidense, y sin distinción entre empresas chicas, medianas y grandes. El objetivo de los censos económicos es que el Estado, las cámaras empresarias estadounidenses y los empresarios utilicen la información proveniente del censo económico para mejorar sus decisiones económicas y para fortalecer sus estrategias empresariales. Cabe recalcar que el Censo Económico abarca a gran parte de la economía, pero no a toda. Buena parte de la información de los sectores que no capta el Censo Económico es recogida por el Censo Agropecuario (también llevado a cabo cada cinco años, en este caso por el U.S. Department of Agriculture’s National Agricultural Statistics Service, NASS) y el Censo de Gobiernos (también llevado a cabo cada cinco años por el United States Census Bureau), cuyo objetivo es analizar en detalle los diferentes niveles –federal, estadual y municipal- del sector público estadounidense.
Un dato relevante es que existe una legislación (Título 13 del Código Estadounidense, secciones 131, 191 y 224) que dispone al organismo de ejecución (en este caso el US Census Bureau) a realizar censos económicos cada cinco años. La legislación se ocupa de garantizar la confidencialidad de la información recogida por el organismo de ejecución, a la vez que penaliza a los que no respondan (o que respondan falsamente). Desde 2002, los formularios del Censo Económico estadounidense pueden ser completados electrónicamente por las empresas .
De modo adicional, en América Latina países como México también realizan censos económicos cada cinco años, permitiendo generar indicadores económicos con un gran nivel de detalle geográfico, sectorial y temático. El organismo responsable a cargo de su ejecución es el INEGI (Instituto Nacional de Estadística y Geografía).
En el caso de Brasil, se adoptó una estrategia diferente. En los ’70 y los ’80 se hacía censos económicos cada cinco años, pero la vastedad del territorio y la insuficiencia de recursos del IBGE –Instituto Brasileño de Estadística y Geografía- hizo que se cambiara la metodología y se hicieran encuestas anuales a alrededor del 5% de las empresas, y se articularan los nacimientos y bajas de empresas por medio de registros administrativos similares a los que en nuestro país coordina el Sistema Integrado Previsional Argentino, (SIPA).
Cabe recordar que la producción de información estadística permite la construcción de indicadores con referencia a las distintas áreas de la economía. En nuestro país, y tal como ya ha sido señalado, este instrumento resulta de especial interés para la planificación de políticas de gobierno. Por ello, el Proyecto de ley propone la implementación continua del Censo Nacional Económico en todo el territorio nacional bajo la coordinación del Instituto Nacional de Estadística y Censos, el que, en su carácter de organismo público de carácter técnico, ejerce la unificación e información de todas las actividades estadísticas oficiales (Leyes 17.622 y Decretos 3110/70 y 1831/93)-
Para finalizar, es de destacar que el Decreto Nro. 3110 del 30 de diciembre de 1970, previó la realización de este tipo de Censos en nuestro país con la periodicidad que determinaran las recomendaciones internacionales en la materia. Aun así, a la fecha continuamos trabajando sobre la base de información recolectada hace ya doce años.
Por los motivos expuestos, solicito a los Señores Legisladores que acompañen la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE MENDIGUREN, JOSE IGNACIO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
LITZA, MONICA EDITH BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
GRANDINETTI, ALEJANDRO ARIEL SANTA FE FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
MOREAU, CECILIA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
NAZARIO, ADRIANA MONICA CORDOBA UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SNOPEK, ALEJANDRO FRANCISCO JUJUY FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
RAFFO, JULIO CIUDAD de BUENOS AIRES DIALOGO Y TRABAJO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO RAFFO (A SUS ANTECEDENTES)