Cecilia Moreau
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 1091-D-2016
Sumario: ORGANIZACION DE LA JUSTICIA NACIONAL - DECRETO - LEY 1285/58. MODIFICACION DEL ARTICULO 21, SOBRE COMPOSICION DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, INCORPORANDO LA PARIDAD DE GENERO.
Fecha: 30/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Paridad en la Corte Suprema
MODIFICACIÓN DEL DECRETO-LEY
1285/58
ARTÍCULO 1.- Modifíquese el artículo 21
del decreto-ley 1285/58, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 21.- La Corte Suprema de Justicia de
la Nación estará integrada por CINCO (5) jueces. Ante ella actuarán el Procurador General
de la Nación y los Procuradores Fiscales ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y
el Defensor General de la Nación y los Defensores Oficiales ante la Corte Suprema de
Justicia de la Nación en los términos de la ley 24.946 y demás legislación
complementaria.
El número de jueces del mismo sexo nunca
podrá superar en más de uno a los del otro sexo, a fin de garantizar la paridad de género. En
caso de modificarse el número de integrantes, este principio deberá respetarse siempre que
dicho número sea impar, y en caso de ser par deberá integrarse con un 50% de mujeres y un
50% de varones.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 3.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El artículo 75, inciso 23 de nuestra
Constitución Nacional le encomienda al Congreso de la Nación "legislar y promover
medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el
pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados
internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las
mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad."
En consonancia con el artículo y
comprendiendo la facultad del Congreso Nacional de promover medidas de acción positiva
con relación a las mujeres que garanticen la igualdad real de oportunidades, de trato y de
pleno goce de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los Tratados
Internacionales, el presente proyecto pretende asegurar la paridad de género en la
composición de la Corte Suprema.
La consagración de la paridad en el máximo
tribunal significaría un hito en la inclusión de la perspectiva de género en la impartición de
justicia a nivel nacional. El Poder Judicial es hasta ahora el menos relevado en términos de
igualdad de género. Incluso a nivel mundial, las mujeres ocupan sólo el 27% de los cargos
de jueces en todo el mundo. Argentina, varias veces pionera en la incorporación de los
derechos de las mujeres, podría de este modo avanzar en la subversión las desigualdades
existentes entre hombres y mujeres.
A su vez, esta modificación en la composición
del más alto tribunal de justicia de nuestro país significaría un avance en la reorganización
del poder judicial en su conjunto. Desde a sanción del decreto 222/03 asistimos a un
progreso en la consolidación de un procedimiento que garantiza mayor transparencia,
equidad de género y participación ciudadana en la selección de los magistrados de la Corte
Suprema.
La norma significó un avance importante en
la renovación del poder judicial de la nación, cuya norma organizativa no contempla las
modificaciones introducidas por la reforma constitucional y los compromisos
internacionales asumidos por nuestro país.
Sin embargo, a más de 10 años de la sanción
del mencionado decreto, la profundización de la regulación del poder judicial continúa
sujeta a una medida cuyo valor legal no cuenta con la jerarquía normativa de una ley, y en
consecuencia, puede estar sujeta a modificaciones discrecionales de los titulares del
Ejecutivo.
De este modo, la modificación en la
composición de la Corte pretende inaugurar la discusión sobre la reorganización del poder
judicial en su totalidad, cuya regulación continúa dependiendo en su mayoría de un decreto
de 1958, dictado por el Ejecutivo dictatorial de aquel entonces en ejercicio del poder
legislativo.
Asimismo cabe mencionar que en la larga
historia de la Corte Suprema de Justicia solo dos mujeres fueron nombradas ministras, en
períodos de democracia. Las juezas Carmen Argibay y Elena Highton de Nolasco,
designadas en 2004.
Ambas trabajaron arduamente para aplicar
justicia con perspectiva de género. Juntas impulsaron la creación de la Oficina de la Mujer
de la Corte (OM) y la Oficina de Violencia Doméstica (OVD).
Creada en el año 2009 por la jueza Argibay, la
OM llevó adelante proyectos de ampliación de derechos y a fuerza de trabajo logró avances
para las mujeres, fuera y dentro del ámbito judicial. De hecho, presentó el Registro de
Femicidios de la Justicia Argentina, una de las exigencias del movimiento
#NiUNAMENOS porque hasta el momento ninguna institución del Estado tenía registro de
los asesinatos de mujeres en el país.
Por su parte, la jueza Highton de Nolasco
tuvo a su cargo el desarrollo e implementación de la Oficina de Violencia Doméstica
(OVD), inaugurada el 15 de septiembre de 2008. Actualmente, la jueza tiene a su cargo la
supervisión y monitoreo del trabajo que realiza la OVD.
Estas iniciativas demuestran que el hecho de
que mujeres integren la Corte Suprema de Justicia marca una diferencia para aplicar justicia
con perspectiva de género. Sin mujeres en la justicia, habrá menos justicia para las
mujeres.
Queda así fundamentado el presente proyecto
y a consideración de los diputados y diputadas para su sanción.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PITIOT, CARLA BETINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SNOPEK, GUILLERMO EUGENIO MARIO | JUJUY | JUSTICIALISTA |
EHCOSOR, MARIA AZUCENA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
MOYANO, JUAN FACUNDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SELVA, CARLOS AMERICO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
LITZA, MONICA EDITH | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
MORALES, MARIANA ELIZABET | SANTIAGO DEL ESTERO | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SCHWINDT, MARIA LILIANA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
MOREAU, CECILIA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
LAGORIA, ELIA NELLY | CHUBUT | TRABAJO Y DIGNIDAD |
ROSSI, BLANCA ARACELI | CORDOBA | UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
RUCCI, CLAUDIA MONICA | BUENOS AIRES | UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
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Comisión |
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