Cecilia Moreau
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0694-D-2019
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 25724 - PROGRAMA DE NUTRICION Y ALIMENTACION NACIONAL- Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 15/03/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional el pleno cumplimiento de la Ley Nacional 25.724 que crea el Programa de Nutrición y Alimentación Nacional con el objeto de cubrir los requisitos básicos nutricionales de niños, niñas y adolescentes, personas embarazadas, con discapacidad y mayores de 70 años en situación de pobreza.
Asimismo, solicitar que informe a esta Honorable Cámara, a través de los organismos que considere correspondientes, distintos aspectos relacionados con las políticas alimentarias desarrolladas por el Gobierno Nacional en los últimos 3 años:
● Informe cual es la situación actual de comedores comunitarios y escolares, así como su evolución en los últimos 3 años: número total en todo el país, cantidad de personas a las que asisten, tipo y cantidad de alimentos que reciben por parte de los estados nacional y provinciales, cantidad de nuevos comedores abiertos en ese periodo.
● Informe si se ha garantizado la intangibilidad del Fondo Especial de Nutrición y Alimentación Nacional destinados al financiamiento del programa creado por la Ley 25.724, tal como lo dispone su artículo 9°, durante el periodo 2016 a 2018
● Informe el destino del Fondo Especial de Nutrición y Alimentación Nacional entre los años 2016 y 2018.
● Informe si se encuentra funcionando la Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación Nacional creada por el Artículo 4 de la Ley 25.724, teniendo en cuenta la representación de las organizaciones no gubernamentales como lo define el inciso a del citado artículo.
● Detalle las acciones que se desarrollarán durante 2019 para asistir a los/las niños, niñas y adolescentes con dificultades para acceder a una nutrición y alimentación adecuada a sus necesidades, que según algunos informes afecta a casi el 50% de niños y niñas del país
● Detalle qué acciones se están realizando desde el Poder Ejecutivo Nacional para el fortalecimiento de la producción alimentaria regional, la autoproducción y el fortalecimiento del comercio de cercanía, respetando y valorizando las culturas y estrategias de consumo locales.
● Explique cuáles son las acciones que están realizando desde el Poder Ejecutivo Nacional para controlar el aumento de precios de los alimentos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En Argentina, las políticas nutricionales y alimentarias están en gran medida regidas por dos leyes nacionales, la Ley 25.724 (Programa de Nutrición y Alimentación Nacional), sancionada en 2002, y la Ley 25.989 (Régimen Especial para la Donación de Alimentos- Ley DONAL), sancionada en 2004. Mientras la primera pone el énfasis en el rol indelegable del estado para garantizar el derecho a la alimentación, la propuesta actual de política alimentaria está basada en la segunda, y sus modificaciones realizadas en 2017, que crean y regulan el Banco de Alimentos, con una perspectiva de beneficencia y tercerización, dado que se basa en la donación por parte de privados del excedente alimentario que ya no pueden vender por pérdida de su valor comercial.
Unicef detectó que hay 7,3 millones de personas no pueden acceder a la canasta básica de consumo y además sufren de alguna privación estructural. De esa población total prácticamente la mitad son niños, niñas y adolescentes. Se trata del segmento más postergado de la sociedad.
Asimismo, Hilal Helver, relatora especial sobre el derecho a la alimentación de la ONU, quien en Septiembre visitó nuestro país, expresó que “la defensa del derecho a la alimentación es una obligación legal del gobierno y una cuestión de derechos humanos”. Sin embargo, los Datos del Barómetro de la deuda social de la UCA muestran que a fines del 2017 la pobreza alcanzaba al 48,1% de los niños y niñas del país, elevándose al 54,2 % en el Conurbano Bonaerense, que el 17,6 % tenía déficit en sus comidas y que el 9,2 % había pasado hambre. El 33, 8% asistía a comedores escolares, elevándose este porcentaje a 37,7 % en el GBA. De la misma fuente marcan “que la mayor parte de los hogares comen exclusivamente de la comida que van a retirar de los comedores comunitarios de los barrios”. “En estos hogares se bajó el consumo en cantidad y calidad, por eso los niños redujeron la cantidad de comidas que hacen al día”, se agrega.
Un informe de CEC-UBA de Octubre de 2018 muestra que la variación nominal entre los presupuestos alimentarios de 2018 y 2019 es solamente de un 26,1 por ciento, mientras que según estimaciones oficiales la inflación prevista para el año sería del 34,8 por ciento, y según estimaciones no interesadas superará el 40 por ciento. Pero, además, el recorte en asistencia alimentaria se agrava si se considera la situación de los programas de tarjetas alimentarias y comedores escolares, que son gestionados principalmente por las provincias y municipios con fondos que transfiere el gobierno nacional. Esto significa un “ahogamiento” de las políticas de asistencia alimentaria por parte del gobierno nacional y pronostica un agravamiento aún mayor de la situación actual.
Teniendo en cuenta que la situación social y económica actual es semejante a la vivida cuando se sancionó la Ley 25724 en 2002, creemos indispensable exigir la plena implementación de dicho instrumento legislativo, para garantizar el acceso al alimento de toda la población, en especial las poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad. Transcurridos 16 años de la sanción de esta ley, la situación alimentaria, que mejoró notablemente en el período 2003-2015, ha vuelto a empeorar en tan solo 3 años, y está en permanente retroceso, tal cual lo reflejan los informes antes citados. Además toda la evidencia científica indica que los daños alimentarios nutricionales en la infancia tienen un efecto imborrable a lo largo de todo el ciclo vital y que la negligencia del Estado en garantizar este derecho esencial pone en juego la salud, el crecimiento, el desarrollo y el potencial de toda una generación.
Asimismo, la Constitución Nacional, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en las Convenciones Internacionales que el país ha suscrito se establece el derecho de todas las personas a la satisfacción de las necesidades básicas, entre ellas la alimentación, como una condición de la calidad de vida. Nuestro país ratificó la Convención de los Derechos de niños, niñas y adolescentes en 1990 y en 1994 le otorgó rango constitucional. Desde entonces el Estado Argentino está obligado a garantizar todos los derechos establecidos en la Convención a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en nuestro país. La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes sancionada en 2005 establece la aplicación obligatoria de la Convención. En el marco del cumplimiento de los 30 años de dicha Convención es que solicitamos al Poder Ejecutivo haga efectivo el cumplimiento del derecho a la alimentación de la infancia.
Es por esto que resulta fundamental también conocer cuál fue la implementación de esta ley en los últimos 3 años, así como conocer cuáles son las acciones que tienen planificado llevar adelante desde el Poder Ejecutivo Nacional para atender con premura y con el menor daño posible la actual situación de hambre que padecen grandes sectores de la ciudadanía, en conocimiento del daño irreversible que la falta de alimentos en cantidad y calidad adecuadas produce sobre su salud actual y futura.
Por todo lo expuesto, solicito a los señores y señoras diputados y diputadas el acompañamiento del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RAVERTA, MARIA FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
YEDLIN, PABLO RAUL | TUCUMAN | JUSTICIALISTA POR TUCUMAN |
MOREAU, CECILIA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
DE PONTI, LUCILA MARIA | SANTA FE | MOVIMIENTO EVITA |
ALONSO, LAURA V. | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MASIN, MARIA LUCILA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CIAMPINI, JOSE ALBERTO | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HUSS, JUAN MANUEL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CABANDIE, JUAN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MACHA, MONICA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RUIZ ARAGON, JOSE ARNALDO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RACH QUIROGA, ANALIA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SALVAREZZA, ROBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | ||
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (NEGATIVA) (VOTACION NOMINAL) | ||
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