Diputados
Foto Diputado de la Nación Carlos Heller

Carlos Heller

Diputado de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 7354-D-2016

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR NO HABERSE CONTEMPLADO EN EL PROYECTO DE LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2017, LAS PARTIDAS CORRESPONDIENTES PARA LOS APORTES DEL ESTADO NACIONAL AL PARLAMENTO DEL MERCOSUR.

Fecha: 19/10/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 151

Proyecto
Expresar preocupación por no haberse contemplado en el proyecto 0016-JGM-2016 de Ley del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal del año 2017, los aportes que la República Argentina, como Estado parte del Parlamento del Mercosur, se encuentra obligada a realizar en razón de lo dispuesto por el artículo 20 del Protocolo Constitutivo de dicho Parlamento; y además, por no facultarse al Jefe de Gabinete de Ministros para que efectúe las reestructuraciones presupuestarias necesarias para financiar los gastos derivados del cumplimiento de las disposiciones de la ley 27.120, con especial atención en la observancia del art. 16 de la citada ley, que determina que los parlamentarios del Mercosur, en representación de la ciudadanía argentina, serán asimilados en el derecho interno a los diputados nacionales y que les serán aplicables las disposiciones que regulan la condición de aquéllos en cuanto a inmunidades parlamentarias, regímenes remuneratorios, laborales, previsionales y protocolares.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Del Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur, así como de su reglamento interno, se desprende que corresponde a ese organismo elaborar y aprobar su presupuesto, el que será solventado con aportes de los Estados Partes, según los criterios de contribución establecidos por Decisión del Consejo del Mercado Común, tomando en cuenta la propuesta del citado Parlamento.
Además, mediante la ley 27.120, el Estado argentino dispuso “un sistema de representación directa del pueblo ante los órganos de integración regional y que dichos representantes fueran asimilados en su tratamiento legal interno, a los Diputados Nacionales”.
Los recursos que el Estado aporte para el funcionamiento del Parlamento deben incluir el pago de las remuneraciones a sus miembros.
El Parlamento del Mercosur es un órgano de representación de los pueblos, independiente y autónomo, que elaborará y aprobará su presupuesto, el cual será solventado con aportes de los Estados Partes.
Asimismo, debe destacarse que en el reglamento interno existen otras disposiciones que regulan aspectos propios de pago de la remuneración correspondiente a los parlamentarios. Por su parte, el Acuerdo de Sede también hace referencia a la existencia de salarios y retribuciones percibidas del Parlamento.
Si se encomienda una función pública no puede reputársela, en principio, de carácter gratuito.
No puede pasarse por alto que el Estado Argentino tiene la obligación de realizar los aportes previstos en el artículo 20, inciso 1º del Protocolo Constitutivo, a fin de solventar el presupuesto que el Parlamento del Mercosur deberá elaborar y aprobar, e informar sobre su ejecución al Consejo de Mercado Común (cf. artículo 4º, inciso 20 de norma cit.).
Que, por otra parte, debe también advertirse que corresponde que el Estado Nacional continúe con la adopción de medidas necesarias para garantizar que los parlamentarios electos para el Parlamento del Mercosur comparezcan a su sede sin restricciones legales ni administrativas y que de ser necesario las profundice.
Además de lo expuesto, cabe señalar, que la Cámara Nacional Electoral, en la causa: “Karlen, Alejandro Hernán c/ Estado Nacional, Poder Ejecutivo de la Nación s/ Amparo”, Expediente N° CNE/2016/CA1, sostiene que el Estado Argentino tiene la obligación de realizar los aportes previstos en el artículo 20, inciso 1º del Protocolo Constitutivo, a fin de solventar el presupuesto que el Parlamento del Mercosur deberá elaborar y aprobar, a la vez que “resulta imprescindible señalar que transferir al Parlamento del Mercosur el aporte correspondiente, es un deber ineludible del Poder Ejecutivo Nacional”
El fallo también indica que “resulta indispensable que –en el marco del propio debate parlamentario- los legisladores contemplen dentro de las partidas pertinentes no solo los montos correspondientes para hacer frente a los gastos normales de dicho organismo, sino también aquellos necesarios para que el Parlamento del Mercosur realice el pago de las dietas a los Parlamentarios”.
Por todas estas razones precedentemente señaladas, invito a mis pares a aprobar el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
HELLER, CARLOS CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIO SI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)