Diputados
Foto Diputada de la Nación Ana Carla Carrizo

Ana Carla Carrizo

Diputada de la Nación

UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6095-D-2017

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA PARTICIPACION Y EL ROL DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD EN LA DETENCION DE CIUDADANOS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 16/11/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 168

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación que, a través del Ministerio de Seguridad, informe acerca de las cuestiones que a continuación se detallan:
1. Con respecto a la participación y el rol de las fuerzas de seguridad en la detención de cualquier ciudadano/a:
a. ¿Existe un protocolo que las fuerzas de seguridda deban seguir en las detenciones para garantizar los derechos de los involucrados?
b. Si no existiere dicho protolo, ¿qué órdenes tienen las fuerzas de seguridad para su acccionar durante una detención?
c. ¿Qué tipo de entrenamiento y formación tienen las fuerzas de seguridad a su cargo para garantizar la legalidad de una detención?
d. ¿Qué tipo de formación en derechos humanos tienen las fuerzas a su cargo destinadas a intervenir en detenciones por pedido judicial?
e. ¿Qué sanciones toma el Ministerio en caso de que integrantes de las fuerzas de seguridad incumplan sus obligaciones?
2. Con respecto a la participación de las fuerzas de seguridad a su cargo en la detención del ex Vicepresidente Amado Boudou el viernes 3 de noviembre de 2017 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
a. ¿Qué autoridad estuvo a cargo del operativo de seguridad?
b. ¿Qué cuidados se adoptaron para respetar el derecho a la intimidad del detenido?
c. En caso de que se confirmaran que las imágenes filtradas a los medios de prensa provinieran del accionar de agenets de seguridad, ¿qué sanciones consideraría imponer?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ponemos a consideración de nuestros pares este pedido de informes ante la preocupación por la difusión de imágenes fotográficas y audiovisuales de la detención del ex Vicepresidente Amado Boudou en el interior de su domicilio particular.
El Código Procesal Penal de la Nación establece en su artículo 280 que: “El arresto o la detención se ejecutarán de modo que perjudiquen lo menos posible a la persona y reputación de los afectados…” (el resaltado es nuestro).
A su vez, esta disposición tiene fundamento en el artículo 11 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que integra nuestra Constitución Nacional (artículo 75.22):
1. Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad.
2. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación.
3. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.
En el caso de la detención de Amado Bodou, ¿a qué necesidad obedece mostrar el video de la detención?
Por otra parte, es importante saber si las fuerzas de seguridad cuentan con un protocolo que deban implementar durante una detención, sea la de un ex-Vicepresidente o cualquier habitante del suelo argentino. La pérdida de la libertad ambulatoria es la sanción más grave que puede recibir una persona. Por ello, no puede llevarse adelante de una forma arbitraria y sin respetar los derechos de los imputados. Estar imputado en una causa penal no conlleva pérdida de derechos constitucionales.
Pero no solo eso. En los meses recientes, el Ministerio de Seguridad ha detenido en operativos montados de un modo llamativamente espectacular a ciudadanos, como sucedió en la detención de Nicolás Lucero, un joven de 20 años detenido por una supuesta amenaza al Presidente de la Nación.
En este contexto, llama la atención que las fuerzas de seguridad no deban seguir un protocolo en las detenciones. Su inexistencia abre las puertas para la arbitrariedad, que es incompatible con el estado de derecho.
En las repúblicas democráticas como la nuestra, las garantías constitucionales aplicadas a los procedimentos por persecuciones penales son una arteria fundamental del Estado de derecho: exigen que se nos trate de cierta manera, aunque ello pueda tener costos. Defender el respeto a las garantías constitucionales no significa defender a los delincuentes. La ausencia de garantías durante un proceso penal nos dejaría a merced de la arbitrariedad y de la opresión del gobernante de turno, un precio que no debemos estar dispuestos a pagar.
Por ello, la diffusion de imágenes fotográficas y audiovisuales del ex.Vicepresidente es un hecho prepocupante, que justifica este pedido de informes. Por más antipático que nos resulte el detenido, por más diferencias políticas que tengamos con él, es inadmisible usarlo como un mero medio para satisfacer el deseo de justicia o para llevar tranquilidad a uno o varios sectores de nuestra sociedad.
Por lo expuesto solito a mis pares acompañen con su firma el presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRIZO, ANA CARLA CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)