Diputados
Foto Diputada de la Nación Ana Carla Carrizo

Ana Carla Carrizo

Diputada de la Nación

UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE LEY

Expediente: 1325-D-2017

Sumario: OBLIGATORIEDAD DE IMPLEMENTAR SALAS DE LACTANCIA MATERNA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.

Fecha: 31/03/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21

Proyecto
Salas de lactancia en la Administración Pública Nacional. Creación.
ARTÍCULO 1º.- OBJETO. Establécese la obligatoriedad de implementar un recinto de lactancia materna, en todos los organismos centralizados y/o descentralizados de la Administración Pública Nacional para mujeres que presten servicios bajo cualquier modalidad de contratación.
ARTÍCULO 2º.- RECINTO DE LACTANCIA. Los recintos de lactancia deben ser espacios físicos, en condiciones de óptima higiene y comodidad, destinados exclusivamente para el amamantamiento de hijos y/o extracción de leche materna para su adecuada conservación durante la jornada laboral.
ARTÍCULO 3º.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. El Poder Ejecutivo –Jefatura de Gabinete de Ministros- y el Ministerio de Salud de la Nación, serán las autoridades de aplicación.
ARTÍCULO 4º.- El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley en el plazo de 180 días desde su promulgación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Ley tiene por objeto proteger a las madres que se encuentren amamantando, y que lo puedan hacer dentro de un recinto con la privacidad e higiene necesaria, generando beneficios en la salud, nutrición y crecimiento del niño.
La lactancia materna es la forma más adecuada y natural de proporcionar aporte nutricional, inmunológico y emocional al bebé, ya que le aporta todos los nutrientes y anticuerpos que lo mantendrán sano.
Se destaca que la relevancia de la lactancia como vínculo afectivo es quizás aún mayor que la puramente nutricional. En efecto, el contacto entre la madre y el niño durante el acto de mamar fortalece el lazo entre ambos, brinda particular confianza al niño y genera en la madre un incremento de su unión con el pequeño.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la lactancia materna exclusiva hasta los 6 meses de edad y la continuación de la misma (con introducción gradual de los alimentos sólidos) hasta el segundo año de vida.
Por otra parte la Recomendación 191 sobre la Protección de la Maternidad de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señala "cuando sea posible deberían adoptarse disposiciones para establecer instalaciones que permitan la lactancia en condiciones de higiene adecuadas en el lugar de trabajo".
El proyecto busca que las mujeres puedan permanecer en su ámbito laboral, generando una real igualdad de oportunidades y permite compatibilizar una correcta alimentación y crianza del niño con un próspero desarrollo de la vida laboral.
El derecho a la lactancia materna se encuentra garantizado en nuestra Carta Magna, en el artículo 75, inciso 22 que incorpora con jerarquía constitucional, numerosos instrumentos internacionales.
Así tenemos: la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que establece que los gobiernos deben asegurar las provisiones de alimentos nutritivos y que las familias y la niñez deben ser informadas sobre la nutrición y las ventajas de la leche materna.
La Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, instituye que todas las mujeres deben tener servicios apropiados con relación al embarazo y la lactancia materna.
El Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales resalta el derecho a la alimentación y la salud.
Por la Ley N° 26.873 se garantiza, a través de sus disposiciones, la lactancia materna.
A nivel provincial, encontramos espacios de lactancia dentro del ámbito de la Administración Pública local en Chaco (Ley Nº 7.577); La Pampa (Ley Nº 2.603); y Neuquén (Ley Nº 2.883).
Es por las razones expuestas, que solicito a mis pares legisladores que me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
HERS CABRAL, ANABELLA RUTH CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
ACERENZA, SAMANTA MARIA CELESTE BUENOS AIRES UNION PRO
WOLFF, WALDO EZEQUIEL BUENOS AIRES UNION PRO
FRANA, SILVINA PATRICIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRIZO, ANA CARLA CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA FRANA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CARRIZO, ANA CARLA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA DONDA PEREZ (A SUS ANTECEDENTES)