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Blanca Inés Osuna

Diputada de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2023 - 09/12/2027

PROYECTO DE LEY

Expediente: 5234-D-2006

Sumario: IMPUESTO AL GAS OIL - LEY 26028 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 5 Y 12 SOBRE ALICUOTA DEL GRAVAMEN.

Fecha: 08/09/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 127

Proyecto
Artículo 1°. Modifícase el artículo 5° de la ley 26028 el que queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5°. La alícuota del impuesto será del veintiuno por ciento (21%).
Art. 2°. Modificase el art. 12 de la ley 26028 el que queda redactado de la siguiente manera:
"Art. 12. La alícuota fijada por el artículo 5º de la presente ley será afectada:
a) El veinte con veinte centésimos por ciento (20,20 %) en forma exclusiva y específica al fideicomiso constituido conforme a lo establecido por el Título II del Decreto N° 976 del 31 de julio de 2001, con las reformas que le introdujeran los Decretos N° 652 del 19 de abril de 2002 y 301 del 10 de marzo de 2004, y otras normas reglamentarias y complementarias vigentes a la fecha de sanción de esta ley;
b) Ochenta centésimos por ciento (0,80 %) de la alícuota para compensaciones tarifarias al sistema de servicio público de transporte automotor de pasajeros de áreas urbanas y suburbanas bajo jurisdicción municipal y provincial, con excepción de la ciudad Autónoma de Buenos Aires y el área metropolitana Buenos Aires".
Artículo 3°. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Poder Ejecutivo Nacional ha otorgado subsidios y compensaciones a empresas de colectivos, trenes, subtes, camiones, barcos y aviones en la mayoría de esos casos para evitar los aumentos de tarifas en el transporte público, pues los empresarios sostienen que, sin la intervención del Estado el boleto mínimo de colectivo subiría considerablemente.
Los subsidios estatales son una herramienta válida para posibilitar el acceso de la población a ciertos bienes y servicios, sistema por otra parte utilizado por distintos países de la Unión Europea, donde el Estado destina importantes sumas de dinero para que el transporte público sea eficaz y beneficioso para los usuarios.
En nuestro país el sistema de subsidios posibilita limitar el impacto sobre las tarifas de los incrementos de costos que ha experimentado el sector, evitando que esto repercuta en las economías de los sectores sociales de menores recursos.
En la actualidad los subsidios se distribuyen a través del Sistema de Infraestructura de Transporte (SIT), en base a un fideicomiso creado en el año 2001, con la recaudación proveniente de una tasa aplicada al gasoil, para el desarrollo de obras de infraestructura vial que se fue ampliando al crearse en su interior un conjunto de subfondos destinados a compensar al transporte.
El sector del transporte automotor de pasajeros de la ciudad Autónoma de Buenos Aires y el área metropolitana son los únicos beneficiarios de los subsidios provenientes de la tasa del gas oil, mientras que el interior del país no goza de esos beneficios.
Particularmente municipalidades del interior del país reclaman que la distribución de esos fondos las contemple por cuanto enfrentan situaciones de clara desventaja cuando se trata de mantener sin cambios los boletos del transporte urbano de pasajeros.
Por ese motivo este proyecto plantea por un lado la modificación de la alícuota del impuesto y por el otro la utilización de los fondos a ingresar con la nueva alícuota para subvencionar a las provincias y a las municipalidades del interior del país.
El sistema de transporte automotor de pasajeros del interior del país se encuentra en estado de emergencia, por lo que se hace necesario asignarle recursos para compensar los desfases tarifarios causados por el impacto de la devaluación del peso en la estructura de costos de las empresas transportistas. Esta situación - en la actualidad - ha sido considerada sólo para las áreas urbanas y suburbanas bajo jurisdicción nacional. Esta realidad hace necesario equilibrar los recursos que se asignan con ese objeto.
Por las razones expuestas, solicito la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OSUNA, BLANCA INES ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SNOPEK, CARLOS DANIEL JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
ENERGIA Y COMBUSTIBLES
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
14/11/2007 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION SOBRE TABLAS CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2870-D-2006, 0120-CD-2007, 5186-D-2006, 5234-D-2006 y 6816-D-2006
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2870-D-2006, 0120-CD-2007, 5186-D-2006, 5234-D-2006 y 6816-D-2006 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2870-D-2006, 0120-CD-2007, 5186-D-2006, 5234-D-2006 y 6816-D-2006
Senado MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2870-D-2006, 0120-CD-2007, 5186-D-2006, 5234-D-2006 y 6816-D-2006
Senado MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2870-D-2006, 0120-CD-2007, 5186-D-2006, 5234-D-2006 y 6816-D-2006
Senado CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2870-D-2006, 0120-CD-2007, 5186-D-2006, 5234-D-2006 y 6816-D-2006 SANCIONADO