Ana María Ianni
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4763-D-2014
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA "GUIA DE ORIENTACIONES PARA LA INTERVENCION EDUCATIVA EN SITUACIONES COMPLEJAS RELACIONADAS CON LA VIDA ESCOLAR", ELABORADA POR EL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION.
Fecha: 18/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 69
1°- Declarar de Interés la Guía de
Orientaciones para la Intervención Educativa en situaciones complejas
relacionadas con la vida escolar, elaborada por el Ministerio de Educación de la
Nación- a través de la Subsecretaría de Calidad y Equidad Educativa- y
aprobada por el Consejo Federal de Educación en su 56ª Asamblea Federal, el
día 15 de Marzo de 2014.
2°- Expresar su adhesión a las
políticas educativas que conciben las herramientas de prevención e intervención
sobre la conflictividad en el ámbito escolar desde el punto de vista de la
garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes, propendiendo al
fortalecimiento de los vínculos sociales al interior de la comunidad educativa,
propiciando tanto la reflexión sobre la conflictividad entre todos los actores del
sistema educativo, como la participación de los estudiantes en la construcción
de ámbitos y reglas de convivencia, con el fin de edificar en las instituciones
escolares una autoridad democrática en la que se reconozca a los alumnos
como sujetos de derecho y, a la vez, responsables de sus actos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde hace unos años, la cuestión
sobre la conflictividad escolar viene concentrando una atención importante
tanto en nuestra sociedad, como en los medios de comunicación. En especial,
en estos últimos, se tiende principalmente a tomar los casos extremos de
violencia física entre jóvenes, a construir un discurso estigmatizante sobre ellos
y a discurrir sobre la aparente incapacidad de la escuela en contener el conflicto
que, además de ser inherente de la vida social, muchas veces la excede.
Si bien, la repercusión de la que
gozan los más resonantes episodios de violencia física y psicológica entre
estudiantes tiende a nublar las características concretas con las que todas las
situaciones conflictivas suceden, no es menos cierto que todas ellas suscitan
preocupación entre todos los actores del sistema educativo: los docentes, los
alumnos y sus familias.
Tampoco es únicamente el
hostigamiento y la violencia física entre estudiantes la única forma en que
ocurre la conflictividad escolar, ni las sanciones la solución más efectiva. La
cuestión nos remite permanentemente a la convivencia: la escuela es un ámbito
donde niños, niñas y adolescentes, con distintas identidades, socializaciones y
culturas, comparten mucho tiempo de sus vidas y de su cotidianidad. Por ello,
las instituciones educativas necesitan apelar a la construcción de la convivencia
desde la pluralidad, en el respeto y reconocimiento del otro, de las identidades
que portan, como medio de abordar las situaciones de violencia y acoso que
pueden ocurrir en su propio seno. Es, precisamente, la consolidación de la
convivencia y el fortalecimiento del lazo social entre alumnos (pero también
entre docentes y alumnos) el pilar fundamental desde el cual la escuela
previene las situaciones de conflicto.
Este Congreso no ha quedado al
margen de las preocupaciones y debates alrededor del tema. En 2013 sancionó
la Ley 26.892 para la promoción de la convivencia y el abordaje de la
conflictividad social en las instituciones educativas - cuya autora ha sido la
Diputada Nacional Mara Brawer-, la cual ha constituido una invaluable
construcción normativa que establece un nuevo paradigma en lo que refiere a
las herramientas e iniciativas con que cuentan las instituciones educativas para
abordar el complejo conjunto de situaciones en las que el conflicto, directa o
indirectamente, aflora en la escuela y que no se circunscriben únicamente a lo
que se define popularmente como "bullying".
La Ley 26.892, configura las
acciones a ser llevadas adelante desde un enfoque relacional, descartando la
visión estigmatizante y patológica sobre de los jóvenes. Se proponen respuestas
desde el contexto particular en el que se dan las interacciones y construir lazos
solidarios, como también fortalecer la convivencia a partir de "potenciar" la
experiencia de vivir junto a otros, desafío permanente para los estudiantes en
la escuela. Se propone, en ese sentido, profundizar y legitimar aún más el
proceso de creciente participación de los jóvenes en la vida escolar que se
viene desplegando intensamente y desde hace varios años en diversas políticas
desarolladas tanto desde el ámbito nacional como jurisdiccional. Por ello, en la
Ley queda sumamente plasmada la intención de interpelar a las instituciones a
construir acuerdos de convivencia y espacios de deliberación en cuya
construcción puedan participar los alumnos. Los jóvenes son visualizados como
verdaderos sujetos de derecho y con capacidad de hacerse responsables de sus
actos.
Y este punto, el de la participación
estudiantil en la construcción de las normas de convivencia, no es menor: al ser
una construcción propia, las normas ganan en legitimidad, al mismo tiempo que
posibilitan un reconocimiento de los límites que existen en las interacciones y
las consecuencias de las transgresiones a esas normas. Las sanciones,
entonces, tienen un profundo valor pedagógico.
La Ley 26.892 surge como
poderosa alternativa frente a la forma tradicional y autoritaria con que se ha
ejercido la disciplina en el dispositivo escolar. Si bien la sanción, como
respuesta ante una transgresión grave a la norma, sigue siendo contemplada
en ella, no puede ser la única forma de abordaje sobre la conflictividad. La
sanción - y en su extremo, la expulsión- , además de que sólo opera en la
consecuencia de los hechos y no considera en toda su perspectiva los
condicionantes sociales y culturales que favorecen el desarrollo de conflictos,
sirve de medio de exclusión lisa y llana de los estudiantes y, por lo tanto, atenta
contra el derecho de los niños, niñas y adolescentes a la educación.
En esa línea, la construcción de la
Guía de Orientaciones para la Intervención Educativa en situaciones complejas
relacionadas con la vida escolar, elaborada por el Ministerio de Educación de la
Nación- a través de la Subsecretaría de Calidad y Equidad Educativa- y
aprobada por el Consejo Federal de Educación, se enmarca precisamente en las
potestades asignadas por la Ley al Ministerio de Educación de la Nación.
Constituye una extraordinaria construcción que recoge propuestas para el
amplio espectro de conflictos que pueden surgir en la cotidianidad escolar,
brindando potenciales respuestas para afrontarlos.
Si bien reserva para los docentes
un rol clave en el cuidado de niños, niñas y adolescentes en la escuela, hace
parte integrante a todos los actores de la comunidad educativa, vinculando al
mismo tiempo "lo individual, lo institucional y lo comunitario". Reconoce,
además, que la escuela no puede sola ni está sola para enfrentar la
problemática, ya que existe un número importante de instituciones nacionales y
jurisdiccionales con responsabilidades en el Sistema de Promoción y Protección
Integral de Derechos de niños, niñas y adolescentes - establecido por la Ley
26.061- cuyo accionar se ensambla a la capacidad propia de las instituciones
educativas para enfrentar los conflictos.
Por ello, puede considerarse como
sumamente auspicioso que el Consejo Federal, órgano que reúne a todas las
autoridades educativas de nuestro país, haya aprobado la Guía de
Orientaciones, y que pronto en todas las escuelas del país los docentes y
alumnos puedan contar con la misma. Celebramos que desde las autoridades
educativas nacionales como jurisdiccionales se persiga, a través de distintas
políticas y programas, el objetivo de reconstruir continuamente el lazo social,
poner en valor la convivencia cotidiana en la diversidad, que se apueste a la
configuración de un buen clima escolar.
Son las escuelas el primer ámbito
en que los jóvenes comienzan a aprehender las habilidades necesarias para el
ejercicio de la vida democrática. Simplemente por ello, debemos siempre
apostar por capitalizarlas y dotarlas de herramientas que permitan que cada
joven, sin distinción de origen social o cultural, pueda gozar de una experiencia
educativa plena, sentirse integrado y capacitado para construir su propio
proyecto de vida.
Por todas estas razones es que
solicito a los colegas Diputados y Diputadas el acompañamiento en el presente
Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARRILLO, MARIA DEL CARMEN | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MARTINEZ CAMPOS, GUSTAVO JOSE | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
IANNI, ANA MARIA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MOLINA, MANUEL ISAURO | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SEMHAN, MARIA DE LAS MERCEDES | CORRIENTES | ENCUENTRO POR CORRIENTES |
PUIGGROS, ADRIANA VICTORIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
OPORTO, MARIO NESTOR | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GONZALEZ, VERONICA | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SCOTTO, SILVIA CAROLINA | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RAIMUNDI, CARLOS | BUENOS AIRES | FRENTE NUEVO ENCUENTRO |
BRAWER, MARA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ZIEGLER, ALEX ROBERTO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
04/11/2014 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1306/2014 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 36/2014 | 13/11/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 04/12/2014 | APROBADO |