Ana María Ianni
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2361-D-2014
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL " 130° ANIVERSARIO DE LA SANCION DE LA LEY 1420 DE EDUCACION COMUN", A CELEBRARSE EL DIA 26 DE JUNIO DE 2014.
Fecha: 10/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
Expresar su Beneplácito por el 130º
aniversario de la sanción de la Ley 1420 de Educación Común, piedra fundamental de
nuestro Sistema Educativo Nacional, ocurrida el 26 de junio de 1884.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 1420, es una de esas valiosas piezas
legislativas que marcan un antes y un después en la vida de los pueblos.
'Educación común' equivalía por aquel
entonces a 'educación para todos', se trata entonces de una verdadera finalidad política:
lograr la unidad nacional sobre la base de una cultura común.
En efecto, la ley estableció la instrucción
primaria obligatoria, gratuita, gradual y laica. Se hizo necesario multiplicar las escuelas
públicas gratuitas para que todos los niños accedieran a un conjunto mínimo de
conocimientos, que también eran determinados por la ley, posibilitando de este modo el
ejercicio de la ciudadanía. Asimismo estableció que la formación de los maestros, el
financiamiento de las escuelas públicas y la supervisión de la educación, pública o
particular, quedaran bajo el control del Estado.
Algunas leyes de educación común
provinciales, por caso la de Corrientes de 1853, la de Catamarca de 1871, que a su vez
sirvió de modelo a las de Buenos Aires (1875) y Entre Ríos, constituyeron un valioso
antecedente de la ley 1420. Y si bien esta regía sólo para los territorios nacionales, con la
Ley 4874 conocida como ley Lainez, se amplió su vigencia para las jurisdicciones
provinciales que así lo solicitaran.
También es cierto que esta ley ha tenido sus
detractores. Comoquiera rendimos homenaje a quienes en su tiempo, decidieron dar a los
argentinos un eficaz instrumento que, con luces y sombras, permitió progresivamente el
masivo acceso de toda la población a la modernidad.
Es justo y necesario consignar aquí que la
Ley N° 26.206 de Educación Nacional promulgada por el Presidente Néstor Kirchner el 27
de diciembre de 2006, resultó ser ampliamente superadora de aquella que motiva el
presente proyecto, felizmente derogatoria de la 'ley federal de educación' y reparadora de
las graves consecuencias que la misma causara al sistema educativo nacional.
Por lo expuesto solicito la aprobación de este
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
IANNI, ANA MARIA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
04/11/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1292/2014 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 36/2014 | 13/11/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 04/12/2014 | APROBADO |