Diputados
Foto Diputada de la Nación Ana Carolina Gaillard

Ana Carolina Gaillard

Diputada de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6551-D-2015

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA SUSTITUCION DEL ARTICULO 40 DE LA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL - 26522 -, MEDIANTE EL ARTICULO 15 DEL DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL 267/15, LO CUAL IMPLICA LA POSIBILIDAD DE PRORROGAS SUCESIVAS EN LAS LICENCIAS, FAVORECIENDO LA CONCENTRACION MEDIATICA.

Fecha: 16/02/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170

Proyecto
Expresar preocupación por la sustitución, mediante el artículo 15° del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 267/15, del artículo 40 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual - 26.522-, lo cual implica la posibilidad de prórrogas sucesivas en las licencias de dichos servicios favoreciendo la concentración mediática.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 29 de diciembre del año 2015 el Poder Ejecutivo Nacional mediante el decreto 267/15 estableció una serie de reformas a las leyes 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y 27.078 de Argentina Digital, entre las cuales se encuentra la disolución de sus entes autárquicos de aplicación y la apropiación de sus atribuciones por el creado Ente Nacional de Comunicaciones -ENACOM- . En este marco, el objetivo de este proyecto de resolución es expresar una profunda preocupación sobre una de las tantas modificaciones por las cuales se ha afectado el sistema de comunicación de nuestro país en las últimas semanas: la sustitución del artículo 40 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual sobre prórrogas de licencias. Sin embargo, para entender en su totalidad la dimensión de dicha modificación es necesario retrotraernos un poco en la historia de los medios audiovisuales en nuestro país.
El primer gran hito que podemos considerar en materia de regulaciones sobre comunicación audiovisual se remonta a la década del ´50 bajo el gobierno de Juan Domingo Perón, ya que es en 1953 cuando se promulga la ley 14.241 de Servicio de Radiodifusión. Sin embargo, en el año 1957, la autodenominada Revolución Libertadora deroga la ley y la sustituye por un decreto reglamentario. Fue en este contexto donde se llevaron a cabo las licitaciones para el proceso de surgimiento de la televisión privada en nuestro país. Como sostiene, Alejandro Verano en su artículo "El resurgimiento de la comunicación audiovisual pública", después de los primeros años donde el Estado "corriera con el esfuerzo de inversión inicial y toda la etapa de riesgo experimental, y en el momento en que la televisión comienza a tener una fuerte inserción popular, la consolidación del desarrollo de la misma y los negocios privados fueron entregados por el Estado a los capitales extranjeros".
En el año 1980 y bajo la dictadura cívico-militar, se promulgará el decreto 22.285 que dará inicio al proceso de privatización de los medios audiovisuales de comunicación, dejando a los medios públicos el rol subsidiario de proveer los servicios allí donde la actividad privada no lo hiciera. Sin embargo, será en la década del ´90, durante el neoliberalismo y bajo las recetas del Consenso de Washington, donde se completará la conformación de los grupos multimedios y una práctica comunicacional de carácter monopólica. Así como ejemplo de una época, se privatizarían los canales 11 y 13, quedando bajo las manos del Grupo Atlántida y Grupo Clarín, respectivamente.
En el año 2009, bajo el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner y luego de más de 20 años de debates en todos los sectores involucrados en la comunicación audiovisual, se promulga la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual. Esta ley, además de poseer una impronta democrática y popular de comunicación, establecía en su artículo 40 requisitos y límites a las licencias que habían sido otorgadas más de 50 años atrás. En este sentido, el artículo disponía:
Las licencias serían prorrogables por única vez por un plazo de 10 años.
La prórroga se otorgaría al licenciatario previa celebración de una audiencia pública. Tal y como lo establecen diversos países como Uruguay y Canadá.
El pedido de prórroga debería ser iniciado por el licenciatario al menos 18 meses antes de la caducidad de la licencia.
El decreto 267/15 establecido por el Poder Ejecutivo Nacional en las primeras semanas de la gestión del Presidente de la República, Mauricio Macri, dio por tierra los límites impuestos a las licencias - tanto su carácter prorrogable como la posibilidad de sus transferencias- consolidando y agravando la conformación de una comunicación audiovisual monopólica, que no sólo atenta contra la competitividad del sector tan ampliamente declamada en los considerandos del mismo decreto, sino también con la seguridad jurídica y los derechos adquiridos por los diferentes sectores involucrados.
En este sentido, el decreto establece:
Las licencias serán susceptibles de prórrogas sucesivas, siendo la primera de ella por 5 años y las demás por un período de 10 años.
Se elimina el requisito de la audiencia pública, quedando a merced del nuevo ENACOM su renovación, donde es menester recordar que ya no se encuentran representado ni el Consejo Federal ni las Universidades Públicas.
El pedido de prórroga puede comenzarse entre los 12 y 6 meses anteriores a la caducidad de la licencia.
Asimismo, en cuanto a las licencias refiere, ya no en el artículo 15 del decreto sino en los posteriores, se retoma el criterio neoliberal de compra y venta de licencias sin autorización previa. En este sentido, y como sostienen los especialistas Damián Loreti, Diego de Charras y Luis Lozano, "el decreto 267 derogó la limitación a la transferencia de licencia para los licenciatarios con fines comerciales, mientras que las cooperativas y otros prestadores sin fines de lucro fueron excluidos de este cambio. Terreno fértil para que los actores que ya ostentan posiciones dominantes en el mercado puedan aumentar su escala" (Página/12 - 8/01/16)
En suma, las diferentes disposiciones del Decreto 267/15 retrotraen a nuestra sociedad a una lógica comunicacional de mercado, dejando caer las consideraciones que convertían a la comunicación audiovisual en un derecho y consolida la concentración mediática, como patrimonial y regional.
Es por los motivos expuestos Sr. Presidente, que solicito la aprobación de la presente resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SEMINARA, EDUARDO JORGE SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASTRO, SANDRA DANIELA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RAMOS, ALEJANDRO SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARDEGGIA, LUIS MARIA RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MAZURE, LILIANA AMALIA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)