VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 9313-D-2014
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL LANZAMIENTO DEL "PROGRAMA DE REGULARIZACION DE INMUEBLES URBANOS", EN LA PROVINCIA DEL CHACO.
Fecha: 25/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 172
Expresar Beneplácito por el Lanzamiento
del Programa de "Regularización de Inmuebles Urbanos", por el Ministerio de
Desarrollo Urbano y Territorial de la Provincia del Chaco.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Ministro de Desarrollo Urbano y
Territorial Gustavo Martínez, lanzó el programa de "Regularización de Inmuebles
Urbanos" que buscará continuar brindando respuestas a la problemática estructural de la
regularización parcelaria y dominial que es de larga data en la provincia del Chaco.
Estuvieron presentes durante el acto de
lanzamiento, además del Ministro Gustavo Martínez, los Subsecretarios de
Regularización Dominial Miguel Sotelo, de Ordenamiento Territorial, Hugo Acevedo,
de Infraestructura Básica Guillermo Monzón, las directoras de la Unidad Ejecutora
Provincial Claudia Caballero, y del RUBH Laura Ballestreros y representantes del
Consejo de Abogados, del Colegio de Escribanos, del Colegio de Martilleros y de la
Asociación de Agrimensores.
Este programa, enmarcado en la Ley
7.005, permitirá obtener la regularización dominial del inmueble que habitan, a muchos
chaqueños que acrediten, entre otras cosas, la ocupación pública, pacífica y continúa
durante 3 años con anterioridad al 1 de enero de 2009.
Asimismo, se firmó convenios de
cooperación con el Consejo de Abogados, el Colegio de Escribanos, de Martilleros y
con la Asociación de Agrimensores para que en este acto también las matriculas
profesionales que intervienen tanto en la regularización parcelaria como en la dominial
puedan difundir los alcances y quienes son las personas que están comprendidas dentro
de los derechos establecidos por esta Ley.
En cuanto a quienes pueden
Regularizar. Toda aquella persona que es ocupante originario del inmueble, el cónyuge
y sucesores hereditarios del ocupante originario, que hayan continuado con la ocupación
del inmueble, las personas que sin ser sucesores, hubiesen convivido con el ocupante
originario, recibiendo trato familiar, por un lapso no menor a dos años anteriores al 1 de
enero de 2009 y que hayan continuado con la ocupación del inmueble y los que
mediante acto legítimo, fuesen continuadores de dicha posesión, con transferencia de
boleto o cesiones.
Cabe destacar que los beneficiarios
gozarán de gratuidad en todas las gestiones y procedimientos, y consideró importante
aclarar que esto no implica la condenación de impuestos inmobiliarios o tasas que se
adeuden.
En la ciudad de Resistencia, serían más de
8 mil familias las que estarían en situación de acceder al beneficio. No obstante los
vecinos que requieran de mayor información o tengan algún tipo de inquietud al
respecto, pueden acercarse a la Unidad Ejecutora en Av. Sarmiento 719.
Este Programa pondera la inclusión social,
como la manera de poder llegar a las familias chaqueñas con su título y su escritura
pública como una forma de reivindicación ya que la población objetivo de esta
normativa va a ser justamente una población que hace muchos años no tienen respuestas
oficiales.
Señor Presidente, pro todo lo expuesto
solicito a mis pares, me acompañen con la aprobación del presente Proyecto de
Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MARTINEZ CAMPOS, GUSTAVO JOSE | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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