VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 8730-D-2010
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY 23349 Y MODIFICATORIAS: MODIFICACION DEL ARTICULO 7, SOBRE EXENCION DE LA ALICUOTA A LA LOCACION DE INMUEBLES RURALES AFECTADOS A ACTIVIDADES AGROPECUARIAS Y DESTINADOS A CASA HABITACION DEL LOCATARIO Y SU FAMILIA.
Fecha: 08/02/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 199
ARTÍCULO 1º- Sustitúyase el
apartado 22 del inciso "h" del Artículo 7º de la Ley Nº 23.349 y sus modificaciones,
por el siguiente:
"La locación de inmuebles destinados
exclusivamente a casa habitación del locatario y su familia, de inmuebles rurales
afectados a actividades agropecuarias y de inmuebles cuyos locatarios sean el
Estado Nacional, las Provincias, las Municipalidades o la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, sus respectivas reparticiones y entes centralizados o
descentralizados, excluidos las entidades y organismos comprendidos en el artículo
1° de la Ley N° 22.016.
La exención dispuesta en este punto
también será de aplicación para las restantes locaciones -excepto las
comprendidas en el punto 18., del inciso e), del artículo 3°-, cuando el valor del
alquiler, por unidad y locatario, no exceda el monto que al respecto establezca la
reglamentación. A tales efectos, el valor del alquiler a establecer no podrá ser
inferior al valor mensual del parámetro "alquiler" correspondiente a la categoría
superior del régimen simplificado para pequeños contribuyentes establecido en la
Ley Nº 26.565."
ARTÍCULO 2º- La presente ley entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Dentro de los 15 días
posteriores a su vigencia, el Poder Ejecutivo Nacional adaptará a la presente el
valor del alquiler establecido en el segundo párrafo del Artículo 38º del decreto Nº
616/2001.
ARTÍCULO 3º- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene
como fin la readecuación de valores monetarios en nuestro ordenamiento jurídico
tributario. En especial, se propone vincular el valor de los alquileres alcanzados por
el IVA, al parámetro "alquiler" previsto como límite máximo para permanecer en el
régimen del "monotributo".
La actual Ley de "monotributo"
contempla, entre los parámetros para su permanencia en el régimen, que los
alquileres anuales no superen la suma de $ 45.000. Este importe anual equivale a
un alquiler mensual de $ 3.750.
Por su parte, actualmente, el alquiler
de un local comercial que supere los $1.500 se le debe adicionar el IVA, el cual
implica un mayor costo en concepto de alquiler para el "monotributista", aspecto
que puede excluirlo de este régimen.
Se propone, entonces, la vinculación
entre el alquiler exento en el IVA y el parámetro de alquiler máximo mensual para
permanecer en el monotributo, a los efectos de no perjudicar a los pequeños
contribuyentes con mayores costos impositivos que puedan excluirlos del
monotributo, haciéndole perder a este régimen el espíritu simplificador de
obligaciones tributarias y, tornándolo, por ende, poco operativo.
Por lo expuesto anteriormente,
solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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YARADE, FERNANDO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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