VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 145
Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA
Miércoles 12.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2136 Internos 2136/34
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6082-D-2017
Sumario: COMISION BICAMERAL DE ANALISIS DEL MERCADO INMOBILIARIO Y ACCESO A LA VIVIENDA EN LA REPUBLICA ARGENTINA. CREACION EN EL AMBITO DEL H. CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 15/11/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 167
Artículo 1°. Créase la Comisión Bicameral Permanente de Análisis del Mercado Inmobiliario y Acceso a la Vivienda en la República Argentina. La Comisión estará conformada por OCHO (8) Diputados y OCHO (8) Senadores, designados por ambas Cámaras resguardando en su integración la proporcionalidad política de las mismas.-
Artículo 2°. La Comisión tendrá las siguientes funciones y facultades:
a) Reunir, producir y analizar datos sobre el funcionamiento del mercado inmobiliario en la República Argentina.
b) Asesorar a organismos públicos de diferentes niveles de gobierno que producen datos que aportan al análisis del mercado inmobiliario en la República Argentina.
c) Producir informes semestrales de carácter público sobre la dinámica del mercado inmobiliario y el acceso a la vivienda en Argentina, atendiendo a las particularidades de cada provincia.
d) Presentar ante las Presidencias de ambas Cámaras Legislativas propuestas en materia de regulación del mercado inmobiliario.
e) Asesorar a gobiernos provinciales y municipales en materia de regulación del mercado inmobiliario.
Artículo 3°. La Comisión dictará su reglamento de funcionamiento interno. El Presidente de la Comisión será designado a propuesta del bloque de la oposición con mayor número de Legisladores en el Congreso. La Comisión podrá designar los secretarios que estime necesarios.
Cada uno de los bloques que no integren la Comisión, podrán designar a UN (1) representante, quienes participarán en carácter de observador.
Artículo 4°. Quórum y mayorías. El quórum para sesionar será el establecido en el artículo 108° del Reglamento de la Cámara de Diputados. La Comisión tomará las decisiones por mayoría absoluta de sus miembros.
Artículo 5°. La Comisión Bicameral tendrá su sede en el Congreso de la Nación.
Artículo 6°. La Comisión integrará un ámbito de Consulta Permanente, al que se convocará para su integración a representantes de organizaciones sociales vinculadas a la demanda por tierra y vivienda; de cámaras empresarias de la construcción, el desarrollo urbano y la actividad inmobiliaria; de organismos estatales responsables de la política habitacional y la regulación del mercado inmobiliario; a docentes e investigadores de Universidades Nacionales y del del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas. Los integrantes de este ámbito de consulta, desempeñarán sus representaciones, en forma “ad honorem”.
Artículo 7°. La Comisión Bicameral dispondrá de los fondos previstos en un presupuesto anual, establecidos en el presupuesto de cada una de las Cámaras.
Artículo 8°. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la sociedad actual, la vivienda adquiere su valor en el mercado y por los niveles de ingreso de los distintos hogares. En ese sentido, la calidad de la vivienda a la que cada familia acceda, en términos del tamaño y adecuación a la cantidad de miembros del hogar, de su calidad constructiva, su localización, su accesibilidad a fuentes de empleo, a establecimientos educativos, de salud o de esparcimiento, se va a ver en gran medida determinados por su forma inserción en el mercado laboral, particularmente por su estabilidad en el empleo y sus niveles de ingresos.
Los precios de las viviendas nuevas y usadas, así como los valores de los alquileres, ejercen una influencia enorme en la capacidad de acceder a una vivienda y en la calidad de la misma. El crecimiento de las villas, los asentamientos y otras formas deficitarias en nuestro país guarda estrecha relación con la incapacidad de gran parte de los hogares de acceder a una vivienda a través del mercado inmobiliario, sea mediante la compra o mediante el alquiler. Sin embargo, los datos sobre el mercado inmobiliario en Argentina son poco confiables, y se concentran en la ciudad de Buenos Aires y en los distritos más dinámicos para la inversión inmobiliaria. Hay escasa información sobre la situación en la mayor parte de las ciudades de nuestro país, a pesar de que formas precarias hábitat aparecieron y se consolidaron en prácticamente todas las ciudades, grandes e intermedias.
De acuerdo a datos del censo de 2010, son más de cuatro millones los hogares que habitan en viviendas deficitarias, o bien viven en condiciones de hacinamiento o se encuentran en situación de tenencia irregular, representando el 35% de todos los hogares del país. Es decir, que uno de cada tres hogares necesita, aunque en distinto grado, mejorar su situación habitacional. En las principales ciudades, la cantidad de familias viviendo en formas deficitarias de hábitat aumentó con relación al censo de 2001. En la ciudad de Buenos Aires, la población de villas y asentamientos se incrementó un 52% respecto al año 2001, alcanzando un total de 163.587 habitantes.
Contar con datos confiables y comparables a nivel nacional sobre la dinámica del mercado inmobiliario es indispensable para el diseño de políticas que tengan éxito en la regulación del mercado y permitan ampliar las oportunidades de acceso a la vivienda por parte sectores cada vez más amplios de la población. Reflexionar en torno a las modalidades efectivas de regulación del mercado inmobiliario es particularmente relevante en la coyuntura actual, en la que la ampliación de la demanda de vivienda producto del aumento del crédito hipotecario puede conducir a incrementos en los precios de las viviendas. Si se producen aumentos sostenidos en los valores inmobiliarios, la política crediticia pierde su capacidad de ampliar las posibilidades de acceso a la vivienda y las familias incrementan su nivel de endeudamiento, beneficiando exclusivamente a quienes hacen de la vivienda objeto de especulación.
Por todo lo expuesto, solicitamos el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MOYANO, JUAN FACUNDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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