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VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 145

Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA

Miércoles 12.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2136 Internos 2136/34

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5589-D-2008

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA GESTION DE LA "COMISION NACIONAL DE TIERRAS PARA HABITAT SOCIAL", DEPENDIENTE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Fecha: 03/10/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 136

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del organismo que corresponda, informe sobre la gestión de la Comisión Nacional de Tierras para Hábitat Social, dependiente de la Jefatura de Gabinete, y de la gestión de su antecesora, la Subsecretaría de Tierras para el Hábitat Social, en cuyo ámbito funcionaba la ex Comisión de Tierras Fiscales Nacionales -Programa Arraigo-, cuya denominación pasó a ser luego la de Comisión Nacional de Tierra Social, ubicada en la esfera del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, según se solicita a continuación:
1. Detallar cuál es la superficie y ubicación exacta (de ser posible, identificar calle, Nº, barrio, partido, Provincia), de cada lote cuya situación dominial ha sido regularizada desde el 2006 hasta la fecha y que constituyen el objeto de las 2667 escrituras entregadas y proyectadas para familias o personas con necesidad habitacional y sus respectivos destinatarios.
2. En caso de haber adquirido predios de dominio privado para luego lotearlos, especificar cuál fue su valor de compraventa; detallar la ubicación, superficie, cantidad de lotes en los que se dividieron o dividirán y qué entidad o persona física ha sido la compradora del predio.
3. Identificar con nombre y apellido o razón social, Nº de DNI o de CUIT según corresponda, profesión o actividad si se conociere quiénes eran los titulares de los predios que han sido comprados.
4. Describir los criterios y mecanismos que se han utilizado para determinar el valor de cada uno de los predios de dominio privado que hubiesen sido adquiridos.
5. Detallar cuál es la nómina de Organizaciones No Gubernamentales que colaboran con la Comisión Nacional de Tierras para el Hábitat Social para cumplir con sus objetivos.
6. Especificar si se han hecho transferencias de recursos a alguna de estas Organizaciones No Gubernamentales.
En caso de que ello haya ocurrido indicar:
6. a. Institución a quién se le hizo la transferencia
6. b. Motivo u objeto de la transferencia, y su monto.
6. c. Acompañar copia de los actos administrativos que dispusieron tales transferencias.
6. d. Acompañar información que acredite el cumplimiento de los fines por los cuales se realizó la transferencia y explicar el monitoreo que se ha desarrollado con el objeto de verificar el cumplimiento de objetivos y metas que fundaron dichas transferencias.
7. Indicar en cuáles de los predios adquiridos a particulares, existían asentamientos irregulares, y en cuáles no.
8. Especificar cuáles son los criterios se utilizan para seleccionar las tierras cuya situación dominial habrá de ser regularizada.
9. Precisar los criterios se utilizan para distribuir los lotes regularizados o escrituras entre las personas/familias con necesidades habitacionales.
10. Teniendo en cuenta el siguiente cuadro sobre la ejecución presupuestaria de área:
En miles de $.
Fuente: Oficina Nacional de Presupuesto
Aclaración: La estimación del diferencial entre el Crédito disponible y el Devengado para el año 2008 se recalculó ponderando los meses que aún quedan por transcurrir del citado año (Enero-Agosto 2008).
10. a. Indicar cuáles son las actividades, obras, etc., que justificaron un incremento del crédito presupuestario del año 2008 de cerca del 300%, si consideramos la historia previa del Programa en 2006 y 2007. Detallar los elementos sociales, económicos y financieros que fueron considerados.
10. b Detallar y desagregar al máximo grado de detalle posible la ejecución de presupuestaria del citado programa durante los ejercicios 2007 y 2008.
10. c Listar las erogaciones transferidas a toda institución pública o privada que colaboran con la Comisión Nacional de Tierras para el Hábitat Social para cumplir con sus objetivos, individualizando lo percibido por cada institución para los ejercicios 2007 y 2008.
11. Explicar las razones que han llevado al citado programa a tener una significativa subejecución del presupuesto en lo que va del año 2008.
12. Explicar los motivos que fundaron la asignación prevista para la Comisión Nacional de Tierras para Hábitat Social, contemplada en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1472/08. Indique destinos específicos, obras, transferencias, entre otros rubros considerados en el citado decreto para esta Comisión.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Comisión Nacional de Tierras para el Hábitat Social es una dependencia de la Jefatura de Gabinete de Ministros cuya función es la formulación de políticas de tierras que faciliten la provisión de terrenos aptos para el desarrollo de programas sociales. Una de las tareas de la Comisión es identificar inmuebles de dominio público o privado que puedan ser afectados a fines sociales, y tierras ocupadas por asentamientos irregulares, para luego promover su regularización dominial. La Comisión también está facultada para adquirir tierras libres para la localización de proyectos sociales.
El presente proyecto tiene por objetivo recabar información sobre la gestión de la Comisión mencionada, en función del principio republicano de la rendición de cuentas. Este concepto, también conocido como accountability, hace referencia a la capacidad para asegurar que los funcionarios públicos rindan cuentas por sus conductas, es decir, que están obligados a justificar y a informar sobre sus decisiones y a que eventualmente puedan ser castigados por ellas (1) .
Por lo tanto, podemos distinguir tres dimensiones principales en el concepto de rendición de cuentas:
i. la primera se refiere a la información que debe brindar todo funcionario sobre sus actos;
ii. la segunda dimensión, que es una consecuencia de la primera, se vincula a las explicaciones y razones acerca de por qué se tomó o dejó de tomar una decisión particular;
iii. la tercera dimensión está relacionada con la existencia de sistemas institucionales y agencias gubernamentales que permitan controlar y sancionar a los funcionarios que violen sus deberes públicos.
Esta iniciativa tiene por objeto, claro está, que se cumpla con las dos primeras dimensiones antes referidas. La tercera dimensión operará, sólo cuando la respuesta a las dos primeras sea insatisfactoria.
La Comisión Nacional de Tierras para el Hábitat Social tiene por finalidad garantizar el respeto al derecho constitucional de toda persona al acceso a una vivienda digna. Este derecho ha sido consagrado en nuestra Constitución y en los tratados internacionales que gozan de jerarquía constitucional. (2)
El derecho al acceso a la vivienda digna obliga al Estado, por un lado, a respetar y proteger la vivienda de quienes han podido procurársela de modo independiente. El Estado no debe adoptar medidas que impidan o dificulten el goce del derecho al acceso a la vivienda digna y, a su vez, debe garantizar que los terceros no priven a las personas del goce de ese derecho. Por otro lado, el Estado tiene el deber de ayudar a aquellos que, por la condición de pobreza en la que viven, aún no tienen una vivienda digna. Para cumplir con este último deber, el Estado debe desarrollar programas que faciliten a las personas de bajos recursos acceder a viviendas por sus propios medios, o acceder a tierras en las que puedan construir sus viviendas, a viviendas previamente construidas, o a la regularización de asentamientos ilegales, sin que ello implique vulnerar el derecho de propiedad de los titulares dominiales de los terrenos ocupados.
Si bien, a primera vista el derecho al acceso a una vivienda digna podría parecer un derecho de mero contenido económico, la importancia de este derecho se revela cuando es visto bajo el prisma del derecho a la autonomía personal.
La Constitución consagra, en su art. 19, el principio de la autonomía individual, esto es, el principio según el cual cada persona tiene derecho a elegir un plan de vida y a intentar llevarlo a cabo a través de los caminos que considere mejores, siempre y cuando no perjudique terceros. Sin embargo, para que una persona pueda ejercer efectivamente su autonomía no es suficiente con que los terceros, y entre ellos el Estado, se abstengan de interferir con las decisiones voluntarias de esa persona. Existen ciertas condiciones que son "necesarias para la elección y materialización de ideales personales y los planes de vida basados en ellos: la vida psicobiológica, la integridad corporal y psíquica (...), la libertad de acceso a recursos materiales, (...)" (Nino, Carlos Santiago, "Fundamentos de Derecho Constitucional", Ed. Astrea, pág. 167). La vivienda digna es una de esas condiciones mínimas sin las cuales una persona difícilmente podrá concebir un plan de vida y mucho menos ejecutarlo.
En una situación como la que vive nuestro país, en el que existe un gran número de personas cuyas necesidades habitacionales están insatisfechas, aquello que se concede a una persona equivale a aquello de lo que se priva a otra. El Estado tiene el deber positivo de facilitar el acceso a la vivienda a aquellas personas que no tienen los medios para acceder a ella de modo independiente. El uso de los fondos públicos para facilitar el acceso a la vivienda a personas cuya condición económica les permite acceder a una vivienda de modo independiente no sólo implicaría, por un lado, un beneficio indebido hacia esa persona que de ningún modo debería ser sufragado con los fondos públicos, y por el otro lado, el incumplimiento por parte del Estado de sus obligaciones internacionales frente a quienes deberían ser los verdaderos y legítimos beneficiarios de los programas que facilitan el acceso a la vivienda. Lo mismo ocurre cuando una persona con necesidades habitacionales recibe un predio o inmueble que excede con creces lo que hoy podemos considerar que constituye una vivienda digna.
Si bien consideramos que las facultades de la Comisión Nacional de Tierras para el Hábitat Social son atinadas para lograr una solución al problema habitacional de nuestro país, es absolutamente necesario que ellas sean ejercidas con suma transparencia, aplicando criterios distributivos igualitarios y objetivos, siempre teniendo en cuenta la importancia que tiene la vivienda para que las personas puedan vivir autónomamente.
Es por estos motivos que solicitamos que se nos brinde la información solicitada sobre el modo en que el Estado Argentino está cumpliendo con el mandato constitucional de garantizar a todos los habitantes el derecho al acceso a una vivienda digna.
Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
CARCA, ELISA BEATRIZ BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO (Primera Competencia)