VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5028-D-2016
Sumario: "CREDITO PROCREAR COMPLEMENTARIO". CREACION.
Fecha: 11/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
“LEY DE CREACION DEL CREDITO PROCREAR COMPLEMENTARIO”
Art. 1: Créase el “CREDITO PROCREAR COMPLEMENTARIO” como beneficio establecido para todos aquellos titulares de un crédito en el marco del “Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única (Pro.Cre.Ar), que no hayan comenzado o no hayan podido concluir su vivienda en el marco del mencionado Programa.
Art. 2: El desembolso adicional establecido en la presente ley sólo alcanzará a beneficiarios que no hayan accedido al Crédito Complementario del año 2014.
Art. 3: El monto del Crédito Pro.Cre.Ar complementario estará dado por la suma que represente el 40% del costo del proyecto tomando como referencia el valor del metro cuadrado actualizado de acuerdo al índice del costo de la construcción.
Art. 4: El “CREDITO PROCREAR COMPLEMENTARIO” no constituye un nuevo crédito, sino representa una ampliación del crédito original de cada beneficiario, por lo que deberá otorgarse en iguales condiciones al mismo en cuanto a plazos y tasas.
Art. 5: El “CREDITO PROCREAR COMPLEMENTARIO” se financiará en los términos del art. 43 de la Ley 27.198 “Presupuesto General de la Administración Nacional 2016”, mediante el aporte de capital correspondiente.
Art. 6: Comuníquese al poder ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto surge como iniciativa de gran cantidad de beneficiarios del Programa Pro.Cre.Ar. de todo el país que por diferentes motivos, especialmente razones de tipo burocrático no imputables a su parte o el cambio en las condiciones económicas de nuestro país, no han podido finalizar o en algunos casos ni siquiera comenzar sus viviendas en el marco del mencionado Programa.
Resulta claro que Argentina vive hoy un proceso inflacionario que ha afectado el alza de los precios en los costos de los materiales de construcción como así también la variación del costo de la mano de obra necesaria para la construcción de viviendas.
Estas situaciones han impactado claramente en la capacidad de los fondos del crédito otorgado originalmente para cubrir los costos de construcción de la cantidad de metros cuadrados que incluyen cada proyecto original.
Estas motivaciones fueron planteadas por los beneficiarios organizados bajo la Red Pro.Cre.Ar (@ProcrearFederal) ante distintos organismos del Poder Ejecutivo Nacional sin obtener respuesta favorable hasta el día de la fecha.
Como antecedente al presente proyecto se puede citar el crédito complementario otorgado a beneficiarios para continuar y terminar sus viviendas frente a la devaluación del mes de Enero del año 2014.
Cabe destacar, que si bien recientemente el comité Ejecutivo de Pro.Cre.Ar resolvió la aprobación de un crédito complementario, las condiciones establecidas en el mismo de manera administrativa, sólo alcanzarían a una pequeña cantidad de las 42.000 familias que hoy necesitan asistencia crediticia para comenzar o terminar sus viviendas.
Se calcula que por los requisitos establecidos por la reglamentación de esa operatoria, más del 90% de los beneficiarios de un crédito original no podrían acceder a la misma.
Los requisitos vinculados a cantidad de metros cuadrados de las viviendas, segmentos habilitados en relación al crédito original, referencia de fecha de cobro del último desembolso, fecha de inicio de obra o de aprobación del crédito original, porcentajes de avance de obra, fecha límite a aprobación del proyecto, entre otros, funcionan como limitante para el acceso al crédito complementario de la mayoría de las familias.
En definitiva, todas estas argumentaciones, no nos pertenecen, solo las tomamos de las diferentes misivas enviadas por grupos de beneficiarios organizados, o individualmente, a las autoridades correspondientes; nosotros como representantes del pueblo las tomamos y las hacemos nuestras para el fundamento del presente proyecto.
Quieran los Sres. Diputados acompañar el presente proyecto por su importancia social en materia habitacional.
Firmante | Distrito | Bloque |
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KOSINER, PABLO FRANCISCO JUAN | SALTA | JUSTICIALISTA |
DAVID, JAVIER | SALTA | JUSTICIALISTA |
ISA, EVITA NELIDA | SALTA | JUSTICIALISTA |
BOSSIO, DIEGO LUIS | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA |
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO | SALTA | UNION PRO |
NANNI, MIGUEL | SALTA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO (Primera Competencia) |
FINANZAS |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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23/08/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen con disidencias |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO NANNI (A SUS ANTECEDENTES) |