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VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO

Comisión Permanente

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Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4779-D-2009

Sumario: ACUERDO SOBRE RELACION FINANCIERA Y BASES DE UN REGIMEN DE COPARTICIPACION FEDERAL, LEY 25570: DEROGACION PARCIAL DEL ARTICULO 2, SOBRE FACULTADES DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE LOS FONDOS PARA VIVIENDAS, FONAVI.

Fecha: 01/10/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129

Proyecto
"Deróganse las facultades de libre disponibilidad de los fondos para viviendas (FONAVI) establecidas en la Ley 25.570"
Artículo 1º.- Derógase parcialmente el artículo 2º de la Ley Nº 25.570, que refrenda el "Acuerdo sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal", dejándose sin efecto la libre disponibilidad de uso, por parte de las jurisdicciones, de los recursos transferidos por el del Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI).
Artículo 2º.- Déjanse sin efecto las normas y disposiciones que se opongan a lo prescripto en la presente Ley.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Vengo ante V. H. a solicitar tratamiento y aprobación de este proyecto en virtud de los siguientes antecedentes:
a) La Ley 25.570 ratificó el "Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación de Impuestos" (celebrado el día 27 de febrero de 2002) por el que se estableció la facultad de libre disponibilidad de los recursos transferidos por el Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI) por parte de los gobiernos de provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
b) En aquel momento, frente a la gravísima crisis social y fiscal que soportó nuestro país, se consideró necesario recurrir a facultades especiales, aún afectando los programas de vivienda.
c) Dicha normativa resintió la construcción de viviendas económicas para las familias de recursos insuficientes y los demás rubros establecidos en la Ley 24.464 que dió creación al Sistema Federal de la Vivienda.
d) Los informes de "Auditoría FONAVI y Programas Federales" indican que los fondos transferidos en tal concepto, en numerosos casos, fueron derivados a necesidades de Tesorería y/o cancelación de compromisos financieros internacionales con lo que ha disminuido la construcción de viviendas, en general.
e) A partir de 2003 la economía argentina ha evidenciado un franco crecimiento reflejado en el PBI, con el correlato de un sostenido incremento en las transferencias coparticipables, síntoma evidente de la superación de la grave crisis que dio origen a la legislación que pretendemos modificar.
Por lo expuesto, considerando que el déficit de viviendas para los sectores de menores ingresos continúa siendo una deuda social en la Argentina de hoy, vengo a solicitar se restablezca la intangibilidad de los recursos del FONAVI con la utilización exclusiva de los fondos.
Por los fundamentos expuestos y los que podría agregar, de considerarse necesario, en el debate parlamentario, solicito la aprobación del proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BEDANO, NORA ESTHER CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CANTERO GUTIERREZ, ALBERTO CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
29/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría