VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
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Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4618-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA FACILITAR EL ACCESO A LOS CREDITOS PARA INQUILINOS.
Fecha: 16/08/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, en ocasión de implementar las medidas que faciliten el acceso a los créditos para inquilinos, con el fin de adquirir su vivienda, incluya en dicho régimen a aquellos deudores morosos, quienes perdieron la propiedad de su vivienda única, ya sea por remate, o por venta particular para evitar dicho remate.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Tenemos conocimiento, que debido al gravísimo problema, aún no resuelto, por el que atravesaron cientos de miles de argentinos que habían adquirido la propiedad de su vivienda única, con préstamos en dólares garantizados con hipotecas sobre el mismo bien, se sanciono la ley 25.798
En el régimen implementado por dicha ley 25.798 y sus modificatorias y complementarias, solo se incluyeron (de hecho) a los deudores que tenían tomados los créditos con los bancos oficiales, ya que la banca privada no adhirió al régimen.
Como consecuencia de ello, hubo deudores que aunque habían reunido las condiciones de elegibilidad, requeridas en la ley, no accedieron a ese sistema de fideicomiso, ya que los bancos acreedores privados - reitero- no adhirieron al régimen, habiendo quedado por lo tanto incumplido, con respecto a dichos deudores, el principio constitucional de igualdad.
Debido a ello, estos deudores, a quienes les fueron rematadas sus viviendas únicas o que las vendieron particularmente, para evitar el citado remate, quedaron totalmente desprotegidos, ya que al ser ex deudores hipotecarios, estaban fuera del régimen de la citada ley con el agravante de que se les negaba todo tipo de asistencia.
Por otra parte, y a mayor abundamiento, al figurar en los sistemas de información crediticia como morosos, pasaron directamente a la categoría de muertos civiles, figura que quedo abolida y ajena a nuestro régimen legal, desde la sanción del Código Civil y en consecuencia, no pueden acceder a alquileres o si lo hacen, se encuentran con condiciones leoninas y con cláusulas usurarias, que también han contribuido a la escalada de los precios de las locaciones urbanas.
Por ello, considero de estricta justicia, que se incluya, a todos los ex -deudores hipotecarios de vivienda única, que vendieron sus propiedades o les fueron rematadas, en ese régimen que ha implementado para los inquilinos, con muy buen criterio nuestro Presidente, el que les dará la posibilidad de acceder a la propiedad de una vivienda digna.
Por lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LOVAGLIO SARAVIA, ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DE LA BARRERA, GUILLERMO | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DE BERNARDI, EDUARDO | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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12/12/2006 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1901/2006 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 06/02/2007 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | APROBADO |