VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
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Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3800-D-2006
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA DE CREDITOS PARA VIVIENDAS A EMPRESAS AGRICOLAS Y/O INDUSTRIALES.
Fecha: 06/07/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 86
Art. 1- Créase un "Programa de créditos para viviendas a empresas agrícolas y/o industriales"
Art. 2- La autoridad de aplicación será la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, que podrá solicitar la intervención de los Institutos de Vivienda provinciales.
Art.3- Los créditos serán acordados a las empresas industriales y/o agrícolas, para construir las unidades de viviendas en terrenos de su propiedad.
Art.4- Las empresas mencionadas otorgarán las viviendas en uso exclusivo a sus empleados en actividad.
Art.5-Las viviendas formaran parte del capital social de las empresas, y no podrán ser enajenadas ni arrendadas en forma independiente, por parte de los empresarios.
Art.7- Los gastos que demande la presente Ley, procederán del Tesoro Nacional.
Art.8- La presente Ley será reglamentada a los 90 días a partir de su promulgación.
Art.9- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Por el presente proyecto de Ley, se solicita al Poder Ejecutivo Nacional un "Programa de créditos para viviendas a empresas agrícolas y/o industriales" a través del cual, se otorgue una línea de créditos livianos con la finalidad de que los dueños de estas empresas o agropecuarios, puedan construir viviendas dignas para sus empleados.
La naturaleza de este proyecto consiste en dar solución a un gran numero de empresas industriales y agropecuarias, que no cuentan con la suficiente infraestructura, ni con un capital significativo como para erigir viviendas a sus empleados, quienes tampoco logran beneficiarse con una casa propia, ya que no cuentan con una remuneración suficiente, ni mucho menos con un terreno propio.
Para que las empresas produzcan bienes y servicios de buena calidad que beneficia a toda nuestra Nación es necesario que el Estado las respalde en lo posible con toda la infraestructura que se les pueda brindar, como caminos, electricidad, agua potable servicios, etc.
Es por esto que urge la necesidad de la creación de un "Programa de créditos para viviendas a empresas agrícolas y/o industriales", para otorgar créditos livianos a las mencionadas empresas, y de esta manera puedan
construir viviendas a sus empleados y así lograr que estos vivan decentemente con sus familias y en pos de una mejor producción
Estos créditos serían abalados por una hipoteca concedida por el empresario, el cual se encargaría de abonar las cuotas correspondientes.
Dichas moradas no podrán ser de una infraestructura superior a las viviendas económicas que se encuentran consideradas en el artículo 6º de la ley Nº 21581 (FONAVI); el que menciona como viviendas económicas a las que cumpliendo con las condiciones mínimas de habitabilidad que determine la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, acorde con la ubicación geográfica, condiciones climáticas y la evolución tecnológica, que constituyen un centro de atracción y reunión de la familia.
Estas viviendas si bien van a pertenecer al dueño de la empresa o del campo donde se hallen, no podrán ser enajenadas ni arrendadas por el mismo, siendo su único destino, el de contener a los empleados y sus familias.
Por todo lo brevemente acá expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de Ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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SARTORI, DIEGO HORACIO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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18/07/2006 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |