VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3262-D-2011
Sumario: REGIMEN DE INCENTIVOS PARA LA ADQUISICION Y CONSTRUCCION DE VIVIENDA UNICA, FAMILIAR Y PERMANENTE, LEY 26158: MODIFICACION DEL ARTICULO 18, SOBRE CREACION DEL REGISTRO PARA TAL FIN.
Fecha: 21/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 73
MODIFICACION
ARTICULO 18° DE LA LEY 26.158 - RÉGIMEN DE INCENTIVOS
PARA LA ADQUISICIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA
ÚNICA, FAMILIAR Y PERMANENTE.
ARTICULO 1º: Modificase el
artículo 18º de la Ley 26.158 el cual quedará redactado de la siguiente
manera:
"ARTICULO 18. Los
beneficiarios interesados en acogerse al presente régimen deberán inscribirse en el Registro que se
habilitará a tal efecto en el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas".
ARTICULO 2º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En primer término cabe puntualizar que la Ley
26.158, sancionada el 25 de octubre del 2006, tiene como objetivo el establecimiento de un
régimen general de incentivos para la adquisición y construcción de vivienda única, familiar y
permanente, el cual contempla la implementación de créditos destinados a locatarios y también
establece que podrán beneficiarse los inquilinos que suscriban contratos de leasing y quienes
posean terreno propio destinado a la construcción de vivienda. Asimismo, se prevé la
devolución y compensación del Impuesto al Valor Agregado a otorgarse a quienes construyan
inmuebles.
Precisamente, el presente proyecto de ley tiene
como finalidad la modificación del artículo 18 de la Ley 26.158 el cual establece que los
contribuyentes que deseen acogerse al este régimen deberán solicitarlo antes del 31 de
diciembre del año 2007.
Se plantea la eliminación de esta limitación
temporal toda vez que se considera que el régimen propuesto por la norma en cuestión resulta
de suma utilidad dada la problemática habitacional existente en nuestro país. Asimismo, el
hecho de mantener la limitación temporal implicaría la perdida de la razón de ser de la norma.
De la versión taquigráfica de la
sesión del día 27 de Septiembre de 2006 de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación de
las palabras del Senador Capitanich se desprende el objetivo de esta norma, así: ".......Por eso,
señor presidente, para terminar quiero manifestar que este proyecto de ley establece un objetivo sustantivo:
convertir a un inquilino en un propietario. Tiene objetivos intermedios referidos a la posibilidad de lograr
atenuar la evolución del índice de precios al consumidor incrementando la oferta de bienes inmuebles; también, de
estimular la oferta de inmuebles, con lo que produce un efecto multiplicador para la generación de empleo con
localización geográfica diversa y la incorporación de mano de obra, que puede ser calificada o no. Esto, por
supuesto, implica un aliciente adicional para la reducción de la tasa de desocupación, de pobreza, marginalidad e
indigencia. Podemos decir que el objetivo sustancial de transformar a un inquilino en un propietario también
tiene objetivos intermedios y, por supuesto, debe tener una meta concreta: junto con la construcción de viviendas
populares, el acceso creciente de segmentos o de sujetos de crédito a la operatoria desde el punto de vista financiero
para de manera paulatina, gradual y sistemática tener más viviendas, mejor infraestructura y una más alta
calidad de vida para todos los argentinos. Naturalmente, esto permite marcar un sendero de mejora substancial
desde el punto de vista de los índices sociales adversos que ha tenido la Argentina. Si bien hoy todavía tiene esos
índices, después de un proceso sistemático de crecimiento de la economía podemos visualizar que es posible lograr
objetivos desde el punto de vista social que permitan recuperar a aquellos excluidos socialmente, a aquellos
desocupados que hoy tienen un empleo o a aquellos que han mejorado su salario, mejorando las condiciones de
acceso al crédito a efectos de transformar su sueño en realidad: de inquilino pasar a ser propietario".
Por los motivos expuestos es que solicito a mis
pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MOREJON, MANUEL AMOR | CHUBUT | PERONISTA |
CURRILEN, OSCAR RUBEN | CHUBUT | PERONISTA |
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