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VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 145

Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA

Miércoles 12.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2136 Internos 2136/34

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2396-D-2014

Sumario: SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA - LEY 24464 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 7, CONTEMPLANDO QUE EL DIEZ PORCIENTO DE LOS RECURSOS SE DEBERAN DESTINAR A PROGRAMA DE VIVIENDAS RURALES, ESPECIALMENTE AGRICULTORES FAMILIARES.

Fecha: 10/04/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25

Proyecto
VIVIENDAS PARA AGRICULTORES FAMILIARES
ARTÍCULO 1: MODIFÍQUESE el artículo 7 de la LEY NACIONAL No 24.464 "SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA", el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 7: Del total de los recursos que recibe cada jurisdicción deberá destinar un mínimo de un diez por ciento (10%) a programas de viviendas rurales, especialmente agricultores familiares. Asimismo no se podrá destinar más del veinte por ciento (20%) a la construcción de obras de infraestructura, servicios y equipamientos, en la cuenta global."
ARTÍCULO 2: De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


TEMA: VIVIENDAS PARA AGRICULTORES FAMILIARES
INICIATIVA: Diputado Carlos Gustavo Rubin
El presente proyecto de Ley busca garantizar la cobertura del acceso a una vivienda para los pequeños productores rurales y sus familias, ya que es un derecho universal que se encuentra plasmado en Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 25, apartado 1 y en el artículo 11 de Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC): "Artículo 25.1 Declaración Universal de los Derechos Humanos: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
También en Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales en su art. 11 que expresa: "Toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para sí misma y para su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuadas y una mejora continuada de las condiciones de existencia, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad."
En nuestro Carta Magna está receptado el mismo derecho en el art. 14 Bis: ..." la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna."
Pero a todo ello debemos sumarle que especialmente los agricultores familiares y los pequeños productores rurales se han visto despojados de sus inmuebles y viviendas por los grandes productores o empresas que los reducen a terrenos menos aptos para sus actividades. Resultando relevante destacar que nuestro país al adherir al PIDESC ha asumido importantes compromisos internacionales.
Específicamente, en el derecho social de acceso a la tierra. En este sentido es fundamental la Observación General Nº 7 (O.G. Nº 7 del PIDESC), dictada por el Comité Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales referida a los desalojos forzosos. En ella el Comité ha establecido la obligación de los Estados de dictar leyes que impidan desalojos forzosos y derogar todas aquellas que arbitrariamente los permitan (O. G. Nº 7 en sus puntos 9, 19, 20 y 21) (1)
Por ello solicito el acompañamiento de mis pares para el presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RUBIN, CARLOS GUSTAVO CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SOTO, GLADYS BEATRIZ CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MARCOPULOS, JUAN FERNANDO CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/09/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
04/11/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
05/11/2014 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
07/11/2014
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1208/2014 CON MODIFICACIONES 07/11/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MENDOZA SANDRA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Diputados INSERCIONES
Senado PASA A SENADO -