VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 145
Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA
Miércoles 12.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2136 Internos 2136/34
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1455-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS AL VINCULO ENTRE EL PROCREAR Y/O EL MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA DE LA NACION Y EL BANCO SANTANDER RIO S.A., U OTRA ENTIDAD BANCARIA.
Fecha: 04/04/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a través de la Presidencia del ProCreAr y la Secretaría de Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación para que:
1- Informe:
a) Sobre la relación o vínculo entre el ProCreAr y/o el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Banco Santander Río S.A., u otra entidad bancaria, detallando relación comercial, contractual y líneas de crédito que se otorgaron en relación al programa ProCreAr, detallado por provincia y condiciones en que se otorgaron dichos créditos.
b) Cuáles son las condiciones que rigen entre ProCreAr y/o el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y las entidades bancarias para llevar adelante el Programa ProCreAr, en especial la relación con el Banco Santander Río S.A., detallando si existen –y cuáles son- las condiciones diferenciales según zona geográfica.
c) Si existen otras entidades bancarias o financieras – además del Banco Santander Río S.A. – que estén relacionadas con ProCreAr en la Provincia de Misiones, detallando las zonas, cantidad de usuarios y condiciones de contratación.
d) Condiciones del contrato celebrado entre el Banco Santander Río S. A y las empresas Constructoras sobre la operatoria de construcción de viviendas bajo el programa ProCreAr, específicamente las desarrolladas en el barrio Itaembé Guazú, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones y otras similares que se hayan desarrollado o estén por desarrollarse en la Provincia.
e) Condiciones contractuales entre el Banco Santander Río S.A. y los beneficiarios del ProCreAr, específicamente las desarrolladas en el barrio Itaembé Guazú, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones y otras similares que se hayan desarrollado o estén por desarrollarse en la Provincia.
f) Indique con precisión quién responde ante los vicios y desperfectos de obras que se presentan en las viviendas adquiridas por los beneficiarios de ProCreAr, específicamente las desarrolladas en el barrio Itaembé Guazú, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones
g) Las acciones llevadas adelante desde el Estado Nacional para frenar el aumento de las tasas de interés aplicadas por las entidades financieras en el marco del ProCreAr.
2- Gestione y coordine un procedimiento para canalizar los reclamos de los beneficiarios de ProCreAr de manera que las respuestas sean brindadas de manera eficaz y eficiente por parte de los actores intervinientes en el proceso.
3- Gestione y otorgue subsidios diferenciales para las zonas del NOA y NEA – con tasas más bajas que el resto del país- sobre un porcentaje del valor de la cuota de los créditos otorgados por el ProCreAr, ya que es imposible sostenerla en el tiempo.
4- Gestione la entrega del resto de las viviendas que han sido construidas y comercializadas bajo ProCreAr en el barrio Itaembé Guazú, de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones.
5- Remita todo documento, antecedente y cualquier otro elemento que estime útil, con la finalidad de dar luz a los requerimientos manifestados en el presente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El ProCreAr es un fondo fiduciario público denominado Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar, creado por Decreto 902/2012 del Poder Ejecutivo Nacional.
Además, establece la página oficial del ProCreAr que es una política pública federal que busca que las familias argentinas tengan la felicidad y la tranquilidad de acceder a su casa propia a través de un crédito hipotecario accesible mediante un sistema transparente, en el que los recursos estén puestos en llevar soluciones a quienes quieran obtener su primera casa
El Banco Hipotecario S.A es el fiduciario o vendedor del ProCreAr y existen otras entidades financieras como el Banco Santander Río S. A, en el caso de Misiones, quién es la responsable de entregar un préstamo hipotecario al comprador de la casa construida por el programa mencionado para así poder adquirirla, dinero que debe ser entregado al fiduciante. Siendo el monto establecido en algunos contratos de compra venta con hipoteca, el de Pesos Dos Millones Trescientos Cuarenta Mil ($ 2.340.000).
Por reuniones mantenidas con los “beneficiarios del ProCreAr”, hemos tomado conocimiento de la situación por la que atraviesan las familias que han obtenido el fondo público fiduciario denominado Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar ProCreAr, resultando evidente que dicho esquema no estaría cumpliendo con su principal finalidad, que las familias argentinas tengan la felicidad y la tranquilidad de acceder a su casa propia a través de un programa equitativo y sostenible.-
Más de 700 casas fueron construidas en Itaembé Guazú, de la Ciudad de Posadas, bajo el paraguas del Programa mencionado (717 viviendas según página oficial del Gobierno Nacional) y a la fecha han sido entregadas únicamente 70 viviendas, luego que las mismas se encontrasen abandonadas por un período de 2 o 3 años. El deterioro de las casas por el sólo hecho de no estar habitadas es evidente, y al ser ocupadas únicamente el 10% es decir 70 viviendas, fueron surgiendo problemas pequeños y/o graves en la construcción de las mismas, de los cuales algunos muy pocos pudieron solucionarse gracias a la predisposición de pocos obradores cuya presencia persiste en el ejido de las obras.
Los reclamos que se hacen vía telefónica (0800 de la página oficial del ProCreAr), son atendidos en un porcentaje muy bajo, aproximadamente 30 días después de que el beneficiario gestionó la revisión y posible solución del problema por su cuenta con el representante del obrador de la empresa respectiva, apelando a su buena voluntad, entendiendo que el plazo de garantía de obra se encuentra vencido hace muchos años. Desvirtuando así dicha figura (garantía de obra) que su principal función es subsanar deficiencias que puedan surgir con el paso del tiempo, la que se encuentra no solo establecido en la Ley Nacional de Obras Publicas Nº 13064 como así también en la Ley X – Nº 4 (antes ley 83) del Digesto Jurídico de la Provincia de Misiones,
Además de estos inconvenientes los beneficiarios de las viviendas mencionadas deben caminar entre 7 y 8 cuadras para acceder al servicio público de pasajeros y trasladarse hasta otro sector del barrio que cuenta con los servicios de recolección de residuos para depositarlos en contenedores preparados para ello, por no encontrarse habilitadas sus calles. Situación que se repite respecto de sus plazas, privando a las familias la posibilidad de disfrute de los lugares de esparcimiento en el sector. Poniendo de manifiesto que los beneficiarios fueron embaucados en este punto, atento a la información oficial que se brindó sobre el PROCREAR, y en especial dicha operatoria que se encuentra publicada en página oficial, la cual incluye la Infraestructura de servicios y espacios verdes.
Por otra parte, muchos de los “beneficiarios del ProCreAr” esperaron sus viviendas desde al año 2016, las cuales fueron entregadas recién en enero del año 2018, debiendo pagar una cuota elevada entre $8.400 y $12.000 sin saber cuál es el monto con el que se encontrarán al mes siguiente ya que el índice de actualización está sujeto a la inflación. Por lo que se desprende que el valor fijado en cada contrato de compra venta con hipoteca, de la vivienda única del programa que nos ocupa, es totalmente aleatorio considerando los vaivenes de la economía de la Argentina y mucho más elevado al valor inicial detallado en aquel contrato. Los beneficiarios ven cómo se agravan las condiciones de los préstamos que han adquirido, el capital aumenta de manera constante, ya que se actualiza de dicha forma, afectándoles también directamente en sus salarios el incremento del valor del préstamo. Teniendo en consideración que la inflación se presenta a pasos agigantados no yendo de la mano con el incremento de los salarios, lo que provoca malestar y desasosiego en el seno familiar ante la incertidumbre de saber si podrán afrontar en un futuro no muy lejano las cuotas del programa y demás necesidades básicas.
Situaciones éstas que no hace felices a ni una familia, por el contrario, las desestabiliza generando un sin número de reacciones que provocan mucha tristeza, desesperanza y angustia simplemente por querer cumplir con el sueño de la casa propia, sueño que el Estado Nacional les vendió y hoy no lo puede sostener.
Por lo expuesto es que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DERNA, VERONICA | MISIONES | FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO |
FRANCO, JORGE DANIEL | MISIONES | FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO |
DI STEFANO, DANIEL | MISIONES | FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO |
WELLBACH, RICARDO | MISIONES | FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO |
MORALES, FLAVIA | MISIONES | FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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09/04/2019 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |