TURISMO
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 431
Secretario Administrativo SRA. GASTAMBIDE ANA MARIA
Jefe SR. MATTOCIO JUAN CRUZ
Miércoles 10.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2423 Internos 2423/22
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 7535-D-2010
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA APROBACION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO, EL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2010, DE LA LEY 6637, QUE CREA EL INSTITUTO DE TURISMO PROVINCIAL, Y LA LEY 6638, QUE CREA EL PLAN CHACO EXPLORA 2015.
Fecha: 14/10/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 154
Expresar su
beneplácito por la aprobación de la Cámara de Diputados
de la provincia del Chaco, el 22 de septiembre de 2010, de
la Ley 6637, que crea el Instituto de Turismo provincial, y
la Ley 6638, que crea el Plan Chaco Explora 2015.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
I. ¿Cuáles fueron los proyectos
originales?
A. Creación del Instituto de Turismo de
la Provincia del Chaco (1)
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
CAPÍTULO I
NATURALEZA, OBJETO, ALACANCE, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES
ARTÍCULO 1º NATURALEZA: La naturaleza de esta ley es declarar al Turismo de Interés
Provincial como una actividad socioeconómica y cultural, estratégica y esencial para la
Provincia del Chaco, constituyendo la presente ley el marco legal para el desarrollo y la
promoción turística.
ARTÍCULO 2º OBJETO: La presente ley tiene por objeto el Desarrollo Integral de Turismo en
la Provincia, referidos a las medidas que al Estado Provincial le cabe en materia de protección,
conservación, creación, planificación investigación y aprovechamientos de atractivos y recursos,
resguardando su desarrollo sostenible y sustentable y al turista o visitante, en todo el territorio
de la Provincia.
ARTÍCULO 3º ALCANCE: Los entes públicos u
organismos privados que desarrollen actividades relacionadas con el turismo , así como los
prestadores de servicios turísticos deberán acogerse a la presente ley, sus Reglamentos y normas
complementarias.
ARTÍCULO 4º PRINCIPIOS: Son principios de la presente Ley:
A) El fomento, desarrollo y promoción del turismo receptivo, nacional e internacional.
B) La coordinación e impulso del crecimiento turístico planificado, en función de la mejora de
la calidad de vida de los residentes y de la conservación y preservación del patrimonio natural,
histórico y cultural.
C) El fomento y apoyo de la iniciativa pública,
privada y académica en materia de capacitación, creación y conservación de empleos generados
por la actividad turística.
D) El estímulo y el desarrollo de la actividad
turística como medio para contribuir al crecimiento económico y social de la Provincia,
generando condiciones favorables para la iniciativa y desarrollo de la inversión privada.
E) La revalorización de los atractivos y productos
turísticos existentes, la recuperación de los que se hallen depreciados y la búsqueda de otros
nuevos que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio y a la diversificación de la oferta
turística.
F) El posicionamiento de la Provincia del Chaco
como producto turístico competitivo en el ámbito del Mercosur y el Mundo.
G) El fomento de la conciencia a favor del turismo
mediante la difusión del conocimiento de los atractivos y productos turísticos disponibles y la
realización de campañas educativas.
H) El desarrollo integral de la salud mental y aprovechamiento del tiempo libre y ocio en la
revalorización de la identidad turística de las comunidades.
ARTÍCULO 5º.- DEFINICIONES: A los efectos
de la presente ley, se entiende por:
TURISMO, al conjunto de actividades originadas por el desplazamiento temporal y voluntario
de personas fuera de su lugar de residencia habitual, sin incorporarse al mercado de trabajo de
los lugares visitados.
RECREACIÓN, al conjunto de actividades que la persona realiza en su tiempo libre, fuera del
lugar de su residencia habitual, sin efectuar pernocte.
PATRIMONIO TURÍSTICO, al conjunto de bienes tangibles e intangibles, constituidos por los
atractivos y productos turísticos y las expresiones culturales, históricas, ecológicas y de la
naturaleza, capaces de generar actividad turística.
IDENTIDAD TURÍSTICA CHAQUEÑA, al conjunto de manifestaciones históricas, culturales,
de la naturaleza, la producción y las expresiones costumbristas propias del acervo de la
Provincia, emergentes de los auténticos valores de sus habitantes, sus etnias y de los
significados y contenidos que cada sitio o área posee como rasgo distintivo, tangible o
intangible, del producto turístico que generan.
ACTIVIDADES TURÍSTICAS, a aquellas actividades directa o indirectamente relacionadas al
turismo siempre que conlleven o no la prestación de servicios al turista o visitante y sean
susceptibles de generar consecuencias jurídicas. Ver Anexo
TURISTA, a la persona que se traslada temporal y voluntariamente fuera del lugar de su
residencia habitual, realizando al menos, un pernocte, recibiendo servicios turísticos durante su
desplazamiento e invirtiendo en sus gastos, recursos no provenientes de actividades laborales
desarrolladas en el centro receptivo.
EXCURSIONISTA O VISITANTE, a los sujetos que realizan actividades de recreación.
PRESTADORES TURISTICOS, a las personas físicas o jurídicas que en forma habitual y
permanente o transitoria, proporcionen u organicen servicios o desarrollen actividades turísticas
u otras directa o indirectamente vinculadas al turismo, sea en forma onerosa o gratuita, con fines
de lucro o sin él, dirigidos a los turistas o visitantes.
PROFESIONAL EN TURISMO, a la persona con titulo profesional habilitante en turismo,
otorgado por organismos o entidad reconocida a nivel provincial o nacional, que se desempeñe
en función de tal, en forma individual o colectiva, independiente o bajo relación de dependencia
en el ámbito público o privado.
CAPÍTULO II
INSTITUTO DE TURISMO DEL CHACO
ARTÍCULO 6° CREACIÓN: Créase el Instituto de Turismo del Chaco, como ente autárquico
del Estado Provincial, de conformidad con el inciso b) del artículo 4° de la ley 4.787 -de
Organización y Funcionamiento de la Administración Financiera del Sector Público Provincial.
ARTÍCULO 7º DOMICILIO: El Instituto de Turismo del Chaco tendrá domicilio, como sede
central de sus actividades y a todos los efectos legales, en la Ciudad de Resistencia y podrá
establecer delegaciones en distintas regiones de la Provincia, a los fines de la descentralización
de su gestión y efectivización de las políticas participativas de los programas a desarrollarse,
articulando con las áreas respectivas de los municipios.
ARTICULO 8º AUTORIDAD DE
APLICACIÓN: El Instituto de Turismo del Chaco será el organismo encargado de Aplicación
de la presente ley.
ARTÍCULO 9°: FUNCIÓN: El Instituto de Turismo del Chaco, es el organismo encargado de
asistir al Poder Ejecutivo en el diseño, ejecución y supervisión de la Política Turística Provincial
en materia de conservación, promoción, enriquecimiento, difusión, acrecentamiento y
transmisión a las generaciones futuras del patrimonio turístico de la Provincia del Chaco.
ARTÍCULO 10º OBJETIVOS: El Instituto de Turismo del Chaco, sin perjuicio de los que por
leyes o convenios especiales se le asignen, ejecutara las disposiciones de la Política Turística
orientando sus acciones emergentes ajustadas a objetivos:
A) Sociales
B) Culturales
C) Deportivos
D) De esparcimiento
E) Ecológicos
F) Físicos
G) De Salud
H) Económicos
I) De calidad
ARTICULO 11º FUNCIONES: Son funciones del Instituto de Turismo del Chaco:
A) Garantizar a los habitantes de la Provincia la igualdad en el acceso a los diversos bienes y
valores turísticos y culturales.
B) Preservar, enriquecer y difundir el patrimonio
turístico, cultural y natural.
C) Apoyar las manifestaciones turísticas y
culturales que afirmen la identidad local, regional, provincial, nacional y latinoamericana,
propiciando los procesos de organización comunitaria.
D) Entender en la formulación y ejecución de las
políticas turísticas de la Provincia del Chaco, con la participación de estructuras intermedias y
de la actividad privada.
E) Promover la creación y funcionamiento de
áreas de Turismo en los municipios, para la articulación de las políticas que se planifiquen y
ejecuten.
F) Declarar lugares turísticos de desarrollo
prioritario a aquellos que por sus características naturales, histórico-patrimoniales o culturales
constituyan un atractivo.
G) Categorizar, fiscalizar y participar en la
habilitación de los servicios turísticos, conforme la normativa vigente en cada caso, actuando en
coordinación con los organismos competentes.
H) Propender a la distribución equitativa y democrática de los recursos públicos destinados al
turismo.
I) Confeccionar anualmente con la participación del sector privado el calendario turístico
Provincial, en el cual deben figurar todos los eventos y actividades que juzgare de interés para la
Actividad Turística Provincial y Regional.
J) Crear, organizar, regular y administrar el
funcionamiento del Registro de Prestadores Turísticos, en forma directa o a través de los
organismos gubernamentales que se creen al efecto.
K) Informar y asistir al turista, proporcionándole información oficial de los servicios turísticos y
públicos a su disposición y otros datos generales de su interés.
L) Impulsar sanción de legislación que contemple
las normas para el desarrollo del turismo provincial.
M) Fortalecer la presencia Turística de la Provincia en escenarios regionales, nacionales e
internacionales.
N) Realizar los estudios estadísticos que apunten a definir las estrategias para satisfacer las
expectativas del mercado, por sí o en coordinación con otros sistemas de la actividad pública o
privada.
O) Elaborar y poner en marcha programas, planes y campañas de promoción y desarrollo
turístico en el orden provincial, nacional e internacional, con la participación del sector privado.
P) Propiciar la investigación de las aspiraciones y
demandas turísticas de la población y de los turistas.
Q) Crear, modificar y programar los circuitos turísticos dentro de la Provincia y la Región, que
hagan a su desarrollo.
R) Establecer políticas de promoción para nuevas
tendencias turísticas.
S) Fomentar el desarrollo de las pequeñas y
medianas empresas que tengan objetivos turísticos.
T) Fomentar y ejecutar programas especiales tendientes a la incorporación de niños, jóvenes y
personas adultas con capacidades diferentes, en la iniciación y práctica de actividades turísticas
y creativas, propendiendo a su efectiva integración e inclusión social.
U) Dar a publicidad las sanciones impuestas a los
infractores de la presente Ley.
ARTÍCULO 12º ATRIBUCIONES Y DEBERES: Serán atribuciones y deberes del Instituto de
Turismo del Chaco:
A) emprender acciones conjuntas con organismos públicos, del sector privado y/u
organizaciones no gubernamentales a fin de impulsar la dotación de infraestructura necesaria
para el desarrollo de los circuitos que se predeterminen.
B) Fomentar y apoyar la iniciativa que contribuya
a la promoción del turismo y a la excelencia de los servicios.
C) Proponer ante los organismos correspondientes
sistemas de créditos o financiamiento para el fomento y desarrollo de la infraestructura,
equipamiento y micro-emprendimientos de pequeñas y medianas Empresas del sector, en
concurso con otros organismos gubernamentales involucrados.
D) Crear y fomentar planes de desarrollo que involucren al conjunto de la comunidad tendientes
a satisfacer las necesidades de recreación de las personas con relación al tiempo libre.
E) Crear un sistema de información turística
apoyado en las nuevas tecnologías de almacenamiento y distribución de datos;
F) Fomentar y estimular el desarrollo de pequeñas
industrias artesanales y culturales que produzcan bienes de uso y consumo turístico;
G) Elaborar una guía turística de la Provincia del
Chaco y mantenerla actualizada, incluyendo en la misma las campañas vigentes contra la
explotación sexual comercial de niños/as y adolescentes.
H) Proponer la suscripción de convenios y acuerdos con organismos, entes públicos y privados
de distintas jurisdicciones municipales, provinciales, nacionales e internacionales;
I) Priorizar la capacitación integral de recursos
humanos articulando al sector público, al privado y al académico, poniendo especial énfasis en
la detección y prevención de la explotación sexual comercial de niños/as y adolescentes en el
turismo.
J) Participar en el diseño de políticas de seguridad
en protección al turista.
K) Fomentar la participación de todos los
habitantes de la Provincia, en las actividades relacionadas con el turismo.
L) Crear las herramientas necesarias para
posicionar a la provincia del Chaco como sede de congresos, ferias, exposiciones y
convenciones de toda índole.
M) Incorporar al producto turístico las actividades
deportivas, culturales, productivas y otras que se realicen en la Provincia.
N) Participar coordinadamente con la Secretaría de
Turismo de la Nación, las demás provincias y municipios y el sector privado, en la promoción
de grupos vacacionales, a través de instituciones, empresas, sindicatos y otras organizaciones
sociales.
O) Elaborar planes de manejo del turismo de la
Provincia del Chaco, a corto, mediano y largo plazo.
ARTÍCULO 13º GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN: La administración y gobierno del
Instituto de Turismo del Chaco, estará a cargo de: un Directorio compuesto por cinco
miembros, quienes se desempeñarán como Presidente, Vicepresidente y tres Vocales. Las
misiones y funciones serán establecidas por el decreto reglamentario de la presente ley. El
Presidente, y Vicepresidente serán designados por el Poder Ejecutivo y los Vocales serán
designados de la siguiente manera: un (1) vocal por el Poder Ejecutivo y dos (2) vocales por las
asociaciones de actividades vinculadas con el turismo. Toda la conformación del directorio debe
tener el acuerdo de la Cámara de Diputados.
El Presidente del Instituto percibirá una retribución equivalente a la de Ministro del Poder
Ejecutivo.
El Vicepresidente percibirá una retribución mensual correspondiente al 90% de la retribución
del Presidente.
Los Vocales recibirán una retribución mensual correspondiente al 80% de la retribución del
Presidente.
Hasta tanto el Instituto tenga aprobado su escalafón, se aplicará el vigente para el Escalafón
General de la Provincia.
Directores generales, directores y jefes de departamento, serán cargos de carrera del Turismo.
Para los cargos de directores generales y directores, se deberá contar indefectiblemente con
titulación universitaria relacionada al cargo, expedido por universidad provincial, nacional o
internacional debidamente reconocida, idoneidad o trayectoria demostrada.
Para cubrir los cargos vacantes en la actualidad y los que se creen en el futuro, el Poder
Ejecutivo deberá convocar a concurso de antecedentes entre el personal de Planta Permanente
de la actual Subsecretaría de Turismo en primera instancia. Si resultase desierta esta
convocatoria, se llamará a concurso en una segunda instancia entre el personal de planta del
Poder Ejecutivo Provincial. Si se declara desierta esta segunda instancia, podrá convocarse a
concurso de antecedentes entre el personal con contrato de servicios.
ARTÍCULO 14º CONDICIONES DE LOS CARGOS DEL DIRECTORIO: Para las
designaciones de los cargos del Directorio, no se requerirá de otro requisito que el de la
idoneidad en el quehacer turístico.
ARTÍCULO 15º FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE: Son funciones del
Presidente:
A) Ejercer el gobierno y la administración del Instituto de Turismo del Chaco.
B) Asumir la representación legal del Instituto de
Turismo del Chaco.
C) Asistir a las reuniones de Ministros del Poder
Ejecutivo en representación del Instituto.
d) Asesorar al Poder Ejecutivo en la definición de
las políticas públicas turísticas de la Provincia.
E) Celebrar contratos y convenios que resulten necesarios para el desenvolvimiento de las
actividades o consecución de los fines y objetivos del Instituto de Turismo del Chaco.
F) Elaborar el Manual de Misiones y Funciones de
la estructura jerárquica del personal del Instituto.
G) Diseñar anualmente el plan de acción del Instituto de Turismo del Chaco con inclusión de
actividades de apoyo, de los distintos programas a ejecutarse, de los objetivos a cumplir en el
período y el respectivo cálculo de recursos e inversión.
H) Proponer al Poder Ejecutivo el presupuesto
anual del Instituto de Turismo de la Provincia del Chaco.
I) Ejercitar en el ámbito de su competencia, toda otra facultad conferida al Poder Ejecutivo por
las leyes de presupuesto y administración financiera del sector público provincial.
J) Delegar en funcionarios del Organismo las
facultades que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones.
K) Diseñar la división del territorio de la Provincia
en regiones turísticas atendiendo a la diversidad turística, cultural y étnica.
L) Aceptar o rechazar donaciones, legados,
herencias u otros aportes.
M) Ejercer todos los demás actos necesarios para
cumplir los objetivos establecidos en la presente ley y los que se le asignen por vía
reglamentaria.
En los casos de las funciones detalladas en los
incisos e), f), g), k) y l) deberá contar con autorización del Directorio. En los restantes incisos,
pondrá en conocimiento del Directorio lo actuado.
ARTÍCULO 16º FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL VICEPRESIDENTE: Serán
funciones del Vicepresidente:
A) Colaborar con el Presidente en las acciones que éste le asigne, pudiendo reemplazarlo en los
casos y ámbitos en los que, por el ejercicio de la función, le resulte imposible su desempeño.
B) Supervisar y evaluar las acciones y programas
que se ejecuten.
C) Hacer cumplir el Manual de Misiones y
Funciones del Instituto de Turismo del Chaco.
D) Colaborar en la preparación del presupuesto de
recursos e inversión del Instituto.
E) Contribuir en el diseño del plan de acción del
Instituto de Turismo del Chaco.
F) Ejercer los actos necesarios que le asigne el
Presidente para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente ley.
ARTÍCULO 17º EJERCICIO DE LOS CARGOS: El Presidente, Vicepresidente y Vocales
deberán ser ciudadanos argentinos, con no menos de cinco años de residencia inmediata en la
Provincia.
No podrán ejercer dichos cargos:
A) Quienes tengan relaciones comerciales y
financieras con el Instituto de Turismo del Chaco.
B) Quienes se encuentren condenados por delitos cometidos contra el Estado.
C) Los condenados en causa penal por delitos
comunes cometidos con dolo.
D) Los inhabilitados legalmente.
E) Los comprendidos en las inhabilidades de
orden ético o legal que, para los funcionarios de la Administración Pública, establece la
reglamentación vigente.
F) Los que se encuentren desempeñando cargos
electivos nacionales, provinciales o municipales, mientras no les sea aceptada su renuncia
indeclinable al mismo.
ARTÍCULO 18º ORGANIZACIÓN Y FORMAS DE GESTIÓN: El Instituto de Turismo del
Chaco organizará sus actividades a través de programas permanentes y programas temporales
específicos.
A) Programas Permanentes: serán aquellos destinados al mantenimiento de las estructuras
administrativas del Instituto de Turismo del Chaco y al desarrollo de las actividades que
garanticen el goce de los derechos declarados por esta ley.
B) Programas Temporales: serán aquellos
destinados a la ejecución de acciones turísticas específicas no permanentes, adoptados como
estrategia de gestión.
ARTÍCULO 19º PROGRAMACIÓN Y FINANCIAMIENTO: Los Programas Permanentes y
Temporales serán diseñados, implementados y ejecutados de acuerdo con los criterios y
principios que en materia presupuestaria adopte la Provincia del Chaco, enfatizando la
eficiencia y la consecución efectiva de los fines y objetivos propuestos en esta ley.
CAPÍTULO III
RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO
ARTÍCULO 20º FONDO PROVINCIAL DE TURISMO: Créase el Fondo Provincial de
Turismo que se constituirá con el equivalente al 1%, como mínimo, del presupuesto general
anual de la Provincia del Chaco. El Instituto de Turismo del Chaco administrará los recursos
destinados al financiamiento de las políticas turísticas, que se integrarán de la siguiente manera:
A) El Fondo Provincial de Turismo.
B) Los que por ley de presupuesto se le asigne.
C) Los que provengan de actividades propias del
Instituto.
D) Los afectados por normas y convenios
específicos.
F) Los provenientes de subsidios, legados y
donaciones.
G) Todo otro ingreso no previsto en los artículos
anteriores y que se derive de la aplicación de la presente ley.
H) Los recursos que se destinen para el
financiamiento de las políticas turísticas tendrán carácter inembargable en el marco de la calidad
de derecho social inalienable que declara esta ley.
El Fondo Provincial de Turismo referido en el inciso A) de este artículo se distribuirá: un 84,5%
para el Instituto creado por esta ley y un 15,5% para los municipios. Entre ellos se aplicarán los
coeficientes de la ley 3.898.
Los municipios deberán aplicar éstos fondos a
programas turísticos, aprobados previamente por el Instituto.
Vencido cada ejercicio presupuestario, las partidas no ejecutadas se incorporarán a las partidas
presupuestarias del nuevo ejercicio en las proporciones previamente establecidas.
ARTÍCULO 21º ADMINISTRADOR FIDUCIARIO: El Instituto de Turismo del Chaco, tendrá
facultad para constituirse en administrador fiduciario de fideicomisos públicos o privados para
el cumplimiento específico de determinadas políticas turísticas, en el marco de lo dispuesto por
la presente ley y la ley nacional 24.441.
ARTÍCULO 22º INVERSIÓN DEL ESTADO PROVINCIAL: El Estado Provincial tiene la
obligación irrenunciable e ineludible de invertir en políticas públicas turísticas garantizadas a
través de la asignación regular de los recursos establecidos en el artículo ARTICULO 20.
La participación privada sólo será entendida como complemento de la estatal y será estimulada
sin que implique delegar el diseño e implementación de la política turística.
CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS
ARTÍCULO 23º PLANTA FUNCIONAL: La planta funcional del Instituto de Turismo del
Chaco estará constituida por:
A) Los agentes de planta permanente y transitoria de la ex Subsecretaría de Turismo, los que
serán transferidos en su respectiva situación de revista.
B) El personal de otras jurisdicciones, cualquiera
sea su situación de revista o de escalafón que al momento de vigencia de esta ley, cumplieren
funciones en el instituto y solicitaren su incorporación como agentes del mismo y que por su
experiencia, idoneidad o capacitación cuenten con la expresa aceptación del Instituto.
C) El personal que en función de las necesidades
del Instituto se incorporare a través de los mecanismos establecidos por las normativas vigentes.
ARTÍCULO 24º NORMATIVA DEL PERSONAL: El personal del Instituto de Turismo del
Chaco, estará comprendido en la normativa vigente para el personal de la Administración
Pública Provincial.
ARTÍCULO 25º PLANTA PERMANENTE Y TRANSITORIA: Para la conformación de las
plantas permanente y transitoria del Instituto de Turismo del Chaco, el Presidente queda
expresamente facultado para definir y modificar el modelo de estructura funcional que resulte
más adecuado al cumplimiento de los objetivos institucionales y aprobar la planta orgánica del
Instituto, pudiendo reasignar las funciones de sus agentes en el marco de la normativa vigente,
respetando los derechos adquiridos por el personal que, con anterioridad a la sanción de la
presente, cumple funciones en la Subsecretaría de Turismo.
ARTÍCULO 26º DEL PATRIMONIO: Transfiéranse al patrimonio del Instituto de Turismo del
Chaco todos los bienes de dominio y afectados al funcionamiento de la ex Subsecretaría de
Turismo. A tal efecto, la Contaduría General de la Provincia, la Fiscalía de Estado y la Asesoría
General de Gobierno tomarán la intervención que les compete. Estos bienes no podrán incluirse
dentro de fondo fiduciario alguno.
ARTÍCULO 27º AFECTACION Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS HUMANOS:
Facúltese al Poder Ejecutivo a realizar la afectación y transferencia de los recursos humanos de
la Administración Pública Provincial que por su perfil, formación y desempeño en el campo del
turismo y de la preservación del patrimonio, resultaren aptos para desempeñarse en el ámbito
del Instituto de Turismo del Chaco. Para ello se abrirá un llamado a inscripción luego de la
reglamentación de la presente ley, por un plazo de ciento ochenta días lo que deberán contar con
la expresa aceptación de ese Organismo.
ARTÍCULO 28º MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS: El Poder Ejecutivo
instrumentará las modificaciones que resulten necesarias al Presupuesto de la Provincia del
Chaco, para el cumplimiento de lo establecido en esta ley.
CAPITULO V
CONSEJO CONSULTIVO DE TURISMO
ARTÍCULO 29º CONSEJO CONSULTIVO: Consejo Consultivo de Turismo con funciones de
asesoramiento y estudio según ley Provincial 5217.
CAPÍTULO VI
PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS
ARTICULO 30º DERECHOS DE LOS PRESTADORES TURÍSTICOS: Los prestadores
turísticos inscriptos en el Registro de Prestadores Turísticos de la Provincia del Chaco, tienen
los siguientes derechos:
A) Recibir asesoramiento técnico en estudios de
mercado e información específica inherente a estudios de la oferta y demanda turística.
B) Recibir asesoramiento por parte del Organismo
de Aplicación en lo que atañe a la gestión de créditos, estímulos y facilidades, destinados a la
ampliación, instalación y mejora de los servicios que presta; participar de los programas de
capacitación turística que lleve a cabo o promueva el Organismo de Aplicación.
C) Participar en los Centros de Informes de que el
Organismo de Aplicación disponga, con material promocional; formar parte de las campañas de
promoción turística de la Provincia del Chaco donde participe el Organismo de Aplicación.
D) Participar en los programas informáticos del
Organismo de Aplicación; obtener del Organismo de Aplicación cuando proceda, su
intervención y respaldo en las gestiones que realice ante otros organismos públicos.
E) Participar en los programas de turismo social
implementados por el Organismo de Aplicación.
F) Obtener reconocimiento de la categoría que corresponda a la clase de los servicios que
prestan para lo cual el Organismo de Aplicación provee una identificación fácilmente
reconocible; los que surjan de esta Ley, sus reglamentaciones y normas complementarias y
específicas de cada prestador.
ARTICULO 31º: OBLIGACIONES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS
TURÍSTICOS: Son obligaciones de los Prestadores de Servicios Turísticos:
A) Cumplir con las disposiciones de esta Ley, sus reglamentaciones y normas complementarias,
realizando su labor en el marco ético profesional que garantice el armónico e integral desarrollo
del turismo en el ámbito de la Provincia del Chaco;
B) Brindar los servicios a los turistas en términos
convenidos y en un todo de acuerdo a la información suministrada por el prestador al
Organismo de Aplicación conforme a lo dispuesto en la presente Ley, sus reglamentaciones,
normas afines y complementarias y en la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios;
C) Suministrar al Organismo de Aplicación los
datos y la información que aquel le solicite referidos a su actividad a los fines estadísticos;
D) Realizar su publicidad y promoción sin alterar
o falsear la identidad turística de la Provincia del Chaco, informar con veracidad sobre los
servicios que ofrece y acerca de la existencia de los delitos vinculados a la explotación sexual
comercial infantil y de sus sanciones, cumplir con lo ofertado, publicado y/o con los requisitos
mínimos establecidos para cada categoría;
E) Brindar las facilidades necesarias a las personas con necesidades especiales y a las personas
de la tercera edad en condiciones que se garantice su seguridad y comodidad.
F) Poner a la vista de los usuarios y consumidores,
en forma visible y legible, en idioma español, inglés y portugués como mínimo, el teléfono,
dirección y horarios de atención de las autoridades de aplicación de la presente ley y de la Ley
de Protección de los Derechos de los Consumidores y Usuarios o aquella que en el futuro la
reemplace.
ARTICULO 32º PRONUNCIAMIENTO PREVIO: En aquellos casos en que la prestación de
un servicio turístico requiera del otorgamiento de una concesión, permiso o autorización de otra
Dependencia o Entidad Pública, éstas solicitarán en cada caso y previamente el
pronunciamiento de la Autoridad de Aplicación, en el cual se informe sobe los aspectos
correspondientes a su competencia.
CAPITULO VII
REGISTRO DE PRESTADORES TURÍSTICOS.
ARTÍCULO 33º CREACIÓN: Créase el Registro de Prestadores Turísticos de la Provincia del
Chaco dependiente del Organismo de Aplicación de la presente Ley, en el que deberán
inscribirse los Prestadores de Servicios Turísticos, como condición previa a su oferta,
contratación y desempeño de los mismos. La reglamentación determinará la forma y
condiciones de la inscripción y las distintas categorías de la actividad y proveerá a los
prestadores inscriptos un Certificado de Aptitud Técnica identificatorio que tendrá un año de
vigencia y al vencimiento deberá ser renovado.
ARTICULO 34º REQUISITOS: Para se r inscriptos en el registro , los Prestadores deberán
cumplimentar los siguientes requisitos:
Constituir domicilio en el ámbito de la Provincia.
Presentar declaración jurada de los bienes
patrimoniales afectados a la actividad turística, condiciones en que se encuentran y
especificación del o los servicios que presta.
Estar debidamente inscriptos en los organismos recaudadores de impuestos y no registrar deudas
por impuestos vencidos con atrasos superiores al año.
ARTÍCULO 35º VERIFICACIÓN: Es atribución del Organismo de Aplicación efectuar
inspecciones de verificación a los Prestadores de Servicios Turísticos inscriptos a fin de
constatar el debido cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley, en su
reglamento y en las normas que en su consecuencia se dicten.
ARTICULO 36º SANCIONES: En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas
para los prestadores inscriptos en el registro, el Organismo de Aplicación debe imponer las
sanciones de conformidad a lo establecido en la reglamentación pertinente.
CAPÍTULO VIII
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE
LOS TURISTAS
ARTÍCULO 37º DERECHOS: Los turistas, con independencia de los derechos que les asisten
como consumidores, tendrán en los términos previstos en esta Ley, los siguientes derechos:
A) Recibir información útil, precisa, veraz y detallada, con carácter previo, sobre todas y cada
una de las condiciones de prestación de los servicios turísticos;
B) Obtener los bienes y servicios turísticos en las
condiciones contratadas;
C) Obtener los documentos que acrediten los
términos de su contratación, y en cualquier caso, las correspondientes facturas o comprobantes
fiscales legalmente emitidas;
D) Recibir del prestador de servicios turísticos, los
bienes y servicios de calidad, acordes con la naturaleza y cantidad de la categoría que ostente el
establecimiento elegido;
E) Disfrutar el libre acceso y goce de todo el
patrimonio turístico, así como su permanencia en las instalaciones de dichos servicios, sin más
limitaciones que las derivadas de los reglamentos específicos de cada actividad.
F) Contar con las condiciones de higiene y
seguridad de sus personas y bienes en las instalaciones y servicios turísticos, en los términos
establecidos en la legislación correspondiente.
ARTÍCULO 38º OBLIGACIONES: Son obligaciones del turista:
A) Observar las normas usuales de convivencia en los establecimientos turísticos;
B) Respetar el entorno natural y patrimonio cultural de los sitios en los que realice una actividad
turística;
C) Acatar las prescripciones particulares de establecimientos y empresas cuyos servicios
turísticos disfruten o contraten y, particularmente las normas y reglamentos de uso.
D) Pagar el precio de los servicios utilizados en el momento de la presentación de la factura o
del documento que ampare el pago en el plazo pactado
CAPÍTULO IX
TURISMO ESTUDIANTIL
ARTICULO 39º DEFINICIONES: A los efectos del presente capítulo se entenderá a Turismo
Estudiantil a:
VIAJES DE ESTUDIOS, actividades formativas integradas a la propuesta curricular de las
escuelas, que son organizadas y supervisadas por las autoridades y docentes del respectivo
establecimiento educativo.
VIAJES DE EGRESADOS, actividades turísticas
realizadas con el objeto de celebrar la finalización de un nivel educativo o carrera, que son
organizados con la participación de los padres o tutores de los alumnos , ajenas a la propuesta
curricular de las escuelas.
ARTICULO 40º REQUISITOS DE LAS AGENCIAS: Las Agencias de viajes que operen en
Turismo Estudiantil, en el ámbito de la Provincia del Chaco, deberán cumplir con los requisitos
establecidos por la Secretaría de Turismo de la Nación para Turismo Estudiantil , los requisitos
de inscripción establecidos en el Capítulo VII de esta Ley y cumplir con la presentación de una
declaración jurada que contenga la siguiente información:
Personal de la Empresa que atenderá el Área de Turismo Estudiantil.
Nombre de la o las personas, edad, número de documento, domicilio, estudios cursados y
antigüedad que revista en la empresa, que estarán a cargo de la atención, coordinación,
acompañamiento y control del cumplimiento de los compromisos en los lugares de destino de
los viajes.
Listado de vehículos que realizarán los servicios turísticos y de los que harán las excursiones
complementarias, debiéndose adjuntar copia autenticada de la documentación de cada unidad,
certificado de cobertura del seguro de responsabilidad civil de transportados y no transportados,
acompañado por el recibo de pago total de de la Póliza.
Fotocopia autenticada por el titular de la agencia del modelo de contrato a utilizar para la venta
de servicios y que una vez autorizado no podrá ser modificado.
Antes de la partida del contingente, la empresa deberá presentar antes las autoridades del
organismo, toda la documentación pertinente detallada en el presente capítulo, sin perjuicio que
pueda ser exigido algún otro requisito.
ARTICULO 41º PRESENTACIONES: El cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere
el ARTÍCULO 40º será obligatorio en el futuro para todas las temporadas de turismo
estudiantil, su presentación deberá efectuarse antes del 30 de Marzo de cada año.
ARTICULO 42º CONOCIMIENTO: Transcurrido el plazo fijado para la presentación de los
requisitos solicitados a las Agencias de Turismo Estudiantil, el Organismo de Aplicación,
pondrá en conocimiento al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la
Provincia, la nómina de Agencias que brindan el servicio de Turismo Estudiantil, que han
cumplimentado a la presente ley.
CAPÍTULO X
MECANISMO Y PROCEDIMIENTO
ARTÍCULO 43º MECANISMO: Se disponer el
mantenimiento de la estructura y régimen de funcionamiento de la ex Subsecretaría de Turismo,
conforme a la legislación vigente, hasta tanto se implementen los mecanismos y procedimientos
necesarios para el funcionamiento del ente que se crea por esta ley. El plazo para la adecuación
no podrá exceder de ciento ochenta días a partir de la promulgación de la presente.
ARTÍCULO 44º PROCEDIMIENTO: El Poder Ejecutivo procederá a reglamentar la presente
ley, dentro de los sesenta días posteriores a su promulgación.
ARTÍCULO 45º : Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTO
El turismo es en la actualidad una de las ramas más importantes del sector servicios y de las de
mayor crecimiento a nivel mundial. Si el turismo ha representado una actividad importante para
la economía mundial, en tanto fenómeno masivo y actividad que requiere de una gran
infraestructura y complejos servicios que no siempre han tenido una adecuada planificación,
Aunque el crecimiento de la actividad se ha sustentado en el llamado modelo turístico
convencional de "avión, hotel, playa", esté modelo empezó ha presentar síntomas de
agotamiento y de crisis, fenómeno que se observa en ciertas zonas del mediterráneo europeo.
De hecho, ante la perdida de la calidad y el valor de la vacación ofrecida por el modelo turístico
convencional, producto de la estandarización de la oferta y de los servicios, del manejo
impersonal de los visitantes y la transformación de los viejos criterios de servicio en auténticos
sistemas de "procesamiento del turista", ha surgido y crece en los países desarrollados una
nueva corriente turística: el llamado turismo alternativo
La nueva corriente turística se dice, es resultado de los cambios en los valores y hábitos de vida
ocurridos en las poblaciones de los países desarrollados, que procuran mejorar su calidad de
vida.
Estas poblaciones con altos ingresos, con más tiempo libre, sometidas a las tensiones y a la
despersonalización de las ciudades y de la vida industrial, así como crecientemente preocupadas
por mejorar su calidad de vida demandan servicios turísticos en los que encuentren satisfacción
a una diversidad de intereses, atención personalizada, destinos vacacionales naturales y un
ambiente limpio. Según las encuestas internacionales de 1994, uno de cada dos turistas
alemanes, consideraba la calidad ambiental como un elemento esencial en la decisión de su
destino vacacional y el 38 % de los turistas ingleses la consideraba como el elemento básico
para decidir regresar a un destino vacacional.
De acuerdo a los datos de la Organización Mundial de Turismo (OMT), el segmento turístico
que actualmente experimenta el más acelerado crecimiento es el llamado turismo "alternativo",
es decir el turismo que tiene como destino la naturaleza y que incluye todas aquellas practicas
turísticas conocidas como turismo especializado: turismo de aventura, científico, cinegético,
montañismo, campismo, buceo, safari fotográfico, canotaje, espeleología, ecoturismo y otros,
que nuestro Chaco está en condiciones de ofrecer.
Este tipo de turismo genero en 1989 alrededor del 7% del gasto total en viajes internacionales y
significo una importante entrada de divisas para los países receptores de mismo. En Kenia, en
1994, los safaris generaron 400 millones de dólares. En las Maldivas (nación de 1190 pequeñas
islas en el océano Indico), uno de los destinos de buceo mas grandes del mundo, el turismo
constituyo en 1993 mas del 80 % de su PIB. En Costa Rica el turismo de historia natural, de
aventura tropical y de contemplación de aves silvestres representó más del 75 % de su turismo
general (684,000), siendo la segunda fuente de divisas, en 1993 estas actividades turísticas
generaron 577.4 millones de dólares. Las barreras de coral de Belice reciben alrededor de
128,000 turistas anualmente dejando una derrama superior a los 20 millones de dólares.
En nuestro país, el turismo es considerado como un sector estratégico para el desarrollo
económico nacional, en tanto captador de divisas y generador de empleos.
Sabemos que el turismo como fenómeno de desplazamiento de un lugar de residencia
permanente a otro temporal, no solo es un movimiento de personas que implica transporte,
alojamiento y alimentación, sino es un fenómeno social complejo, con múltiples facetas que
involucran la esfera de lo económico, lo social-cultural y lo ambiental. Mediante el turismo se
pretende satisfacer necesidades vitales, culturales o deseos personales del diverso tipo. Es decir,
en tanto practica social, el turismo no está condicionado por un instinto biológico, sino que
depende de un sistema de valores colectivos dominantes que estructura un conjunto de roles
económicos y sociales orientados hacia el fin. El turismo como actividad económica
corresponde a una racionalidad dominante y tiene como objetivo la generación de ganancia.
La crisis del modelo turismo convencional y la creciente preocupación de las poblaciones de los
países desarrollados por mejorar su calidad de vida propiciaron un cambio en la demanda
turística. Dichos cambios se enmarcan en la gran transformación social.
En esta transformación de la sociedad contemporánea la llamada crisis ambiental ha jugado un
papel central. Efectivamente, la creciente contaminación de la atmósfera, los suelos y el agua; la
perdida de múltiples especies de la flora y la fauna; la destrucción de la capa de ozono, etc, que
en conjunto y a largo plazo representan un peligro para la sobrevivencia humana, pero que en lo
inmediato se traducen en una perdida de la calidad de vida, han sido determinantes para que en
los últimos 20 años surgieran los movimientos sociales conservacionistas, ecologistas y
ambientalistas y para que entre los gobiernos y las poblaciones en general, se haya empezado a
buscar y en algunos casos adoptar, nuevas formas de desarrollo que se adecuen por una parte a
los requerimientos de transformación y aprovechamiento de la naturaleza y por la otra, a la
necesidad de su conservación como condición para preservar la propia existencia humana. Es en
este marco que surge el concepto de desarrollo sustentable.
Efectivamente la creciente preocupación ambiental fue determinante para el surgimiento de la
corriente turística que tiene como destino la naturaleza, que es la de mayor crecimiento a nivel
mundial. Así, actualmente no solo se habla de convertir al turismo en una actividad sustentable,
sino que se hacen referencias al turismo ecológico, al turismo verde, al turismo naturaleza y al
ecoturismo, como concreción de la sustentabilidad.
Sin embargo, el creciente interés por destinos turísticos naturales no bastaría para pensar que la
actividad se transforma o se vuelve más sustentable. El asunto es más complejo, el turismo
como practica social como ya se mencionó, corresponde a una racionalidad dominante y la sola
modificación del destino turístico no implica una transformación en la práctica social ni en la
práctica económica. Si la nueva corriente turística puede expresar los cambios ocurridos en los
turistas que cansados de la uniformidad buscan nuevas experiencias, ello no significa que tengan
una nueva actitud frente a la naturaleza o que utilicen de manera diferente el tiempo libre, es
decir no implica necesariamente un cambio en el rol turístico ni en las instituciones encargadas
de producir y reproducir la practica turística, y mucho menos, significa una modificación en la
practica económica, cuyo objetivo sigue siendo la generación de la ganancia.
Efectivamente el turismo es una actividad económica que se organiza de acuerdo a la
orientación económica dominante cuyo objetivo es la máxima y rápida rentabilidad de la
inversión. La magnitud y ritmo de su crecimiento, la falta de planeación ambiental (inserción en
planes de ordenamiento ecológico, estudios de impacto ambiental, capacidad de carga de los
ecosistemas, etc) y el hecho de que la promoción de esta actividad sea realizada por agencias de
viajes interesadas en la captación de la demanda más que la preservación de los recursos
naturales, está generando una situación extremadamente peligrosa para los ecosistemas
singulares y frágiles, reservas naturales y áreas protegidas de una gran riqueza biológica, en los
que preferentemente se desarrolla la nueva actividad turística.
Si bien las nuevas practicas turísticas expresan las transformaciones ocurridas en la sociedad
contemporánea en torno a la revaloración de la naturaleza y a la utilización del tiempo libre,
también presentan importantes diferencias entre si. Aunque todas tienen en común la naturaleza
como destino; algunas solo representan un nuevo destino turístico, pero otras (particularmente el
Ecoturismo) representan una modificación radical de la propia practica social (al modificar el
rol turístico y las instituciones encargadas de reproducir la practica turística) y constituyen una
transformación en la actividad económica.
Efectivamente, mientras el turismo alternativo
natural se perfila como un segmento turístico que promueve actividades relacionadas con la
naturaleza, en atractivos paisajes naturales poco intervenidos, preferiblemente en áreas
naturales, y que van desde actividades científicas, observación de fauna, fotografía del ambiente
natural, actividades cinegéticas (pesca y caza) así como también deportivo y de aventura; el
ecoturismo además, se caracteriza por una nueva actitud del turista frente a la naturaleza, que
implica una valoración ética de la misma y la preocupación por su conservación; una utilización
distinta del tiempo libre; por demandar un servicio mas personalizado que mejore su calidad de
vida, y que se refleje en beneficios para la comunidad anfitriona.
El ecoturismo no solo es un viaje orientado a la naturaleza, sino que constituye una nueva
concepción de la actividad, tanto como practica social y como práctica económica. Tiene como
objetivo mejorar las condiciones de vida de las poblaciones receptoras, al mismo tiempo que
preserva los recursos y el medio ambiente, compatibilizando la capacidad de carga y la
sensibilidad de un medio ambiente natural y cultura con la práctica turística.
Desde el punto de vista de quien proporciona el servicio, el ecoturismo puede potencialmente
implicar una reapropiación social de los recursos naturales, así como de la gestión del servicio y
la apropiación de los beneficios. También posibilita una nueva organización productiva y social
que permita mejorar la calidad de vida de la población y articular relaciones sociales de
cooperación y solidaridad humana. De aquí que representa una reconceputalización de la
naturaleza y del aprovechamiento de los recursos turísticos, así como del papel que juega la
población local en el modelo, no únicamente como instrumento operativo de los servicios
turísticos, sino como el fin ultimo del desarrollo.
Es por ello que es necesario una readecuación de las Políticas Turísticas de la Provincia,
surgiendo así la necesidad de la creación del Instituto de Turismo con independencia económica
para poder proyectar Planes y Programas adecuados para el desarrollo del Turismo provincial.
Ante lo expuesto, solicito a este Cuerpo nos acompañen con la aprobación de este proyecto de
Ley.
ANEXO
ACTIVIDADES COMPRENDIDAS CONFORMELA CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL
UNIFORME DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL
DE TURISMO
ACTIVIDADES DIRECTAMENTE VINCULADAS CON EL TURISMO
Servicio de alojamiento:
Servicios de alojamiento en camping o refugios de
montes
Servicio de alojamiento en hoteles, hosterías,
hostel, cabañas, bungalow, aparts, albergues y residenciales similares, excepto por hora, que
incluyen restaurantes.
Servicio de alojamiento en hoteles, hosterías,
hostel, cabañas, bungalow, aparts, albergues y residenciales similares, excepto por hora, que no
incluyen restaurantes.
Servicios de hospedaje en estancias y albergues
juveniles.
Servicios de apartamento de tiempo compartido.
Agencias de viajes:
Servicios de empresas de viajes y turismo.
Servicios de agencias de turismo y agencias de
pasajes.
Servicios de agencias de pasajes.
Transporte:
Servicios de transporte aerocomercial
Servicio de alquiler de aeronaves con fines
turísticos.
Servicios de excursiones en trenes especiales con
fines turísticos.
Servicios de excursiones fluviales con fines
turísticos.
Servicios de excursiones marítimas con fines
turísticos.
Servicios de transporte automotor de pasajeros
para el turismo.
Servicios de alquiler de equipos de transporte
terrestre sin operación ni tripulación.
Servicios Profesionales:
Servicios de Licenciados en Turismo
Servicios de Técnicos en Turismo.
Servicios de Guías de Turismo.
Otros Servicios:
Servicios de centros de pesca deportiva.
Servicios de centros de turismo salud, turismo
termal o similares.
Servicios de centros de turismo aventura,
ecoturismo o similares.
Servicios de otros centros de actividades
vinculadas con el turismo.
Alquiler de bicicletas, motocicletas, cuatriciclos,
equipos de caza y pesca u otros artículos relacionados con el turismo.
Servicios de jardines botánicos, zoológicos y de
parques nacionales.
Servicios de parques de diversiones, parques
temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio.
Servicio de explotación de playas y parques
recreativos.
Servicios de museos y preservación de lugares y
edificios históricos.
Servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones:
Servicio de alquiler y explotación de inmuebles
para ferias, congresos y convenciones.
Servicios empresariales vinculados con la
organización de ferias, congresos o convenciones.
Servicios de alquiler de equipamiento para la
realización de ferias, congresos o convenciones.
2. ACTIVIDADES INDIRECTAMENTE VINCULADAS CON EL TURISMO
Gastronomía:
A) Servicios de café, bares y confiterías.
B) Servicios de restaurantes y cantinas.
C) Servicios de salones de baile y discotecas.
D) Servicios de restaurante y cantina con
espectáculo.
Otros Servicios.
Venta al por menor de artículos regionales de
talabartería de cuero, plata, alpaca y similares.
Venta al por menor de artículos y artesanías
regionales.
Venta de antigüedades.
B. Plan Chaco Explora 2015-Plan
Estratégico de Turismo Sustentable 2015 (2)
La Legislatura de la provincia del Chaco.
Sanciona con fuerza de Ley.
Artículo 1: Plan Estratégico. Establézcase como política publica del Estado Provincial en
materia turística, El Plan Chaco Explora 2015 - Plan Estratégico de Turismo Sustentable 2015
para la Provincia del Chaco.
Artículo 2: Definición de la Visión al 2015. La expresión de la imagen turística deseada para la
Provincia del Chaco en el mercado turístico en el mediano plazo será transmitida a través de la
siguiente conceptualización:
Chaco, un destino turístico de referencia regional,
con un modelo de desarrollo que respeta su diversidad y con actuaciones de promoción
coherentes e innovadoras.
Con una marca mítica, El Impenetrable, referente
internacional en turismo de naturaleza y comunitario.
Con una capital de importancia estratégica, Resistencia, capital cultural, deportiva y financiera
del Litoral; capital nacional de las esculturas y referente regional en turismo de reuniones.
Como así también líder en pesca deportiva, turismo rural y científico. Con una gastronomía
auténtica, servicio de calidad y con la inconfundible calidez del pueblo chaqueño.
Artículo 3: El modelo de desarrollo turístico. Se establece para la provincia del Chaco un
modelo de desarrollo turístico, que actúe por polos. En cada uno de ellos se establecen
programas y proyectos que concretan el desarrollo turístico. Sin perjuicio de los programas y
proyectos transversales a todos los polos y el proyecto especial: "la gastronomía chaqueña"
Artículo 4 Definición de Polos de desarrollo. A los fines de la presente ley se considerará polo
de desarrollo: a un territorio que se diseña integralmente, y en el que a partir de la definición
inicial de su conceptualización se procede a su estructuración turística. Para ello se actúa sobre
la infraestructura y servicios públicos, como en el fomento de las inversiones privadas en
infraestructura turística y de otros sectores relacionados.
Artículo 5: Relación con las UDT. Se deja expresamente aclarado que las definiciones de los
polos de desarrollo turístico de la provincia del Chaco son conceptuales. Esto significa que las
acciones vinculadas al desarrollo turístico, que ejecute el organismo de aplicación de la presente
y otros organismos del sector público, respetarán y se vincularan con las Unidades de Desarrollo
Territorial (UDT) establecida por la Secretaria de Planificación de la Provincia del Chaco.
Artículo 6: Los polos de desarrollo turístico del Chaco. Se definen tres polos de desarrollo
turístico para la Provincia del Chaco. El polo Nº1, Litoral Chaqueño; el polo Nº2 Centro
Chaqueño y el polo Nº3, el Impenetrable Chaqueño.
Artículo 7: Ámbito territorial del polo Litoral Chaqueño. El mismo está constituido por los
siguientes municipios: 1.Resistencia, 2.Barranqueras, 3.Isla del Cerrito, 4.Colonia Benítez,
5.Margarita Belén, 6. Las Palmas, 7.General Vedia,8. Puerto Bermejo, 9.Puerto Eva Perón,
10.Puerto Tirol, 11.Fontana, 12.Colonia Popular, 13.Lapachito, 14.Makallé, 15.La Verde, 16.La
Escondida, 17.Puerto Vilelas, 18.Basail, 19.Cotelai, 20.Charadai, y 21. La Leonesa.
Artículo 8: Definición conceptual del polo Litoral Chaqueño. Se desarrollará un espacio urbano
con una vida cultural, deportiva y financiera de referencia regional, combinado con un espacio
natural respetuoso del medio ambiente, y con actividades estructuradas donde se destaquen el
ecoturismo y la pesca deportiva.
Artículo 9: Ámbito territorial del polo Centro
Chaqueño. El mismo está constituido por los siguientes municipios: 1.Presidencia Roque Sáenz
Peña, 2.Avia Terai, 3.Concepción del Bermejo, 4.Pampa del Infierno, 5.Los Frentones,
6.Napenay, 7.Campo Largo, 8.Las Garcitas, 9.Capitán Solari, 10.Colonia Elisa, 11.Presidencia
de la Plaza, 12.Machagai, 13.Quitilipi, 14.Villa Berthet, 15.Charata, 16.Hermoso Campo,
17.Gancedo, 18.General Capdevila, 19.General Pinedo, 20.Las Breñas, 21.Corzuela, 22.Villa
Ángela, 23.La Tigra, 24.La Clotilde, 25.San Bernardo, 26.Samuhu, 27.Enrique Urien,
28.Coronel Du Graty, 29.Santa Sylvina, 30.Chorotis, 31.General San Martín, 32.La
Eduvigis,33. Pampa Almirón, 34.Ciervo Petiso, 35.Colonias Unidas, 36.Laguna Limpia,
37.Presidencia Roca, 38.Pampa del Indio, y 39 Laguna Blanca.
Artículo 10: Definición conceptual del polo Centro Chaqueño. Se desarrollará un espacio donde
convivan productos de calidad orientados a públicos especializados. Los productos turísticos
serán: turismo rural, turismo científico y educativo, turismo de bienestar, ecoturismo y avistaje
de aves. Como así también, las fiestas populares que transmiten la pasión del pueblo chaqueño,
principalmente los carnavales, la fiesta de los inmigrantes y las artesanías chaqueñas.
Artículo 11: Ámbito territorial del polo Impenetrable chaqueño. El mismo está constituido por:
1.Juan José Castelli, 2.Villa Río Bermejito, 3.Miraflores, 4.Sauzalito, 5.Misión Nueva
Pompeya, 6.Fuerte Esperanza, 7.Taco Pozo, y 8. Tres Isletas.
Artículo 12: Definición conceptual del polo Impenetrable Chaqueño. Se desarrollará un espacio
natural de referencia ecoturística internacional respetuosa del medio ambiente y de las culturas
originarias, con servicios turísticos de calidad.
Artículo 13: El modelo de promoción turística. Se establece para la provincia del Chaco un
modelo de promoción turística innovador en base a acciones con nuevas tecnologías que: de
visibilidad a la provincia en el corto plazo, integre la oferta turística de la provincia, genere
ingresos genuinos e impacte en la generación de empleos.
Artículo 14: Promoción de los polos turísticos. El modelo de promoción turística impulsará con
acciones tradicionales y/o innovadoras a los polos descriptos, sin perjuicio de las acciones de
marketing/promocionales al destino Chaco, en base a las siguientes definiciones
Litoral chaqueño: Resistencia, capital cultural, deportiva y financiera, capital nacional de las
esculturas y líder regional en turismo de reuniones. Isla del Cerrito, excelencia en pesca
deportiva y ecoturismo. Puerto Bermejo, General Vedia y Las Palmas, el mundo de las aves.
Centro chaqueño: Productos de nicho de alta calidad a público específico y fiestas del Chaco
Impenetrable chaqueño: Un océano verde y misterioso donde la naturaleza se encuentra con las
culturas originarias.
Artículo 15. Portafolio Producto/Mercado. El portafolio producto/mercado establece la
intensidad de la acción promocional a aplicar en cada mercado objetivo, a partir del grado de
atracción que cada producto tenga para ese mercado. Para cada polo de desarrollo se establece
una matriz donde la cantidad de estrellas significa la intensidad de la acción promocional y por
lo tanto el nivel de inversión promocional. Donde: 1 (una) estrella ? Bajo, 2 (dos) estrellas ?
Medio, 3 (Tres) estrellas Alto.
Polo Litoral
Polo Centro Chaqueño
B) Polo Centro Chaqueño
Polo Impenetrable Chaqueño.
Artículo 15. La Marca. Establézcase la creación de la marca turística del Chaco a partir de la
realización de un concurso abierto de diseño. El guión para la elaboración de la marca turística
es el documento del Plan Chaco Explora.
Artículo 16. El mensaje Permanente. Se establece como mensaje que adjetive la marca turística
del Chaco el siguiente: "Chaco el secreto de Argentina".
Artículo 17: De los programas y proyectos de
desarrollo y calidad, y de promoción turística. Establézcase como programas y proyectos del
Plan Chaco Explora los siguientes:
PROGRAMAS DE DESARROLLO Y CALIDAD TRANSVERSALES.
Programa 1: Fortalecimiento Institucional
Etapa 1 (Años 2010 - 2011)
Proyecto 1: Agencia de turismo.
Proyecto 2: Fondo Provincial de Turismo.
Proyecto 3: Sistema de Información Turística.
Etapa 2 (Años 2012 - 2013)
Proyecto 4: Policía Turística.
Programa 2: Señalización Turística.
Programa 3: Turismo Comunitario.
Programa 4: Calidad Turística.
Etapa 1 (Años 2010 ? 2011)
Proyecto 5: Sistema de Excelencia de Gestión de
la Agencia.
Proyecto 6: Capacitación y Entrenamiento a los
Prestadores Turísticos
Etapa 2 (Años 2012 ? 2013)
Proyecto 7: Certificación de Normas de Calidad
para los prestadores Turísticos.
Programa 5: Centro de Apoyo a los
Emprendimientos Turísticos (CAET)
Programa 6: Sensibilización Turística.
Programa 7: Captación de Inversiones.
PROGRAMAS DE DESARROLLO DEL POLO TURISTICO LITORAL CHAQUEÑO.
Programa 8: Resistencia Capital Cultural, Deportiva y Financiera del Litoral.
Etapa 1 (Años 2010 - 2011)
Proyecto 8: Centro de Espectáculos del Litoral.
Domo del Centenario.
Proyecto 9: Centro de Interpretación del Carnaval
del Litoral.
Proyecto 10: Polo de Desarrollo Tecnológico-
Cultural y Sala de Convenciones.
Proyecto 11: Polo Gastronómico Puerto de
Antequeras.
Proyecto 12: Recuperación del Río Negro.
Etapa 2 (Años 2012 ? 2013)
Proyecto 13: Centro de Congresos y
Convenciones.
Etapa 3 (Años 2014 ? 2015)
Proyecto 14: Espectáculo Luz y Sonido Chaco tu
Vencerás.
Programa 9: El Mundo del Agua
Etapa 1 (Años 2010- 2011)
Proyecto 15: Nuevas Infraestructuras y Servicios
Turísticos.
Proyecto 16: Complejo Histórico Pueblo Bermejo.
Proyecto 17: Circuito Histórico Integral.
Etapa 2 (Años 2012 - 2013)
Proyecto 18: Parque de las Aves ? Las Palmas.
Proyecto 19: Puente Isla del Cerrito ? Las Palmas.
Proyecto 20: Centro de Interpretación Histórico
Regional ? Isla del Cerrito.
Etapa 3 (Años 2014 - 2015)
Proyecto 21: Centro de Interpretación del Agua -
Isla del Cerrito.
Proyecto 22: Recuperación Puente Viejo ? Gral.
Vedia.
PROGRAMAS DE DESARROLLO DEL POLO TURISTICO CENTRO CHAQUEÑO.
Programa 10: Corazón del Chaco, Encuentro de Identidades.
Etapa 1 (Años 2010 - 2011)
Proyecto 23: Nuevo Desarrollo del Complejo
Termal - P.R.S Peña.
Proyecto 24: Centro de Interpretación y Artesanal Aborigen - Quitilipi.
Proyecto 25: Polo Gastronómico - Las Breñas.
Proyecto 26: Parque Científico y Educativo
Campo del Cielo.
Proyecto 27: Corsódromos - Gral. San Martín y
Villa Ángela.
Proyecto 28: Centro de Información y Servicios
Turístico - Charata.
Etapa 2 (Años 2012 - 2013)
Proyecto 29: Parque Temático Ex Fabrica La
Chaqueña - Villa Ángela
Proyecto 30: Centro de Interpretación Histórico
del Bandidaje -Machagai.
Proyecto 31: Parque Temático de la Aventura -
Gral. San Martín.
Etapa 3 (Años 2014 - 2015)
Proyecto 32: Centro de Interpretación Landriscina
- Villa Ángela.
Proyecto 33: Centro de Interpretación del
Inmigrante - Las Breñas.
Proyecto 34: Parque de los Niños - P.R.S Peña.
PROGRAMAS DE DESARROLLO DEL POLO TURISTICO EL IMPENETRABLE
CHAQUEÑO.
Programa 11: El Impenetrable, Santuario Ecológico.
Etapa 1 (Años 2010 - 2011)
Proyecto 35: Centro de Interpretación de la
Naturaleza y la Cultura - Sauzalito.
Proyecto 36: Mejoramiento Ruta J.J - Sauzalito
(No Asfalto).
Proyecto 37: Mejoramiento Acceso a Villa Río
Bermejito.
Proyecto 38: Ferias Artesanales y Centros de
Informes (J.J. Castelli - Nueva Pompeya - El Sauzalito)
Etapa 2 (Años 2012 - 2013)
Proyecto 39: Bioparque - Sauzalito
Proyecto 40: Re funcionalización Misión Nueva
Pompeya.
Proyecto 41: Centro Recreativo - Nueva Pompeya
Proyecto 42: Casa de la Historia Chaqueña - Tres
Isletas.
Etapa 3 (Años 2014 - 2015)
Proyecto 43: Sistema de Balsas - Sauzalito
Proyecto 44: Ferias Artesanales y Centros de
Información - Comandancia Frías, Fuerte Esperanza y Taco Pozo.
PROGRAMAS DE PROMOCION TURISTICA.
Programa 12: Identidad Turística.
Etapa 1 (2010 - 2011)
Proyecto 45: Marca Turística
Proyecto 46: Mensaje Permanente
Proyecto 47: Mensajes Generales
Programa 13: Soportes
Etapa 2 (2010 ? 2011)
Proyecto 48: Web Turística.
Proyecto 49: Banco de Imágenes y Video
Institucional.
Proyecto 50: Soportes Promocionales.
Programa 14: Promoción con el Turista.
Etapa 1 (2010 - 2011)
Proyecto 55: Campaña en Medios Locales.
Proyecto 56: Campaña en Medios Regionales.
Proyecto 57: Nuevas Tecnologías
Proyecto 58: Ferias Generales - FIT - FIT PAR.
Proyecto 59: Ferias, Eventos y Fiestas Regionales
y Locales. Proyecto 60: Guías de Viajeros.
Programa 15: Promoción con el Trade (Canal de
Comercialización).
Etapa 1 (2010 ? 2011)
Proyecto 61: Roadshow y Seminario de
Capacitación Chaco.
Proyecto 62: Viajes de Familiarización
Nacionales.
Proyecto 63: Viajes de Familiarización
Internacionales.
Proyecto 64: Viajes de Campañas en Medios
Profesionales.
Proyecto 65: Newsletter Tour Operadores y
Agencias de Viajes.
Programa 16: Promoción con la Prensa.
Proyecto 66: Viajes de Familiarización
Regionales.
Proyecto 67: Viajes de Familiarización
Nacionales.
Proyecto 68: Viajes de Familiarización
Internacionales.
Proyecto 69: Newsletter.
Proyecto 70: RRPP Casa del Chaco en Buenos
Aires.
PROGRAMA ESPECIAL
Programa 17: Gastronomía Chaqueña.
Etapa 1 (2010 - 2011)
Proyecto 71: Territorios Gastronómicos.
Proyecto 72: Club de la Calidad - Red de
Restaurantes
Etapa 2 (2012 - 2013)
Proyecto 73: Festival Internacional de
Gastronomía.
Proyecto 74: Mercados de Alimentos.
Artículo 18: De los programas operacionales. Establézcase que los programas operacionales
serán elaborados y aprobados por el Directorio del Organismo de Aplicación. Sin perjuicio de lo
anterior, los planes operacionales deberán indicar como mínimo para cada uno que los
componen:
El desarrollo conceptual de la acción
Presupuesto asignado.
Responsable
Cronograma de implantación
Indicador de éxito.
Artículo 19: Retroalimentación del Plan Chaco Explora. Facúltese al Organismo de Aplicación
a modificar y/o actualizar el Plan Chaco Explora si existiesen para ello explicaciones técnicas
suficientes que así lo ameriten. Las modificaciones y/o actualizaciones, con excepción de los
planes operacionales, serán informadas oportunamente al Poder Legislativo.
Artículo 20: El Plan Chaco Explora 2015 será implementado por el organismo de aplicación al
que se le adjudicaren por ley el cumplimiento de la función y ejecución de de las disposiciones
de la Política Turística Provincial, y cuente con las competencias necesarias en todo lo inherente
a asistir al poder ejecutivo provincial en el desarrollo turístico, la calidad turística y promoción
del destino Chaco.
Artículo 21: De forma. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
II. ¿Cómo fue el debate legislativo de
ambas iniciativas? (3)
3.7. Despacho para el proyecto de ley por el
que se establece el desarrollo integral de turismo en la provincia (tratado sobre tablas).
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo el tratamiento sobre tablas del despacho para el proyecto de ley 2895/09 y sus
agregados, proyectos 3557/09 y 321/10. Se va a votar.
-Resulta afirmativa. (Ver texto en páginas
siguientes).
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Tiene la palabra la
señora legisladora Vásquez.
SRA. VÁZQUEZ.- Gracias, señor presidente.
Señoras diputadas y señores diputados:
Voy a referirme al tratamiento de este proyecto de ley sobre el que se viene trabajando desde
hace mucho tiempo en la Legislatura, y que en diciembre se le sumó una iniciativa presentada
por el Poder Ejecutivo.
Resalto el trabajo que se llevó adelante
en la comisión por parte de todos los legisladores y expreso la satisfacción de contar con señores
diputados que piensan en la provincia del Chaco. Todos quienes estamos en esa comisión
entendimos que era necesario legislar sobre este te-ma, que es el turismo.
Así es que hemos trabajado, constante e
insistentemente, con todos los actores que hacen al turismo de la provincia, con los organismos
provinciales, con los entes privados; incluso, en esta Legislatura, señor presidente, se llevó
adelante una jornada -creo- ejemplar en la que tuvieron mucho que ver -y vaya mi
reconocimiento- las señoras diputadas Cristófani -en este sentido- y Mastandrea, así como el
señor legislador Carballo, a quienes les agradezco por estar presentes y permitirnos, a los
chaqueños, conocer más sobre el tema, reflexionar sobre el mismo y lograr un consenso
definitivo para que hoy podamos aprobar este proyecto que tanta falta le hace a nuestra querida
provincia.
Es digno de destacar esto porque muchas veces
cuesta lograr estos consensos, pero lo hemos hecho con total y absoluta sinceridad, con
convicciones y siempre teniendo como prioridad la provincia del Chaco y su pueblo.
Por eso el agradecimiento y el acompaña-miento a
este proyecto, que ya lo venían trabajando; también con la incorporación del proyecto
presentado en di-ciembre por el Poder Ejecutivo provincial.
Es por eso que hago votos para que
todos juntos hoy lo aprobemos por unanimidad y, seguramente, con este esfuerzo a conciencia,
y con este trabajo que se llevó adelante desde la comisión con todos los legisladores, la
provincia del Chaco va a tener lo que tanto necesita: el turismo.
Muchísimas gracias, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Tiene la palabra la
señora legisladora Cristófani.
SRA. CRISTÓFANI.- Gracias, señor presidente.
Así como lo adelantó la señora diputada
Vásquez, éste es un proyecto que ha sido puesto a consideración de las entidades que forman
todo este conglomerado de ofertas turísticas en esta provincia, de los prestado-res, de los
operadores de todas las áreas; han participado desde el interior. También hemos convocado a los
empleados de la Subsecretaría de Cultura, que en algún momento se sentían preocupados por
cómo iba a quedar su situación.
Además, lo hemos trabajado
directamente con el Ejecutivo, con los asesores que han estado involucrados en el proyecto
"Chaco Explora", lo que permitió re-correr toda la provincia con participación de distintos
grupos, en talleres, para consensuar lo que hoy estamos so-metiendo a consideración de todos.
Entendemos que, así como hemos
trabajado en la Ley de Cultura, en la de Turismo -también presentamos la del Deporte-, son
áreas que -de alguna manera- se las enuncia como estratégicas, importantes o con gran carga
simbólica, pero que en el momento de la ejecución de los proyectos o de los programas nos
encontramos totalmente huérfanos, porque al no tener una ley y un presupuesto que respalden
esta actividad, esto terminaba siendo esfuerzos personales y no se podía terminar haciendo la
actividad.
Creo que esta iniciativa, con la
asignación de presupuesto y con este consenso que tenemos, ya que todos queremos que en
nuestra provincia el turismo sea también como un eje de desarrollo, que cree empleo y que nos
permita una serie de actividades y desarrollo en distintas localidades, va a ser fundamental.
Podemos decir -creo que es bueno que
queden en la versión taquigráfica algunos fundamentos- que el turismo como actividad es una
de las ramas más importantes del sector Servicios y de mayor crecimiento a nivel mundial.
Si el Turismo ha representado una
actividad importante para la economía mundial en tanto fenómeno masivo y actividad que
requiere de una gran infraestructura y complejos servicios, que no siempre han tenido una
adecuada planificación; aunque el crecimiento de la actividad se ha sustentado en el llamado
modelo turístico convencional: avión-hotel-playa, éste empezó a presentar síntomas ya de
agotamiento y crisis, fenómeno que se observa en ciertas zonas del Mediterráneo europeo o
también aquí, en la costa.
Ésta es una gran oportunidad para el Chaco; el
hecho de que se agote este modelo, que era el tradicional -aunque sigue siendo, por supuesto, el
de mayor influencia-, es una oportunidad para el Chaco y provincias como la nuestra.
De hecho, ante la pérdida de calidad y el valor de
las vacaciones ofrecidas por el modelo turístico convencional, producto de la estandarización de
la oferta y de los servicios, del manejo impersonal de los visitantes y la transformación de los
viejos criterios de ser-vicios en auténticos sistemas de procesamiento del turista, ha surgido y
crece en los países desarrollados una nueva corriente turística, llamada "turismo alternativo".
La nueva corriente turística se dice que es el
resultado de los cambios en los valores y hábitos de vida ocurridos en las poblaciones de los
países desarrolla-dos que procuran mejorar su calidad de vida.
Estas poblaciones, con altos ingresos, con
más tiempo libre, sometidas a las tensiones y a la despersonalización de las ciudades,
de la vida industrial, así como crecientemente preocupadas por mejorar su calidad de
vida, demandan servicios turísticos en los que encuentren satisfacción a una diversidad
de intereses, atención perso-nalizada, destinos vacacionales naturales y un ambiente
limpio.
Según las encuestas internacionales -es
un dato bastante viejo, de hace más de diez años-, uno de cada dos turistas alemanes
consideraba la calidad ambiental como un elemento esencial en la decisión de su
destino va-cacional; y el 38 por ciento de los turistas ingleses la consideraba como el
elemento básico para decidir regresar a un destino vacacional.
De acuerdo con los datos de la Organiza-
ción Mundial del Turismo el segmento turístico que, actual-mente, experimenta el más
acelerado crecimiento es el lla-mado turismo alternativo, es decir, el que tiene como
des-tino la naturaleza y que incluye todas aquellas prácticas turísticas conocidas como
turismo especializado, de aventu-ra, científico, cinegético, montañismo, campismo,
buceo, safari fotográfico, canotaje, espeleología, ecoturismo y otros que nuestro Chaco
está en condiciones de ofrecer.
Hemos visto, respecto de este tipo de
turismo, que alrededor del siete por ciento del gasto total en viajes internacionales
significó una importante entrada de divisas para los países receptores del mismo.
En Kenia, por ejemplo, los safaris gene-
raron 400 millones de dólares -repito: esta estadística es de hace más de diez años-;
las Maldivas -nación de 1190 pe-queñas islas, en el Océano Índico- es uno de los
destinos de buceo más grandes del mundo, donde el turismo constituyó más del 90
por ciento de su Producto Bruto.
En Costa Rica, el turismo de historia
natural, de aventura tropical y de contemplación de aves silvestres representó más del
75 por ciento de su turismo general, con 684 mil dólares de ingresos.
En las barreras de coral, por ejemplo, de Belice, se
reciben alrededor de 128 mil turistas anual-mente, dejando millones de dólares de ganancias.
En nuestro país, el turismo es considerado como
un sector estratégico para el desarrollo económico nacional, en tanto es captador de divisas y
generador de empleos.
Sabemos que el turismo, como fenómeno de
desplazamiento de un lugar de residencia permanente a otro temporal, no sólo es un movimiento
de personas que implica transporte, alojamiento y alimentación sino que es un fenómeno social
complejo, con múltiples facetas que involucran la esfera de lo económico, social, cultural y
ambiental. Mediante el turismo se pretende satisfacer necesidades vitales, culturales o deseos
personales de diverso tipo.
Es decir que en tanto práctica social, el turismo no
está condicionado por un instinto biológico sino que depende de un sistema de valores
colectivos, dominantes, que estructuran un conjunto de roles económicos y sociales orientados
hacia el fin.
El turismo, como actividad económica,
corresponde a una racionalidad dominante y tiene como objetivos la generación de ganancias.
La crisis del turismo convencional y la creciente
preocupación de los pobladores de los países desarrollados por mejorar su calidad de vida
propiciaron un cambio en la demanda turística; dichos cambios se enmarcan en la gran
transformación social.
Hay una creciente transformación que tiene una
preocupación ambiental que fue determinante para el surgimiento de la corriente turística que
tiene como destino la naturaleza, que es el de mayor crecimiento a nivel mundial; así,
actualmente, no sólo se habla de convertir al turismo en una actividad sustentable sino que se
hace referencia al turismo ecológico, al turismo verde, al turismo naturaleza y al ecoturismo
como concreción de la sustentabilidad.
Esto no quiere decir que los que van cambiando de
esta manera tradicional de hacer turismo a la nueva concepción turística cambien sus hábitos
culturales de un día para el otro; son procesos que llevan su tiempo, pero quienes estamos en
una provincia que recién está empezando a desarrollar sus valores turísticos estamos a tiempo de
pensar en cada uno de los elementos que la constituyen.
Tenemos que ver que entre los aspectos que se
tienen en cuenta y que intervienen en el proceso de desarrollo turístico está el social, el
económico. Hay que tener en cuenta el turismo receptivo, con el mercado, la competencia, los
consumidores, los cambios de hábito, los productos. Hay que tener en cuenta los aspectos
físicos, culturales, ambientales, el sustentable que satisfaga las necesidades del presente, sin
olvidarnos de que debemos ocuparnos también de preservar el ambiente para las generaciones
futuras.
También hay que tener en cuenta la calidad y el
tema político y jurídico. Evidentemente, en nuestra provincia necesitamos esta ley para que dé
un sustento legal a la proyección turística, ya que -como repetimos- el Chaco está en las
mejores condiciones para iniciar este plan; de hecho, toda la parte previa se viene haciendo en
todo este tiempo.
Tengo un estudio de prefactibilidad que ha sido
terminado en 2006, que nos está dando todas las bases, los diagnósticos y las posibilidades de
nuestra provincia para desarrollarnos a través del turismo.
A veces, cuando hablamos de turismo en la
provincia del Chaco, hay gente que se ríe; cuando decimos que vamos a hacer una ley de
turismo piensan que única-mente Mar del Plata, Córdoba, los glaciares o las Cataratas del
Iguazú son susceptibles de merecer un turismo receptivo.
Con estos fundamentos -estamos viendo que existe
otra mirada hacia el turismo-, volvemos a insistir con las potencialidades que tiene nuestra
provincia, pero debemos pensar por nosotros mismos, reconocer los valores que tenemos;
reconocer a nuestra provincia con todas sus potencialidades y apostar por ella.
Creo que si analizamos el programa "Chaco
Explora", vamos a ver que existe todo un plan estratégico y si nos proponemos, entre todos,
llevarlo a cabo podríamos ir logrando el desarrollo local en distintos pueblos del interior, en
distintas zonas -porque la provincia se divide en zonas-, potenciando cada una de sus
capacidades y, por supuesto, capacitando a quienes van a ser los desarrolladores del turismo: los
empleados de turismo y todos los que integren las empresas turísticas.
Este proyecto es completo, abarcativo -es un
proyecto marco, el primero-; el segundo, que vamos a aprobar seguidamente, se refiere al plan
estratégico que presentó el Ejecutivo -con un grupo de profesores- y es un proyecto que,
prácticamente, ya se viene ejecutando -toda esa primera parte: de diagnóstico y de talleres, a los
que me referí al principio, en la que ha participado toda la comunidad-.
La ley tiene un primer capítulo, donde se establece
la naturaleza, objeto, alcances, organismo de aplicación, principios y definiciones. Enuncio la
primera, que dice: "Declárase de interés provincial al turismo como actividad socioeconómica,
cultural, estratégica y esencial para la provincia del Chaco, constituyendo la presente ley el
marco legal para el desarrollo, la calidad y la promoción turística".
Y luego, en el artículo 4º, ya hablamos del
organismo de aplicación de la presente ley, que "será el Instituto de Turismo del Chaco o quien
en el futuro lo reemplace".
Al principio, tuvimos dos proyectos.
Considerábamos que, a nivel conceptual, el Gobierno -que ya creó el Instituto de Cultura-
debería crear, en el mismo sentido, el Instituto de Turismo, con el mismo sustento filosófico,
aunque el señor secretario nos propuso hacer una Agencia de Turismo.
Creemos que en nuestra provincia, en esta etapa de
incipiente desarrollo, hay una gran participación del Estado para provocar el desarrollo del
turismo en el Chaco; entonces, el Estado debe tener un instituto con presupuesto, que permita la
organización y la ejecución de sus programas, con todas sus posibilidades.
Y ocurre que con la Agencia que hay, por ejemplo,
en Córdoba, el panorama es distinto; Córdoba es una provincia turística desde siempre, que
tiene una gran impronta desde el sector privado para el desarrollo del turismo.
Aquí, en nuestra provincia, en esta
primera instancia, realmente va a ser -debe ser- el Estado el que dé este impulso y este motor
primero, así que creemos que con el instituto le estamos dando las armas necesarias.
Luego, tenemos todos los principios rectores de la
presente ley -no sé si necesitan que los enumere o los tienen cada uno-; después, están los
conceptos de turismo -turismo receptivo, recreación-, todos estos temas están en la
Organización Mundial del Turismo, o sea que es un nomenclador general que se comparte a
nivel nacional y mundial.
Posteriormente, cuáles son las funciones del
Instituto de Turismo -va a tener que "a) Planificar políticas públicas turísticas a mediano y
largo plazo, mediante la implementación de un plan estratégico que incorpore el desarrollo
turístico sustentable, de calidad turística y promoción turística. b) Formular planes
operacionales de desarrollo, calidad y promoción turística en concordancia al plan estratégico.
c) Dirigir, ejecutar y controlar el resultado del plan estratégico... d) Consolidar y mejorar el
equipamiento e infraestructura turística existente y la generación de nuevo equipamiento e
infraestructura turística". Siguen los puntos que cada uno tiene y, después, hablamos de la
administración y del gobierno del Instituto de Turismo del Chaco -aquí va a hacer una
aclaración en particular, luego, otra legisladora-.
Luego, tenemos en cuenta a los
emplea-dos; cómo los empleados actuales pasarán a depender de este Instituto de Cultura... De
Turismo (risas en el recinto). Perdón, pero me sale, es una cosa...
También se prevé aquí la
conformación de un Consejo Asesor ad hoc al Directorio, que estará conformado por los
representantes de las asociaciones que representan al sector privado de la actividad turística
provincial, que deberá presentar su asesoramiento de manera continua.
Luego, hablamos de las funciones del presidente,
del vicepresidente, del vocal, y de cómo estará constituida la planta funcional del instituto: con
personal de planta permanente y transitoria de la ex Subsecretaría de Turismo -que serán
transferidos en su respectiva situación de revista-; con el personal de otras jurisdicciones -
cualquiera sea su situación de revista o de escalafón-, que al momento de vigencia de esta ley
cumpla funciones en este Instituto y solicitare su incorporación y/o adscripción al organismo de
turismo, y que por su experiencia, idoneidad o capacitación cuenten con la expresa aceptación
del Instituto. El personal estará comprendido en la normativa vigente de la administración
pública provincial.
El Poder Ejecutivo tiene la facultad de realizar
afectaciones, adscripciones y transferencias de recursos humanos de la administración pública
provincial que por su perfil, formación o desempeño en el campo del turismo y de la
preservación del patrimonio resulten aptos para desempeñarse en el ámbito del Instituto de
Turismo del Chaco.
Se transfieren al patrimonio del Instituto de
Turismo del Chaco todos los bienes de dominio y afectados al funcionamiento de la ex
Subsecretaría de Turismo. A tal efecto, la Contaduría General de la Provincia, la Fiscalía de
Estado y la Asesoría General de Gobierno tomarán la intervención que les compete. Estos
bienes no podrán incluirse dentro de fondo fiduciario alguno.
El régimen económico y financiero real-mente es
muy importante, porque podríamos hacer toda una declaración de principios, de todo lo que
queremos hacer en turismo y sobre programas de cualquier tipo, pero si no tenemos los fondos
necesarios para llevarlo a cabo en forma autárquica, esto sería muy difícil.
Así que se crea el Fondo Provincial de Turismo,
que se constituirá con el equivalente al O,25 por ciento -como mínimo- del Presupuesto General
anual de la provincia del Chaco. Este fondo estará integrado por los siguientes recursos: los que
por la Ley de Presupuesto le sean asignados; los que provengan de actividades propias del
organismo; de los afectados por normas y convenios específicos, con el 5 punto porcentual de
todos los ingresos brutos de Lotería Chaqueña. Este porcentaje será depositado mensualmente
por los entes recaudadores en la cuenta especial denominada Fondo Provincial de Turismo y a la
orden del organismo de aplicación; con la afectación del 0,5 por ciento del total de la
recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, originado por el ejercicio de las actividades
de hoteles, moteles, restaurantes, bares, confiterías y similares; por el derecho anual de
inscripción al Regis-tro de Prestadores de Actividades Turísticas; por los impuestos y aportes
que, con destino al Fondo Provincial de Turismo, se establezcan por leyes o decretos nacionales
o provinciales; por los créditos que otorguen entidades públicas o privadas de asistencia
financiera del país o del extranjero; por el producido de la venta, concesión y/o locación de
bienes del Estado provincial, que se transfieran o concedan para los fines previstos en esta ley;
por la negociación de títulos que emita el Poder Ejecutivo provincial para el desarrollo del
turismo; por las sumas que resulten de la aplicación de multas por infracción a la presente ley y
a sus normas reglamentarias; por los aranceles que en cada caso establezca el organismo de
aplicación; por las subvenciones, donaciones, legados y aportes de cualquier naturaleza que
pueda ser beneficiario el organismo de aplicación; por los que provengan de actividades propias
del instituto como eventos deportivos, culturales, convenciones, congresos o exposiciones,
como también todo evento o fiesta popular que se declare de interés turístico; por todo otro
ingreso no previsto en los incisos anteriores y que se deriven de la aplicación de la presente ley.
Leo todo esto, señor presidente, porque es
importante toda esta parte económica y que se reafirme que va a haber fondos para el turismo.
Luego, de este Fondo Provincial de Turismo, el
84, 5 por ciento para el instituto creado por esta ley y un 15,5 por ciento para los municipios.
Entre ellos se aplicarán los coeficientes de la ley 3898 y sus modificatorias. Los municipios
deberán aplicar estos fondos a programas turísticos, aprobados previamente por el Instituto.
Vencido cada ejercicio presupuestario... Eso, como en todo.
El artículo 22 es importante porque señala que el
Instituto de Turismo del Chaco tendrá facultad para constituirse en fiduciante, fiduciario,
fideicomisario y/o beneficiario de fideicomisos públicos o privados para el cumplimiento
específico de determinadas políticas turísticas.
También se crea el Consejo Provincial de
Turismo, el que tendrá carácter consultivo y estará conformado...
...
SRA. CRISTÓFANI.- Este Consejo estará
conformado por un re-presentante, por supuesto, de la autoridad de aplicación, un funcionario
de cada uno de los municipios y un representante de las entidades que desarrollen las
actividades turísticas nombradas en el Anexo I...
...
SRA. CRISTÓFANI.- Después, tenemos el
Registro de Prestado-res Turísticos; Derechos y Obligaciones de Prestadores de Servicios
Turísticos; Derechos y Obligaciones de los Turistas; Turismo Estudiantil; Turismo Rural;
Promoción Económica de la Actividad Turística; Turismo Accesible -que es algo que agregó el
Poder Ejecutivo: la posibilidad para personas con capacidades diferentes-; Turismo Social, que
es de inclusión, porque hablamos aquí de que todos los sectores de la sociedad puedan acceder
al ocio turístico en todas sus formas, en condiciones adecuadas de economía, seguridad y
comodidad; y el Sistema de Excelencia de Gestión, que también es otro aporte del Ejecutivo.
Luego, vienen las Disposiciones Complementarias y los Anexos, que cada uno tiene en su
poder.
Consideramos que nuestra provincia está en
condiciones de contar con esta Ley de Turismo, que la va a posicionar de manera avanzada, con
una concepción nueva, para desarrollar el turismo; por lo que pedimos a los seño-res diputados
que nos acompañen en la sanción de la ley.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Tiene la palabra la
señora legisladora Pértile.
SRA. PÉRTILE.- Señor presidente, señores
diputados y señor subsecretario de Turismo, quien se ha incorporado a este recinto.
Debo decir que siento una alegría muy grande, que
estoy compartiendo en este momento, porque me ha tocado -desde la Secretaría General de la
Gobernación, Subsecretaría de Turismo, que estaba en esa área- acompañar este proceso del
proyecto que elaboró el Ejecutivo y que remitió a la Legislatura.
Hoy, felizmente digo que celebro porque, en mi
condición de diputada, me toca cerrar este círculo -si se puede decir así- de un sueño muy
grande, en el que hemos participado muchas personas; sobre todo, sueños de chaqueños, anhelos
de muchos años.
Debo decirles que, en un principio, se hablaba de
una agencia, después de un instituto; dos figuras distintas desde lo orgánico, porque cuando se
hablaba de la agencia se pensaba en una sociedad con participación del sector privado, y
después de los debates que se hicieron en el seno de la comisión, se concluyó en instituto, donde
tampoco -si bien la figura orgánica es distinta, por-que es un organismo descentralizado de la
Hacienda central y tiene un relativo desprendimiento de autarquía para su manejo- se deja de
lado al sector privado porque su participación está prevista a través de comisiones de asesora-
miento, en el quehacer del instituto.
Lo importante es que, hoy, estamos asistiendo a la
creación de un organismo que va a tener la responsabilidad de administrar la materia Turismo
en la provincia del Chaco; pero no esta materia simplemente, sino que por primera vez en la
historia de nuestra provincia el turismo va a ser materia de políticas públicas.
Esto potencia mi alegría porque así lo vio nuestro
señor gobernador -ya que este tema estaba incorporado en su plataforma- y hoy lo estamos
haciendo realidad con la participación de esta Legislatura donde, después de distintos debates y
participación, lo bueno es que como chaqueños y como legisladores hemos concluido en que el
turismo es fuente de economía, de recursos y laboral para los chaqueños.
De manera que incorporamos al quehacer eco-
nómico y social de nuestra provincia una materia como política pública, a través de los
proyectos de ley que hoy vamos a sancionar.
Quiero destacar y felicitar el trabajo de la
Comisión de Turismo -presidida por la señora diputada Vásquez- porque ha generado una
jornada legislativa, participativa, para hablar, discutir, aportar y todo esto fue nutriendo.
Además, son caminos de concienciación, ya que
después de ello vamos a dictar una ley sobre esa materia; tan participativa en la Legislatura con
esta jornada, como lo fueron todos los talleres que se llevaron adelante en este proceso largo de
elaboración de estos proyectos de ley.
Este camino de definir -y bien lo dice su marca:
"Chaco, secreto de la Argentina, todo por descubrir, todo por mostrar, todo por disfrutar en
nuestra provincia"- nos va a hacer ver, a lo largo de la ejecución del plan "Chaco Explora", de
los instrumentos y organismos que hoy vamos a dar para que el Ejecutivo haga realidad esto,
vamos a descubrir tres polos grandes en nuestra provincia: Litoral, Centro y El Impenetrable.
Lo más hermoso de todo esto -y lo que satisface-
es que no estamos dando leyes que vamos a imponer desde la Legislatura o desde el Ejecutivo;
son leyes que han sido trabajadas en cada rincón de la provincia, en cada localidad, con distintos
sectores, con distintas instituciones, organizaciones, fundaciones y asociaciones.
Es decir que estas leyes que hoy estamos por
sancionar, tanto del instituto como la ley del plan "Chaco Explora", vienen a expresar el
verdadero sentir de lo que queremos como políticas turísticas para la provincia del Chaco, y, al
ser participativo, todos estamos involucrados, todos nos sentimos dueños de esta ley como
chaqueños; por eso, verdaderamente, lo celebro.
No puedo pasar palabras sin decir la participación,
el protagonismo, el esfuerzo y el esmero que puso en este camino el subsecretario de Turismo,
licenciado Ignacio Saife. No solamente porque haya participado en la Secretaría General de la
Gobernación sino porque he conocido de cerca lo difícil que fue caminar hasta lograr estos
resultados, de manera que vayan mis felicitaciones.
Poner el Chaco presente en la Feria Internacional
de Turismo; poner al Chaco presente en el Consejo Litoral de Turismo; presidir el señor Saife el
Consejo Litoral de Turismo, cosas que nunca tuvo la provincia del Chaco.
De manera que son todas satisfacciones en un
camino que se fue haciendo despacito, con concienciación, con participación y con esfuerzo.
Me resta, simplemente, felicitar y
decir que así como de las mil cien aves que hay en la Argentina, descubrimos que quinientas y
pico hay en el Chaco, cuántas cosas más vamos a descubrir en esta provincia que, en materia de
turismo, es el secreto de la Argentina.
Gracias, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Muchas gracias.
Tiene la palabra el señor dipu-tado Bolatti.
SR. BOLATTI.- Gracias, señor presidente.
Desde el bloque Frente Grande vamos a
acompañar la sanción de este proyecto de ley.
Estamos de acuerdo con la definición establecida
en el artículo 1º: el turismo como una actividad socioeconómica, cultural, sobre todo estratégica
y esencial para la provincia del Chaco.
Creemos que la creación del Instituto de Turismo
en esta provincia es una política de Estado para la promoción turística; con este concepto
resaltamos las distintas definiciones que se han expresado en los artículos de la ley, sobre lo que
es turismo estudiantil, rural y, sobre todo, social.
Pensamos, que ésta va a ser una puesta más,
además de las actividades turísticas, a las actividades culturales de nuestra provincia, a defender
lo nuestro.
Estoy seguro, porque todos los que fuimos o
somos estudiantes nos acordamos que conocimos y aprendimos mucho de la provincia cuando
tuvimos la oportunidad de via-jar y de conocer las distintas zonas de la provincia, las regiones y
los distintos departamentos, y esto nunca lo es cuando uno es estudiante, siempre es cuando la
vida, ya sea laboral o en mi caso política, nos mostró o nos dio la oportunidad de conocer el
Chaco.
Creemos que un Instituto de Turismo que tenga
dentro de sus finalidades el turismo estudiantil, el rural y el social, va a ser un aporte muy
grande para que los chaqueños podamos conocer nuestra provincia, las distintas realidades, la
idiosincrasia o las influencias culturales que tenemos en las distintas regiones del Chaco,
algunas sobre Santiago del Estero, otras sobre Santa Fe, algunas sobre Paraguay y, otras, sobre
Salta, donde uno puede, después de tener la oportunidad de conocer, ver cómo las in-fluencias
van modificando las conductas culturales de nuestra sociedad.
Es importante que tengamos un Instituto de
Turismo que plantee una política basada en el turismo rural, que también es gran parte de
nuestra vida, y en el turismo social generando inclusión desde una política de Estado.
Para que todo esto se pueda hacer tiene que haber
recursos destinados para esto, por eso, estamos de acuerdo con el Fondo Provincial de Turismo,
que establece un piso de recursos del 0,25 por ciento del Presupuesto General de la provincia;
sabemos que para una buena política puede ser insuficiente, pero establecido como un piso
creemos que va a garantizar un inicio de actividades del instituto, que va a ser un cambio muy
importante en las políticas que se vinieron aplicando en nuestra provincia.
A ese fondo se lo va a constituir desde distintas
fuentes, como bien enumeraba la señora legisladora preopinante, por lo que no lo voy a repetir.
Pensamos que se consolida una ley con una muy
buena finalidad, con buena definición y con recursos, lo que va a permitir que este instituto se
pueda poner en marcha, y la política se pueda aplicar.
Por todo esto, desde nuestro bloque, vamos a
acompañar y a reconocer la tarea que se ha llevado adelante desde la Comisión de Turismo, que
no me toca integrar, pero sí los asesores de nuestro bloque pudieron ser testigos, en las distintas
convocatorias, de los trabajos realizados en las reuniones, y nos han podido relatar cada uno de
los pasos.
También reconocer la tarea, el seguimiento y el
impulso que le dio la Subsecretaría de Turismo, en la persona de "Nacho" Saife. Personalmente,
pude hablar con él en varias oportunidades, en las que me insistió para que trabajara en la
sanción de esta iniciativa, por eso lo re-conozco, porque a veces esas actitudes son las que hacen
que las cosas se definan.
Por todo esto, desde el bloque Frente Gran-de,
vamos a acompañar la sanción de este proyecto de ley.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Gracias, señor
diputado.
Tiene la palabra la señora le-gisladora Mastandrea.
SRA. MASTANDREA.- Señor presidente: Quiero
resaltar una modalidad de trabajo en el tratamiento de este proyecto de ley, la generosidad con
que la presidenta de la Comisión de Turismo, señora diputada Vásquez, ha trabajado sin
destruir.
Lo que me parece más importante es cuando en el
tratamiento de un proyecto de ley, como en el de cualquier cosa, no se destruye lo anterior, sino
que se construye a partir de lo que uno piensa.
En este caso, varios proyectos de ley de Turismo
obraban en esta Legislatura; recuerdo el de 2009, que presentaron los señores legisladores
Cristófani y Zdero, no se hizo nada para eliminar ese proyecto sino todo lo contrario; en la
comisión se sumó al proyecto que ya había, el del Ejecutivo, y se trató con mucha amabilidad,
lo que hay que destacar, porque cuando en las comisiones se trabaja con cordialidad, con
amabilidad, escuchando, concensuando, sin destruir, construyendo es porque la persona se
siente segura de sí misma y no necesita destruir al otro para construir su propia imagen.
Por eso quiero rescatar, primero, los trabajos que
había en la Cámara y, a su vez, el tratamiento y la modalidad de tarea que hemos tenido, lo que
ha permitido, en este momento, sumar una iniciativa sumamente importante para la provincia
del Chaco, y que descuento que el subsecretario Saife va a llevar con total hidalguía.
Felicitaciones a los que han trabajado desde hace
mucho tiempo; recién me incorporé, hace pocos meses, a esta temática. Vamos a nombrar
también al señor diputado Carballo, porque también trabajó mucho con nosotros. (Risas
provenientes de las bancas).
A partir de la sanción de esta ley creo que se abre
una nueva etapa del turismo en la provincia del Chaco.
Gracias, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Muchas gracias,
señora legislado-ra.
Tiene la palabra la señora diputada Cáceres.
SRA. CÁCERES.- Señor presidente: La verdad es
que, en esta noche, todos han sido muy explícitos al tratar al turismo en nuestra provincia que,
de alguna manera, tiene que ver con una deuda pendiente.
El turismo siempre se hizo pero tal vez, de una
manera rudimentaria.
Por tal motivo, destaco el trabajo llevado adelante
por el subsecretario de Turismo de la provincia, Ignacio Saife, porque como bien decía el señor
legislador Bolatti, la insistencia muchas veces gana las voluntades, y tiene que ver con una
insistencia que viene acompañada de una de una definición que se ha tomado políticamente,
pero también se ha sumado a todos los actores turísticos de la provincia del Chaco.
Tenemos una provincia hermosa; realmente
hermosa; y qué bueno que la comencemos a valorar desde los gestos de todos los espacios
políticos, sancionando una ley por unanimidad, hoy, en esta Legislatura.
Tiene que ver con un trabajo en territorio, de ir
valorando cada uno de los espacios.
Me ha tocado ayudarlo en la organización en
General José de San Martín; y me dijo -y fue muy claro "Nacho"-: "'Negrita', quiero que estén
todos presentes", por-que el turismo tiene mucho que ver también con la Cultura; tiene una
ligazón y en nuestro caso puntual: General José de San Martín -lo sabe él y todos los aquí
presentes-, tenemos un orgullo muy especial, porque somos la Capital Provincial del Carnaval.
-Manifestaciones de desaprobación por parte de
algunos señores le-gisladores, por lo que continúa diciendo la
SRA. CÁCERES.- Tenemos otros hacedores
turísticos que coadyuvan: En Villa Ángela también están los súper carnavales y son muy
hermosos.
-Manifestaciones de aprobación por parte de los
señores legislado-res, por lo que continúa diciendo la
SRA. CÁCERES.- Qué hermoso que trabajemos
en todo lo que esté ligado a la Cultura y al turismo.
Recién me mostraba también orgulloso el diputado
Gutiérrez imágenes de lo que fue, este 20 de septiembre, el desfile de carrozas en Las Breñas.
También tenemos el Encuentro Nacional de
Escultura en Madera; tenemos trabajando muy bien a la comarca Bermejo en lo que tiene que
ver con el turismo de estancias. Tenemos tanto para mostrar en nuestra provincia del Chaco.
Tenemos hoy la definición y la decisión política
tomada de dos poderes del Estado que tienen mucho que ver con, realmente, llevar a la
práctica esto que decimos: que el turismo es una estrategia fundamental en el crecimiento de
nuestra provincia.
Una estrategia que, lamentablemente, tal vez no la
veníamos vislumbrando y hoy entendemos que, sin dudas, tiene mucho que ver con una
posibilidad también de impacto económico en el desarrollo de la provincia.
Sabemos perfectamente, quienes tenemos eventos
de trascendencia, que mueve muchísimo todo lo que tenga que ver con el movimiento comercial
de esos días, en los que uno tiene las fiestas, en lo que trabaja la capacidad hotelera. En todo lo
que tenemos que pensar porque -como bien decía la diputada Pértile- es algo que tenemos que
comenzar, y por eso el nombre "Chaco Explora".
Creo que, efectivamente, nos hace falta eso:
explorar, y vamos a encontrar ese tesoro que es una provincia del Chaco para maravillarnos y
trabajar todos juntos y llevar al turismo a lo que debe ser: poner en valor lo que tenemos -de lo
que tenemos que sentirnos orgullosos todos los chaqueños-. Muchas gracias.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Gracias, señora
diputada.
Está a consideración del Cuerpo...
Tiene la palabra el señor legislador Sánchez.
...
SR. SÁNCHEZ.- La posición de nuestro bloque ya
ha sido suficientemente expuesta por las señoras legisladoras que han hecho uso de la palabra.
Simplemente quería, por un lado, manifestar que
en el artículo 10, donde se habla del gobierno de este Instituto de Turismo del Chaco, vamos a
pedir un cuarto intermedio para consensuar; hay algunas ideas dando vueltas para modificar ese
tema.
Luego, lo que tiene que ver con una cuestión que
por allí no le va a gustar tanto al licenciado Saife, que es el tema de los fondos.
En el artículo 20, inciso 4), habla del 5 por ciento
de todos los ingresos brutos de Lotería Chaqueña. En realidad, lo que debe decir es "utilidades
de Lote-ría Chaqueña" y no "ingresos brutos". De todos modos, sabemos que tiene garantizado
un 0,25 por ciento como mínimo, que ya es un comienzo.
Si bien no ingresó todavía el proyecto de Ley de
Presupuesto, pensando en un presupuesto mínimo de 6 mil millones estaríamos hablando de no
menos de 15 millones de pesos, más todo lo que uno pueda lograr en todos estos puntos que se
han consensuado.
Quiero felicitar tanto al licenciado Saife -acá
presente- como a la presidenta de la Comisión de Tu-rismo y a todos los diputados integrantes
de la misma, que sé han trabajado muy bien y de manera consensuada para elaborar el despacho.
Así que, dicho esto, nada más, señor
presidente; y que se someta a consideración.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Gracias, señor
diputado.
Está a consideración del Cuerpo, en general, el
despacho para el proyecto 2895/09 y sus agregados. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo, en particular.
-Se enuncian, votan y aprueban, sin
modificaciones, los artículos 1º a 5º.
SR. SECRETARIO (Bosch).- El artículo 6º, en el
inciso f), hace referencia al Anexo I que forma parte integrante de la presente ley.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo el artículo 6º con su Anexo. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
-Se enuncian, votan y aprueban, sin
modificaciones, los artículos 7º a 9º.
-Enunciado el artículo 10, dice el
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Tiene la palabra el
señor legislador Sánchez.
SR. SÁNCHEZ.- La propuesta es un cuarto
intermedio para consensuar el artículo 10, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo la solicitud de cuarto intermedio. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
-Es la hora 21 y 16.
-A las 21 y 28, dice el
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Señores diputados:
Con quórum, se reanuda la sesión.
Por favor, ocupen sus bancas.
SR. SECRETARIO (Bosch).- En el cuarto
intermedio se ha con-venido lo siguiente: en el artículo 10, la redacción en general va a ser la
del despacho, con la excepción del inciso a), el cual contendrá la siguiente: "El Directorio
deberá estar compuesto por tres miembros, quienes se desempeñarán como presidente,
vicepresidente y vocal. El presidente y el vicepresidente serán designados por el Poder
Ejecutivo con acuerdo de la Cámara de Diputados. La designación del vocal será efectuada por
el Poder Ejecutivo atendiendo la representatividad de los distintos sectores políticos en el Poder
Legislativo, quien además deberá dar el acuerdo pertinente", luego continúa la redacción: "El
presidente del Instituto percibirá una retribución...", y los restantes párrafos del inciso a).
Si es lo correcto...
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo el artículo 10. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
SR. SECRETARIO (Bosch).- Los restantes incisos
quedan tal cual la redacción original.
-Igualmente, se enuncian, votan y aprueban, sin
modificaciones, los artículos 11 al 19.
-Enunciado el artículo 20 -Capítulo III-, dice el
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Tiene la palabra el
señor diputado Sánchez.
SR. SÁNCHEZ.- Señor presidente: En primer
término, y más allá de este artículo 20, solicito que se apruebe -atento a la cantidad de artículos-
por capítulos el resto de la ley.
A su vez, en ese artículo proponemos, en el punto
cuarto, la siguiente modificación: donde dice "Con el 5 punto porcentual", vamos a agregar "de
las utilidades"; ése es el agregado.
"De las utilidades" y luego sigue "de Lotería
Chaqueña".
SR. SECRETARIO (Bosch).- Concretamente, el
inciso 4º) quedaría: "Con el cinco punto porcentual de las utilidades de Lotería Chaqueña", y
continúa la redacción del artículo tal cual está en el despacho.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo el artículo con la propuesta formulada por el señor diputa-do Sánchez. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
-Igualmente, se enuncia, vota y aprueba, sin
modificaciones, el artículo 21.
SR. SECRETARIO (Bosch).- Si me disculpan, el
artículo 22 hace referencia a los fondos establecidos en el artículo 21 y, en realidad, debería
hacer referencia a los fondos establecidos en el artículo 20, porque hubo un corrimiento al
agregarse el 21.
SR. SÁNCHEZ.- Está bien, señor presidente.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo el artículo 22, con la corrección indicada por el señor secretario. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
-Igualmente, se enuncian, votan y aprueban, sin
modificaciones, los capítulos IV al XIV -Disposiciones Complementarias-.
SR. SECRETARIO (Bosch).- El artículo 56 es de
forma.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Queda sancionada la
ley 6637. (Aplausos provenientes de las bancas de los señores legisladores).
SR. SECRETARIO (Bosch).- El siguiente punto
es para considerar el despacho para el proyecto 322/10, de la Comisión de Turismo y Deportes,
que crea el Plan Estratégico como política pública del Estado provincial en materia turística.
3.8. Despacho para el proyecto de ley por el
que se establece el Plan "Chaco Explora 2015" -Plan Estratégico de Turismo (tratado
sobre tablas).
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo el tratamiento sobre tablas del despacho para el proyecto de ley 322/10. Se va a
votar.
-Resulta afirmativa. (Ver texto en páginas
siguientes).
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo en general. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Para su
consideración en particular, por Secretaría se dará lectura.
-Se enuncian, votan y aprueban, sin
modificaciones, los artículos 1º al 13.
-Enunciado el artículo 14, dice el
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Tiene la palabra la
señora diputada Cáceres.
SRA. CÁCERES.- Señor presidente: Solicito un
cuarto intermedio.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo el pedido de cuarto intermedio. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Se pasa a cuarto
intermedio.
-Es la hora 21 y 35.
-A las 21 y 39, dice el
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Señores diputados:
Con quórum, se reanuda la sesión.
SR. SECRETARIO (Bosch).- En el cuarto
intermedio se ha consensuado una pequeña corrección formal.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Está a consideración
del Cuerpo el artículo 14, con la corrección realizada. Se va a votar.
-Resulta afirmativa.
-Se enuncian, votan y aprueban, sin
modificaciones, los artículos 15 al 19.
SR. SECRETARIO (Bosch).- El artículo 20 es de
forma.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Por lo tanto, queda
sancionada la ley 6638. (Aplausos).
-El subsecretario de Turismo, licenciado Ignacio
Saife, saluda a las señoras diputadas Cristófani, Mastandrea e integrantes del bloque
Justicialista.
SR. PRESIDENTE (Bergia).- Un saludo muy
especial a la señora legisladora Cristófani y a las señoras diputadas del bloque, quienes han
trabajado mucho en este proyecto. (Aplausos).
Vamos a continuar, señor legislador Sánchez.
III. Consideraciones finales
Las dos iniciativas legislativas provinciales aquí
reseñadas constituyen un hito en la organización y promoción turística de nuestra provincia. Por
ello solicitamos la aprobación de este proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TURISMO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/11/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1731/2010 | ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 36/2010 | 18/11/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 02/12/2010 | APROBADO |