TURISMO

Comisión Permanente

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 4924-D-2006

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 25997, NACIONAL DE TURISMO.

Fecha: 30/08/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120

Proyecto
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos que corresponda, proceda a reglamentar la Ley Nacional de Turismo, Nº 25.997, sancionada el 16 de diciembre de 2004 y promulgada el 5 de enero de 2005.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nacional de Turismo, sancionada en el año 2004, vino a responder a la inquietud planteada por todos los actores del sector en aquel momento: la necesidad de actualizar la normativa vigente - se trataba de la ley 18.829 del año 1970 - a fin de contemplar las nuevas realidades y crear mecanismos idóneos para impulsar el desarrollo de la industria turística. En este sentido, presenté un proyecto que sirvió de antecedente y aporte al que finalmente fue sancionado por este Congreso.
La norma en cuestión previó la conformación de un Comité Interministerial de Facilitación Turística, integrado por funcionarios de diferentes áreas del gobierno con el objeto de coordinar y resolver los asuntos administrativos que surgieran en el marco de la actividad turística. Se trata, en suma, de un ámbito de concertación entre las diferentes carteras ministeriales que promoviera el desarrollo sustentable del turismo.
La ley dispuso, también, la creación del Instituto Nacional de Promoción Turística, como ente de derecho público no estatal, que tiene como meta el desarrollo y ejecución de programas y estrategias de promoción de nuestro país en el extranjero.
Además, se ampliaron los recursos que conforman el Fondo Nacional de Turismo, al incluir a los pasajes marítimos y fluviales al exterior entre los sujetos al pago de un impuesto del 5% de su valor.
Pero todos estos importantes avances, quedaron truncados ante la falta de reglamentación de la Ley 25.997 por parte del Poder Ejecutivo. La misma ley, en su artículo 45 estableció un plazo de 180 días para su reglamentación, plazo que se cumplió con creces.
De esta manera, no se ha conformado el Comité Interministerial, con lo que temas de suma importancia para el sector - como el transporte turístico, por ejemplo - siguen sin resolverse. El Instituto de Promoción Turística no se ha constituido en los hechos y se están perdiendo de recaudar ingresos para el Fondo Nacional de Turismo, ya que no se ha reglamentado el cobro del 5% de los pasajes fluviales al exterior.
Considero que es lamentable que este rubro no tradicional de exportación, que genera mayores ingresos que el de cereales y la carne, siga sin disponer de una reglamentación que demuestre la voluntad de considerar al turismo como industria que debe ser protegida y fomentada.
Por los motivos expuestos, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERRI, GUSTAVO ENRIQUE BUENOS AIRES JUSTICIALISTA NACIONAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TURISMO (Primera Competencia)