TURISMO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0017-D-2007
Sumario: LEY 24445, DE FERIADOS NACIONALES: INCORPORAR COMO DIAS NO LABORABLES LOS LUNES Y MARTES DE CARNAVAL.
Fecha: 01/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Artículo 1º -
Incorpórense como días no laborables los lunes y martes de Carnaval,
a los referidos en la ley 24.445, vigente en todo el territorio
nacional.
Artículo 2º - Se
consideran lunes y martes de Carnaval a los inmediatamente previos al
Miércoles de Ceniza de la Cuaresma Católica.
Artículo 3º -
Dichos feriados serán utilizados para promover e impulsar el turismo y
fomentar las costumbres populares, las que hacen a la cultura de las
diferentes provincias que componen al país.
Artículo 4º -
Derogarse toda norma que se oponga a esta ley
Artículo 5º -
Comuníquese al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante la última dictadura militar fueron
suprimidos como días no laborables los lunes y martes de las fiestas
populares de Carnaval. No obstante ello, las festividades en cuestión han
permanecido en nuestras tradiciones, los diversos corsos y otras actividades
culturales y festivas, las que llegada la fecha pueblan las calles y los barrios
de diferentes regiones de nuestro país, en cada una de ellas con
características típicas y diversas.
Si hiciéramos un poco de
historia nos encontraríamos con que el 2 de febrero de 1951 por Decreto
2553, bajo el gobierno constitucional del General Juan Domingo Perón se
declara día no laborable el día martes de Carnaval, ampliando esta norma el
Decreto 3391/55 en su artículo 2 incluye como días no laborales el lunes y
martes de Carnaval. Posteriormente, el Decreto 2446/56, ratificado por ley
14.667 los confirma, y también la ley 20.744 continúa este régimen.
El Golpe de Estado de 1976
modifica la estructura social y legal de la Argentina, con las lamentables
consecuencias que todos debemos recordar, y la ley 21.329 genera nueva
regulación de feriados donde los Carnavales son omitidos.
Luego, algunos Proyectos de
Ley son presentados con la intención de reestablecer los Carnavales,
ninguno de ellos fue tratado por ésta Cámara de Diputados.
En la actualidad, impulsados
por una fuerte y arraigada tradición, en diversos puntos del país se celebran
los carnavales, relacionados en la mayoría de los casos con los usos y
costumbres de cada región. Por su contenido histórico, cultural, simbólico y
social, el carnaval es uno de los pocos festejos de genuina expresión
popular.
En algunas provincias, como
Salta y Jujuy, son de tradición centenaria; en otras, como Entre Ríos y
Corrientes, significan espectáculos de gran inversión económica y
trascendencia internacional – vale citar el caso del “Carnaval del País”-; en la
Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han
crecido sostenidamente en el esfuerzo y la convicción de distintos municipios
e instituciones intermedias. En todos los casos, significan auténticos festejos
que sintetizan elementos de nuestra identidad cultural nativa confirmados
por la gran asistencia de público.
La necesidad de recuperarlos es
porque a pesar de haber sido arrancados desde hace ya más de veinte años, los
Carnavales continuaron creciendo por el esfuerzo de sus organizadores, la
voluntad de sus protagonistas y la fidelidad del público.
Porque la injusticia cometida
por la dictadura militar, orientada a eliminar las auténticas expresiones
populares, debe ser subsanada lo antes posible por este estado democrático
que todos los argentinos han decidido mantener para siempre.
Quiero dejar sentado un punto de
inflexión sumados a los argumentos ya expuestos, no deben ser inadvertidos el
trasfondo económico y la generación de empleo que significaría el
restablecimiento de los Carnavales, para fortalecer aún más todos los centros
turísticos del país de la segunda quincena de Febrero, en otros años motorizada
por los Carnavales.
Tal como constan en los
proyectos presentados y con los que concuerdo, considero que el
restablecer los feriados de Carnaval busca dos objetivos básicos: el fomento
del turismo y el reconocimiento de las más variadas expresiones de la
cultura local de cada una de las provincias en donde se festejan.
El primero de los objetivos se
plantea en un momento muy especial del país en que la actividad turística
receptiva e interna se ve fuertemente fomentada y promocionada por las
condiciones competitivas favorables que surgieron a partir del cambio del
sistema monetario. Actualmente los argentinos aprovechan su tiempo libre
viajando por el país, gastan su dinero dentro de las fronteras y comienzan a
valorar mucho más lo que tenemos. Prueba de ello es el incremento de los
gastos en turismo que el ciudadano argentino realiza en el país.
Este aumento de la actividad
turística ha permitido una demanda de mano de obra, creando alternativas
laborales y contribuyendo a la reducción de la desocupación. Además
permite una importante inserción de movimiento en las economías locales
de muchas regiones de nuestro país que lograron crear, a partir de sus
corsos, un destino turístico nacional e internacional. Por otro lado, los
lugareños reconocen la importancia de atender correctamente al visitante
para que vuelva y transmita de boca en boca lo que vivió.
Respecto a los puntos
mencionados quiero hacer referencia al turismo receptivo, que coloca a la
Argentina entre los primeros en América latina, y muy bien posicionada en el
mundo, de acuerdo con datos estadísticos emanados de la Secretaría de
Turismo de la Nación; esta inserción nos permite una oportunidad
invalorable para promocionar esta festividad en todos los ámbitos como
producto turístico con los diferentes destinos que durante esas celebraciones
existen en el país.
En cuanto al segundo objetivo,
creo que para hacer posible la amplia participación de la población en las
manifestaciones callejeras a las que convocan las distintas modalidades de
conmemorar el Carnaval. Además los denominados días fueron considerados
no laborables por la ley 2.446 del 9 de febrero de 1956, que sufrió hasta la
fecha modificaciones, mediante las leyes 22.655, 22.769, 23.555, 24.360 y,
en última instancia, la 24.445.
No puedo dejar de mencionar
que las fuentes para este Proyecto de Ley son los diversos Proyectos
presentados en el Honorable Senado y en esta Honorable Cámara de
Diputados y que esta propuesta en particular tiene su base en los muchos
de los expedientes que he estudiado, además del singular aporte del
Secretario de Turismo de Pinamar y Presidente del Consorcio Turístico del
Atlántico Bonaerense (COTAB), Juan José Rodríguez, el Presidente del Ente
Turístico del Municipio de General Pueyrredón, Carlos Patrani, y el Secretario
de Turismo de Villa Gesell, Jorge Ziampris.
Asimismo también quiero
agregar el documento que el COTAB, le enviara al entonces Secretario de
Turismo de la Nación, Ing. Hernán Lombardi haciendo referencia a la
necesidad de restaurar dichos feriados nacionales. El mismo está adjuntado.
En este mismo marco, quiero
destacar las permanentes promociones que se impulsan desde la Secretaría
de Turismo de la Nación sobre los carnavales que se realizan en las distintas
provincias del país, las mismas pueden consultarse a través de los teléfonos
gratuitos que posee dicha Secretaría y están a disposición de cualquier
ciudadano. He adjuntado al presente Proyecto algunos informes de prensa.
Por todo lo expuesto, solicito a
mis pares el tratamiento y posterior aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
AGÜERO, ELDA SUSANA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
TURISMO |
CULTURA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE CULTURA. |