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TRANSPORTES

Comisión Permanente

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Jefe SR. SPOSARO RICARDO D.

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5411-D-2017

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CREACION DE LA SOCIEDAD "CORREDORES VIALES S.A, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 09/10/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Transporte de la Nación se sirva informar a ésta Cámara respecto la creación de la Sociedad “Corredores Viales S.A.” bajo la órbita del mismo con sujeción al régimen establecido por la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificaciones y a las normas de su Estatuto.
1) Informe cómo será el procedimiento de selección correspondiente a llevarse a cabo, de ahora en adelante, por la Dirección Nacional de Vialidad para la contratación de la obra pública para cada una de las redes viales de jurisdicción nacional.
2) Mencione las razones de oportunidad, mérito y conveniencia por las que el PEN toma la decisión de incumplir con la Ley Nacional N° 19.549 y sus modificatorias, el Decreto N° 1023/2001 y sus modificatorias y la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificatorias.
3) Exprésese respecto de lo que sucederá con los puestos de trabajo empleados por la Dirección Nacional de Vialidad.
4) Exprésese sobre posibles negociaciones secretas que esté llevando a cabo con la intención de privatizar otras empresas/ áreas estatales. En caso de ser así, exhiba las cartas de intención, acuerdos o documento mediante el cual se conviene la intención de hacerlo.
5) Exprésese sobre el incumplimiento de los incisos e,f,g y h del artículo 2° de la Ley Nacional N°25.188 de Ética Pública.
6) Exprésese sobre la compatibilidad y conflicto de intereses que representa el hecho de que las autoridades de la Asamblea de la nueva empresa “Corredores Viales S.A.” sean los mismos funcionarios de la Dirección Nacional de Vialidad, dispuesto en los artículos 13, 14, 15,16 y 17 de la Ley Nacional N° 25.188 de Ética Pública y en el inciso 4 del artículo 264 de la Ley Nacional N° 19.550 de Sociedades.
7) Expídase respecto de su accionar conforme el artículo 14 de la Ley Nacional N° 19.549 de Procedimiento Administrativo.
8) Expídase sobre la responsabilidad estatal que le cabría en los términos de la Ley Nacional N° 26.944 de Responsabilidad Estatal.
9) Expídase sobre la responsabilidad penal que le cabría en los términos de la Ley Penal, Título XI, Capítulo IV, respecto de los delitos por abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se ha tomado conocimiento en el día de la fecha a través del Boletín Oficial que mediante el Decreto N° 794/2017 se dispuso la creación de la Sociedad “Corredores Viales S.A.” bajo la órbita del Ministro de Transporte de la Nación con sujeción al régimen establecido por la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificaciones y a las normas de su Estatuto, con el objeto de encargarse de la “construcción, mejora, reparación, conservación, promoción, ampliación, remodelación, mantenimiento, operación, financiación, administración, explotación y prestación de servicios al usuario, en trazas, rutas, autopistas, accesos, corredores y cualquier otra red vial de jurisdicción nacional; y el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones resultantes de toda concesión con cobro de peaje que se le confiera” además también se prevé “la realización de las actividades y actos jurídicos dirigidos a la explotación de “Áreas de servicio”, explotaciones complementarias y explotaciones accesorias y toda otra actividad vinculada con su objeto social”.
La Sociedad estará compuesta en su paquete accionario por el 51% del capital social de titularidad del Estado Nacional, por parte del Ministerio de Transporte de la Nación y el 49% restante, por la Dirección Nacional de Vialidad, quedando su Asamblea de Socios facultada para aprobar modificaciones posteriores respecto de su composición societaria.
Como se mencionó anteriormente, no le serán aplicables a la Sociedad las disposiciones de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y sus modificatorias, del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, establecido por el Decreto Nº 1023/2001 y sus modificatorios, de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064 y sus modificatorias, ni, en general, las normas o principios de derecho administrativo, sin perjuicio de los controles que resulten aplicables por imperio de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.
Asimismo se instruye al Ministerio de Transporte de la Nación y a la Dirección Nacional de Vialidad al propicio de las adecuaciones presupuestarias para la constitución de “aportes transitorios o de capital” destinados a cubrir “eventuales déficits de funcionamiento” o para “incrementar la solidez patrimonial” de dicha Sociedad.
Es claro que a través de este tipo de maniobras perversas y completamente ilegitimas el Gobierno Nacional busca el vaciamiento y desguace de las áreas del Estado para luego tener la excusa de que el único remedio que queda para salvar su funcionamiento es la privatización.
Bajo este tipo de prácticas perversas se encuentran los proyectos de privatización de ARSAT con la constitución de una sociedad entre el Estado Nacional y la la empresa estadounidense Hughes Network Systems LLC para la construcción del satélite geoestacionario ARSAT 3 y la explotación de nuestras posiciones orbitales; el PAMI – que posee el quinto presupuesto más grande del país- con la creación de una Fundación paralela con nombre homónimo para vehiculizar el traspaso de una parte del presupuesto asignado al ámbito privado y eludir todo tipo de controles; el Sistema de Salud Pública con la restricción de prestaciones de servicios por medio de una “canasta básica” a través del Programa de “Cobertura Universal de Salud (CUS)” y con la misma bajada de línea las políticas que se vienen implementando para erosionar el funcionamiento del Grupo de Bandera- Aerolíneas Argentinas Y Austral- con la reducción de subsidios, la quita del mercado, al autorización para funcionar de aerolíneas low-cost sin ningún tipo de regulación, entre otras medidas que el gobierna toma en claro guiño que da a entender que su modelo económico es el modelo neoliberal aplicado en los años 90, donde se dio un proceso económico, social y político de desestructuración del entramado social y del aparato industrial.
Desde la asunción de este gobierno lo único que podemos observar y confirmar día a día es el crecimiento del desempleo, la precarización laboral, el progresivo cierre de fábricas e industrias, el crecimiento de la deuda externa a niveles exorbitantes que ya superan los 302.700 mil millones de dólares, concentración económica, la institucionalización de la hegemonía de los principales grupos económicos con los tarifazos, la estatización de deudas y la monopolización del mercado, que paralela y consecuentemente impactan en las condiciones y calidad de vida de la población reflejándose en la desestructuración y ausencia del Estado, caracterizado por los altos niveles de exclusión social.
Ninguna de estas medidas tomadas por el Gobierno Nacional en los últimos meses deben atenderse separadamente una de la otra, sino que deben entenderse como un paquete económico que muestran cómo lentamente se ha puesto en marcha el inicio de un nuevo proceso de reestructuración y adecuación del Estado en claras intenciones de volver a un Estado mínimo y ausente donde todo se reduce a dimensión cuantitativa y economicista de la gestión estatal.
Por lo brevemente aquí expuesto solicito a mis pares que me acompañen con el siguiente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DI STEFANO, DANIEL MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
14/11/2017 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen