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TRANSPORTES

Comisión Permanente

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Jefe SR. SPOSARO RICARDO D.

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4399-D-2008

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA HABILITACION DEL AERODROMO PRIVADO BAHIA DORADA, UBICADO EN LA ZONA DE PUERTO LOBOS, A 30 KILOMETROS DE SIERRA GRANDE, PROVINCIA DE RIO NEGRO.

Fecha: 20/08/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del Organismo correspondiente, informe sobre los puntos que abajo se detallan relativos a la habilitación del aeródromo privado Bahía Dorada, ubicado en la zona de Puerto Lobos, a 30 km de Sierra Grande, Provincia de Río Negro
1. Siendo que el aeródromo se encuentra en un área de seguridad de frontera, este debió ser declarado por la Autoridad Aeronáutica "como necesario en forma imprescindible para el desarrollo de una comunidad o la integración territorial" según la AIC 36/85. Existe tal declaración? Cuál es la comunidad cuyo desarrollo se procura o que parte del territorio nacional se vería integrada mediante este aeródromo privado?
2. ¿Qué razones justificaron la habilitación de un aeródromo privado en zona de seguridad de frontera? ¿Qué criterios aconsejaron su habilitación siendo que próximo al mismo se encuentran el aeropuerto de Viedma, a menos de cien kilómetros y el de Sierra Grande a veinte kilómetros?
3. Tratándose de una zona de seguridad de frontera y siendo que la habilitación fue solicitada por el representante legal de las firmas HIDDEN LAKE S.A. y BAHIA DORADA S.A. Informe: a) Nombre y nacionalidad del propietario del paquete accionario mayoritario de cada una de ellas; b) Si sus órganos de gobierno están integrados por ciudadanos extranjeros. En caso afirmativo, cuántos y qué capacidad de decisión tiene cada uno.
4. ¿Qué actividades desarrollan las empresas mencionadas en el punto anterior?
5. Por las condiciones técnicas o de infraestructura del aeródromo, qué tipo de aviones podrían operar en el mismo? ¿Para qué tipo de aviones esta habilitado dicho aeródromo?
6. ¿Cuántos vuelos se han registrado en el aeródromo referido desde que fue habilitado? Informe: Procedencia y Destino de las aeronaves registradas.
7. ¿Posee la Fuerza Aérea Argentina radares suficientes para controlar el tráfico aéreo del aeródromo referido?
8. ¿Existe la posibilidad que en dicho aeródromo aterricen o despeguen aeronaves sin ser registrados por la Aduana o las Fuerza Aérea nacionales?
9. ¿Qué impactos ambientales generará el aeródromo y su actividad sobre los cursos de agua, fauna y ecosistema costero?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde comienzos de año distintos medios de comunicación vienen publicando notas de investigación sobre una pista para aterrizajes de aviones en la zona de Sierra Grande, Provincia de Río Negro.
Por otra parte, la Legisladora provincial Magdalena Odarda viene denunciando presuntas irregularidades en torno a la misma desde el año 2007.
La pista está ubicada en un campo de unas 40 mil hectáreas, cuyo titular es la firma Bahía Dorada S.A., ubicado en el extremo sur rionegrino, a veinte kilómetros al sur de Punta Colorada y unos treinta de Sierra Grande.
La longitud de la pista es de unos 1800 metros, con un ancho de alrededor de 50 metros, casi tan larga como la del aeroparque porteño. Dichas dimensiones la hace apta para jets de mediano porte tipo Boeing 737. Las construcciones e infraestructura que completan el aeródromo lo convierten en un aeropuerto de las dimensiones y características similares a las de Viedma.
El aeródromo fue habilitado el 19 de febrero de 2008. Las dudas son muchas.
En principio, el aeródromo se encuentra, como dijimos sobre la costa del Mar Argentino, en zona de seguridad de frontera. Según el punto 1.1 de la AIC 36/85 "no serían lugares aptos para la instalación de un aeródromo de estas características los que se encuentren dentro de zonas de fronteras, de seguridad de fronteras o áreas de fronteras, que no hayan sido declarados por la Autoridad Aeronáutica como necesarios en forma imprescindible para el desarrollo de una comunidad o la integración territorial, que no pertenezcan a las empresas nacionales Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF); Gas del Estado; o a las Fuerzas Armadas / de Seguridad, o hayan sido reconocidos por las mismas como necesarios y de utilización periódica".
El Comando de Regiones Aéreas, Autoridad competente para habilitar este tipo de instalaciones, se reserva el derecho, en todos los casos, de inspeccionar los lugares y prohibir su utilización cuando a su juicio no reúnan las características acordes con los requisitos prescritos. Y claramente la normativa vigente expresa que "no se aceptará la denuncia de aquellos lugares comprendidos en la AIC 36/85 Punto 1.1 y 1.2."
El trámite de habilitación del aeródromo mencionado fue iniciado por el representante legal de las firmas HIDDEN LAKE S.A y BAHIA DORADA S.A., Nicolás Bernando Van Dittmar. En la provincia de Río Negro, es de público conocimiento, la vinculación de ambas firmas con el ciudadano ingles JOE LEWIS y sus familiares. El mismo VAN DITTMAR, se reconocer "empleado y amigo" del Sr. Lewis.
De acuerdo a lo establecido por la ley 23.554 y resolución 1751/95 del Ministerio de Defensa empresas con accionistas mayoritarios o cuyos órganos de control se encuentren integrados por extranjeros no podrían ser titulares de tierras en zonas de seguridad y mucho menos de un aeródromo de las características del mencionado en el presente.
El tipo societario de la empresa peticionante - sociedad anónima- hace casi imposible conocer los accionistas que la integran y con ello los verdaderos dueños de los bienes de la misma. Qué razones justificaron la habilitación de un aeropuerto privado, cuyo titular es una sociedad anónima, en una zona de frontera? En este caso no parece haberlas. Existen aeropuertos cercanos: Viedma, a menos de 100 km, Sierra Grande a 30 km. La zona tiene una densidad poblacional escasísima por lo que nadie necesita ni se beneficia con esta pista, solo los dueños del predio en la que fue construida.
Por otro lado, sus dimensiones son por demás llamativas. En la misma podrían ingresar aviones provenientes del extranjero, pudiendo aterrizar o despegar con cargas que no tendrían ningún tipo de control.
¿La seguridad nacional no se verá en riesgo?
Debemos tener en cuenta que el Estado aún no cuenta con la cantidad de radares de tránsito aéreo suficientes para cubrir todo el país. En octubre de 2004, Néstor Kirchner firmó el decreto 1407, en el se contempló, entre otras cosas, la compra de radares de uso civil y militar, que se sumarían o reemplazarían a los existentes (en ese momento eran 11) hasta completar 69 y cubrir todo el territorio. Los fundamentos de dicha norma fueron "que los sistemas de detección (radares de Tránsito Aéreo) que actualmente se encuentran en funcionamiento resultan escasos, limitándose a los instalados en las Áreas Terminales de Ezeiza, Córdoba, Mendoza y Mar del Plata y en el aeródromo de Paraná. Que de los Centros de Control de Area del país, sólo el de Ezeiza, se encuentra trabajando bajo el concepto de Gerenciamiento de Tránsito Aéreo, integrando información de los cinco radares existentes y automatizando todos los procedimientos. El resto de los Centros de Control, donde existen radares que funcionan localmente, lo hacen con las dificultades impuestas por el equipamiento disponible (información mono radar sin procesamiento automático)." Y "que dado el incremento que ha tenido la actividad de vuelos ilícitos a nivel mundial y más específicamente a nivel regional, relacionados con el contrabando y el uso del medio aéreo como elemento terrorista, se hace imprescindible poder contar con radares y sistemas que realicen un control efectivo del aeroespacio, de manera de proteger el tránsito aéreo en el ámbito nacional, el desarrollo económico del País y la seguridad de sus fronteras."
La situación que justificó el dictado del decreto referido no se ha modificado en gran medida. Por lo que sabemos, desde esa época, sólo se sumaron dos de los radares civiles y otro llegó al país a préstamo para reemplazar el de Ezeiza, destruido por un rayo hace un año.
Por ello es que nos preguntamos si nuestro país cuenta con las condiciones técnicas para detectar aviones que despeguen o se dirijan al aeródromo objeto del presente. Los radares 3D son los que detectan aeronaves que pretendan pasar de forma inadvertida y tienen un alcance aproximado de 445 kilómetros. Existe alguno en la zona de influencia del aeródromo Bahía Dorada?
Por último y no por ello menos importante, debemos mencionar que la pista de aterrizaje está ubicada a pocos metros del Golfo San Matías, en cercanías de Puerto Lobos, en un lugar privilegiado por la naturaleza, conocido como Bahía Dorada. El punto norte de la pista en cuestión se encuentra a 1132 metros del Área Natural Protegida Puerto Lobos y a 4043 metros de la lobería existente en el lugar. En tanto, el punto sur de la pista se encuentra a 2286 metros del Área Natural Protegida, y a 2785 metros de la costa.
La construcción de la misma, los taludes para evitar la crecida del arroyo que cruza el predio, y la actividad que en ella se desarrollará seguramente impactará sobre la fauna que hasta hace poco tiempo se protegía en esa zona.
Por todo lo expuesto es que considero necesario contar con la información que se requiere y solicito a mis pares acompañen con su voto positivo el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
BELOUS, NELIDA TIERRA DEL FUEGO SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/10/2009 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 204 del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados ARTICULO 204 REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 204 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS APROBADO