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TRANSPORTES

Comisión Permanente

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Jefe SR. SPOSARO RICARDO D.

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3722-D-2009

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CONTRATO DE CONCESION DE LA ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS DE RETIRO -ETOR-, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 07/08/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), se sirva informar a la brevedad y por escrito sobre distintos aspectos referidos al Contrato de Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones, Ampliación y Servicios complementarios de la Estación Terminal de Ómnibus Retiro (ETOR) de la Ciudad de Buenos Aires, a saber:
1. Cuáles han sido las actuaciones realizadas por la CNRT desde el 1 de enero del 2007 a la fecha, en relación al control de la concesión de la ETOR. Indique el resultado de dichas actuaciones y las medidas que se han tomado en consecuencia.
2. Si se ha procedido a sancionar a TEBA S.A. por los incumplimientos detectados a través de las auditorias realizadas en el pasado por parte de la Auditoría General de la Nación (AGN).
3. Si TEBA S.A. ha cumplido con el cronograma de obras y plan de inversiones aprobado al momento de la renovación del contrato de concesión, considerando que el período evaluado en el presente Proyecto de Resolución supera el otorgado oportunamente.
4. Si se ha verificado el cumplimiento de las nuevas obras, mejoras y equipamiento en la ETOR establecidas en el Decreto Nº 1962/2006.
5. Si se ha realizado la recepción de obras pendientes previo el dictado del Decreto Nº 1962/06. En caso de resultar afirmativo lo anterior, remita copia de las mismas a esta Honorable Cámara.
6. Si TEBA S.A. esta depositando en tiempo y forma los pagos mensuales correspondientes al Canon por el servicio de concesión.
7. Si se ha presentado el Programa de Seguridad y Control Operativo y su cronograma de acciones correspondiente, según lo establecido en las Resolución Conjunta Nº 322/09 y 1778/09 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y de la Secretaría de Transporte, donde se fijan los "Lineamientos y contenidos mínimos para la formulación de los programas de seguridad operativa destinados a estaciones terminales, paradores u otras infraestructuras afectadas al transporte público de pasajeros de larga distancia por automotor de carácter interjurisdiccional".
8. Si se ha cumplido la cláusula novena del Acta Acuerdo ratificada en el Decreto Nº 1962/06, la cual establece que la Empresa TEBA S.A. ejecute a su cargo las obras civiles necesarias para la posterior implementación de un sistema integral de seguridad destinado al control de pasajeros, equipaje y encomiendas a ser transportadas en servicios de media y larga distancia nacional e internacional, con inicio en esa terminal.
9. Si, respecto de los servicios de vigilancia y control en las paradas de taxímetros, TEBA S.A. ha cumplido con lo pautado en el Pliego de Bases y Condiciones.
10. Si TEBA S.A. ha implementado un servicio de maleteros, así como un servicio de carros de autotransporte de equipaje, ambos sin cargo alguno.
11. Si se ha procedido a regular el precio de productos y servicios en el ámbito de la Terminal de Ómnibus (bares, confiterías, kioscos, etc.).
12. Remita copia a esta Honorable Cámara de las pericias contables y balances de la empresa TEBA S.A. desde el 1 de enero del 2007 hasta el 31 de diciembre de 2008.
13. Cualquier otra información que sirva al presente.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Empresa TEBA S.A. suscribió el día 3 de septiembre de 1993 con el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos el contrato de administración, explotación comercial, reparaciones, ampliación y servicios complementarios de la Estación Terminal de Ómnibus de Retiro (ETOR).
Según Informes de la Auditoria General de la Nación (AGN), desde el inicio del contrato de concesión y hasta la fecha, TEBA S.A. ha incumplido en reiteradas oportunidades el Pliego de Bases y Condiciones.
En efecto, los informes de la AGN (el último tiene fecha del 19 de junio de 2007 y fue presentado durante el año 2008 - Informe Nº 48/2008-), destacan que durante los primeros cuatro años de concesión se produjeron reiterados incumplimientos por parte de TEBA S.A., referidos, en especial, al vencimiento de los plazos en la entrega de las obras comprometidas por el concesionario, a la finalización de las obras comprometidas, a los atrasos en el pago del canon mensual a abonarse al Estado, y también a multas e intereses devengados. Por estos motivos la AGN ha llegado a la conclusión de que "la magnitud de los incumplimientos contractuales por parte de TEBA S.A. configuran causal de Rescisión del contrato de concesión". En el mismo sentido se ha expresado la Comisión Bicameral de Reforma del Estado.
Pese a ello, y teniendo en cuenta los argumentos ofrecidos por la empresa, el Poder Ejecutivo autorizó la renegociación del contrato de concesión en dos oportunidades: en noviembre de 1997, quedando plasmado en el Decreto Nº 1.293/97, y en diciembre de 2006, a través del Decreto 1962/2006. Ambos decretos establecían, entre otros aspectos de importancia, la compensación entre las partes por la deuda que tenía TEBA S.A. con el Estado Nacional, la modificación del cuadro tarifario de la concesión y la redefinición de las obras y su cronograma de ejecución.
Además de los cuestionamientos presentados por la AGN, es importante indicar que en ningún momento se previó la convocatoria o celebración de mecanismo alguno que habilite la participación ciudadana en el proceso decisorio, lo cual habría redundado en una mayor transparencia y en el aseguramiento de la publicidad de los actos de gobierno.
Considerando los controles que debería haber realizado la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y el seguimiento de las recomendaciones realizadas oportunamente por la AGN, se han obtenido evidencias tales que permiten concluir que el Concesionario no viene dando cumplimiento a la totalidad de las obligaciones contenidas originariamente en el plexo normativo que regula la Concesión, incumplimientos que no fueron relevados por el acuerdo alcanzado en el marco de la renegociación analizada en el presente Proyecto de Resolución.
Como ya dijimos, y no obstante la situación planteada y denunciada, TEBA S.A. consiguió la renovación del contrato de concesión a fines de 2006, siendo Ricardo Jaime el representante del Estado, y Néstor Otero como titular de TEBA S.A. La relación contractual se extendió hasta septiembre de 2015, obviamente sin atender los señalamientos del organismo de control.
El nuevo contrato incluye un plan de "obras y mejoras" que debían ejecutarse en tres etapas, de entre 3 y 18 meses. Pero transcurrido ese plazo, la mayoría de las obras no han sido realizadas.
La Diputada Silvana Giudici presentó en abril de 2008 un Proyecto de Resolución (Expte. 1700-D-2008) solicitando información respecto a diversos cuestionamientos referidos a la operación de TEBA S.A. hasta el 31 de diciembre de 2006. Sin embargo, y a pesar del paso del tiempo, la falta de cumplimiento, compromiso y responsabilidad por parte de TEBA S.A. que motivara dicho pedido de informes permanece inalterada.
Es claro que, más allá de los informes y auditorias que realice la Auditoría General de la Nación, es la CNRT la que debe velar por el cumplimiento de los pliegos de bases y condiciones, así como los contratos, por parte de las empresas privadas concesionarias de servicios públicos.
La CNRT tiene entre sus objetivos instrumentar los mecanismos necesarios para garantizar la fiscalización y el control de la operación del sistema de transporte automotor y ferroviario, de pasajeros y carga de Jurisdicción Nacional, con el objetivo de garantizar la adecuada protección de los derechos de los usuarios y promover la competitividad de los mercados. Asimismo ejerce el poder de policía en materia de transporte de su competencia, controlando el cumplimiento efectivo de las leyes, decretos y reglamentaciones vigentes, así como la ejecución de los contratos de concesión, y fiscaliza la actividad realizada por los operadores de transporte.
De acuerdo con los objetivos de su creación, la CNRT desarrolla las siguientes funciones básicas, particularmente en relación al Transporte Automotor: fiscalizar las tareas de las empresas operadoras; controlar y habilitar los vehículos afectados al servicio de transporte de pasajeros y cargas en cuanto a su seguridad y condiciones técnicas a través del Sistema de Talleres de Inspección Técnica (C.E.N.T.); otorgar la Licencia Nacional Habilitante de los conductores a través del Sistema descentralizado de Clínicas; fiscalizar el cumplimiento de los recorridos, horarios y tarifas establecidas para el transporte automotor de pasajeros; informar acerca de los derechos u obligaciones de usuarios y empresas durante la prestación del servicio; controlar el funcionamiento de la Estación Terminal de Ómnibus de Retiro; además de asesorar a la Secretaría de Transporte, entre otras funciones.
Hoy en día, quien acuda a la terminal de Retiro puede dar fe del calamitoso estado en que se encuentra y del pésimo servicio que allí se brinda. Allí no hay un sólo panel que indique con claridad los horarios de partidas de los servicios, apenas cuenta con un altavoz que anuncia uno tras otro los 1.600 ómnibus que salen y llegan por día. Tampoco hay salas de espera y los baños dan pena. Entre otras obligaciones establecidas en los contratos de concesión, y que aún se encuentran pendientes, podemos contar: la colocación de cuatro ascensores para facilitar el desplazamiento de los pasajeros; la instalación de 100 monitores de información; la instalación de 53 máquinas de rayos X y 33 detectores de metales para evitar el accionar de punguistas, y la construcción de un sector exclusivo para los servicios internacionales. Pese al plan de obras propuesto, las mismas brillan por su ausencia. Hoy, la Terminal luce antigua, desmejorada, sucia y los días con mucho tránsito queda absolutamente desbordada.
Estas mejoras debían ejecutarse en tres etapas, de entre 3 y 18 meses desde la firma del contrato. Pasado ese tiempo, las obras brillan por su ausencia. Hoy, la Terminal luce antigua, desmejorada, sucia y los días con mucho tránsito queda absolutamente desbordada, hay pocos asientos y la información a los pasajeros deja mucho que desear.
Por todo lo expuesto, y a los efectos de tomar conocimiento respecto de distintos aspectos referidos al Contrato de Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones, Ampliación y Servicios complementarios de la Estación Terminal de Ómnibus Retiro de la Ciudad de Buenos Aires, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/10/2009 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 204 del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados ARTICULO 204 REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 204 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA