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TRANSPORTES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 152

Jefe SR. SPOSARO RICARDO D.

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 2586-D-2008

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CONSTRUCCION Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO FERROVIARIO DE ALTA VELOCIDAD EN EL CORREDOR BUENOS AIRES - ROSARIO - CORDOBA.

Fecha: 22/05/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través de los organismos que correspondan, se sirva informar sobre los puntos que a continuación se detallan, relacionados al Decreto Nº 96/08, expediente S01:0105035/2008 del registro del Ministerio de Economía y Producción y Resolución nº 178/08, referidos a la aprobación de la ejecución de la obra de infraestructura adjudicada al Consorcio Alstom; cuyo fin es la realización de la Obra de Electrificación integral, obra civil, infraestructura de vías, señalamiento y comunicaciones y provisión de material rodante para el Servicio Ferroviario de Alta Velocidad en el corredor ferroviario BUENOS AIRES - ROSARIO (Provincia de SANTA FE) - CORDOBA (Provincia de CORDOBA) línea del Ferrocarril MITRE; y cuestiones conexas:
1. Informar que sector de la población es destinataria del servicio a producirse. Asimismo, informar las características sociales, económicas, culturales y todo otro aspecto sociodemográfico relevante del Proyecto Vial denominado "Servicio Ferroviario de Alta Velocidad del corredor ferroviario Buenos Aires- Rosario- Córdoba y línea del Ferrocarril Mitre".
2. Informar el costo y/o valor final del pasaje que deberá abonar el usuario.
3. Informar cual debería ser el desembolso del Estado a los efectos de subsidiar el servicio de ferrocarril con el objetivo de contrarrestar los efectos de un costo elevado del pasaje.
4. Remitir a esta Honorable Cámara el informe realizado por la Dirección Nacional de Inversiones Publicas acerca de las metodologías adecuadas, criterios internacionalmente aceptados, precios de cuenta, indicadores de decisión y demás procedimientos pertinentes a utilizar en la evaluación del presente proyecto de inversión.
5. Remitir a esta Honorable Cámara la determinación realizada por la Dirección Nacional de Inversiones Publicas respecto de la determinación de los sectores prioritarios para el destino de la presente inversión.
6. Informar debidamente el costo o el monto final y real de la obra adjudicada.
7. Informar si el proyecto conocido como "Servicio Ferroviario de Alta Velocidad" fue incorporado al presupuesto de gastos del periodo en curso.
8. Informar que sucede, según el criterio y debida interpretación de la ley del Ministerio de Economía de la Nación, ante la omisión por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Publicas de los estudios de factibilidad o impacto ambiental establecidos por ley..
9. Informe cuales fueron los motivos por los cuales no se cumplió debidamente con el procedimiento establecido en la Ley de Inversiones Públicas.
10. Informar si se remitió a las Autoridades Ambientales y de Desarrollo Humano que hubieren correspondido, (dado la convergencia de diferentes jurisdicciones provinciales), informe de antecedentes y estudios relacionados con el cuidado e impacto ambiental y todo otro cambio estructural en los centros poblacionales por los cuales la red vial debe trazarse.
11. En virtud del inciso anterior informar acerca de las evaluaciones realizadas por las Autoridades Ambientales correspondientes respecto del proyecto conocido como "Servicio Ferroviario de Alta Velocidad en el corredor ferroviario BUENOS AIRES - ROSARIO (Provincia de SANTA FE) - CORDOBA".
12. Informar si la Dirección Nacional de Inversiones Publicas autorizó la continuidad del presente programa de inversión en atención a las modificaciones que dicho programa ha ido sufriendo desde los comienzos de las negociaciones iniciales hasta el otorgamiento por parte del Estado de la adjudicación e informar cual ha sido la opinión técnica de dicha Dirección respecto de la compatibilidad del proyecto en cuestión y el estado de Emergencia Publica existente.
13. Informar y remitir copia del proyecto de dictamen técnico, (establecido en el art. 4 de la Resolución 175/2004), realizado por la Dirección Nacional de Inversiones Publicas. Informar, a su vez, cual fue la calificación emitida por dicho organismo.
14. Informar, según el estudio de factibilidad, cuales son los resultados esperados en términos de demanda y que necesidades pretende satisfacer.
15. Dado la existencia de Emergencia Publica, declarada por ley 25.561 y prorrogada por ley nº 26.204 hasta el 31 de Diciembre de 2008, se solicita al Ministerio de Economía que de razones o informe si el Servicio Ferroviario de Alta Velocidad es un proyecto que se encuadre dentro de las bases de reestructuración económica establecida en las mencionadas leyes.
16. Informar cuales son las facultades delegadas a través de la ley de emergencia publica y sus constantes prorrogas. Asimismo, explicar si la adjudicación otorgada al Grupo ALMSTON se encuadra dentro de esas facultades delegadas.
17. Remitir copia de los informes de evaluación realizados por: FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la Consultora Internacional de Ingeniería de Transporte Ferroviario y Urbano SYSTRA,

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente pedido de informes se realiza a los únicos efectos de conocer con certeza si se ha cumplimentado en debida forma con el procedimiento de ley exigido como condición sine qua non al momento de utilizar fondos estatales con el fin de realizar o decidir determinadas inversiones públicas. Asimismo, es imprescindible controlar la legalidad de los procedimientos administrativos que adjudican la realización de obras de infraestructuras que por su enormidad y complejidad pueden comprometer el futuro de la Nación. Es en virtud de dicha complejidad, por un lado y, por las obligaciones que el Estado debe asumir, por el otro, la existencia de instrumentos legales que prevén la realización de evaluaciones y utilización de metodologías especificas por parte de organismos técnicos especializados a los efectos de poder conocer o valorar tanto a priori como a posteriori los resultados de factibilidad económicos y sociales respecto de cada inversión u obra pública ejecutada o ha ejecutarse.
Por otro lado, es fundamental a los efectos de establecer los rangos de prioridades del Estado conocer con certeza si las necesidades básicas de la población están satisfechas o no. Es indudable que ante la evidente respuesta negativa a la premisa anterior cabria cuestionarse si una inversión de las características del Proyecto conocido como "Servicio Ferroviario de Alta Velocidad del corredor ferroviario Buenos Aires-Rosario- Córdoba y línea del Ferrocarril Mitre", esta entre las prioridades del Estado.
La existencia de una normativa especifica que ordena y otorga legalidad a las decisiones políticas tendientes a invertir los fondos públicos no pretende como consecuencia, ni mas ni menos, que la de otorgar legitimidad a dichas inversiones y decisiones, por un lado, y por el otro de poder evaluar y analizar con todos los medios técnicos disponibles cual es la mejor manera de invertir dichos fondos públicos. Para ejemplificar seria valido el siguiente ejemplo: con el dinero que compromete el estado en el Servicio de Alta Velocidad ¿cuantos kilómetros de la red vial existente se mejorarían? O ¿se podría incrementar la red vial nacional? O ¿se reducirían los costos de los productores rurales? O ¿cuántos pueblos que nacieron por la llegada del ferrocarril podrían volver a reactivarse? Claramente, las respuestas a estos simples cuestionamientos podríamos tenerlas de haberse seguido correctamente con el procedimiento de ley.
Desde otra perspectiva, cabria preguntarse como es posible que en ninguna instancia de la negociación se realizo un simple informe de antecedentes del Grupo Almston, (adjudicatario). Conocer con quien se compromete el Estado o, desde otro ángulo, tener certeza de quien es el principal obligado respecto del cumplimiento de las obras a realizarse es un detalle no menor. Nuestro país tiene reiterados y graves ejemplos de grupos económicos que lejos de cumplir con lo pactado han sido los principales beneficiarios de negociados que solo generaron endeudamiento e incumplimientos, dejando al Estado nacional con obras inconclusas y deudas que exceden ampliamente la posibilidad de razonamiento de cualquier persona.
Por lo tanto, hoy nos encontramos con una adjudicación otorgada a un grupo económico que según lo poco que se conoce tiene serios antecedentes de corrupción internacionales, una obra faraónica de la cual no se sabe siquiera el costo del pasaje que el usuario debe abonar; obra de la cual tampoco se conoce que impacto ambiental y socioeconómicos traerá aparejado, es decir: ¿Para quién o quienes esta dirigida esta mega estructura? ¿Qué sector social será beneficiario? De hecho, se estima que el valor del pasaje estará en alrededor de unos quinientos o seiscientos pesos. Por lo cual, o de aquí a tres años el valor del peso se habrá devaluado o por el contrario el Servicio de Alta Velocidad esta dirigido a priori a la clase media alta y alta de la sociedad. Como consecuencia, surge un nuevo interrogante, el Servicio de Alta Velocidad claramente será un servicio de lujo, dado que un pasaje a Rosario o Córdoba es notoriamente inferior, inclusive utilizando medio de transporte aéreo.
Conclusión de lo expresado y en relación con el párrafo inicial, es menester expresar que dicha obra de infraestructura es sin lugar a la menor duda una nueva "aero isla", obra que por ninguno de los vértices que se la mire viste rango de prioridad. Inversión publica fútil que, lamentablemente, además de utilizar en forma indebida y equivocada los fondos públicos, trayendo junto con esto, nuevamente, la postergación de la clase trabajadora toda, genera que la opinión publica, la población pierda el norte de la discusión y tras el manto del Servicio de Alta Velocidad sucedan cuestiones políticas verdaderamente serias que no ocupan la agenda de discusión publica.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BELOUS, NELIDA TIERRA DEL FUEGO ARI AUTONOMO 8 +
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES ARI AUTONOMO 8 +
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE ARI AUTONOMO 8 +
NAIM, LIDIA LUCIA BUENOS AIRES ARI AUTONOMO 8 +
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO ARI AUTONOMO 8 +
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/10/2009 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 204 del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados ARTICULO 204 REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 204 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA