TRANSPORTES
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0072-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA APERTURA DE UN CRUCE FERROVIAL EN EL RAMAL 15 VIA PERGAMINO - CASILDA LOCALIDAD DE PEYRANO, VILLA CONSTITUCION, PROVINCIA DE SANTA FE.
Fecha: 03/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
1º: Dirigirse al Poder Ejecutivo para
que disponga ante el organismo que corresponda:
a- Realización de apertura de un cruce
ferrovial en el ramal Nº 15 vía Pergamino - Casilda, en el Km. 274,500 en las
cercanías de la localidad de Peyrano, Departamento Constitución en la provincia
de Santa Fe.
b- En los fundamentos se
aportan datos del estudio de factibilidad correspondiente al proyecto de apertura
correspondiente.
2º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto fue oportunamente
ingresado a la Cámara bajo el expediente 5774-D-2006, el cual fue aprobado por
la Comisión de Transportes con Dictamen de fecha 31 de octubre de 2006, sin
disidencias, con Orden del Día Nº 1443.
El Pueblo Peyrano se encuentra
ubicado en el sur de la provincia de Santa Fe, en el límite interprovincial con
Buenos Aires, dista 60 Km de la ciudad de Rosario, y pertenece al departamento
de Villa Constitución, la población estimada es de 3000 habitantes según datos del
último censo realizado en 1991.
La actividad económica principal es
agrícola-ganadera, con una fuerte tendencia hacia la actividad agrícola,
manifestada por lo menos en los últimos 10 años.
La comunicación directa con
localidades bonaerenses, a través de caminos rurales, es permanente,
acentuándose en los periodos de mayor actividad económica (Diciembre a
Mayo).
Necesidad de la apertura de un cruce
ferro-vial.
La necesidad de abrir un cruce en el
lugar que se detalla en el punto siguiente está sustentada en la siguiente
razón:
Al instrumentarse sistemas de
concesión por peaje en diversas rutas utilizadas hasta la actualidad, que
mejoraron considerablemente las condiciones de circulación vehicular, originó un
incremento del transporte automotor por esta zona dedicados a la carga de
cereales y en menor proporción al transporte de ganado desde los centros
productores hacia los centros acopiadores y puertos de la región.
El paso obligado de estos vehículos es
a través del centro comercial del pueblo que origina un deterioro constante de la
calzada y un problema en la circulación, estos problemas se ven acentuados por
el considerable del parque automotor.
Con la apertura del nuevo cruce se
crea una dirección obligatoria del tránsito por una calle periférica, donde se
canalizará el tránsito proveniente de las localidades cercanas (Pearson, Colón,
Wheelwright, etc.) y a su vez el transporte de cargas del productor agropecuario
hacia los centros acopiadores del pueblo (Cooperativa y una Firma Privada).
Ubicación del paso a nivel.
El paso a nivel proyectado está
ubicado, según muestran los planos que se adjuntan, en la intersección de la Av. 9
de Julio (actualmente de tierra) con las vías del ex FFCC Mitre.
Corresponde a la red ferroviaria
secundaria (Ramal 15) integrada por dos vías de igual trocha (1.675 mts), una de
las cuales está concesionada a favor de la empresa A.L.L. y que corresponde al
ramal Fournier entre las estaciones de Peyrano y Santa Isabel, en la progresiva
1,100, el otro ramal ferroviario, concesionado a la empresa N.C.A., entre las
estaciones de Peyrano y Federico Paz en progresiva 274,500.
O sea que en el lugar del cruce
propuesto se encuentra comprometida simultáneamente la concesión de América
Latina Logística y Nuevo Central Argentino, por lo que la documentación técnica y
datos referidos al cruce serán remitidos por esta comuna a ambas empresas
concesionarias del servicio.
El ángulo de intersección de la calle
mencionada con las vías es de 72 grados, y la distancia al cruce más próximo es
de 730 mts.
Estudio técnico.
Determinación del rombo de visibilidad
según punto 5.3.1.2 de la norma S.E.T.O.P.
Sobre el camino a 60 mts de la línea de
detención considerando que la calle (Av. 9 de Julio) es de tierra.
Distancia entre el eje de cruce y vértice
rombo de visibilidad sobre vía, según Tabla I: 156 mts.
Se procedió al levantamiento
planialtimétrico de la zona determinada por el rombo de visibilidad y se verificó
esto último situándose a una altura de 1,20 mts. Sobre el camino y a 1 mts sobre
la vía.
Drenaje de aguas superficiales.
El sistema de desagüe de la zona
afectada al cruce se conforma de la siguiente manera:
1- Dos cunetas colectoras laterales de
forma irregular con orientación N - S, ubicadas fuera de los límites del ferrocarril y
a una distancia de 9.80 y 14
Mts. del riel exterior, desaguan la
zona comprendida entre el terraplén y la calzada adyacente.
2- Un canal colector también de forma
irregular con orientación E-O cruza las vías a través de una alcantarilla de chapa
ondulada de 2 mts y 11 mts de longitud cuya cota de desagüe está a 3.50 mts por
debajo de la cota del riel, desagua en el Arroyo del Medio ubicado a 1500 mts
aproximadamente del cruce.
Solución del cruce.
De acuerdo a Tabla II del reglamento y
definiendo a la red ferroviaria como Rf 2 (Sectores de las redes primaria
interregional y secundaria, cuya circulación en día de máxima no alcanza a diez
trenes), y a la urbana como RSU (Calle complementaria de la red primaria urbana)
y teniendo en cuenta que la circulación de vehículos por día es menor a 400, se
adopta un paso a nivel con señalización pasiva.
Conclusión: Este pedido fue realizado
oportunamente en el año 2000, ante el Ferrocarril Nuevo Central Argentino y la
Comisión Nacional de Transporte Ferrovía, habiéndose adjuntado la
documentación correspondiente al Estudio de Factibilidad con planos de
Relevamiento Planialtimétrico y solución del cruce.
Hasta la fecha no se ha satisfecho la
realización de dicho cruce ferrovial.
Además de solucionar un problema de
tránsito vehicular, se presenta la necesidad de encontrarse en las adyacencias del
citado cruce la Escuela San Martín Nº 186, que origina para su normal
funcionamiento dificultades de todo tipo.
Por ello se solicita la aprobación del
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GALVALISI, LUIS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
AMENTA, MARCELO | BUENOS AIRES | RECREAR PARA EL CRECIMIENTO |
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO | BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/06/2008 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0535/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0072-D-2008 y 0151-D-2008 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 16/07/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0072-D-2008 y 0151-D-2008 | APROBADO |