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SEGURIDAD INTERIOR

Comisión Permanente

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Jefe LIC. FLEISCHER LUCIANO

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0972-D-2012

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DENOMINADO "PROYECTO X".

Fecha: 16/03/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del Ministerio de Seguridad de la Nación, informe acerca de los siguientes puntos respecto del denominado "Proyecto X", implementado por dicha cartera:
1 - Informe las fuerzas de seguridad que lo están llevando adelante y bajo qué órbita jurídica se implementa.
2 - Para el caso de la Provincia de Santa Fe informe:
a) cuál es su aplicación y las autoridades a cargo de su implementación
b) qué fines se persigue con su implementación y los motivos por los cuales se instrumenta.
c) quién o quiénes son objeto de investigación por parte de las fuerzas de seguridad
d) qué registro se posee de estas actuaciones, con qué finalidad y bajo que modalidad de archivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Traemos a consideración de este cuerpo un proyecto que tiene por objeto solicitar explicaciones al Poder Ejecutivo Nacional acerca de la implementación del denominado "Proyecto X", nombre que se le da a un sistema de investigación y espionaje ilegal implementado por la Gendarmería Nacional bajo la órbita del Ministerio de Seguridad de la Nación y cuya existencia ha sido reconocida -a raíz del estado público que tomó la denuncia por diversos medios de comunicación- tanto por la Ministra Nilda Garré como por el Comandante General de la Gendarmería Nacional, Héctor Bernabé Schenone.
El "Proyecto X" implica la realización de tareas de espionaje e investigación sobre trabajadores, sindicalistas, referentes sociales y políticos y estudiantes, que se han movilizado o manifestado en reclamo de diversas reivindicaciones. Dicho accionar implica que efectivos de esa fuerza realizan tareas investigativas que consisten en infiltrase en movilizaciones y reuniones o asambleas de trabajadores, con el objetivo posterior de identificarlos a los fines de proseguir causas judiciales en su contra. Estas tareas ilícitas son llevadas adelante por un cuerpo especial de la Gendarmería Nacional, dependiente de la "Unidad de Investigaciones y Procedimientos Judiciales Campo de Mayo".
Reiteramos el concepto de ilegalidad porque la legislación vigente en nuestro país prohíbe la realización de estas tareas de inteligencia y espionaje. Nos sustentamos en la Ley de Seguridad Interior, Nº 24.059 y en la Ley de Inteligencia Nacional, Nº 25.520, que en su artículo 4º expresamente prohíbe que se realicen tareas de inteligencia a personas por el sólo hecho de ser miembros de partidos políticos, asociaciones sindicales o grupos sociales.
La norma es taxativa: "Ningún organismo de inteligencia podrá: 1. Realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, cumplir, por sí, funciones policiales ni de investigación criminal, salvo ante requerimiento específico realizado por autoridad judicial competente en el marco de una causa concreta sometida a su jurisdicción, o que se encuentre, para ello, autorizado por ley.
2. Obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción.
3. Influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país, en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos legalmente constituidos, en la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo.
4. Revelar o divulgar cualquier tipo de información adquirida en ejercicio de sus funciones relativa a cualquier habitante o a personas jurídicas, ya sean públicas o privadas, salvo que mediare orden o dispensa judicial."
Asimismo, vale la pena recordar que el protocolo del Acta Acuerdo del Consejo de Seguridad Interior encabezado por la Ministra Nilda Garré, firmado por Nación y diecinueve provincias en marzo del año pasado, dice en su punto 11: 'Establecerán la obligatoriedad, para todo el personal policial y de las fuerzas de seguridad interviniente en los operativos, de portar una identificación clara que pueda advertirse a simple vista en los uniformes correspondientes'.
Luego del estado público que tomara la denuncia que ya fuera presentada en sede judicial en el mes de noviembre del año pasado y que quedara radicada en el Juzgado Federal a cargo del Dr. Norberto Oyarbide, no sólo asistimos al reconocimiento de la existencia del Proyecto X por parte de las máximas autoridades del Gobierno Nacional y de la Gendarmería Nacional, sino que distintas en diversas provincias surgen denuncias similares a las realizadas por los trabajadores de Kraft y sus letrados patrocinantes del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos.
Es así que pudimos leer en diversos medios periodísticos que el Proyecto X también es implementado en provincias como Chaco y Misiones, en el primer caso contra los desocupados que acampaban en reclamos de planes sociales y en el segundo contra los docentes y trabajadores yerbateros que en el año 2009 reclamaban por aumentos salariales. También en estos casos, se utilizó la información obtenida mediante el espionaje y la investigación ilegal para procesar y embargar a los referentes sociales de dichas protestas.
Es por ello que requerimos al Poder Ejecutivo Nacional informe cuál es la si existe alguna implementación del Proyecto X en la provincia de Santa Fe y, en caso afirmativo, cuáles son los objetivos y motivaciones por los cuales se implementa.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares la probación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
DEFENSA NACIONAL
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
28/08/2012 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría