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SEGURIDAD INTERIOR

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 207

Jefe LIC. FLEISCHER LUCIANO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2172 Internos 2172/2209 /2264/

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0129-D-2013

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA LICITACION PUBLICA NACIONAL DE ETAPA UNICA N° 9/12 LLEVADA A CABO POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE DE LA NACION, CUYO OBJETO ES LA ADQUISICION DE TREINTA VEHICULOS NUEVOS Y SIN USO, TIPO MINIBUS PARA USO DE LA GENDARMERIA NACIONAL.

Fecha: 04/03/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso de corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
1) Antecedentes técnicos de la Licitación Pública Nacional de Etapa Única Nº 9/2012 llevada a cabo por el Ministerio del Interior y Transporte cuya adjudicación fuera aprobada mediante Decisión Administrativa 1389/2012 de la Jefatura de Gabinete de Ministros con fecha 20 de Diciembre de 2012 y cuyo objeto es la adquisición de TREINTA (30) vehículos nuevos y sin uso, tipo minibús (19+1) para uso de la GENDARMERIA NACIONAL.
2) Si se ha dado cumplimiento a la difusión exigida por el Decreto 1023/2001, Decreto 436/2000 y la Circular Nº 27 de la Oficina Nacional de Contrataciones, y en su caso indique los días en que ha sido publicada la convocatoria en el Boletín Oficial y en la página Web la Oficina Nacional de Contrataciones
3) La cantidad de pliegos adquiridos, datos de los adquirentes, ofertas presentadas en el mencionado llamado, con la correspondiente identificación de los oferentes, las cotizaciones efectuadas y las condiciones y precios de las ofertas de cada uno de ellos. Así, como cualquier otro dato que pueda ser de interés.
4) Las condiciones, plazos y precios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
5) Los motivos por los cuales sólo se informa como firma oferente, IVECAM S.A.
6) Los motivos por los cuales se acudió a la excepción prevista en el artículo 3, del Decreto 1188/2012 respecto de la modalidad de contratación.
7) Si intervino la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA, en los términos de lo normado por el artículo 3 del Decreto 1188/2012.
8) El precio testigo informado por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN).
9) Si se consideró el valor de referencia determinado por la SIGEN en la adjudicación de la presente licitación.
10) El monto de cada uno de los "vehículos nuevos y sin uso" adquiridos mediante la presente licitación.
11) Acompañe copia fiel del Expediente por el cual tramitó la mencionada licitación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con fecha 04 de Enero de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina, la Decisión Administrativa 1389/2012 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la cual se aprobó la Licitación Pública Nacional de Etapa Única Nº 9/2012, que tuvo por objeto la adquisición de TREINTA (30) vehículos nuevos y sin uso, tipo minibús (19+1) para uso de la GENDARMERIA NACIONAL.
En los considerandos de la mencionada Decisión Administrativa sólo se informa como firma oferente, a quien resultó finalmente adjudicataria de la licitación: IVECAM S.A.
Por ello, requerimos que se dé a conocer si otras firmas se presentaron en la licitación, y en su caso, se identifique a los oferentes, informándose todo respecto de cada una de las ofertas por ellas presentadas.
Asimismo, solicitamos que se informen los motivos por los cuales sólo se informa respecto de la firma IVECAM S.A.
En este sentido, también es imperante conocer el contenido del Pliego de Bases y Condiciones Particulares: condiciones, plazos y precios allí estipulados, a los fines de descartar que la licitación haya estado condicionalmente dirigida a IVECAM S.A
Por otra parte, de los considerandos de la Decisión Administrativa 1389/2012 surge que para la adquisición del objeto de la presente licitación se acudió, respecto de la modalidad de contratación, a la excepción prevista en el artículo 3, del Decreto 1188/2012, que reza: "...Art. 3° - Las jurisdicciones y entidades alcanzadas por el presente sólo podrán exceptuarse de lo dispuesto en el artículo 1°, por decisión del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, previa intervención de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA...". (El subrayado y negrita me pertenece).
Ahora bien, de la Decisión Administrativa 1389/2012 no surge: los motivos por los cuales se recurrió a la excepción referida, ni si intervino, conforme manda el artículo recién citado, la Oficina Nacional de Contrataciones.
Sólo surge de los considerandos que "...Que ha sido otorgada la excepción prevista en el artículo 3º del Decreto Nº 1188 del 17 de julio de 2012 por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS...", sin explicarse los motivos de tal decisión y sin confirmar la intervención estipulada.
Por ello, solicitamos que se informen los motivos por los cuales se acudió a la excepción explicada, y si se cumplió con las condiciones estipuladas por el artículo 3 para dar viabilidad a la excepción allí prevista.
Por otra parte, de los considerandos surge que se agrega el informe emitido por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), pero no se informó el valor de referencia informado por dicho organismo.
Tampoco se da cuenta de si el precio testigo fue debidamente considerado y tomado como valor de referencia al momento de adjudicar la licitación a la firma IVECAM S.A.
Insistimos en la importancia que tiene el respeto y consideración del precio testigo emitido por la SIGEN en mecanismos de selección como el presente, en el marco de lo establecido por la Resolución 122/2010, puesto que sirve como una herramienta de control en la etapa de evaluación de ofertas contribuyendo en la determinación de la razonabilidad de los precios ofrecidos al momento de analizar los distintos parámetros. Sin duda, el sistema implementado mediante la Resolución mencionada resulta imprescindible para lograr una mayor eficiencia, eficacia y transparencia en los procedimientos como el que nos ocupa.
Por último, merecemos conocer con exactitud, dada la magnitud del monto total ($ 13.611.900,00) por el cual fue licitado el objeto de la presente licitación en función de la cantidad contenida en el mismo (treinta vehículos nuevos y sin uso, tipo minibús), el monto de cada uno de los vehículos adquiridos.
Por otro lado, es preciso mencionar que el artículo 1º del Decreto 1023/2001 indica que "el régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, tendrá por objeto que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible...". A su vez, conforme surge de los Decretos 1023/2001 y 436/2000 son principios generales a los que deberá ajustarse la gestión de las contrataciones: (a) razonabilidad del proyecto y eficiencia de la contratación para cumplir con el interés público comprometido y el resultado esperado; (b) promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes; (c) transparencia en los procedimientos; (d) publicidad y difusión de las actuaciones; (e) responsabilidad de los agentes y funcionarios públicos que autoricen, aprueben o gestionen las contrataciones; (f) igualdad de tratamiento para interesados y para oferentes.
Además, la contratación pública debe desarrollarse en todas sus etapas en un contexto de transparencia basado en la publicidad y difusión de las actuaciones emergentes de la aplicación de este régimen, la utilización de las tecnologías informáticas que permitan aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la información relativa a la gestión del Estado en materia de contrataciones y en la participación real y efectiva de la comunidad, posibilitando el control social sobre las contrataciones públicas.
Por lo tanto, y teniendo en cuenta los principios antes mencionados, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/11/2013 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría