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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 149

Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR

Jefe SR. OTTONE IGNACIO

Martes 14.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2132 Internos 2132/2133

crnaturales@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3927-D-2016

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL DESFINANCIAMIENTO DE LA LEY 26331, DE PRESUPUESTOS MINIMOS DE PROTECCION AMBIENTAL DE LOS BOSQUES NATIVOS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 24/06/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 79

Proyecto
Expresar preocupación por el desfinanciamiento de la Ley 26.331, de Presupuestos Mínimos Protección Ambiental de los Bosques Nativos, y solicitar se cumpla con lo establecido en sus artículos 31 y 32, referidos al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos, incluyendo los montos correspondientes en el proyecto de ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio fiscal de 2017.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En noviembre de 2007, con el apoyo de 1.500.000 personas firmantes, se sancionó la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (Ley N° 26.331). En su artículo 32°, establece que “El Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos será distribuido anualmente entre las jurisdicciones que hayan elaborado y tengan aprobado por ley provincial su Ordenamiento de Bosques Nativos”. Este fondo, según define clara y taxativamente la Ley en su artículo 31°, se compone principalmente por las partidas presupuestarias anualmente asignadas, las que no podrán ser inferiores al 0,3% del presupuesto nacional y el dos por ciento (2%) del total de las retenciones a las exportaciones de productos primarios y secundarios provenientes de la agricultura, ganadería y sector forestal, correspondientes al año anterior del ejercicio en consideración. Dicho fondo entró tardíamente en funcionamiento a partir de la reglamentación de la Ley 26.331 en 2009 (Decreto Nacional N° 91/2009).
Si bien la sanción de la Ley de Bosques en 2007 fue un gran paso para proteger a este ecosistema, su correcta implementación es una cuenta pendiente, dado que apenas se le asignó a la conservación de los bosques nativos el 8,5% de lo estipulado por ley: recibieron entre 2010 y 2015, sólo 1.239 millones de pesos (según el "Informe de estado de implementación 2010 -2015" del actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, MAyDS), en lugar de los 14.750 millones que le correspondían.
Paradójicamente e inversamente proporcional a la disminución de los fondos asignados (considerando la inflación), para cumplir la implementación de la Ley, entre 2010 y 2015 aumentó la presentación de planes de manejo sostenible, de conservación y proyectos de formulación de propietarios que solicitaban a las autoridades de aplicación, con el espíritu de conservar la biodiversidad y los servicios ecosistémicos de los bosques nativos. En 2010 había 257 planes vigentes y en 2015 la cifra alcanzó los 1.288.
En este contexto, según cita un reciente informe del MAyDS, “el análisis comparativo de la pérdida de bosques nativos entre períodos comprendidos entre 2006 y 2014 -datos de la Unidad de Manejo del Sistema de Evaluación Forestal (UMSEF) de la Dirección de Bosques- muestra una tendencia hacia la disminución de las tasas anuales de deforestación en las regiones Parque Chaqueño, Yungas, Selva Paranaense y Espinal, acentuándose este cambio en el último período analizado, 2013 - 2014”.
No obstante, también se han registrado desmontes ilegales en las categorías I y II que la Ley inhabilita para el cambio de uso del suelo y según un informe de 2015 de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), desde 1990 se perdieron en el país 7,6 millones de hectáreas de bosques (el equivalente a la superficie de la provincia de Formosa)
Consideramos imprescindible que el Poder Ejecutivo Nacional incluya en el Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2017, el financiamiento necesario para la constitución plena del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos legalmente previsto, por los siguientes motivos:
1. Bregar por el cumplimiento de la Legislación vigente forma parte de los deberes de los funcionarios públicos.
2. La recepción plena de los fondos previstos por la Ley 26.331, por parte de las diferentes jurisdicciones que sancionaron sus leyes de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos es un derecho insoslayable que debe ser cumplido en un esquema Federal.
3. Con el adecuado financiamiento, las autoridades de aplicación provinciales podrán cumplir con las compensaciones a los titulares de las tierras de bosques nativos que realicen tareas de conservación y uso sustentable, y fomentar la realización de actividades productivas sustentables por parte de los campesinos y comunidades indígenas que habitan los bosques.
4. Las recientes reducciones y quitas de retenciones al sector agrícola, promoverán una mayor demanda de tierras para los cultivos orientados a la exportación con la consecuente presión sobre los bosques. La conservación y uso sustentable de los bosques nativos dependerá de la real capacidad de las jurisdicciones de pugnar por el cumplimiento de las leyes de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos. Esta capacidad de monitoreo, control y sanción de las infracciones a la Ley debe ser fortalecida con el 30% de los fondos de la Ley de Bosques previstos para tal fin.
5. Argentina asumió compromisos en el marco de la Conferencia de las Partes de París 2015 (COP 21) que incluyen una fuerte disminución de la deforestación, la cual será posible si se cumple efectivamente con la Ley 26.331.
El Gobierno Nacional tiene la responsabilidad de implementar la Ley de Bosques y asignar el total del fondo legalmente previsto, dando así una clara señal a la sociedad argentina de la importancia que debe tener como política de Estado la conservación y uso sustentable de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos para el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
El presente proyecto responde el pedido de organizaciones que vienen haciendo un seguimiento del cumplimiento de la Ley de Bosques, tales como Fundación Vida Silvestre, Greenpeace y Fundación Ambiente y Recursos Naturales, FARN, pedido que compartimos enteramente.
Por todo lo antes expuesto, solicitamos nos acompañen en este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COUSINET, GRACIELA MENDOZA LIBRES DEL SUR
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
MASSO, FEDERICO AUGUSTO TUCUMAN LIBRES DEL SUR
ALBORNOZ, GABRIELA ROMINA JUJUY UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
11/08/2016 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
17/08/2016
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0363/2016 CON MODIFICACIONES 17/08/2016
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 05/09/2016 APROBADO