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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 149

Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR

Jefe SR. OTTONE IGNACIO

Martes 14.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2132 Internos 2132/2133

crnaturales@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3332-D-2016

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONTAMINACION AMBIENTAL PROVOCADA POR DERRAMES DE RESIDUOS CLOACALES, NAFTALENO E HIDROCARBUROS EN EL RIO NEGRO, PROVINCIA DE RIO NEGRO.

Fecha: 03/06/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 66

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin que, a través de los organismos que correspondan, tenga a bien remitir a esta Honorable Cámara un informe referido a la contaminación ambiental provocada por los sucesivos derrames de residuos cloacales, naftaleno, e hidrocarburos por diversas vías al río Negro (provincia de Río Negro), en relación de los siguientes puntos:
1) Medidas adoptadas a partir de la toma de conocimiento de la presencia de líquidos cloacales, naftaleno e hidrocarburos derramados en el Río Negro.
2) Cuáles son los efectos del derrame sobre la salud de la población y la biodiversidad. Si se han realizado informes y quiénes los han realizado. En su caso, se solicita que adjunte los mismos.
3) Cuáles han sido las políticas de monitoreo y análisis en la zona afectada. A partir de qué fecha y a qué hora se comenzó la realización de las mismas. Quienes han realizado dichas acciones. En su caso, adjunte los informes realizados.
4) Cuantificación y evaluación del daño ambiental provocado.
5) Si se ha identificado a los posibles responsables de la contaminación.
6) Nómina de la Empresas o Instituciones que se encuentran inscriptas en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos de la ley N°24.051, y que se encuentran radicadas con cercanía a los márgenes del Río Negro.
7) Sumarios realizados con motivo de infracciones a la Ley del Ambiente (Ley 25.675), de Residuos Peligrosos (Ley 24.051) o de cualquier otra normativa aplicable a la materia.
8) Sanciones impuestas por infracciones a las normas ambientales y de Residuos peligrosos.
9) Medidas sanitarias adoptadas.
10) Medidas de prevención adoptadas.
11) Todo otro dato de interés relacionado con el objeto del presente pedido de informe.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Nuestra Constitución Nacional, en su artículo 41, resguarda el derecho fundamental a un medio ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. Asimismo, la carta fundamental impone la obligación de preservar el ambiente y advierte que el daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
En este contexto, es que nos vemos obligados a reaccionar solicitando al Poder Ejecutivo que informe sobre la contaminación del Río Negro, ya que es el agua, un recurso natural vital para el desarrollo de la población, es el que se ve afectado.
Además, la jurisdicción del Poder Ejecutivo está dada porque en su órbita está la autoridad de aplicación de la Ley General del Ambiente, y por aplicación del principio de solidaridad del artículo 4° de dicha ley, que establece que “la Nación y los Estados provinciales serán responsables de la prevención y mitigación de los efectos ambientales transfronterizos adversos de su propio accionar, así como de la minimización de los riesgos ambientales sobre los sistemas ecológicos compartidos”.
En este sentido, se interpreta al Río Negro no como un curso de agua estático sino como parte de una cuenca. La cuenca del río Negro atraviesa la provincia homónima en dirección noroeste/sudeste, recorriendo un pequeño sector del sur de la provincia de Buenos Aires en las cercanías de la localidad de Carmen de Patagones. El río Negro nace de la confluencia del río Limay con el río Neuquén, y drena un área total de 125.500 Km2.
Además, sosteniendo el concepto de cuenca, por la presencia de naftaleno en las aguas del Río Negro (circunstancia verificada por una pericia realizada por la Corte Suprema de la Nación) es de aplicación también las previsiones de la Ley de Residuos Peligros, ya que dichos residuos pueden “afectar a las personas o el ambiente más allá de la frontera de la provincia en que se hubiesen generado”.
La contaminación del río Negro es una afección que los pobladores padecen desde hace años. Dicha situación, lógicamente crítica, provocó una denuncia penal, en el marco de la cual se realizó una pericia de análisis químicos por parte del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que fue llevada a cabo durante el 2015. De este modo, podemos certificar que la situación actual es preocupante por el vertido en crudo de residuos cloacales y la gran concentración de bacterias e hidrocarburos que representan serios problemas para la salud humana y para el medio ambiente.
En las muestras efectuadas en la naciente, como así también en la confluencia, es constante la presencia de Naftaleno, al igual que la de otros metales cuya incidencia debería ser analizada como son los casos de plomo, hierro y cobre.
Para poner en conocimiento a los presentes del estado que supone la contaminación del Río Negro, recurso natural indiscutido para el desarrollo y la economía de la provincia patagónica, podemos compartirles los datos más relevantes de los últimos exámenes químicos dados a conocer.
Durante el 2013 unos 90 firmantes de la zona de Guerrico realizaron reiterados reclamos respecto de lo que aseguraban un “vertido sin control y con nulo o deficiente tratamiento, de los efluentes cloacales de la ciudad de Allen y de desechos de industrias jugueras en el parque industrial”; las muestras estudiadas en el laboratorio “Praxis” en julio de 2013 detectaron alteraciones físico- químicas con valores preocupantes (sólidos disueltos, cloruros, sulfatos, nitratos y nitritos), bacterias Coliformes Mesófilas en números que superan hasta en 400 veces los límites de referencia y en particular, la presencia de Escherichia Coli y demás bacterias provenientes de la contaminación fecal.
Continuando las crecientes denuncias de los habitantes de la provincia, sobre todo la zona altovalletana más cercana a la confluencia, para abril del año pasado (2015) el análisis del agua de río realizado por Prefectura además de materia fecal, dio cuenta de la presencia de Naftaleno y de hidrocarburos totales de petróleo en una de las muestras.
El naftaleno es un residuo peligroso incluido en la Ley N° 24.051, es una sustancia muy tóxica para los organismos acuáticos y puede causar efectos prolongados en el medio; está presente en los combustibles fósiles como el petróleo y el carbón, y se utiliza en la fabricación de químicos para la industria textil, solventes para pesticidas, plastificadores para PVC y aditivos para el hormigón, entre otros.
El juez titular del Juzgado Federal de la Ciudad de Roca, Jorge García Davini que lleva adelante la causa por contaminación del río Negro solicitó que el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación realizará un análisis de la muestras tomadas en las zonas de la naciente y de la confluencia, que se dio a conocer en noviembre de 2015 el cual determinó nuevamente la presencia de Naftaleno en el río.
Sobre la base de lo expuesto, atendiendo a las implicancias de la misma, que no son más ni menos que garantizar las mejores condiciones de vida para los pobladores de Río Negro y de las provincias aledañas, quiénes dependen del recurso y viven en permanente contacto con él, y establecer lo más pronto posible las medidas sanitarias necesarias para su saneamiento, solicitamos conocer la información acabada sobre el estado de dicho río.
Asimismo consideramos que el tema es suficientemente serio como para pedir que se profundice la investigación y determinar todos los orígenes de vertidos contaminantes y las cantidades que podrían estar acumuladas en el lecho del río.
El presente pedido de informes resulta indispensable para un eficiente contralor por parte de este Honorable Congreso de la Nación y para propiciar iniciativas legislativas tendientes a evitar nuevas situaciones de daño ambiental con riesgo para la salud, como las que lamentablemente nos convoca.
Por las razones expuestas, invito a mis pares a acompañar el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SORIA, MARIA EMILIA RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MAZURE, LILIANA AMALIA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HORNE, SILVIA RENEE RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MARTINEZ, DARIO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/09/2016 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
15/11/2016 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones