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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 149

Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR

Jefe SR. OTTONE IGNACIO

Martes 14.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2132 Internos 2132/2133

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0960-D-2017

Sumario: INSTITUIR EL 22 DE MARZO DE CADA AÑO COMO "DIA NACIONAL DE LA PROTECCION DEL AGUA".

Fecha: 21/03/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14

Proyecto
Artículo 1: INSTITÚYESE el día 22 de marzo de cada año como el DÍA NACIONAL DE LA PROTECCION DEL AGUA, en concordancia con la fecha establecida por la Organización de las Naciones Unidas como DÍA MUNDIAL DEL AGUA.
Artículo 2: Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adoptar las medidas necesarias a fin de implementar actividades específicas referidas a la conmemoración del Día Nacional de la Protección del Agua, elemento natural vital para la existencia de la vida. Asimismo, se invita a las autoridades provinciales, municipales, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires así como a todo el sector privado a comprometerse en acciones de difusión y de protección del AGUA en todas sus formas.
Artículo 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el presente proyecto de ley se propone incorporar al calendario nacional la celebración del DIA NACIONAL DE LA PROTECCION DEL AGUA, a fin de que las autoridades correspondientes realicen todas las acciones necesarias para resaltar la importancia de este elemento vital que la naturaleza nos brinda.
La fecha elegida, día 22 de marzo, coincide con la consagración como Día Mundial del Agua, que efectuara la Organización de las Naciones Unidas, como un medio de llamar la atención sobre la importancia del agua dulce en el planeta Tierra y la defensa de la gestión sostenible de estos recursos, tanto para la población mundial como para garantizar la propia existencia de los diferentes biomas que posee nuestro mundo.
Cabe destacar que la creación de un día internacional dedicado al agua fue recomendado por los propios Estados nacionales, durante la II Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, que tuvo lugar en Río de Janeiro en el año 1992, en el Capítulo 18 del Programa 21 allí aprobado.
A su turno la Asamblea General de las Naciones Unidas respondió a dicha recomendación designando el día 22 de marzo de 1993 como el primer Día Mundial del Agua, mediante Resolución N° A/RES/47/193.
Se invitó entonces a los diferentes Estados a consagrar este día, en el marco del contexto de cada país, a la celebración de actividades concretas para la puesta en práctica de las recomendaciones así como el fomento de la conciencia pública a través de la producción y difusión de documentales y la organización de conferencias, eventos y exposiciones relacionadas con la conservación y desarrollo de los recursos hídricos.
Pero las Naciones Unidas han ido aún más allá, reconociendo explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, el 28 de julio de 2010, a través de la Resolución 64/292 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, reafirmando que un agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos.
Actualmente se han propuesto nuevos Objetivos de Desarrollo del Milenio para el conjunto de las naciones, y entre los 17 objetivos planteados para el año 2030 se ha incluido un objetivo específico, el número 6, que expresa con sentido de universalidad: “Garantizar la disponibilidad de agua y su ordenación sostenible y su saneamiento para todos”, haciendo referencia así a la necesidad de acceso a este bien público que es el agua.
Es necesario mencionar que en general no se aprecia debidamente el beneficio que el agua aporta tanto al sistema económico, como al sistema ecológico o al bienestar de la población. Y que a medida que aumentan las actividades económicas y se intensifican las demandas sobre el territorio y los recursos naturales, muchos países y regiones están llegando rápidamente a situaciones deenfrentamiento, de escasez o bien se ven obligadas a limitar sus estrategias de desarrollo y la consecuente satisfacción de necesidades de la población.
El agua es un elemento esencial de la vida. Y el planeta, así como muchas regiones del mismo, poseen existencia limitada de este vital recurso, lo que pone en riesgo a un importante número de habitantes en muchas regiones del mundo. También es un elemento capaz de transmitir enfermedades, muchas de ellas evitables. Se estima que 700 millones de personas en el mundo aún carecen de acceso al agua limpia y potable para llevar una vida sana. El cambio climático que se ha producido a nivel global ya ha modificado la disponibilidad y el ciclo del agua a nivel planetario. Y es posible que para 2030 la escasez afecte a casi la mitad de la población mundial, ya que la demanda podría superar en un 40% a la oferta.
En Argentina podemos mencionar diversas situaciones conflictivas en torno al agua, las cuales están siendo abordadas de distintas formas. Algunas situaciones relacionadas con la alta contaminación en las cuencas de los ríos (como la MATANZA-RIACHUELO, o SALI-DULCE) y en acuíferos subterráneos (como el Puelche en la región centro del país); otras situaciones derivadas de la escasa disponibilidad del agua (como ocurre en la Puna jujeña o la cuenca del río ATUEL que recorre las provincias de Mendoza y La Pampa); otros numerosos conflictos relacionados con la imposibilidad de expandir fronteras productivas (como ocurre en la provincia de Jujuy); o bien la falta de provisión de agua para consumo humano de carácter esencial para la vida en diversos puntos del territorio. Cada vez hay más competencia entre agricultores y ganaderos; entre el sector industrial y el agropecuario; entre la ciudad y el campo; entre las cuencas hidrológicas altas y las bajas.
Pero además numerosas acciones del hombre afectan el ciclo del agua, que garantiza su existencia como elemento natural. El cambio climático es uno de los problemas globales más graves que enfrenta hoy la humanidad, problema en el cual, el agua es un elemento central.
Por su parte este elemento natural ha sido considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación argentina como "un bien público fundamental para la vida y la salud", en la causa originada en la provincia de Buenos Aires, contra la empresa ABSA, caratulada “Kersich, Juan Gabriel y otros c/ Aguas Bonaerenses SA (ABSA) y otros s/ amparo”, CSJ 42/2013 (49-K) s/ RECURSO DE HECHO.
Es de mencionar que se encuentra regulado en el Derecho Argentino desde diversas miradas, entre otras las que prevé el Código Civil y Comercial de la Nación, las leyes y códigos de agua de las jurisdicciones provinciales, y en particular en la ley de presupuestos mínimos n° 25688, donde se la define como “aquélla que forma parte del conjunto de los cursos y cuerpos de aguas naturales o artificiales, superficiales y subterráneas, así como a las contenidas en los acuíferos, ríos subterráneos y las atmosféricas”. Pero no se ha avanzado en la normativa necesaria para la creación de la conciencia protectoria.
Y asimismo es de destacar la importancia que ha dado a la cuestión la nueva Encíclica del Papa Francisco del año 2015, titulada “LAUDATO SI, El cuidado de la casa común”, cuando dedica especialmente, importantes parágrafos a “La cuestión del agua” y sus efectos en el sistema ecológico, económico y social.
Por todo lo expuesto se considera relevante la sanción de una ley como la presente, demostrando el compromiso del Estado y del sector privado con la celebración de actividades concretas de sensibilización y concientización de los habitantes y de sus dirigentes.
Por ello solicitamos a los sres. legisladores que nos acompañen con su voto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SNOPEK, GUILLERMO EUGENIO MARIO JUJUY JUSTICIALISTA
RUBIN, CARLOS GUSTAVO CORRIENTES JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Giro a comisiones en Senado
Comisión
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
25/04/2017 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
07/11/2017 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
07/11/2017 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
16/11/2017
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1995/2017 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 16/11/2017
Senado Orden del Dia 0344/2019 18/07/2019
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION APARTAMIENTO DEL REGLAMENTO (AFIRMATIVA)
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -