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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 407

Secretario Administrativo DR. CORONEL VILLALBA GUSTAVO ADOLFO

Jefe SRA. GONZALEZ MARIA JESUS

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2409 Internos 2409/2407

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 4737-D-2017

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA DECISION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, DE IMPONER DERECHOS COMPENSATORIOS PRELIMINARES A LAS IMPORTACIONES DE BIODIESEL PROVENIENTES DE ARGENTINA.

Fecha: 06/09/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119

Proyecto
Su profunda preocupación por la decisión del Departamento de Comercio de los Estados Unidos (DoC) del 22 de agosto pasado de imponer derechos compensatorios preliminares a las importaciones de biodiesel provenientes de Argentina, superiores al 50% en promedio, que en las circunstancias de la investigación promovida por productores privados de biodiesel de ese país, no se corresponden con ningún tipo de investigación objetiva ni metodología aceptable desde el punto de vista de las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Gobierno argentino, a través de la Información para la prensa Nº 347 /17 publicada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto el pasado miércoles 24 de agosto, señala su preocupación por la decisión que ya le había sido anticipada por el Departamento de Comercio de los Estados Unidos de Norteamérica en relación a la imposición de derechos compensatorios preliminares a las importaciones de biodiesel provenientes de Argentina.
En efecto, el Comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto señala lo siguiente :
Como había anticipado el Departamento de Comercio de los Estados Unidos a la Argentina meses atrás, el 22 de agosto pasado dicho departamento impuso derechos compensatorios preliminares a las importaciones de biodiesel provenientes de Argentina.
Estos derechos preliminares son consecuencia de la investigación promovida por productores privados de biodiesel de los EEUU.
El Gobierno argentino que, junto con el sector privado nacional involucrado, coopera plenamente con la investigación que continúa llevándose a cabo, desea expresar su preocupación y recuerda una vez más que a nivel comercial multilateral se ha establecido que la Argentina no otorga subsidios a la producción de biodiesel.
Asimismo manifiesta su rechazo a la magnitud de los derechos preliminares impuestos, superiores al 50%, que en las presentes circunstancias no se corresponden con ningún tipo de investigación objetiva ni metodología aceptable desde el punto de vista de las normas de la OMC.
Las exportaciones argentinas de biodiesel, una exportación con valor agregado y promovida por los estándares medioambientales vigentes en los países más desarrollados, derivan su éxito de la reconocida competitividad de la cadena de la soja en nuestro país.
Argentina buscará revertir esta decisión preliminar defendiendo el interés de nuestro país, evaluará todas las opciones disponibles y se reserva el derecho de llevar adelante las acciones legales pertinentes.
Según se desprende del Fact Sheet del Departamento de Comercio del Gobierno de Estados Unidos emitido el 22 de agosto del corriente año , dicha dependencia resolvió hacer lugar al pedido de investigación realizado por el National Biodiesel Board Fair Trade Coalition (NBFTC) respecto de las importaciones de biodiesel desde nuestro país. En virtud de ello, y aduciendo que -tal como sostienen los productores estadounidenses- las exportaciones de biodiesel argentino son realizadas al amparo de subvenciones estatales, han decidido imponer derechos compensatorios preliminares que superan el 50%.
En la práctica, ello implica que las ventas que se realicen desde nuestro país durante el lapso en el que la investigación sea llevada a cabo, deberán constituir garantías por los montos previamente mencionados, siendo incluso de aplicación retroactiva a 90 días para el caso de las firmas Vicentin SAIC y LDC Argentina SA.
Dentro de este marco, dos cuestiones primordiales despiertan nuestra preocupación.
En primer lugar, el carácter presuntamente injustificado de la medida, y la irracionalidad de la magnitud de los derechos impuestos. En este punto, coincidimos con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de nuestro país, quien el 24 de marzo del corriente año (en ocasión de la presentación realizada ante el gobierno de Estados Unidos por la NBFTC) a través de la Información para la Prensa N° 096/17 sostenía que :
“El Gobierno Argentino asegura que la presentación realizada por la Cámara estadounidense que nuclea a productores de biodiésel para analizar la continuidad del ingreso de biocombustible argentino a ese país no tiene sustento.
El 23 de marzo una coalición de la industria estadounidense del biodiésel liderada por la Junta Nacional del Biodiesel (National Biodiesel Board o NBB) solicitó al Departamento de Comercio y a la Comisión de Comercio Internacional de ese país la imposición de derechos antidumping y compensatorios contra las exportaciones argentinas de biodiesel.
Los peticionantes acusan a los productores argentinos de exportar biodiesel a precios de dumping y de beneficiarse de subsidios distorsivos que favorecen a las exportaciones perjudicando a la industria norteamericana. Las acusaciones de la industria estadounidense no tienen ningún sustento.
La demanda sobre supuesto dumping no cuenta con evidencias y sus argumentos ya han sido rechazados por tribunales internacionales. La OMC falló en favor de Argentina el año pasado, tanto en primera instancia como en apelación, contra una medida antidumping similar a la que ahora pretende la industria del biodiesel estadounidense impuesta por la Unión Europea.
La medida europea declarada ilegal estaba basada en los mismos argumentos que ahora reitera la industria estadounidense. Además, la Corte General europea anuló los derechos antidumping impuestos por la UE dando por tierra con la acusación de sus propios productores. En este momento la UE se encuentra revisando su medida.
Asimismo, respecto a los supuestos subsidios, la acusación de los productores de biodiesel de los Estados Unidos se basa en argumentos carentes de todo sustento. La misma Unión Europea también rechazó una acusación de sus propios productores, similar a la presente demanda de la industria norteamericana, dado que no pudo probarse la existencia de subsidios que supuestamente favorecían a los productores argentinos. (…)”.
En segundo lugar, el carácter errático que hasta el momento parece tener la estrategia diplomática argentina frente al conflicto. En numerosas ocasiones las autoridades nacionales han manifestado su objetivo de “consolidar una relación madura e inteligente” entre la Argentina y Estados Unidos” . En virtud de ello, entendemos poco probable que en el marco de los encuentros mantenidos entre el Presidente de la Nación y autoridades de primer rango del gobierno estadounidense (su par Donald Trump en abril de 2017 y el Vicepresidente Michael Pence en agosto), no haya sido posible prever la magnitud de la sanción que se disponía a aplicar nuestro socio comercial.
A dicho marco, se suman además las declaraciones de diversos funcionarios nacionales al respecto, que en el afán de intentar soslayar la gravedad de la situación que se atraviesa, no hacen más que acrecentar la confusión generalizada respecto del conflicto en cuestión.
Mientras que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación sostiene que “evaluará todas las opciones disponibles y se reserva el derecho de llevar adelante las acciones legales pertinentes” ; el Canciller, el Ministro de la Producción y el Secretario de Comercio, en reunión con el Encargado de Negocios de los EEUU, sostienen que buscarán un “acuerdo ‘entre privados’ a nivel bilateral dentro de lo que permite la legislación de EEUU”, antes de que el arancel se haga efectivo . Por su parte, el Ministro de Agroindustria parece restarle importancia al conflicto, al sostener que sería posible colocar el excedente de aceite de soja en el mercado internacional a partir de la reapertura del mercado chino , haciendo también más tarde referencia a la apertura del mercado europeo para el biodiesel nacional como forma de sortear la actual coyuntura desfavorable . Sobre este punto en particular, vale aclarar que desde octubre de 2016 nuestro país posee un fallo a favor en el marco de la Organización Mundial de Comercio, y que a pesar de ello al momento los flujos comerciales no han sido restablecidos por mutuo acuerdo .
Por todo ello, consideramos que resulta apremiante que el Gobierno argentino resuelva, a través de los organismos pertinentes, las acciones a adoptar con el fin de que dentro del marco de la legislación vigente, pueda encontrarse la solución más conveniente a los fines de preservar los intereses nacionales de corto y largo plazo
Cabe recordar que la industria nacional de biodiesel posee un carácter estratégico para nuestro país. No sólo resulta relevante para explicar buena parte del volumen de nuestras ventas al resto del mundo (y particularmente en el caso de Estados Unidos, donde dan cuenta del 25% de nuestras exportaciones a dicho destino), sino que se erige como un segmento productivo de enorme potencial, emblema de las posibilidades de desarrollo que Argentina presenta a partir de la agregación de valor en origen a sus recursos naturales.
La producción nacional de biodiesel a base de aceite de soja, y de biocombustibles en general a escala internacional, ha tenido un crecimiento exponencial en los últimos años, gracias a la tendencia mundial al reemplazo de combustibles a base de petróleo por biocombustibles. Ente 2008 y 2012, nuestro país multiplicó por más de tres veces su producción, logrando posicionarse como el primer productor mundial de biodiesel a base de aceite de soja, y destinando el 75% de su producción a la exportación . No obstante -bloqueo de facto de la Unión Europea mediante- desde entonces su dinamismo se ha estancado en términos relativos, hasta caer al puesto número tres de la producción global (luego de Estados Unidos y Brasil) . En la actualidad, y no habiéndose aún restablecido el flujo de comercio con dicho destino, Estados Unidos era el único mercado de relevancia que nuestro país mantiene.
Por los motivos expuestos, solicito a las Señoras y Señores Diputados, acompañen el presente Proyecto de Declaración. -
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE MENDIGUREN, JOSE IGNACIO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
12/09/2017 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo texto como proyecto de resolución
Dictamen
19/09/2017
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1681/2017 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4547-D-2017, 4582-D-2017, 4667-D-2017, 4748-D-2017 y 4737-D-2017 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION 19/09/2017
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 05/10/2017 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4547-D-2017, 4582-D-2017, 4667-D-2017, 4748-D-2017 y 4737-D-2017 APROBADO